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CONCEPTOS Y DEFINICIONES - EPS SURA: EPS y Medicina ...

CONCEPTOS YDEFINICIONESCONCEPTOS Y DEFINICIONESI ncapacidad temporal laboralEs la que se genera cuando seg n el cuadro agudo de la enfermedad o lesi n, el trabajador est impedido para desempe ar su capacidad laboral por un tiempo determinado y tiene como finalidad facilitar la recuperaci n de los afiliados al r gimen contributivo, otor gando un per odo de tiempo cuando se encuentren inhabilitados f sica o mentalmente para desempe ar en forma temporal su prof esi n u oficio habitual. Debe ser expedida conforme a la normatividad y pol ticas de la EPS solamente a cotizantes trabajadores. A los beneficiarios se les puede emitir un certificado de m dico legalEs la que se expide en una val or aci n m dico legal por el Instituto Nacional de Medicina Legal o entidad competente para fines probatorios, sin tener en cuenta si la persona trabaja o no, ni tampoco su ocupaci n. En ning n caso se transcribe ni reconoce por la n econ micaEs el reconocimiento econ mico que se hace a la incapacidad o licencia bajo las condiciones definidas en la normatividad de la incapacidadSe define seg n la natural eza del evento que gener la incapacidad temporal o licencia y debe corresponderse con el origen de la atenci n.

Enfermedad laboral Es la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar.

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1 CONCEPTOS YDEFINICIONESCONCEPTOS Y DEFINICIONESI ncapacidad temporal laboralEs la que se genera cuando seg n el cuadro agudo de la enfermedad o lesi n, el trabajador est impedido para desempe ar su capacidad laboral por un tiempo determinado y tiene como finalidad facilitar la recuperaci n de los afiliados al r gimen contributivo, otor gando un per odo de tiempo cuando se encuentren inhabilitados f sica o mentalmente para desempe ar en forma temporal su prof esi n u oficio habitual. Debe ser expedida conforme a la normatividad y pol ticas de la EPS solamente a cotizantes trabajadores. A los beneficiarios se les puede emitir un certificado de m dico legalEs la que se expide en una val or aci n m dico legal por el Instituto Nacional de Medicina Legal o entidad competente para fines probatorios, sin tener en cuenta si la persona trabaja o no, ni tampoco su ocupaci n. En ning n caso se transcribe ni reconoce por la n econ micaEs el reconocimiento econ mico que se hace a la incapacidad o licencia bajo las condiciones definidas en la normatividad de la incapacidadSe define seg n la natural eza del evento que gener la incapacidad temporal o licencia y debe corresponderse con el origen de la atenci n.

2 El origen puede ser: accidente de trabajo, enfermedad laboral, enfermedad general (incluye accidente com n), licencia de maternidad y licencia de de trabajoEs todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasi n del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesi n org nica, una perturbaci n funcional, una invalidez o la muerte. Tambi n se considera AT el que se pr oduzca por la ejecuci n de actividades recreativas, deportivas o cultural es cuando se actu por cuenta o en representaci n del empleador, en ejercicio de actividades sindical es o durante el traslado del trabajador desde su residencia a los lugares de trabajo o vicev er sa, cuando el transporte lo suministr e el empleador. Es determinado en la atenci n inicial de urgencias. Debe aportar el FURAT y la IPS luego de la atenci n inicial debe enviar copia por fax a EPS laboralEs la contra da como resultado de la exposici n a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar.

3 Requiere un dictamen de Medicina laboral. Las incapacidades de origen enfermedad laboral y accidente de trabajo son pagadas por la ARL al 100% del salario base de cotizaci y requisitos del certificado incapacidadSolo puede ser expedida por medico u odont logo. Debe incluir la fecha, la identificaci n del paciente, el origen, el diagn stico y la duraci n. La expedici n es un acto profesional y siempre se requiere evaluar personalmente el paciente comprobando su inhabilidad para su oficio habitual antes de expedir el certificado de incapacidad dejando constancia en la historia cl de Tr nsito (SOAT)Suceso ocasionado o en el que haya intervenido, al menos un veh culo automotor en movimiento, en una v a p blica o privada con acceso al p blico, y que cause da o en la integridad f sica de las personas. SOAT no es un origen y en este tipo de evento siempre debe indagarse si se ocasiona en un accidente de trabajo o en una enfermedad general para definir el origen de la nEs la expedici n de incapacidades o licencias por profesionales adscritos a EPS SURA y en papeler a oficial.

4 La expedici n es un acto profesional y siempre se requiere evaluar personalmente el paciente comprobando su inhabilidad para su oficio habitual antes de expedir el certificado de incapacidad dejando constancia en la historia cl nEs el acto mediante el cual se ingresa al sistema de EPS SURA validando en el formato de la entidad, la incapacidad o licencia expedida por profesionales no adscritos o de red externa no conectados al sistema de la EPS. Es un procedimiento que establece cada EPS, en el que el profesional que transcribe puede determinar la pertinencia de la expedici n y duraci n de la incapacidad nProceso por medio del cual el aportante presenta ante la EPS la solicitud de reconocimiento econ mico por incapacidad temporal. Este tr mite puede ser realizado por los canales interactivos dispuestos por la Base de Cotizaci n (IBC)Es el salario reportado por el aportante y sobre el cual se realiza la cotizaci n a la a la moraCuando una EPS no ha hecho uso de los diferentes mecanismos de cobro que se encuentran a su alcance para lograr el pago de los aportes atrasados, se allana a la mora y, por ende, no puede fundamentar el no reconocimiento de una incapacidad laboral en la falta de pago o en la cancelaci n extempor nea de las rrogaEs la que se expide con posterioridad a la inicial, por la misma enfermedad o lesi n, o por otra que tenga relaci n directa con sta, as se trat e de c digo difer ente y siempre y cuando entre una y otra no haya una interrupci n mayor a treinta (30)

5 D de maternidadEs el tiempo que se le otor ga a la cotizante trabajadora desde la poca previa al parto para preparar se a este y pueda recuperar se brindando al reci n nacido el cuidado necesario. Es un derecho obligatorio que debe conceder el empleador para lo cual se requiere el certificado de la EPS por un periodo de 14 semanas (98 d as cal endario) iniciando 2 semanas antes de la fecha pr obable de parto. La licencia prev al ece sobre la incapacidad de Pat ernidadEs el tiempo que se le otor ga al padre cotizante tr abajador por ocho (8) d as h biles para que acompa e al reci n nacido y debe ser solicitada en los primeros 30 d as luego del parto con el registr o civil de por Adopci nSe otor gan a los padres y madres adoptantes de menores de 18 a os. Es indispensable la constancia de entrega del menor de una instituci n certificada por las autoridades respectivas. La licencia se expide a partir de la fecha en la cual se inscribe la sentencia de adopci n en el registr o civil del menor (entrega oficial).

6 Anulaci n de una incapacidadEs el acto mediante el cual se deja sin ning n val or un certificado de permanente parcialEstado de inhabilidad f sica o mental de un individuo que presenta una p rdida de capacidad laboral igual o superior al 5% e inferior al 50% por cualquier origen, ante una secuela establecida o enfermedad de pron stico desfav or able de rehabilitaci considera con invalidez, la persona que por cualquier causa, de cualquier origen, no pr ov ocada intencionalmente, hubiese perdido el 50% o m s de su capacidad m dicas funcionalesSon las que un m dico realiza al paciente como parte del trat amiento, y que tiene por objetivo que el individuo reconozca las actividades que pueden demorar su recuperaci n o agrav ar su estado de salud y a su vez identificar las que pueden ayudar a su mejor a. Sustituci n de una incapacidadCambiar el origen, los d as de incapacidad, el diagn stico o la fecha de inicio de una incapacidad ya generada.

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