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Constitucion de la República Dominicana 2015

Constitucion . DE LA REPUBLICA Dominicana . Votada y Proclamada por la Asamblea Nacional en fecha trece (13) de junio de 2015. Gaceta Oficial No. 10805 del 10 de julio de 2015. -2- _____. PRE MBULO. Nosotros, representantes del pueblo dominicano, libre y democr ticamente elegidos, reunidos en Asamblea Nacional Revisora; invocando el nombre de Dios; guiados por el ideario de nuestros Padres de la Patria, Juan Pablo Duarte, Mat as Ram n Mella y Francisco del Rosario S nchez, y de los pr ceres de la Restauraci n de establecer una Rep blica libre, independiente, soberana y democr tica; inspirados en los ejemplos de luchas y sacrificios de nuestros h roes y hero nas inmortales; estimulados por el trabajo abnegado de nuestros hombres y mujeres; regidos por los valores supremos y los principios fundamentales de la dignidad humana, la libertad, la igualdad, el imperio de la ley, la justicia, la solidaridad, la convivencia fraterna, el bienestar social, el equilibrio ecol gico, el progreso y la paz, factores esenciales para la cohesi n social.

DE LA NACIONALIDAD Artículo 18.- Nacionalidad. Son dominicanas y dominicanos: -7- _____ 1) Los hijos e hijas de madre o padre dominicanos; 2) Quienes gocen de la nacionalidad dominicana antes de la entrada en vigencia de esta Constitución; 3) Las personas nacidas en territorio nacional, con excepción de los hijos e hijas de ...

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1 Constitucion . DE LA REPUBLICA Dominicana . Votada y Proclamada por la Asamblea Nacional en fecha trece (13) de junio de 2015. Gaceta Oficial No. 10805 del 10 de julio de 2015. -2- _____. PRE MBULO. Nosotros, representantes del pueblo dominicano, libre y democr ticamente elegidos, reunidos en Asamblea Nacional Revisora; invocando el nombre de Dios; guiados por el ideario de nuestros Padres de la Patria, Juan Pablo Duarte, Mat as Ram n Mella y Francisco del Rosario S nchez, y de los pr ceres de la Restauraci n de establecer una Rep blica libre, independiente, soberana y democr tica; inspirados en los ejemplos de luchas y sacrificios de nuestros h roes y hero nas inmortales; estimulados por el trabajo abnegado de nuestros hombres y mujeres; regidos por los valores supremos y los principios fundamentales de la dignidad humana, la libertad, la igualdad, el imperio de la ley, la justicia, la solidaridad, la convivencia fraterna, el bienestar social, el equilibrio ecol gico, el progreso y la paz, factores esenciales para la cohesi n social.

2 Declaramos nuestra voluntad de promover la unidad de la Naci n Dominicana , por lo que en ejercicio de nuestra libre determinaci n adoptamos y proclamamos la siguiente -3- _____. CONSTITUCI N. T TULO I. DE LA NACI N, DEL ESTADO, DE SU GOBIERNO. Y DE SUS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES. CAP TULO I. DE LA NACI N, DE SU SOBERAN A Y DE SU GOBIERNO. Art culo Organizaci n del Estado. El pueblo dominicano constituye una Naci n organizada en Estado libre e independiente, con el nombre de Rep blica Dominicana . Art culo Soberan a popular. La soberan a reside exclusivamente en el pueblo, de quien emanan todos los poderes, los cuales ejerce por medio de sus representantes o en forma directa, en los t rminos que establecen esta Constituci n y las leyes. Art culo Inviolabilidad de la soberan a y principio de no intervenci n. La soberan a de la Naci n Dominicana , Estado libre e independiente de todo poder extranjero, es inviolable.

3 Ninguno de los poderes p blicos organizados por la presente Constituci n puede realizar o permitir la realizaci n de actos que constituyan una intervenci n directa o indirecta en los asuntos internos o externos de la Rep blica Dominicana o una injerencia que atente contra la personalidad e integridad del Estado y de los atributos que se le reconocen y consagran en esta Constituci n. El principio de la no intervenci n constituye una norma invariable de la pol tica internacional Dominicana . Art culo Gobierno de la Naci n y separaci n de poderes. El gobierno de la Naci n es esencialmente civil, republicano, democr tico y representativo. Se divide en Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial. Estos tres poderes son independientes en el ejercicio de sus respectivas funciones. Sus encargados son responsables y no pueden delegar sus atribuciones, las cuales son nicamente las determinadas por esta Constituci n y las leyes.

4 Art culo Fundamento de la Constituci n. La Constituci n se fundamenta en el respeto a la dignidad humana y en la indisoluble unidad de la Naci n, patria com n de todos los dominicanos y dominicanas. Art culo Supremac a de la Constituci n. Todas las personas y los rganos que ejercen potestades p blicas est n sujetos a la Constituci n, norma suprema y fundamento del ordenamiento jur dico del Estado. Son nulos de pleno derecho toda ley, decreto, resoluci n, reglamento o acto contrarios a esta Constituci n. -4- _____. CAP TULO II. DEL ESTADO SOCIAL Y DEMOCR TICO DE DERECHO. Art culo Estado Social y Democr tico de Derecho. La Rep blica Dominicana es un Estado Social y Democr tico de Derecho, organizado en forma de Rep blica unitaria, fundado en el respeto de la dignidad humana, los derechos fundamentales, el trabajo, la soberan a popular y la separaci n e independencia de los poderes p blicos. Art culo Funci n esencial del Estado.

5 Es funci n esencial del Estado, la protecci n efectiva de los derechos de la persona, el respeto de su dignidad y la obtenci n de los medios que le permitan perfeccionarse de forma igualitaria, equitativa y progresiva, dentro de un marco de libertad individual y de justicia social, compatibles con el orden p blico, el bienestar general y los derechos de todos y todas. CAP TULO III. DEL TERRITORIO NACIONAL. SECCI N I. DE LA CONFORMACI N DEL TERRITORIO NACIONAL. Art culo Territorio nacional. El territorio de la Rep blica Dominicana es inalienable. Est conformado por: 1) La parte oriental de la isla de Santo Domingo, sus islas adyacentes y el conjunto de elementos naturales de su geomorfolog a marina. Sus l mites terrestres irreductibles est n fijados por el Tratado Fronterizo de 1929 y su Protocolo de Revisi n de 1936. Las autoridades nacionales velan por el cuidado, protecci n y mantenimiento de los bornes que identifican el trazado de la l nea de demarcaci n fronteriza, de conformidad con lo dispuesto en el tratado fronterizo y en las normas de Derecho Internacional.

6 2) El mar territorial, el suelo y subsuelo marinos correspondientes. La extensi n del mar territorial, sus l neas de base, zona contigua, zona econ mica exclusiva y la plataforma continental ser n establecidas y reguladas por la ley org nica o por acuerdos de delimitaci n de fronteras marinas, en los t rminos m s favorables permitidos por el Derecho del Mar;. 3) El espacio a reo sobre el territorio nacional, el espectro electromagn tico y el espacio donde ste act a. La ley regular el uso de estos espacios de conformidad con las normas del Derecho Internacional. P Los poderes p blicos procurar n, en el marco de los acuerdos internacionales, la preservaci n de los derechos e intereses nacionales en el espacio ultraterrestre, con el objetivo de asegurar y mejorar la comunicaci n y el acceso de la poblaci n a los bienes y servicios desarrollados en el mismo. -5- _____. SECCI N II. DEL R GIMEN DE SEGURIDAD Y DESARROLLO FRONTERIZO.

7 Art culo R gimen fronterizo. Se declara de supremo y permanente inter s nacional la seguridad, el desarrollo econ mico, social y tur stico de la Zona Fronteriza, su integraci n vial, comunicacional y productiva, as como la difusi n de los valores patrios y culturales del pueblo dominicano. En consecuencia: 1) Los poderes p blicos elaborar n, ejecutar n y priorizar n pol ticas y programas de inversi n p blica en obras sociales y de infraestructura para asegurar estos objetivos;. 2) El r gimen de adquisici n y transferencia de la propiedad inmobiliaria en la Zona Fronteriza estar sometido a requisitos legales espec ficos que privilegien la propiedad de los dominicanos y dominicanas y el inter s nacional. Art culo Tratados fronterizos. El uso sostenible y la protecci n de los r os fronterizos, el uso de la carretera internacional y la preservaci n de los bornes fronterizos utilizando puntos geod sicos, se regulan por los principios consagrados en el Protocolo de Revisi n del a o 1936 del Tratado de Frontera de 1929 y el Tratado de Paz, Amistad Perpetua y Arbitraje de 1929 suscrito con la Rep blica de Hait.

8 SECCI N III. DE LA DIVISI N POL TICO ADMINISTRATIVA. Art culo Divisi n pol tico administrativa. Para el gobierno y la administraci n del Estado, el territorio de la Rep blica se divide pol ticamente en un Distrito Nacional y en las regiones, provincias y municipios que las leyes determinen. Las regiones estar n conformadas por las provincias y municipios que establezca la ley. Art culo Distrito Nacional. La ciudad de Santo Domingo de Guzm n es el Distrito Nacional, capital de la Rep blica y asiento del gobierno nacional. CAP TULO IV. DE LOS RECURSOS NATURALES. Art culo Recursos naturales. Son patrimonio de la Naci n los recursos naturales no renovables que se encuentren en el territorio y en los espacios mar timos bajo jurisdicci n nacional, los recursos gen ticos, la biodiversidad y el espectro radioel ctrico. Art culo Recursos h dricos. El agua constituye patrimonio nacional estrat gico de uso p blico, inalienable, imprescriptible, inembargable y esencial para la vida.

9 El consumo humano del agua tiene prioridad sobre cualquier otro uso. El Estado promover la elaboraci n e implementaci n de pol ticas efectivas para la protecci n de los recursos h dricos de la Naci n. -6- _____. P Las cuencas altas de los r os y las zonas de biodiversidad end mica, nativa y migratoria, son objeto de protecci n especial por parte de los poderes p blicos para garantizar su gesti n y preservaci n como bienes fundamentales de la Naci n. Los r os, lagos, lagunas, playas y costas nacionales pertenecen al dominio p blico y son de libre acceso, observ ndose siempre el respeto al derecho de propiedad privada. La ley regular . las condiciones, formas y servidumbres en que los particulares acceder n al disfrute o gesti n de dichas reas. Art culo reas protegidas. La vida silvestre, las unidades de conservaci n que conforman el Sistema Nacional de reas Protegidas y los ecosistemas y especies que contiene, constituyen bienes patrimoniales de la Naci n y son inalienables, inembargables e imprescriptibles.

10 Los l mites de las reas protegidas s lo pueden ser reducidos por ley con la aprobaci n de las dos terceras partes de los votos de los miembros de las c maras del Congreso Nacional. Art culo Aprovechamiento de los recursos naturales. Los yacimientos mineros y de hidrocarburos y, en general, los recursos naturales no renovables, s lo pueden ser explorados y explotados por particulares, bajo criterios ambientales sostenibles, en virtud de las concesiones, contratos, licencias, permisos o cuotas, en las condiciones que determine la ley. Los particulares pueden aprovechar los recursos naturales renovables de manera racional con las condiciones, obligaciones y limitaciones que disponga la ley. En consecuencia: 1) Se declara de alto inter s p blico la exploraci n y explotaci n de hidrocarburos en el territorio nacional y en las reas mar timas bajo jurisdicci n nacional;. 2) Se declara de prioridad nacional y de inter s social la reforestaci n del pa s, la conservaci n de los bosques y la renovaci n de los recursos forestales.


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