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CAPITULO I ANÁLISIS DEL DELITO DE ABUSO DE …

CAPITULO I AN LISIS DEL DELITO DE ABUSO DE autoridad CONCEPTO DE DELITO El DELITO , en sentido estricto, es definido como una conducta, acci n u omisi n t pica, antijur dica, culpable y punible. Supone una conducta infraccional del Derecho penal, es decir, una acci n u omisi n tipificada y penada por la ley. La palabra DELITO deriva del verbo latino delinquiere, que significa abandonar, apartarse del buen camino, alejarse del sendero se alado por la ley. CONCEPTO DE ABUSO DE autoridad . El ABUSO de autoridad es asociado com nmente al uso de un poder otorgado por la posesi n de un cargo o funci n, pero de tal forma que este uso no est dirigido a cumplir las funciones atribuidas a ese cargo, sino a satisfacer intereses personales del individuo que lo ejerce.

autoridad, esto es, dotados de facultad de imperio, de tomar determinaciones y de imponer obediencia, A veces la ley restringe lógicamente aún más la condición de servidor público y la contrae al encargado de administrar justicia, al encargado de la fuerza pública y al encargado de cualquier establecimiento destinado a la

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1 CAPITULO I AN LISIS DEL DELITO DE ABUSO DE autoridad CONCEPTO DE DELITO El DELITO , en sentido estricto, es definido como una conducta, acci n u omisi n t pica, antijur dica, culpable y punible. Supone una conducta infraccional del Derecho penal, es decir, una acci n u omisi n tipificada y penada por la ley. La palabra DELITO deriva del verbo latino delinquiere, que significa abandonar, apartarse del buen camino, alejarse del sendero se alado por la ley. CONCEPTO DE ABUSO DE autoridad . El ABUSO de autoridad es asociado com nmente al uso de un poder otorgado por la posesi n de un cargo o funci n, pero de tal forma que este uso no est dirigido a cumplir las funciones atribuidas a ese cargo, sino a satisfacer intereses personales del individuo que lo ejerce.

2 Por otro lado, el ABUSO de autoridad es reconocido en figuras que ostentan poder f sico en la sociedad, como polic as o guardias de seguridad, quienes estar an abusando de su autoridad cuando arrestan a una persona sin darle a la misma opci n al di EL DELITO DE ABUSO DE autoridad PREVISTO POR EL ART CULO 215 DEL C DIGO PENAL FEDERAL. 1 El C digo Penal Federal en su art culo 215 regula el DELITO de ABUSO de autoridad en 15 diferentes hip tesis, esto es en 15 tipos delictivos exclusivamente, de la siguiente forma: ART CULO Comete el DELITO de ABUSO de autoridad los servidores p blicos que incurran en alguna de las conductas siguientes: I. Cuando para impedir la ejecuci n de una ley, decreto o reglamento, el cobro de un impuesto o el cumplimiento de una resoluci n judicial, pida auxilio a la fuerza p blica o la emplee con ese objeto; II.

3 Cuando ejerciendo sus funciones o con motivo de ellas hiciere violencia a una persona sin causa leg tima o la vejare o la insultare; III. Cuando indebidamente retarde o niegue a los particulares la protecci n o servicio que tenga obligaci n de otorgarles o impida la presentaci n o el curso de una solicitud; IV. Cuando estando encargado de administrar justicia, bajo cualquier pretexto, aunque sea el de obscuridad o silencio de la ley, se niegue injustificadamente a despachar un negocio pendiente ante l, dentro de los t rminos establecidos por la ley; V. Cuando el encargado o elemento de una fuerza p blica, requerido legalmente por una autoridad competente para que le preste auxilio, se niegue a d rselo; o retrase el mismo injustificadamente; la misma previsi n se aplicara trat ndose de peritos.

4 VI. Cuando estando encargado de cualquier establecimiento destinado a la ejecuci n de las sanciones privativas de libertad, de instituciones de readaptaci n social o de custodia y rehabilitaci n de menores y de reclusorios preventivos o administrativos que, sin los requisitos legales, reciba como presa, detenida, arrestada o interna a una persona o la mantenga privada de su libertad, sin dar parte del hecho a la autoridad correspondiente; niegue que est detenida, si lo estuviere; o no cumpla la orden de libertad girada por la autoridad competente; VII. Cuando teniendo conocimiento de una privaci n ilegal de la libertad no la denunciase inmediatamente a la autoridad competente o no la haga cesar, tambi n inmediatamente, si esto estuviere en sus atribuciones; VIII.

5 Cuando haga que se le entreguen fondos, valores u otra cosa que no se le haya confiado a l y se los apropie o disponga de ellos indebidamente. IX. Cuando, con cualquier pretexto, obtenga de un subalterno parte de los sueldos de ste, d divas u otro servicio; X. Cuando en el ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, otorgue empleo, cargo o comisi n p blicos, o contratos de prestaci n de servicios profesionales o mercantiles o de cualquier otra naturaleza, que sean remunerados, a sabiendas de que no se prestar el servicio para el que se les nombr , o no se cumplir el contrato otorgado; XI. Cuando autorice o contrate a quien se encuentre inhabilitado por resoluci n firme de autoridad competente para desempe ar un empleo, cargo o comisi n en el servicio p blico, siempre que lo haga con conocimiento de tal situaci n; XII.

6 Cuando otorgue cualquier identificaci n en que se acredite como servidor p blico a cualquier persona que realmente no desempe e el empleo, cargo o comisi n a que se haga referencia en dicha identificaci n; XIII. Obligar al inculpado a declarar, usando la incomunicaci n, la intimidaci n o la tortura; XIV. Obligar a declarar a las personas que se mencionan en el art culo 243 Bis, del C digo Federal de Procedimientos Penales, acerca de la informaci n obtenida con motivo del desempe o de su actividad; y XV. omitir el registro de la detenci n correspondiente o dilatar injustificadamente poner al detenido a disposici n de la autoridad correspondiente. Al que cometa el DELITO de ABUSO de autoridad en los t rminos previstos por las fracciones I a V y X a XII, se le impondr de uno a ocho a os de prisi n, de cincuenta hasta trescientos d as multa y destituci n e inhabilitaci n de uno a ocho a os para desempe ar otro empleo, cargo o comisi n p blicos.

7 Igual sanci n se impondr a las personas que acepten los nombramientos, contrataciones o identificaciones a que se refieren las fracciones X a Al que cometa el DELITO de ABUSO de autoridad en los t rminos previstos por las fracciones VI, IX, XIII, XIV Y XV se le impondr de dos a nueve a os de prisi n, de setenta hasta cuatrocientos d as multa y destituci n e inhabilitaci n de dos a nueve a os para desempe ar otro empleo, cargo o comisi n p blicos. De conformidad con el art culo 7 del mismo c digo punitivo, DELITO es el acto u omisi n que sancionan las leyes penales , 2 C digo penal federal art culo 215; pp. 102,103,104 ELEMENTOS QUE INTEGRAN EL DELITO DE ABUSO DE autoridad Sujeto activo. Son, desde luego, los servidores p blicos investidos de autoridad , esto es, dotados de facultad de imperio, de tomar determinaciones y de imponer obediencia , A veces la ley restringe l gicamente a n m s la condici n de servidor p blico y la contrae al encargado de administrar justicia, al encargado de la fuerza p blica y al encargado de cualquier establecimiento destinado a la ejecuci n de sanciones privativas de libertad.

8 El servidor p blico debe tener las especificidades se aladas en cada una de las fracciones del art culo 215 del C digo Penal Federal. Sujeto pasivo. Lo es el Estado, la colectividad, la administraci n p blica. Bien jur dico tutelado. La seguridad de las personas y sus bienes frente a quienes prestan un servicio p blico por nombramiento, cargo o comisi n. Son elementos constitutivos espec ficos de este DELITO : el sujeto activo, la conducta criminosa, el objeto material, el tiempo del hecho, el resultado y el dolo gen rico. El sujeto activo. De este DELITO puede ser s lo un funcionario p blico que tenga la custodia de una persona detenida, o que le haya sido confiada en ejecuci n de una providencia de autoridad competente, o tambi n que est investido, por razones de su cargo, de autoridad sobre la persona custodiada.

9 La conducta consiste en los actos o en el empleo de los medios id neos con que la persona detenida es sometida a medidas de rigor ilegales, en virtud de las cuales se empeora el estado de restricci n de la libertad personal en que legalmente se 3 Jim nez Huerta Derecho Penal Mexicano tomo V ,s., M xico. 2000. pp. 389_399. Por consiguiente, no constituyen este DELITO los actos que hacen m s gravosa la detenci n o la custodia, si no resulta afectada la restante libertad personal del individuo o detenido. Pero si el acto o el medio empleado constituyen por s mismos DELITO , se tendr concurso de delitos. Tambi n puede presentarse la agravante por los servicios u otras crueldades, que no es l cito considerarlas como integrantes del r gimen abusivo de rigor o del concurso de delitos.

10 El objeto material de este DELITO es la persona sobre la cual recae la conducta criminosa. El resultado t pico de lo previsto en la fracci n XIII del articulo 215 de C digo Penal Federal se consuma en el momento en que se ejecuta la acci n. El nexo causal se da entre la conducta del agente y el resultado t pico. El aspecto subjetivo del tipo nos indica que se trata de un DELITO doloso, habida cuenta el agente debe conocer y querer realizar los elementos del tipo objetivo GENERALIDADES. El DELITO de ABUSO de autoridad es un DELITO que comete el servidor p blico que act a extralimitando su actividad a la competencia que tiene asignada por la ley o bien que incumple con lo previsto con sus deberes o atribuciones que tenga establecidas tambi n por la ley, comprendiendo asimismo este il cito el empleo de la violencia que ejerciere sin causa justificada sobre una persona.


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