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ESTATUTOS DEL CENTRO DE RESOLUCIÓN DE …

Calle Serrano n m. 11 - 28001 Madrid - Tel.: 917 889 380; - Fax: 911 822 670 mediaICAM CENTRO de Resoluci n de Conflictos mediaICAM. Instituci n de mediaci n inscrita con el n m. 11 en el R del Ministerio de Justicia 1 ESTATUTOS DEL CENTRO DE RESOLUCI N DE CONFLICTOS DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE MADRID mediaICAM T TULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES. Art culo 1 .- Denominaci n y naturaleza. En virtud de las funciones comprendidas en el art culo 4. 1, b), l), m), ) y r) de los ESTATUTOS del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, y del acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 8 de mayo de 2012, se cre el CENTRO de Resoluci n de Conflictos, en el seno de la citada Corporaci n y dependiendo de su Junta de Gobierno, gozando de autonom a funcional, con las funciones que se especifican en los presentes ESTATUTOS y con objeto de administrar los procedimientos de mediaci n que se soliciten al Colegio de Abogados de Madrid.

Calle Serrano núm. 11 - 28001 Madrid - Tel.: 917 889 380; ext.1991 - Fax: 911 822 670 www.mediaicam.es www.icam.es [email protected] mediaICAM Centro de Resolución de

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1 Calle Serrano n m. 11 - 28001 Madrid - Tel.: 917 889 380; - Fax: 911 822 670 mediaICAM CENTRO de Resoluci n de Conflictos mediaICAM. Instituci n de mediaci n inscrita con el n m. 11 en el R del Ministerio de Justicia 1 ESTATUTOS DEL CENTRO DE RESOLUCI N DE CONFLICTOS DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE MADRID mediaICAM T TULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES. Art culo 1 .- Denominaci n y naturaleza. En virtud de las funciones comprendidas en el art culo 4. 1, b), l), m), ) y r) de los ESTATUTOS del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, y del acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 8 de mayo de 2012, se cre el CENTRO de Resoluci n de Conflictos, en el seno de la citada Corporaci n y dependiendo de su Junta de Gobierno, gozando de autonom a funcional, con las funciones que se especifican en los presentes ESTATUTOS y con objeto de administrar los procedimientos de mediaci n que se soliciten al Colegio de Abogados de Madrid.

2 El CENTRO de Resoluci n de Conflictos, denominado mediaICAM, se rige por las disposiciones legales vigentes que le resulten de aplicaci n, por los presentes ESTATUTOS y por las normas y disposiciones que, en interpretaci n y desarrollo de los mismos, se establezcan. El CENTRO de Resoluci n de Conflictos del Colegio de Abogados de Madrid estar funcional y org nicamente separado de la Corte de Arbitraje siendo sus actividades igualmente independientes. Art culo 2 .- mbito de aplicaci n y objeto. Las normas contenidas en los presentes ESTATUTOS son de obligado cumplimiento y se aplicar n, en general a la actividad que se desarrolle en el CENTRO y, en particular, a las mediaciones que le sometan, soliciten, administre mediaICAM y se realicen desde el CENTRO de Resoluci n de Conflictos del Colegio de Abogados de Madrid.

3 Asimismo, estas normas tienen por objeto establecer los principios y reglas de conducta de los mediadores pertenecientes al CENTRO de Resoluci n de Conflictos del Colegio de Abogados de Madrid, as como de la Corporaci n como instituci n de mediaci n, el personal laboral adscrito al mismo, los letrados colaboradores y los becarios adscritos al mismo, alumnos en pr cticas y cualquier persona que por cualquier concepto, presencie o participe o intervenga en la gesti n de las mediaciones. Calle Serrano n m. 11 - 28001 Madrid - Tel.: 917 889 380; - Fax: 911 822 670 mediaICAM CENTRO de Resoluci n de Conflictos mediaICAM. Instituci n de mediaci n inscrita con el n m. 11 en el R del Ministerio de Justicia 2 T TULO SEGUNDO. FINALIDAD, OBJETO Y FINES.

4 Art culo 3 .- Finalidad, objeto y fines. El CENTRO de Resoluci n de Conflictos del Colegio de Abogados de Madrid, mediaICAM tendr como finalidad fundamental: 1. El fomento, desarrollo y gesti n de m todos alternativos y adecuados de resoluci n de conflictos (en adelante ADR), el est mulo y la contribuci n a la ense anza e investigaci n en m todos alternativos y adecuados de resoluci n de conflictos; la promoci n del voluntariado, y la facilitaci n y promoci n de la labor de los profesionales que la ejercen, todo ello en orden a la consecuci n de una cultura de la paz. 2. Desarrollar, coordinar y gestionar la actividad que el Colegio de Abogados de Madrid tiene encomendada como instituci n de mediaci n al amparo del art culo 5 ) de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales y del art culo 5 1 de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediaci n en asuntos civiles y mercantiles; la relativa en general a los m todos alternativos y adecuados de resoluci n de conflictos (ADR), y la formaci n en estas materias, con expresa exclusi n del arbitraje.

5 Los objetivos y actividades del CENTRO de Resoluci n de Conflictos mediaICAM ser n: 1. Promover, difundir y desarrollar m todos alternativos, adecuados y complementarios de resoluci n de controversias entre los propios colegiados, los empleados, colaboradores y becarios del Colegio de Abogados de Madrid, instituciones y organismos, empresas y ciudadan a en general, ampliando con ello la oferta de servicios profesionales bajo criterios de calidad. 2. La mediaci n en cualquier controversia o conflicto cuando le sea solicitada o exista pacto de sumisi n expresa a mediaci n. 3. La mediaci n en servicios profesionales del ICAM entendiendo como tales las mediaciones en honorarios profesionales, deontolog a profesional y turno de oficio, estas dos ltimas de conformidad con las derivaciones efectuadas por el Departamento de Deontolog a y Turno de Oficio, respectivamente, del Colegio de Abogados de Madrid.

6 4. An lisis, asesoramiento y gesti n de los conflictos a trav s de la negociaci n, el derecho colaborativo y otros sistemas de resoluci n de conflictos a instituciones, empresas y organismos y poblaci n en general. 5. La administraci n de las mediaciones que, libre y voluntariamente, le sometan o le soliciten personas, f sicas o jur dicas, para una resoluci n alternativa de sus conflictos en los diferentes mbitos de aplicaci n, con Calle Serrano n m. 11 - 28001 Madrid - Tel.: 917 889 380; - Fax: 911 822 670 mediaICAM CENTRO de Resoluci n de Conflictos mediaICAM. Instituci n de mediaci n inscrita con el n m. 11 en el R del Ministerio de Justicia 3 sujeci n en todo caso, a los principios recogidos en la legislaci n vigente en la materia y a los protocolos establecidos por el CENTRO .

7 6. La designaci n, el nombramiento o la confirmaci n cuando haya sido propuesto directamente por las partes en los supuestos en los que ello resulte factible, de profesionales en ADR, con expresa exclusi n del arbitraje. 7. La selecci n de mediadores para proyectos concretos de colaboraci n en consideraci n de su curr culum vitae , experiencia y especializaci n en la materia concreta, que cumplan y mantengan vigentes los requisitos establecidos en los ESTATUTOS durante el proyecto concreto. 8. La elaboraci n y mantenimiento de los listados de mediadores del CENTRO de Resoluci n de Conflictos, de conformidad con los presentes ESTATUTOS , pudi ndose constituir el ICAM como instituci n de mediaci n en registro auxiliar, de conformidad con lo que establezca la normativa al respecto.

8 9. La designaci n, el nombramiento o la confirmaci n cuando haya sido propuesto directamente por las partes en los supuestos en los que ello resulte factible, del mediador o mediadores que hayan de intervenir en la mediaci n. La designaci n, nombramiento o confirmaci n deber recaer, en todo caso, en abogados ejercientes del Colegio de Abogados de Madrid, sin sanci n vigente en su expediente profesional, al corriente de todas las obligaciones colegiales y en consideraci n a su experiencia y especializaci n en la materia concreta. La designaci n o nombramiento de mediadores, se efectuar por el CENTRO de Resoluci n de Conflictos con criterios de transparencia entre aquellos mediadores pertenecientes a inscritos en los listados confeccionados trimestralmente, que mantengan vigentes los requisitos establecidos en los ESTATUTOS en el momento de la designaci n o nombramiento.

9 La confirmaci n del mediador designado por las partes de com n acuerdo estar igualmente supeditada a la vigencia de los requisitos establecidos en los ESTATUTOS en el momento de la confirmaci n. 10. La relaci n, colaboraci n y participaci n en proyectos con las Administraciones P blicas, entidades p blicas o privadas y organismos y entidades nacionales o internacionales. 11. La colaboraci n con los rganos jurisdiccionales con arreglo a lo establecido en la legislaci n aplicable. 12. Promover la formaci n de los profesionales y la ciudadan a en general en t cnicas de resoluci n alternativa de conflictos, negociaci n y mediaci n. Calle Serrano n m. 11 - 28001 Madrid - Tel.: 917 889 380; - Fax: 911 822 670 mediaICAM CENTRO de Resoluci n de Conflictos mediaICAM.

10 Instituci n de mediaci n inscrita con el n m. 11 en el R del Ministerio de Justicia 4 13. La organizaci n y la participaci n en cursos, congresos, reuniones, seminarios, jornadas, conferencias, mesas de trabajo, debates, premios y cualesquiera otras actividades que redunden en inter s del CENTRO de Resoluci n de Conflictos del Colegio de Abogados de Madrid y de la ciudadan a en general. 14. El estudio y elaboraci n de cuantos informes, estudios y dict menes se soliciten con relaci n a los sistemas alternativos y adecuados de resoluci n de conflictos, as como la elevaci n a los poderes p blicos de cuantas propuestas considere convenientes sobre la materia. 15. La edici n y divulgaci n de publicaciones especializadas y de inter s para el desarrollo de los fines del CENTRO .


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