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EL PLIEGO DE CARGOS - micanaldepanama.com

ANEXO 4 - PLIEGO DE CARGOS NICO - MICRO-COMPRA, LICITACI N, CONTRATO DE SUMINISTRO DE BIENES Y PRESTACI N DE SERVICIOS Y OBRAS DE LA AUTORIDAD DEL canal DE PANAM P gina 1 de 77 Revisi n 22 de febrero de 2018 1 SALARIO M NIMO. (Para contratos de obras y prestaci n de servicios en el rea del canal .) En los contratos de obras y prestaci n de servicios, los contratistas deber n pagar a sus empleados el salario m nimo por hora aplicable. Se entiende como salario m nimo por hora aplicable aquel que corresponda al mayor entre el salario m nimo que se haya establecido para el sector o rubro aplicable mediante Decreto Ejecutivo que fije las tasas de salario m nimo en todo el territorio nacional y el salario m nimo establecido de B/. por hora de conformidad con el Decreto Ejecutivo No. 80 de 1984. 2 TRIBUTOS, IMPUESTOS, DERECHOS, TASAS, CARGOS O CONTRIBUCIONES DEL PAIS DE ORIGEN.

anexo 4 - pliego de cargos Único - micro-compra, licitaciÓn, contrato de suministro de bienes y prestaciÓn de servicios y obras de la autoridad del canal de panamÁ

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1 ANEXO 4 - PLIEGO DE CARGOS NICO - MICRO-COMPRA, LICITACI N, CONTRATO DE SUMINISTRO DE BIENES Y PRESTACI N DE SERVICIOS Y OBRAS DE LA AUTORIDAD DEL canal DE PANAM P gina 1 de 77 Revisi n 22 de febrero de 2018 1 SALARIO M NIMO. (Para contratos de obras y prestaci n de servicios en el rea del canal .) En los contratos de obras y prestaci n de servicios, los contratistas deber n pagar a sus empleados el salario m nimo por hora aplicable. Se entiende como salario m nimo por hora aplicable aquel que corresponda al mayor entre el salario m nimo que se haya establecido para el sector o rubro aplicable mediante Decreto Ejecutivo que fije las tasas de salario m nimo en todo el territorio nacional y el salario m nimo establecido de B/. por hora de conformidad con el Decreto Ejecutivo No. 80 de 1984. 2 TRIBUTOS, IMPUESTOS, DERECHOS, TASAS, CARGOS O CONTRIBUCIONES DEL PAIS DE ORIGEN.

2 El proponente o contratista certifica que el precio propuesto incluye todo tributo, impuesto, derecho, tasa, cargo o contribuci n, de car cter nacional, estatal o municipal aplicable del pa s de origen y de la Rep blica de Panam . En virtud de esta certificaci n no cabe ninguna reclamaci n. 3 RETENCI N DE IMPUESTOS A CONTRATISTA CON DOMICILIO FUERA DE LA REP BLICA DE PANAM . 1. Los contratistas de la Autoridad del canal de Panam , con domicilio fuera de la Rep blica de Panam , cuyos contratos sean de servicios y ejecuten la totalidad o parte de stos en Panam , est n obligados a pagar al Tesoro Nacional de Panam el impuesto sobre la renta. Cuando el contratista sea persona natural con domicilio fuera del territorio nacional, est obligado a pagar, adem s, el seguro educativo. 2. Los impuestos se pagar n mediante retenci n sobre las remesas que efectuar la Autoridad del canal de Panam por mandato del C digo Fiscal.

3 3. En los contratos de suministro y servicios que se ejecuten total o parcialmente en Panam , se retendr el impuesto sobre la renta sobre el monto total de la parte del contrato que corresponda a los servicios ejecutados en Panam . 4. La tarifa del impuesto sobre la renta a ser aplicada a las personas jur dicas que ejecuten la totalidad o parte de su contrato en Panam es el de la porci n 1 Modificada por el art culo segundo de la Resoluci n No. ACP-AD-RM18-02 de16 de febrero de 2018, vigencia 20 de febrero de 2018. 2 Modificada por el art culo primero de la Resoluci n No. ACP-AD-RM13-41 de 29 de agosto de 2013, vigencia 10 de septiembre de 2013. 3 Modificada por el art culo primero de la Resoluci n No. ACP-AD-RM05-28 de 1 de julio de 2005, vigencia 1 de julio de 2005. Modificada por el art culo primero de la Resoluci n No.

4 ACP-AD-RM10-99 de 18 de mayo de 2010, vigencia 1 de junio de 2010. Modificada por el art culo primero de la Resoluci n No. ACP-AD-RM11-57 de 9 de diciembre de 2011, vigencia (a partir del d a siguiente de su publicaci n, publicado 16 de diciembre de 2011) 17 de diciembre de 2011. Modificada por el art culo segundo de la Resoluci n No. ACP-AD-RM13-41 de 29 de agosto de 2013, vigencia 10 de septiembre de 2013. ANEXO 4 - PLIEGO DE CARGOS NICO - MICRO-COMPRA, LICITACI N, CONTRATO DE SUMINISTRO DE BIENES Y PRESTACI N DE SERVICIOS Y OBRAS DE LA AUTORIDAD DEL canal DE PANAM P gina 2 de 77 Revisi n 22 de febrero de 2018 de la remesa que corresponda a la parte ejecutada por el contratista en territorio de la Rep blica de Panam . 5. La tarifa del impuesto sobre la renta a ser aplicada a las personas naturales que ejecuten la totalidad o parte del contrato en territorio nacional se calcular sobre el 50% de la porci n de la remesa que corresponda a la parte ejecutada por el contratista en el territorio de la Rep blica de Panam , al cual se le aplica la tarifa indicada a continuaci n.

5 Adem s a esa porci n de la remesa, se le retendr el del monto del contrato en concepto de seguro educativo. 6. Para el c lculo de impuesto a retenerse en cada contrato se debe tomar en cuenta el monto total de los contratos que la Autoridad ha pagado al contratista dentro del per odo fiscal que corre de 1 de enero a 31 de diciembre. 7. A los contratistas personas naturales domiciliadas en el exterior, a quienes se les pague por remesa al exterior, s lo se le retendr impuesto sobre la renta cuando dentro de un mismo per odo fiscal reciba pagos por contratos ejecutados total o parcialmente en territorio nacional cuyo monto total correspondiente a la parte ejecutada en Panam exceda de B/.22, 8. La tarifa del impuesto sobre la renta a ser aplicada mediante retenci n a las personas naturales domiciliadas en el extranjero que ejecuten el contrato en territorio nacional y se les pague en territorio de la Rep blica de Panam , es de 15 % del monto del contrato, y adem s se les retendr el % del monto del contrato en concepto de seguro educativo.

6 9. No se aplicar la retenci n del impuesto sobre la renta en el evento de que la persona natural o jur dica con domicilio fuera de la Rep blica de Panam , que haya ejecutado la totalidad o parte del contrato de servicios en territorio nacional, se haya registrado como contribuyente del Impuesto sobre la Renta ante la Direcci n General de Ingresos de la Rep blica de Panam . En estos casos, el contratista deber presentar original y copia de los certificados de paz y salvo nacional y de la Caja de Seguro Social vigentes al momento de presentar su factura para el pago correspondiente. Los originales se les devolver n al cotejarse con las copias. La presentaci n de los mismos es un requisito para que se inicie el proceso de pago de conformidad con el art culo 170 del Reglamento de Contrataciones de la Autoridad del canal de Panam . Si la renta gravable es: El impuesto ser : Hasta B/11, 0 De m s de B/.

7 11,000 hasta B/.50, 15% por el excedente de B/11,000 hasta B/.50,000 De m s de B/.50,000 B/.5, por los primeros B/.50,000 y 25% sobre el excedente de B/.50,000 ANEXO 4 - PLIEGO DE CARGOS NICO - MICRO-COMPRA, LICITACI N, CONTRATO DE SUMINISTRO DE BIENES Y PRESTACI N DE SERVICIOS Y OBRAS DE LA AUTORIDAD DEL canal DE PANAM P gina 3 de 77 Revisi n 22 de febrero de 2018 10. Conforme a lo dispuesto en el C digo Fiscal de la Rep blica de Panama, las personas naturales extranjeras que permanezcan en el territorio nacional por m s de 183 d as corridos o alternos en un mismo per odo fiscal, que corre entre el 1 de enero y el 31 de diciembre, que perciban o devenguen rentas sujeta al impuesto sobre la renta de la Rep blica de Panam , est n obligadas a presentar ante la Autoridad Nacional de ingresos de la Rep blica de Panam , su declaraci n de impuesto sobre la renta sobre la totalidad de los ingresos que recibi de fuente paname a en ese a o y pagar los impuestos correspondientes.

8 4 TRATADOS DE DOBLE IMPOSICI N. Los contratistas domiciliados fuera de la Rep blica de Panam , que deseen acogerse a los beneficios establecidos en alg n tratado o convenio internacional para evitar la doble imposici n de los que la Rep blica de Panam sea signataria, deber n hacer los tr mites y gestiones correspondientes ante la Autoridad Nacional de Ingresos de la Rep blica de Panam (ANIP) y cumplir con los requisitos que para ello exija dicha entidad con base a lo dispuesto en el art culo 762- del C digo Fiscal. Para que la retenci n del impuesto sobre la renta que le vaya a efectuar la Autoridad del canal de Panam sea conforme a uno de estos tratados o convenios, el contratista deber acreditar a la Autoridad del canal de Panam el haber cumplido ante la ANIP con los requisitos por sta exigidos para ello. En lo concerniente a los tr mites ante la ANIP para la aplicaci n de los mencionados tratados o convenios para evitar la doble tributaci n, la Autoridad del canal de Panam se limitar a expedir las certificaciones o documentaci n que esa entidad le exija expresamente para cada tr mite, en virtud de las reglamentaciones que se dicten sobre la materia, reserv ndose as mismo el derecho de exigir al contratista, la presentaci n de la documentaci n, que a su criterio, acredite que tiene derecho a tales beneficios.

9 5 REQUISITO DE PAZ Y SALVO NACIONAL Y DE LA CAJA DE SEGURO SOCIAL PARA LOS INTERESADOS DOMICILIADOS EN LA REP BLICA DE PANAM PARA EL INICIO DEL PROCESO DE PAGO EN LAS COMPRAS Y CONTRATOS SUPERIORES A B/. Los interesados, personas naturales o jur dicas, domiciliados en la Rep blica de Panam deber n presentar original y copia de los certificados de paz y salvo nacional y de la Caja de Seguro Social vigentes al momento de presentar su factura para el 4 Derogada por el art culo tercero de la Resoluci n No. ACP-AD-RM05-17 de 12 de abril de 2005, vigencia 15 de abril de 2005. RETENCI N DE IMPUESTOS A CONTRATISTAS CON DOMICILIO FUERA DE LA REP BLICA DE PANAMA. (Para contratos de obra y prestaci n de servicios con contratistas extranjeros superiores a los B/.10, ). Modificada por el art culo terecero de la Resoluci n No.

10 ACP-AD-RM13-41 de 29 de agosto de 2013, vigencia 10 de septiembre de 2013. 5 Modificada por el art culo sexto de la Resoluci n No. ACP-AD-RM03-26 de 25 de junio de 2003, vigencia 7 de julio de 2003. ANEXO 4 - PLIEGO DE CARGOS NICO - MICRO-COMPRA, LICITACI N, CONTRATO DE SUMINISTRO DE BIENES Y PRESTACI N DE SERVICIOS Y OBRAS DE LA AUTORIDAD DEL canal DE PANAM P gina 4 de 77 Revisi n 22 de febrero de 2018 pago correspondiente. Los originales se les devolver n al cotejarse con las copias. La presentaci n de los mismos es un requisito para que se inicie el proceso de pago de conformidad con el art culo 170 del Reglamento de Contrataciones de la Autoridad del canal de Panam . Se except an de este requisito los pagos contratos y rdenes de compra que no superen los B/. 6 EXENCI N DE IMPUESTOS DE IMPORTACI N E IMPUESTOS A LA TRANSFERENCIA DE BIENES MUEBLES Y SERVICIOS (ITBMS.)


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