Example: air traffic controller

DIPUTADOS: Ley de Catastro Municipal del Estado …

Ley de Catastro Municipal del Estado de JaliscoAlberto C rdenas Jim nez, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de jalisco , a loshabitantes del mismo hago saber, que por conducto de la Secretar a del H. Congreso de esta entidadFederativa, se me ha comunicado el siguienteDECRETONUMERO El Congreso del Estado Se modifica el Decreto N mero 16465, aprobado por esta H. Legislatura el d a 19 de diciembre de1996, y regresado por el Ejecutivo del Estado con sus observaciones, en los t rminos del entonces vigenteart culo 33 constitucional , para quedar como sigue:Ley de Catastro Municipal del Estado de JaliscoCAPITULO IDisposiciones generales y objetivos del CatastroArt culo Catastro es el inventario y la valuaci n, precisos y detallados, de los bienes inmuebles p blicos yprivados ubicados en la culo El Catastro tiene por objeto la determinaci n de las caracter sticas cualitativas y cuantitativas delos predios y construcciones ubicados dentr

Ley de Catastro Municipal del Estado de Jalisco Alberto Cárdenas Jiménez, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Jalisco, a los habitantes del mismo hago saber, que por conducto de la Secretaría del H. Congreso de esta entidad

Tags:

  Municipal, De ley, Estado, Del estado, Dual listed companies, Municipal del estado de jalisco, Jalisco, De jalisco

Information

Domain:

Source:

Link to this page:

Please notify us if you found a problem with this document:

Other abuse

Transcription of DIPUTADOS: Ley de Catastro Municipal del Estado …

1 Ley de Catastro Municipal del Estado de JaliscoAlberto C rdenas Jim nez, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de jalisco , a loshabitantes del mismo hago saber, que por conducto de la Secretar a del H. Congreso de esta entidadFederativa, se me ha comunicado el siguienteDECRETONUMERO El Congreso del Estado Se modifica el Decreto N mero 16465, aprobado por esta H. Legislatura el d a 19 de diciembre de1996, y regresado por el Ejecutivo del Estado con sus observaciones, en los t rminos del entonces vigenteart culo 33 constitucional , para quedar como sigue:Ley de Catastro Municipal del Estado de JaliscoCAPITULO IDisposiciones generales y objetivos del CatastroArt culo Catastro es el inventario y la valuaci n, precisos y detallados, de los bienes inmuebles p blicos yprivados ubicados en la culo El Catastro tiene por objeto la determinaci n de las caracter sticas cualitativas y cuantitativas delos predios y construcciones ubicados dentro del municipio, mediante la formaci n y conservaci n de losregistros y bases de datos que permitan su uso m ltiple, como medio para obtener los elementos t cnicos.

2 Estad sticos y fiscales que lo registro y la valuaci n catastral se declaran de utilidad p blica, para fines fiscales, socioecon micos yurban culo Est n obligados a observar las disposiciones de esta Ley:I. Los titulares de los predios: propietarios, copropietarios o poseedores a t tulo dedue o de terrenos o construcciones con localizaci n en el territorio del Estado ;II. Los notarios y quienes tengan fe p blica, cuando intervengan en la autorizaci nde escrituras relativas a actos traslativos de dominio de bienes inmuebles;III. Las autoridades fiscales que administren contribuciones que se determinensobre la propiedad inmobiliaria, su divisi n, consolidaci n, traslaci n, urbanizaci n,edificaci n y mejora, as como las que tengan por base el cambio de valor de losinmuebles;IV.

3 Las autoridades judiciales que autoricen actos traslativos de dominio de alg nbien inmueble dentro del Estado o tengan conocimiento del inicio o terminaci n decualquier litis, en la que existan terceros afectados o interesados respecto de alg nbien inmueble que se encuentre dentro del Estado ;V. Los urbanizadores;VI. Los peritos valuadores autorizados para practicar aval os y los valuadoresdependientes de la autoridad catastral;Quienes adquieran alg n bien inmueble por contrato privado;VII. Los fideicomitentes, fideicomisarios o fiduciarios, cuando en el fideicomiso se limite o impongancondiciones de uso, administraci n o posesi n de alg n predio; yVIII.

4 Los corredores de bienes inmuebles, cuando intervengan en actos traslativos de dominio o deIX. DIPUTADOS: file:///E|/DANIEL/leyes/Ley de (1 of 28) [25/01/2001 9:48:00 AM]administraci culo Para los efectos de esta Ley se entiende por:I. Predio: la porci n de terreno comprendida dentro de un per metro, conconstrucciones o sin ellas, que pertenezca en propiedad o posesi n a una o variaspersonas. En el caso de condominios, se entender como predio a la unidadcondominal y como subpredio a la unidad privativa;II. Unidad Privativa: es el conjunto de bienes cuyo aprovechamiento y libredisposici n corresponden a un cond mino;III. Infraestructura del predio: el conjunto de obras que hacen posible la utilizaci nde un predio, tales como redes de agua potable, alcantarillado, colectores, sistemade riego, gas, energ a el ctrica, comunicaciones y otros;IV.

5 Urbanizaci n: el proceso t cnico para lograr a trav s de la acci n material y demanera ordenada, la adecuaci n de los espacios que el ser humano y suscomunidades requieren para su asentamiento;V. Obras de urbanizaci n: todas aquellas acciones materiales de adecuaci nespacial necesarias a realizar en el suelo r stico para convertirlo en urbanizado,integr ndole los elementos requeridos para edificar; o bien, en el suelo urbanizadopara mejorarlo con el mismo fin o para permitir el desempe o de otras funciones enel centro de poblaci n;VI. Edificaci n: todas aquellas acciones de adecuaci n espacial necesarias arealizar en un predio para permitir su utilizaci n;VII.

6 Superficie til construible: es aquella que resulta de descontar las reas derestricciones tomando en cuenta los coeficientes de uso y ocupaci n del suelo;VIII. Equipamiento del predio: el conjunto de instalaciones, construcciones yequipos necesarios para la utilizaci n del predio;IX. Jard n: el espacio de terreno libre de construcci n y cubierto por plantas yelementos de ornato;X. Centro de poblaci n: las reas urbanas ocupadas por las instalacionesnecesarias para su vida normal; las que se reserven para su expansi n futura; lasconstituidas por elementos naturales que cumplen una funci n de preservaci n desus condiciones ecol gicas; y las que se dediquen a la fundaci n del mismo,conforme a las leyes aplicables;XI.

7 Provisiones: las reas que ser n utilizadas para la fundaci n de un centro depoblaci n;XII. Usos: los fines particulares a que podr n dedicarse determinadas zonas, reasy predios de un centro de poblaci n;XIII. Destinos: los fines p blicos a que se prevea dedicar determinadas zonas, reas y predios de un centro de poblaci n;XIV. Reservas: las reas de un centro de poblaci n que ser n utilizadas para sufuturo crecimiento;XV. L mite del centro de poblaci n: el pol gono determinado por el Congreso delEstado, conforme a la Ley de Desarrollo Urbano, a propuesta del ayuntamiento delDIPUTADOS:file:///E|/DANIEL/leyes/Ley de (2 of 28) [25/01/2001 9:48:00 AM]municipio en donde se localice;XVI.

8 Zonas: las delimitaciones administrativas en que se divide el territorio delmunicipio pudiendo ser las que se establecen en los planes de desarrollo urbanomunicipal;XVII. V as p blicas:a) Los predios destinados a los fines p blicos del tr nsito peatonal, vehiculary el transporte colectivo;b) Los caminos p blicos, destinados temporal o permanentemente al tr nsitode personas, semovientes y veh culos, incluyendo el rea del derecho de v ade los mismos; yc) Las servidumbres de paso por medio de las cuales, a solicitud de losusuarios, el municipio proporciona servicios de recolecci n de basura yalumbrado p tienen el car cter de v as p blicas los predios pertenecientes al dominio privado de la Federaci n, delEstado, del Municipio o de los particulares, para fines restringidos o aprovechamientos privados, as como losbienes de uso com n de los condominios;XVIII.

9 Manzana: la superficie de terreno debidamente delimitada constituida por unoo mas predios, colindante con v as o reas p blicas;XIX. Fusi n: la uni n en un solo predio de dos o m s predios colindantes;XX. Subdivisi n: la partici n de un predio en dos o m s fracciones;XXI. Valor fiscal: el que se asigne o apruebe para cada predio, de conformidad conlos procedimientos previstos en esta ley y la de Hacienda Municipal ;XXII. Valor catastral: ser el valor que se determine mediante procedimientost cnicos, siendo en todo momento lo m s apegado al valor real;XXIII. Tablas de Valores: es el conjunto de elementos y valores unitarios aprobadosseg n el procedimiento de esta ley y contenidos en los planos de las zonasrespecto al valor del terreno, as como la relaci n con las clasificaciones deconstrucci n y dem s elementos que deber n de tomarse en consideraci n para lavaluaci n de los predios;XXIV.

10 Valor Unitario: el valor que por metro cuadrado o por hect rea apruebe elCongreso del Estado en tablas de valores, para cuantificar el valor catastral decada uno de los predios;XXV. Valor provisional: el valor que fije la autoridad catastral a los predios de losque no se hayan obtenido los elementos t cnicos para determinarle valor catastraldefinitivo;XXVI. Valuaci n catastral: la determinaci n del valor catastral de los predios,conforme al procedimiento t cnico establecido en la presente Ley;XXVII. Revaluaci n catastral: la actualizaci n de los valores catastrales quele correspondan a cada predio, por alguna de las causas que se establezcanen esta Ley y la de Hacienda Municipal ;XXVIII.


Related search queries