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EL VALOR PROBATORIO DE LA CONFESION EN EL …

1 El VALOR PROBATORIO de la confesi n en el proceso penal. ALONSO, Viviana BUFFONE, Rosa Emilia EL VALOR PROBATORIO DE LA CONFESION EN EL PROCESO PENAL Profesor: Dr. Jos Mar a MEANA Alumnos: ALONSO, Viviana BUFFONE, Rosa Emilia A o: 2007. 2 El VALOR PROBATORIO de la confesi n en el proceso penal. ALONSO, Viviana BUFFONE, Rosa Emilia INDICE p g. 5 CAPITULO I Evoluci n del VALOR PROBATORIO de la confesi g. 7 CAPITULO II Requisitos de validez de la confesi g. 9 CAPITULO III R gimen legal de la confesi g. 14 Principio de g. 15 CAPITULO IV La libertad y la confesi g.

8 “El valor probatorio de la confesión en el proceso penal.” ALONSO, Viviana – BUFFONE, Rosa Emilia indiquen que un determinado sujeto participó en un hecho delictivo.

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1 1 El VALOR PROBATORIO de la confesi n en el proceso penal. ALONSO, Viviana BUFFONE, Rosa Emilia EL VALOR PROBATORIO DE LA CONFESION EN EL PROCESO PENAL Profesor: Dr. Jos Mar a MEANA Alumnos: ALONSO, Viviana BUFFONE, Rosa Emilia A o: 2007. 2 El VALOR PROBATORIO de la confesi n en el proceso penal. ALONSO, Viviana BUFFONE, Rosa Emilia INDICE p g. 5 CAPITULO I Evoluci n del VALOR PROBATORIO de la confesi g. 7 CAPITULO II Requisitos de validez de la confesi g. 9 CAPITULO III R gimen legal de la confesi g. 14 Principio de g. 15 CAPITULO IV La libertad y la confesi g.

2 17 CAPITULO V 3 El VALOR PROBATORIO de la confesi n en el proceso penal. ALONSO, Viviana BUFFONE, Rosa Emilia La regla de la exclusi n g. 19 CAPITULO VI Clases de confesi g. 21 CAPITULO VII Divisibilidad de la confesi g. 24 CAPITULO VIII Retractaci n de la confesi g. 26 CAPITULO IX Oportunidad procesal de la confesi g. 29 CAPITULO X La prueba de la confesi g. 32 CAPITULO XI La sola confesi n no es g. 34 4 El VALOR PROBATORIO de la confesi n en el proceso penal. ALONSO, Viviana BUFFONE, Rosa Emilia CAPITULO XII g. 35 CAPITULO XIII An lisis g. 37 CAPITULO XIV g. 42 g.

3 44 5 El VALOR PROBATORIO de la confesi n en el proceso penal. ALONSO, Viviana BUFFONE, Rosa Emilia LA CONFESI N COMO MEDIO DE PRUEBA EN EL PROCEDIMIENTO PENAL: INTRODUCCION: La confesi n es la manifestaci n espont nea que hace el acusado ante la autoridad judicial, mediante la cual reconoce ser autor, c mplice o encubridor de un Como cualquier otro testimonio obtenido en el proceso, la confesi n goza de presunci n de veracidad y no puede atribu rsele a otra persona m s que al acusado, ya que se trata de un relato propio que pierde su eficacia si se prueba que el imputado, al confesar, incurri en error de hecho.

4 Confesi n es un t rmino que proviene del lat n confessio, y que significa declaraci n que uno hace de lo que sabe, espont neamente o preguntado por otro o declaraci n al 6 El VALOR PROBATORIO de la confesi n en el proceso penal. ALONSO, Viviana BUFFONE, Rosa Emilia confesante de los pecados que uno ha cometido, o declaraci n del litigante o del reo en el juicio. Si el juez o Fiscal que interviene en la investigaci n del caso no tiene elementos probatorios suficientes para convencerse de que el imputado fue el autor o particip en el delito investigado, a pesar de la confesi n del mismo, deber ordenar la recepci n de prueba pertinente que le permita esclarecer el hecho delictivo .

5 La confesi n es un medio de prueba pero su VALOR como tal est supeditado a ciertas circunstancias. El juez deber apreciar la confesi n en cada caso teniendo en cuenta el sujeto que la presta, la forma en que se recepcion y el contenido de la misma. CLARI OLMEDO define a la confesi n como la expresi n voluntaria y libremente determinada del imputado por la cual reconoce y acepta ante el Juez su participaci n en el hecho que se le atribuye . 7 El VALOR PROBATORIO de la confesi n en el proceso penal. ALONSO, Viviana BUFFONE, Rosa Emilia CAPITULO I EVOLUCION DEL VALOR PROBATORIO DE LA CONFESI N: En la edad media y comienzos de la moderna a la confesi n se la llam la REINA DE LA PRUEBAS.

6 Para la antigua doctrina, la confesi n bastaba para dar por demostrado el cuerpo del delito. Si el sospechoso no confesaba en forma espont nea se utilizaban medios violentos para averiguar la verdad, como la tortura. La filosof a del siglo XVIII, marca un nuevo rumbo al consagrar el respeto a las personas y a la libertad individual. En nuestra legislaci n y para nuestra doctrina la confesi n por s sola no es suficiente. En primer lugar, para que sea v lida, debe reunir ciertos requisitos y en segundo lugar, para que adquiera relevancia jur dica, la confesi n deber estar acompa ada por otros elementos probatorios que 8 El VALOR PROBATORIO de la confesi n en el proceso penal.

7 ALONSO, Viviana BUFFONE, Rosa Emilia indiquen que un determinado sujeto particip en un hecho delictivo . Para algunos autores, la confesi n, constituye un indicio porque no tiene el VALOR de plena prueba, mientras otros consideran que se trata de un elemento m s que se incorpora al proceso para ser valorado a fin de alcanzar el conocimiento de la verdad real u objetiva que se investiga. El fundamento de la aceptaci n de estas formas para poder alcanzar el conocimiento reside en la libertad probatoria. El juez es libre en la apreciaci n de la confesi n, ya que esta no tiene un VALOR preestablecido y constituye una prueba siempre que se acrediten los hechos narrados por el acusado.

8 9 El VALOR PROBATORIO de la confesi n en el proceso penal. ALONSO, Viviana BUFFONE, Rosa Emilia CAPITULO II REQUISITOS DE VALIDEZ DE LA CONFESION : La validez es un presupuesto de la eficacia probatoria. Los requisitos de validez son las exigencias que imperativamente se deben reunir para que la confesi n sea eficaz probatoriamente. 1) Debe ser manifestada ante el Juez o Fiscal que entiende en el proceso: Esto, mas all de que el Juez o Fiscal instructor resulte o no competente. En virtud de este requisito, no puede considerarse como confesi n v lida el reconocimiento que surge de un acuerdo privado extrajudicial ni tampoco la realizada ante la autoridad policial.

9 La confesi n debe ser judicial. 2) Debe ser prestada personalmente por el imputado: Como acto personal simo y que autoincrimina en un proceso penal, no puede ser delegado, ni realizado por 10 El VALOR PROBATORIO de la confesi n en el proceso penal. ALONSO, Viviana BUFFONE, Rosa Emilia mandatario o apoderado, careciendo de irrelevancia las opiniones emitidas por la defensa t cnica del confesante. 3) Debe ser libre: Es libre quien goza de plena autodeterminaci n para tomar una decisi n pudiendo elegir como actuar. El imputado no puede ser obligado a autoacusarse en un proceso penal.

10 4) Debe ser prestada voluntariamente: La declaraci n es voluntaria cuando quien confiesa lo hace seg n sus intenciones. Est prohibido todo procedimiento o m todo, ya sea f sico o psicol gico, por el cual se coaccione a una persona para que confiese determinado hecho. As , el uso de medios cient ficos o t cnicas como la utilizaci n de psicof rmacos, hipnosis, detectores de mentiras o sueros de la verdad , que act an sobre el sujeto 11 El VALOR PROBATORIO de la confesi n en el proceso penal. ALONSO, Viviana BUFFONE, Rosa Emilia anulando o disminuyendo la voluntad y obteni ndose de l un relato involuntario.


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