Transcription of SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR
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Ministerio de Econom a y Finanzas P blicas Secretar a de COMERCIO Subsecretar a de COMERCIO EXTERIOR SEMINARIO. IMPORTACI N TEMPORARIA. DECRETO 1330/2004. SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR . IMPORTACI N TEMPORARIA. Decreto 1330/2004. El R gimen establece condiciones para la importaci n temporaria de mercader as destinadas a recibir un perfeccionamiento industrial, con la obligaci n de exportarlas para consumo a otros pa ses bajo las nuevas formas resultantes. 2. IMPORTACI N TEMPORARIA. Decreto 1330/2004. Se entiende por perfeccionamiento industrial a todo proceso de manufactura que implique una transformaci n, elaboraci n, combinaci n, mezcla; rehabilitaci n, reparaci n; montaje o incorporaci n a conjuntos o aparatos de mayor complejidad tecnol gica y/o funcional. 3. IMPORTACI N TEMPORARIA. Decreto 1330/2004. Las mercader as que se importen por este r gimen no abonan los tributos que gravan la importaci n para consumo.
•Las mercaderías que se importen por este régimen no abonan los tributos que gravan la importación para consumo. • Son exigibles las tasas retributivas de servicios con excepción de las de estadística y de comprobación de destino.
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