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Declaración Anual de Personas Físicas - Deloitte

declaraci n Anual de Personas F sicas2El 30 de abril de 2016 vence el plazo para presentar la declaraci n Anual de Personas f sicas por los ingresos obtenidos durante el a o scal de 2015. La presentaci n en tiempo evita multas y sanciones, no obstante, al ser el 30 de abril un d a inh bil y de acuerdo con el C digo Fiscal de la Federaci n, se podr presentar hasta el 2 de leyes scales son muy din micas y es por ello que resulta necesario revisar los supuestos, requisitos, formatos y obligaciones que las Personas deben cumplir, por tal motivo, a continuaci n se abordan las preguntas m s frecuentes que surgen al momento de preparar y presentar la declaraci n n Anual de Personas F sicas Quienes est n obligados a presentar una declaraci n Anual ? declaraci n Anual de Personas F sicas 3 Tipo de Ingreso Caso en el que se deber presentar declaraci n Anual Sueldos y salarios, y conceptos asimilados Cuando dejen de prestar servicios antes del 31 de diciembre del a o de que se trate.

de farmacias. •El pago de estos gastos se debe realizar mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito, de débito o de servicios. • Gastos funerarios. Solamente la cantidad que no exceda …

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1 declaraci n Anual de Personas F sicas2El 30 de abril de 2016 vence el plazo para presentar la declaraci n Anual de Personas f sicas por los ingresos obtenidos durante el a o scal de 2015. La presentaci n en tiempo evita multas y sanciones, no obstante, al ser el 30 de abril un d a inh bil y de acuerdo con el C digo Fiscal de la Federaci n, se podr presentar hasta el 2 de leyes scales son muy din micas y es por ello que resulta necesario revisar los supuestos, requisitos, formatos y obligaciones que las Personas deben cumplir, por tal motivo, a continuaci n se abordan las preguntas m s frecuentes que surgen al momento de preparar y presentar la declaraci n n Anual de Personas F sicas Quienes est n obligados a presentar una declaraci n Anual ? declaraci n Anual de Personas F sicas 3 Tipo de Ingreso Caso en el que se deber presentar declaraci n Anual Sueldos y salarios, y conceptos asimilados Cuando dejen de prestar servicios antes del 31 de diciembre del a o de que se trate.

2 Cuando se hubieran prestado servicios a dos o m s empleadores en forma simult nea. Cuando sus ingresos por salarios en el a o excedan de $400, Cuando opten por presentar su declaraci n Anual , habiendo comunicado tal opci n al patr n. Cuando obtengan ingresos por salarios provenientes de fuente de riqueza obtenida en el extranjero o de Personas no obligadas a efectuar las retenciones, como es el caso organismos n: Podr n optar por no presentar la declaraci n Anual las Personas f sicas que: nicamente reciban ingresos por salarios e intereses cuya suma no exceda de $400,000 y los intereses reales sujetos a retenci n no excedan de $100, servicios profesionales (honorarios).Actividades empresariales, profesionalesRealizar actividades empresariales (comerciales, industriales, agr colas, ganaderas, silv colas, de pesca).R gimen de Incorporaci n FiscalNo se presenta declaraci n Anual . Arrendamiento de inmueblesEn todos los casos se presenta Anual .

3 Enajenaci n de bienesEn todos los casos se presenta Anual . Los contribuyentes que hayan obtenido ingresos totales, incluyendo aquellos por los que no est obligado al pago de ISR y por los que se pag el impuesto definitivo superiores a $500, deben incluir como dato informativo, entre otros exentos, el monto de la enajenaci n de la casa habitaci n aun cuando est o legadosEl monto de las herencias o legados se debe informar en la declaraci n Anual como dato informativo siempre que el contribuyente haya obtenido ingresos totales por los que no se est obligado al pago del impuesto y por los que se pag el impuesto definitivo superiores a $500, Si obtuviste ingresos por intereses reales superiores a $100, en el a o. Si percibiste intereses reales y salarios, y la suma de ambos excede de $400, , sin importar el monto de cada uno de dichos conceptos. Si percibiste intereses y salarios y la suma de ambos es hasta $400, , pero el monto de los intereses reales es mayor a $100, stamos, premios y donativosSe presenta declaraci n Anual para mostrar como dato informativo los pr stamos, donativos y los premios, siempre que stos, en lo individual o en su conjunto, excedan de $600, o utilidades distribuidos de Personas morales residentes en M xicoEn todos los casos.

4 Otros ingresos Deudas perdonadas. Ganancia/p rdida cambiaria, intereses provenientes de dep sitos o pr stamos del extranjero. Remanente distribuido de Personas morales no lucrativas. Derechos de autor percibidos por persona distinta al autor. Regal as. Ingresos de planes personales de retiro o del SAR. Dividendos provenientes de residentes en el importante se alar que en el caso de las exenciones trat ndose de vi ticos, casa habitaci n y herencias y legados no son aplicables cuando los ingresos no sean Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) establece que las Personas f sicas residentes en M xico deber n presentar su declaraci n Anual cuando se ubiquen en alguno de los supuestos mencionados: C mo se presenta la declaraci n Anual ?La declaraci n Anual se presenta en l ingresa a la p gina de SAT y elige la pesta a de Tr mites . En la pesta a de Tr mites, elige Declaraciones y aparece: Declarasat. solo se utiliza en caso de que el nico ingreso sea salario y Declarasat para otros ingresa con el RFC y CIEC o FIEL, hecho lo anterior se selecciona el a o de la declaraci n, el tipo de declaraci n, el rea geogr fica y aquellos ingresos por los que se deba presentar la declaraci n Anual como son: Sueldos, salarios y asimilados.

5 Arrendamiento. Enajenaci n. Adquisici n de bienes. Intereses. Premios. Dividendos. Dem s ingresos. ISR REFIPRES. Informaci n del IVA. Enajenaci n de acciones en bolsa de valores. Actividades agr colas, ganaderas, silv colas y pesqueras. Actividad profesional (Honorarios).Posteriormente el programa pregunta si se desea realizar el c lculo autom tico y de seleccionar s , el sistema efect a dicho c otra pregunta relativa a si se desea que se realice el prellenado de la declaraci n, de elegir s se carga la informaci n precargada por las declaraciones informativas y aparecen algunas deducciones precargadas que habr que revisar si cumplen con los requisitos de Ley y capturar las que no cargue el sistema. Hay que ingresar los datos por r gimen y datos n Anual de Personas F sicas 5 Qu deducciones personales se pueden aplicar en la declaraci n Anual ?Una vez sumados todos los ingresos del a o fiscal 2015 y descontadas las deducciones aplicables a cada tipo de ingreso, el contribuyente podr disminuir las siguientes deducciones personales: Honorarios m dicos, dentales y gastos hospitalarios pagados por el contribuyente, c nyuge o concubino/a, padres, abuelos, hijos y nietos, siempre que dichas Personas no hayan percibido durante el a o, ingresos en cantidad igual o superior a un salario m nimo general del rea geogr fica elevado al a o.

6 Medicinas incluidas en facturas de hospitales; no proceden los comprobantes de farmacias. el pago de estos gastos se debe realizar mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencia electr nica de fondos, tarjeta de cr dito, de d bito o de servicios. Gastos funerarios. Solamente la cantidad que no exceda del salario m nimo general del rea geogr fica del contribuyente, elevado al a o, y que efectuados por el contribuyente, para su c nyuge o concubino/a, as como para sus padres, abuelos, hijos y nietos. Los gastos para cubrir servicios funerarios a futuro ser n deducibles en el a o de calendario en que se utilicen. Primas por seguros de gastos m dicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones p blicas de seguridad social, siempre que el beneficiario sea el contribuyente, su c nyuge o concubino/a, o sus ascendientes o descendientes en l nea recta. Intereses reales devengados y efectivamente pagados durante el ejercicio por cr ditos hipotecarios destinados a casa habitaci n, contratados con el sistema financiero, Infonavit o Fovissste, entre otras, y siempre que el cr dito otorgado no exceda de setecientas cincuenta mil unidades de inversi n.

7 Las instituciones que perciban ingresos por este tipo de intereses deben proporcionar, por escrito, una constancia Anual , a m s tardar el 15 de febrero, en la que se se ale, entre otros datos, el monto de los intereses nominales devengados y pagados en el a o, y aparezca separado el monto pagado de los intereses reales. Donativos no onerosos ni remunerativos (que no se otorguen como pago o a cambio de servicios recibidos), cuando se den a instituciones autorizadas para recibir donativos. El monto de los donativos que se deduzcan en la declaraci n Anual no debe exceder del 7% de los ingresos acumulables que sirvieron de base para calcular el impuesto sobre la renta del a o anterior, antes de aplicar las deducciones personales correspondientes a dicho a o; incluyendo en dicho monto los otorgados a la Federaci n, entidades federativas, municipios, o a sus organismos descentralizados, los cuales no podr n exceder del 4% de los ingresos acumulables. Las aportaciones voluntarias a la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro o a las cuentas de planes personales de retiro, as como las efectuadas a la subcuenta de aportaciones voluntarias, siempre que en este ltimo caso cumplan con los requisitos de permanencia para los planes de retiro.

8 El monto m ximo es del 10% de los ingresos acumulables, sin que dichas aportaciones excedan de cinco salarios m nimos generales del rea geogr fica elevados al a o. Transportaci n escolar de los hijos o nietos del contribuyente, siempre que sea obligatorio o se incluya en la colegiatura para todos los alumnos y se se ale por separado en el comprobante correspondiente. el pago de estos gastos se debe realizar mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencia electr nica de fondos, tarjeta de cr dito, de d bito o de servicios. Los pagos efectuados por concepto de impuesto local sobre ingresos por un est mulo fiscal por dep sitos en las cuentas personales especiales para el ahorro, pagos de primas de contratos de seguro que tengan como base planes de pensiones relacionados con la edad, jubilaci n o retiro, as como la adquisici n de acciones de sociedades de inversi n. El monto no podr exceder de $152, Lo cierto es que queda topado al l mite m ximo de las deducciones personales considerando que es de cuatro salarios m nimos elevados al a adici n a las deducciones personales existe un est mulo fiscal por decreto por el pago de servicios educativos que permite a las Personas f sicas disminuir los pagos de colegiaturas pagados a escuelas residentes en M xico para el contribuyente, su c nyuge y para sus descendientes o ascendientes en l nea recta.

9 Este beneficio no aplica para cuotas de inscripci n o reinscripci n. Asimismo, estos pagos debieron realizarse con cheque nominativo o transferencia electr nica. 6 Para la aplicaci n del est mulo a que se refiere el decreto se deber comprobar, mediante documentaci n que re na requisitos fiscales, que las cantidades correspondientes fueron efectivamente pagadas en el a o de calendario de que se trate a instituciones educativas residentes en el pa s. Si el contribuyente recupera parte de dichas cantidades, el est mulo nicamente ser aplicable por la diferencia no se realice pagos en un mismo ejercicio fiscal, por una misma persona, por servicios de ense anza correspondientes a dos niveles educativos, el l mite Anual de deducci n que puede disminuir el contribuyente es el que corresponde al monto mayor de los dos niveles, independientemente de que se trate del nivel que concluy o el que inici .El monto total de las deducciones personales no podr exceder de cuatro salarios m nimos generales elevados al a o del rea geogr fica del contribuyente, o del 10% del total de los ingresos, incluyendo aquellos por los que no se pague el impuesto.

10 Esta limitante no aplica para los donativos y el est mulo fiscal de lo mencionamos, los contribuyentes que en el ejercicio que se declara hayan obtenido ingresos totales incluyendo aquellos por los que no se est obligado al pago del ISR y por los que se pag impuesto definitivo superiores a $500, deber n declarar la totalidad de sus ingresos, incluidos aquellos por los que no se est obligado al pago del impuesto como son vi ticos, casa habitaci n y los que se reciban por herencia o estas exenciones no se declaran no son tambi n, las Personas f sicas residentes en M xico est n obligadas a informar en la declaraci n del ejercicio, sobre los pr stamos, los donativos y los premios obtenidos en el mismo, siempre que stos en lo individual o en su conjunto excedan de $600, elaboraci n de la declaraci n Anual en ocasiones puede ser muy sencilla si nicamente se obtienen ingresos por salarios; sin embargo, puede llegar a ser complicada si se tienen diversos tipos de ingresos, impuestos pagados en el extranjero, p rdidas fiscales; en cuyo caso recomendamos acercarse a su asesor fiscal quien buscar la mejor alternativa para cumplir con esta obligaci mite de las deducciones personales Cu les son los ingresos que no causan ISR pero que deben informarse en la declaraci n Anual ?


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