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CAPÍTULO 4 REGLAS DE ORIGEN Y PROCEDIMIENTOS …

4-1 CAP TULO 4 REGLAS DE ORIGEN Y PROCEDIMIENTOS ADUANEROS Secci n A: REGLAS de ORIGEN Art culo : Definiciones Para los efectos de este Cap tulo, se entender por: acuicultura: el cultivo o crianza de especies acu ticas, incluyendo entre otros: peces, moluscos, crust ceos, otros invertebrados y plantas, abarcando su ciclo biol gico completo o parcial, a partir de simientes tales como huevos, peces inmaduros, alevines y larvas, el cual se realiza en un medio seleccionado y controlado, en ambientes h dricos naturales o artificiales, tanto en aguas marinas, dulces o salobres. Se incluyen las actividades de poblamiento o siembra, y repoblamiento o resiembra, cultivo, as como las actividades de investigaci n; autoridad competente: la autoridad que, conforme a la legislaci n nacional de cada Parte, es responsable de este Cap tulo: (a) para el caso de M xico, para la emisi n del certificado de ORIGEN , la Secretar a de Econom a, y para la verificaci n de ORIGEN , el Servicio de Administraci n Tributaria de la Secr

propiedad intelectual, y valor: el precio realmente pagado o por pagar por una mercancía relacionado con la transacción del productor de la mercancía de conformidad con los principios del Artículo 1 del Acuerdo de Valoración Aduanera, ajustado de conformidad con los

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1 4-1 CAP TULO 4 REGLAS DE ORIGEN Y PROCEDIMIENTOS ADUANEROS Secci n A: REGLAS de ORIGEN Art culo : Definiciones Para los efectos de este Cap tulo, se entender por: acuicultura: el cultivo o crianza de especies acu ticas, incluyendo entre otros: peces, moluscos, crust ceos, otros invertebrados y plantas, abarcando su ciclo biol gico completo o parcial, a partir de simientes tales como huevos, peces inmaduros, alevines y larvas, el cual se realiza en un medio seleccionado y controlado, en ambientes h dricos naturales o artificiales, tanto en aguas marinas, dulces o salobres. Se incluyen las actividades de poblamiento o siembra, y repoblamiento o resiembra, cultivo, as como las actividades de investigaci n.

2 Autoridad competente: la autoridad que, conforme a la legislaci n nacional de cada Parte, es responsable de este Cap tulo: (a) para el caso de M xico, para la emisi n del certificado de ORIGEN , la Secretar a de Econom a, y para la verificaci n de ORIGEN , el Servicio de Administraci n Tributaria de la Secretar a de Hacienda y Cr dito P blico, y (b) para el caso de Panam , para la emisi n del certificado de ORIGEN , el Ministerio de Comercio e Industrias, y para la verificaci n de ORIGEN , la Autoridad Nacional de Aduanas, o sus sucesores; CIF: el valor de la mercanc a importada, incluyendo los costos de seguro y flete hasta el puerto o lugar de entrada en el pa s de importaci n, independientemente del medio de transporte; costos de embarque y reempaque: los costos incurridos en el reempacado y el transporte de una mercanc a fuera del territorio donde se localiza el productor o exportador de la mercanc a; costos de promoci n de ventas, comercializaci n y servicios posteriores a la venta: los siguientes costos: (a) promoci n de ventas y comercializaci n; publicidad en medios de difusi n; publicidad e investigaci n de mercados; materiales de promoci n y demostraci n; mercanc as exhibidas.

3 Conferencias de 4-2 promoci n de ventas, ferias y convenciones comerciales; estandartes; exposiciones de comercializaci n; muestras gratuitas; publicaciones sobre ventas, comercializaci n y servicios posteriores a la venta tales como folletos de mercanc as, cat logos, publicaciones t cnicas, listas de precios, manuales de servicio e informaci n de apoyo a las ventas; establecimiento y protecci n de logotipos y marcas registradas; patrocinios; cargos por reabastecimiento para ventas al mayoreo y menudeo; y gastos de representaci n; (b) incentivos de venta y comercializaci n; rebajas a mayoristas, minoristas y consumidores; (c) para el personal de promoci n de ventas, comercializaci n y servicios posteriores a la venta: sueldos y salarios; comisiones por ventas; bonos; beneficios m dicos, de seguros y pensiones; gastos de viaje, alojamiento y manutenci n; y cuotas de afiliaci n y profesionales.

4 (d) contrataci n y capacitaci n del personal de ventas comercializaci n y servicios posteriores a la venta, y capacitaci n a los empleados del cliente despu s de la venta, cuando en los estados financieros y cuentas de costos del productor tales costos se identifiquen por separado para la promoci n de ventas, comercializaci n y servicios posteriores a la venta de mercanc as; (e) primas de seguros por responsabilidad civil derivada de la mercanc a; (f) art culos de oficina para la promoci n de ventas, comercializaci n y servicios posteriores a la venta, cuando en los estados financieros y cuentas de costos del productor, tales costos se identifiquen por separado para la promoci n de ventas, comercializaci n y servicios posteriores a la venta de mercanc as; (g) tel fono, correo y otros medios de comunicaci n, cuando en los estados financieros y cuentas de costos del productor tales costos se identifiquen por separado para la promoci n de ventas, comercializaci n y servicios posteriores a la venta de mercanc as.

5 (h) rentas y depreciaci n de las oficinas de la promoci n de ventas, comercializaci n y servicios posteriores a la venta, as como de los centros de distribuci n; (i) primas de seguros sobre la propiedad , impuestos, costos de servicios p blicos, y costos de reparaci n y mantenimiento de las oficinas y de los centros de distribuci n, cuando en los estados financieros y cuentas de costos del productor tales costos se identifiquen por separado para la promoci n de ventas, comercializaci n y servicios posteriores a la venta de mercanc as, y 4-3 (j) pagos del productor a otras personas por reparaciones cubiertas por una garant a; costo neto: el costo total menos los costos de promoci n de ventas, comercializaci n y servicios posteriores a la venta, embarque y reempaque, y regal as; costo total: la suma de los siguientes elementos: (a) los costos o el valor de los materiales directos de fabricaci n utilizados en la producci n de la mercanc a.

6 (b) los costos de la mano de obra directa utilizada en la producci n de la mercanc a, y (c) una cantidad por concepto de costos y gastos directos e indirectos de fabricaci n de la mercanc a, asignada razonablemente al mismo, excepto los siguientes conceptos: (i) los costos y gastos de un servicio proporcionado por el productor de una mercanc a a otra persona, cuando el servicio no se relacione con la mercanc a; (ii) los costos y p rdidas resultantes de la venta de una parte de la empresa al productor, la cual constituye una operaci n descontinuada; (iii) los costos relacionados con el efecto acumulado de cambios en la aplicaci n de principios de contabilidad generalmente aceptados; (iv) los costos o p rdidas resultantes de la venta de un bien de capital del productor; (v) los costos y gastos relacionados con casos fortuitos o de fuerza mayor.

7 (vi) las utilidades obtenidas por el productor de la mercanc a, sin importar si fueron retenidas por el productor o pagadas a otras personas como dividendos y los impuestos pagados sobre esas utilidades, incluyendo los impuestos sobre ganancias de capital, y (vii) los costos por intereses que se hayan pactado entre personas relacionadas y que excedan aquellos intereses que se pagan a tasas de inter s de mercado; 4-4 costos y gastos directos de fabricaci n: los costos y gastos incurridos en un periodo, directamente relacionados con la mercanc a, diferentes de los costos o el valor de materiales directos y costos de mano de obra directa; costos y gastos indirectos de fabricaci n: los costos y gastos incurridos en un periodo, distintos de los costos y gastos directos de fabricaci n, los costos de mano de obra directa y los costos o el valor de materiales directos; exportador: una persona, ubicada en el territorio de una de las Partes desde donde exporta una mercanc a hacia el territorio de la otra Parte; FOB: el valor de la mercanc a libre a bordo, incluyendo el costo de transporte hacia el puerto o el lugar de env o definitivo, independientemente del medio de transporte.

8 Importador: una persona ubicada en el territorio de una de las Partes, que importa una mercanc a procedente del territorio de la otra Parte; informaci n confidencial: aquella que, por su propia naturaleza es de ese car cter, o que se facilite con ese car cter, de conformidad con la legislaci n nacional de cada Parte, y que no haya sido previamente publicada, no est a la disposici n de terceras partes, o no sea de otra manera de dominio p blico; material: una mercanc a que es utilizada en la producci n de otra mercanc a, incluyendo cualquier componente, ingrediente, materia prima, parte o pieza; materiales de embalaje y contenedores para embarque: mercanc as utilizadas para proteger una mercanc a durante su transporte y no incluye los envases y materiales en los que se empaca la mercanc a para la venta al por menor; materiales indirectos: art culos utilizados en la producci n de una mercanc a que no se incorporan f sicamente ni forman parte de sta, tales como: (a) combustible, energ a, catalizadores y solventes; (b) equipos, aparatos y aditamentos utilizados para la verificaci n o inspecci n de las mercanc as; (c) guantes, anteojos, calzado, prendas de vestir, equipo y aditamentos de seguridad; (d) herramientas, troqueles y moldes.

9 (e) repuestos y materiales utilizados en el mantenimiento de equipos y edificios; 4-5 (f) lubricantes, grasas, materiales compuestos y otros materiales utilizados en la producci n, operaci n de equipos o mantenimiento de los edificios, y (g) cualquier otro material que no est incorporado a la mercanc a, pero cuyo uso en la producci n de la mercanc a pueda demostrarse adecuadamente que forma parte de esa producci n; material intermedio: un material originario que es producido por el productor de una mercanc a y utilizado en la producci n de esa mercanc a; mercanc a: cualquier bien, producto, art culo o material; mercanc as o materiales fungibles: mercanc as o materiales que son intercambiables para efectos comerciales y cuyas propiedades son esencialmente id nticas y que no es posible diferenciar una de la otra por simple examen visual; mercanc a no originaria o material no originario: una mercanc a o un material que no califica como originario de conformidad con lo establecido en este Cap tulo; principios de contabilidad generalmente aceptados: el reconocido consenso o apoyo sustancial autorizado y adoptado en el territorio de una Parte con respecto al registro de los ingresos, gastos, costos, activos y pasivos, la divulgaci n de informaci n y la elaboraci n de estados financieros.

10 Los principios de contabilidad generalmente aceptados pueden abarcar gu as amplias de aplicaci n general, as como normas, pr cticas y PROCEDIMIENTOS detallados; producci n: el cultivo, extracci n, cosecha, pesca, crianza, caza, manufactura, procesamiento, o ensamblado de una mercanc a; productor: una persona ubicada en el territorio de una Parte que cultiva, extrae, cosecha, pesca, cr a, caza, manufactura, procesa o ensambla una mercanc a; regal as: los pagos que se realicen por concepto de la explotaci n de derechos de propiedad intelectual , y valor: el precio realmente pagado o por pagar por una mercanc a relacionado con la transacci n del productor de la mercanc a de conformidad con los principios del Art culo


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