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EL PRINCIPIO DE RAZONABILIDAD Y SU …

1EL PRINCIPIO DE RAZONABILIDAD Y SU REGULACI N EN LOS TRATADOS INTERNACIONALES CON JERARQU A CONTITUCIONAL Por Patricio Alejandro Maraniello1 SUMARIO: I. Introducci n. II. Antecedentes hist ricos. III. PRINCIPIO de RAZONABILIDAD . III. 1. Concepto. 2. Clases o tipos de razonabilidades. IV. Jurisprudencia. 1. Corte Suprema de Justicia de EE. UU. 2. Tribunal Constitucional Federal Alem n. 3. Corte Suprema de Justicia Argentina. V. El PRINCIPIO de RAZONABILIDAD en la Constituci n Nacional. 1. Consti-tuci n hist rica de 1853-1860. 2. Reforma constitucional de 1994. Garant a procesal. Tratados internacionales con jerarqu a constitucional. Declaraci n Universal de Derechos Humanos.

1 EL PRINCIPIO DE RAZONABILIDAD Y SU REGULACIÓN EN LOS TRATADOS INTERNACIONALES CON JERARQUÍA CONTITUCIONAL Por Patricio Alejandro Maraniello1 SUMARIO: I. Introducción.II.

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1 1EL PRINCIPIO DE RAZONABILIDAD Y SU REGULACI N EN LOS TRATADOS INTERNACIONALES CON JERARQU A CONTITUCIONAL Por Patricio Alejandro Maraniello1 SUMARIO: I. Introducci n. II. Antecedentes hist ricos. III. PRINCIPIO de RAZONABILIDAD . III. 1. Concepto. 2. Clases o tipos de razonabilidades. IV. Jurisprudencia. 1. Corte Suprema de Justicia de EE. UU. 2. Tribunal Constitucional Federal Alem n. 3. Corte Suprema de Justicia Argentina. V. El PRINCIPIO de RAZONABILIDAD en la Constituci n Nacional. 1. Consti-tuci n hist rica de 1853-1860. 2. Reforma constitucional de 1994. Garant a procesal. Tratados internacionales con jerarqu a constitucional. Declaraci n Universal de Derechos Humanos.

2 Convenci n Americana sobre Derechos Humanos. Pacto de San Jos de Costa Rica . Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol ticos. Pacto Internacional de Derechos Econ micos, Sociales y Culturales. 3. Injerencia de los tratados internacionales de derechos humanos. VI. Conclusi n. I. INTRODUCCI N Es muy com n decir que cierta conducta resulta irrazonable, que cierta normativa carece de RAZONABILIDAD o que determinados actos de Gobierno son irrazonables. Pero c -mo sabemos con seguridad si ello resulta verdaderamente irrazonable? y cu les son los par metros que debemos tener en cuenta para llegar a dicha conclusi n? Este trabajo tratar de dar respuesta a los interrogantes planteados, adem s de esta-blecer la injerencia que ha tenido en estos conceptos la reforma constitucional de 1994.

3 Para todo ello no se pueden dejar de tener presentes los tratados internacionales con jerarqu a constitucional, que han servido de verdaderas normas regulatorias de dicho insti-tuto, teniendo en cuenta que la Constituci n Nacional no termina en sus ciento veintinueve art culos, sino que se extiende a los doce tratados de derechos humanos con jerarqu a cons-titucional, conformando el llamado bloque constitucional . II. ANTECEDENTES HIST RICOS2 Como inicio debemos decir que el PRINCIPIO de RAZONABILIDAD no es aut nomo, es decir, no ha nacido y no se ha desarrollado con vida propia, sino, por el contrario, pertenece a un instituto gen rico llamado due process of law. Pero la RAZONABILIDAD no la tenemos que 1 Profesor de grado y posgrado de la UBA.

4 Profesor de Doctorado de la Universidad del Salvador. Profesor Titular de la Universidad de Concepci n del Uruguay. Profesor Asociado en la UCES. Profesor de la Escuela Judicial de la Magistratura y de la Asociaci n de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de la Naci n. Miembro titular de la Asociaci n Argentina de Derecho Constitucional. 2 MARANIELLO, Patricio: El PRINCIPIO de RAZONABILIDAD y su regulaci n en los tratados internacionales con jerarqu a constitucional , cap tulo escrito para el libro colectivo dirigido por Bidart Campos y Andr s Gil Dom nguez, denominado A una d cada de la reforma constitucional, Ediar, 2005. 2buscar en todos los aspectos del debido proceso legal, sino en uno de ellos, en su aspecto sustantivo, y no en su aspecto adjetivo.

5 Es por ello que para un estudio hist rico y dogm tico del PRINCIPIO de RAZONABILIDAD tenemos que saber con exactitud los or genes del instituto que le dio nacimiento. Como bien se ala el publicista peruano Eloy Espinosa3, aun cuando ya encontra-mos antecedentes del debido proceso en el law of land (derecho de la tierra)4 de la Carta Magna de 12155 o en los charters6 concebidos a favor de quienes asum an labores de colo-nizaci n bajo el amparo de la monarqu a brit nica, la primera menci n de este derecho fun-damental en un texto constitucional se va a dar en los EE. UU., de la mano de lo prescripto en las Quinta Enmienda a la Constituci n Federal de dicho pa s. En esta Enmienda, aproba-da en 1791, se dir , entre otras cosas, que.

6 A ninguna persona se la privar de la vida, la libertad o la propiedad sin el debido proceso . Esta prescripci n inicial fue poste-riormente completada con lo dispuesto por la Enmienda Catorce, adoptada en 1868 luego de la Guerra Civil (y dentro del proceso al cual se denomin nacionalizaci n de algunos derechos fundamentales) y en el que se se ala que: ..ning n Estado podr privar a ningu-na persona de la vida, la libertad o la propiedad sin el debido proceso .7 La Constituci n Nacional contempla ambos aspectos atento a que una ley debe respetar estos dos par metros y no uno s lo de ellos , el adjetivo, en los arts. 17 y 18, y el sustantivo en el art. 28. Sin embargo, la RAZONABILIDAD legal es una garant a innominada, aunque sus elementos b sicos est n dentro de ella: bienestar general, salubridad, seguridad, etc.

7 (Pre mbulo, arts. 14, 14 bis, 16 y correlativos).8 En el derecho norteamericano se llama balance of convenience rule (regla del equilibrio conveniente). Como bien se alara Cecilia Gilardi Madariaga9, no basta que una ley sea dictada de 3 Espinosa-Salda a Barrera, Eloy Jurisdicci n constitucional, impartici n de justicia y debido proceso, Ara Editores, Per , 2003 4 El cap tulo 39 de la Carta Magna de 1215 menciona que ..ning n hombre libre ser detenido, ni preso ni despose do de sus bienes, ni declarado fuera de la ley, ni desterrado, ni perjudicado en cualquier otra forma, ni procederemos o haremos proceder contra l sino en virtud de un juicio legal de sus pares seg n la ley del pa.

8 Seg n el mismo autor, el law of the land llev a Inglaterra a configurar un concepto con una doble concepci n, el cual inclu a por un lado una garant a procesal de la libertad personal contra las detenciones arbitrarias (writ of habeas corpus) y las penas sin juicio previo a cargo de los pares del acusado, pero que tambi n hac a referencia a un conjunto de garant as frente a las arbitrariedades del monarca o de los jueces (no de los legisladores). 5 La Carta Magna no utiliza la expresi n due process, textos estatutarios posteriores usan indiferentemente la f rmula due process y law of the land. 6 Son aquellos documentos mediante los cuales los gobernantes brit nicos reconoc an determinados derechos, o garant as espec ficas a quienes iban a colonizar ciertas tierras en nombre de la corona.

9 Estos charters son vistos por un importante sector de la doctrina como un antecedente directo de la denominada dimensi n pro-cesal del due process of law. 7 Como se podr notar en la Enmienda Catorce (1868), luego de la Guerra de Secesi n, hace expresa referen-cia a la obligaci n de los Estados partes, lo que no ocurr a en la Enmienda Quinta (1791), donde s lo obligaba al Estado Nacional. Los motivos que se tuvieran para no estar regulado en la Constituci n de EEUU fueron dos, uno hist rico (al tratarse de una Confederaci n de Estados independientes) y otro filos fico (siguiendo la idea de Locke, seg n el cual se considera que los derechos son inherentes a todas las personas por el solo hecho de serlo, lo que har a innecesario un reconocimiento constitucional expreso de aqu llos).

10 8 La mera legalidad es insuficiente, si el contenido de la ley no es justo, de ah que el PRINCIPIO de legalidad deba integrarse con la RAZONABILIDAD . 9 GILARDI MADARIAGA DE DENEGRI, Cecilia Acerca del PRINCIPIO de RAZONABILIDAD y el debido proce-so , Revista Jur dica de la UCES, p. 176, 2001. 3conformidad al procedimiento que la Constituci n dispone y dentro de las facultades pro-pias que le confiere al Congreso para que sea v lida, pues debe tambi n respetar los valores que la Constituci n Es decir, que el debido proceso sustantivo implica una ga-rant a de ciertos contenidos y un patr n o est ndar11 axiol gico de RAZONABILIDAD . Por eso es necesario dar cobertura material de justicia al PRINCIPIO formal de legali-dad, para lo cual es necesario acudir al valor justicia.


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