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LEX MERCATORIA - derecho-comercial.com

MERCATORIA (*)(*) Compilaci n especial para estudiantes por el Dr. R. M. CastrogiovanniIndicev Nociones preliminaresv Jurisprudencia: Un fallo que hace aplicaci n de las INCOTERMSv Un art culo de doctrinav Los INCOTERMS m s usadosv La ley Para consultar en la web**v Nociones preliminaresLa lex MERCATORIA tuvo su origen en la edad media, como contrapartida de losderechos de los se ores feudales, plenos de privilegios. Surgi en las ferias, comoordenamiento para regir las relaciones entre los comerciantes de modo uniforme, atrav s de la aplicaci n obligatoria de los usos y costumbres lex MERCATORIA estaba formada por los propios usos y costumbres de loscomerciantes, constitu a el derecho de los contratos aplicado independientementede la ley del lugar y de la ley personal de los part cipes, que eran colocados ensituaci n de igualdad, cuya intenci n era m s importante que los signos con que seexteriorizaba y cuyos negocios no estaban limitados a f rmulas cerradas.

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1 MERCATORIA (*)(*) Compilaci n especial para estudiantes por el Dr. R. M. CastrogiovanniIndicev Nociones preliminaresv Jurisprudencia: Un fallo que hace aplicaci n de las INCOTERMSv Un art culo de doctrinav Los INCOTERMS m s usadosv La ley Para consultar en la web**v Nociones preliminaresLa lex MERCATORIA tuvo su origen en la edad media, como contrapartida de losderechos de los se ores feudales, plenos de privilegios. Surgi en las ferias, comoordenamiento para regir las relaciones entre los comerciantes de modo uniforme, atrav s de la aplicaci n obligatoria de los usos y costumbres lex MERCATORIA estaba formada por los propios usos y costumbres de loscomerciantes, constitu a el derecho de los contratos aplicado independientementede la ley del lugar y de la ley personal de los part cipes, que eran colocados ensituaci n de igualdad, cuya intenci n era m s importante que los signos con que seexteriorizaba y cuyos negocios no estaban limitados a f rmulas cerradas.

2 En 1475el Chancellor de Inglaterra lo expres en estos t rminos: Los mercaderes no est nobligados por nuestras leyes, sino que deben ser juzgados de acuerdo con la leynatural, a la cual algunos llaman Lex MERCATORIA , que es universal en el mundo Su uso comenz a declinar en el momento de las grandes codificaciones y en laactualidad emerge una nueva lex MERCATORIA constituyendo un cuerpo de normasjur dicas, escritas o no, a n incompleto, que rige las relaciones internacionales decomercio, como un ordenamiento independiente del derecho positivo de losEstados. Esto as , porque para el comercio internacional la utilizaci n del m todo conflictual para la soluci n de litigios presenta caracter sticas de inseguridad y deimprevisibilidad inaceptables para su din mica. De esta forma, su vocaci nuniversalista tiene en cuenta las necesidades del comercio internacional, laespecialidad de sus relaciones y no las legislaciones internas de los presenta a trav s de distintas manifestaciones:- Usos y costumbres de comercio internacional Contratos tipo- Condiciones generales de venta- Principio de autonom a de la voluntad en materia contractual- Decisiones arbitralesa) Usos y costumbres internacionales:Consisten en la repetici n, de manera constante y uniforme, de actos id nticos comisivos u omisivos, a trav s del consentimiento t cito de todas las personas queadmitan su fuerza o valor como norma a seguir en la pr ctica de tales actos.

3 Laconducta establecida por los usos y costumbres es respetada como ley y seconserva sin escribirse por una larga tradici n. En la pr ctica comercial, esto se ve,sobre todo, en la interpretaci n de los contratos realizada seg n la tradici n de ) Contratos tipo:Sus f rmulas contractuales suelen ser elaboradas por organismos que se ocupandel comercio internacional, y a n cuando su utilizaci n es facultativa, por el altogrado de especialidad que alcanzan, constituyen un verdadero derecho plasmadoen los formularios, conteniendo precisas reglas materiales y tambi n normas sobresu interpretaci n. Un claro ejemplo lo constituyen los INCOTERMS , normas de laOMC (Organizaci n Mundial de Comercio) que establecen los derechos yobligaciones del comprador y vendedor, su responsabilidad, a trav s de lascl usulas CIF, FOB, EX WORKS y mismo modo las PR CTICAS Y USOS UNIFORMES PARA CR DITOSDOCUMENTARIOS , tambi n de la OMC, aplicables a los cr ditos bancarios,adoptadas por las asociaciones bancarias y por bancos individuales en 175 pa ses ytambi n las reglas de la London Cornmercial Trade Association para el comercio degranos, que incluyen 60 f rmulas tipo, como de igual modo las hay para elcomercio de la seda, para productos forestales y minerales, entre ejemplo est dado por las CONDICIONES INTERNACIONALES DEVENTA , que son f rmulas elaboradas por la Comisi n econ mica para Europa, dela ONU y, de forma semejante, por el COMECON para los pa ses de econom lugar a dudas, de los ejemplos anteriores.

4 Las m s famosas y conocidas normasde lex MERCATORIA moderna, la constituyen los INCOTERMS y las cl usulas deventa contenidas en INCOTERMS , entonces, son los t rminos usados com nmente en lascompraventas internacionales de mercanc as. Las definiciones de estos t rminosest n contenidas en reglas internacionales que buscan una interpretaci n de losmismos, en los diferentes pa ses del INCOTERMS tratan sobre: Derechos y obligaciones del vendedor y comprador, de acuerdo a la cl usulade venta escogida. Determinan qui n asume los gastos y riesgos, hasta el momento de laentrega de la mercanc a, si el vendedor o el comprador. Fijan el momento y lugar en que se producir la entrega de la mercanc a. Reglamentan la obligaci n de pago del comprador. apreciarse a trav s del siguiente cuadro. Las reformas llevadas a caboen el a o 2000, pueden apreciarse en el cuadro que le , ex-factory, ex-warehouse, vendedor ha cumplido su obligaci n deentrega al poner la mercader a en su f brica,taller, etc.

5 A disposici n del comprador. Noes responsable ni de cargar la mercader a enel veh culo proporcionado por el comprador nide despacharla de aduana para laexportaci n, salvo acuerdo en otro sentido. Elcomprador soporta todos los gastos y riesgosde retirar la mercader a desde el domicilio delvendedor hasta su destino carrier (Franco Transportista - libretransportista)El vendedor cumple con su obligaci n alponer la mercader a en el lugar fijado, acargo del transportista, luego de su despachode aduana para la exportaci n. Si elcomprador no ha fijado ning n puntoespec fico, el vendedor puede elegir dentro dela zona estipulada el punto donde eltransportista se har cargo de la mercader t rmino puede usarse con cualquiermodo de transporte, inclu do el (Free on Board - Libre a bordo)Va seguido del puerto de embarque, Buenos Aires. Significa que lamercader a es puesta a bordo del barco contodos los gastos, derechos y riesgos a cargodel vendedor hasta que la mercader a hayapasado la borda del barco, con el fleteexclu do.

6 Exige que el vendedor despache lamercader a de exportaci n. Este t rminopuede usarse solamente para el transportepor mar o v as acu ticas (Free alongside ship - Libre al costadodel buque)La abreviatura va seguida del nombre delCPT(Carriage paid to -Transporte PagadoHasta)El vendedor paga el flete del transporte de lamercader a hasta el destino mencionado. Elriesgo de p rdida o da o se transfiere delvendedor al comprador cuando la mercader aha sido entregada al transportista. Elvendedor debe despachar la mercader a parasu exportaci (Carriage and Insurance Paid to -Transporte y Seguro pagados hasta)El vendedor tiene las mismas obligacionesque bajo CPT, pero adem s debe conseguirun seguro a su (Delivered at Frontier - Entregado enfrontera)El vendedor cumple con su obligaci n cuandoentrega la mercader a, despachada enaduana, en el lugar convenido de la fronterapero antes de la aduana fronteriza del pa scolindante.

7 Es fundamental indicar conprecisi n el punto de la (Delivered ex Ship - Entregada sobrebuque)El vendedor cumple con su obligaci n cuandopone la mercader a a disposici n delcomprador a bordo del buque en el puerto dedestino, sin despacharla en aduana para laimportaci [Delivered ex Quay (Duty Paid) -Entregada en muelle (derechospagados)]El vendedor cumple con su obligaci n cuandopone la mercader a a disposici n del de embarque. El precio de lamercader a se entiende puesta a lo largo(costado) del nav o en el puerto convenido,sobre el muelle o en barcazas, con todos losgastos y riesgos hasta dicho punto a cargodel vendedor. El comprador debe despacharla mercader a en aduana. Este t rmino puedeusarse solamente para el transporte por maro v as acu ticas (Cost & Freight - Costo y Flete)La abreviatura va seguida del nombre delpuerto de destino. El precio comprende lamercader a puesta en puerto de destino, conflete pagado pero seguro no cubierto.

8 Elvendedor debe despachar la mercader a enAduana y solamente puede usarse en el casode transporte por mar o v as (Cost, Insurance & Freight - Costo,Seguro y Flete)La abreviatura va seguida del nombre delpuerto de destino y el precio incluye lamercader a puesta en puerto de destino conflete pagado y seguro cubierto. El vendedorcontrata el seguro y paga la primacorrespondiente. El vendedor s lo est obligado a conseguir un seguro con coberturam sobre el muelle en el puerto dedestino convenido, despachada en aduanapara la importaci (Delivered Duty Unpaid - Entregadaderechos no pagados)El vendedor cumple con su obligaci n cuandopone la mercader a a disposici n delcomprador en el lugar convenido en el pa s deimportaci n. El vendedor asume todos losgastos y riesgos relacionados con la entregade la mercader a hasta ese sitio (exclu dosderechos, cargas oficiales e impuestos), as como de los gastos y riesgos de llevar a cabolas formalidades (Delivered Duty Paid - Entregadaderechos pagados)El vendedor asume las mismas obligacionesque en m s los derechos, impuestos ycargas necesarias para llevar la mercader ahasta el lugar 2000 Atencion.

9 Desde el 1 de enero 2000, se aplicar n los siguientes cambios alos Incoterms. Los cambios se han destacados con fondo amarillo. Que son los Incoterms ?DDPG astos de env o incluyendo impuestos pagados hasta un destino en el pais deimportaci n. Se aplica a todos los modos de DDP excepto que el comprador paga los impuestos de importaci n. Ex-Quay : La responsabilidad de los gastos de aduana e importaci n cambia delvendedor/exportador al de env o en buque hasta el puerto, no incluye impuestos. Solamente aplica aenv os por alta mar o de env o hasta un punto des gnado en la frontera, no incluye impuestos. Aplica atodos los modos de de env o y seguro de mercancia no incluye impuestos. Aplica a todos los modosde CIP excepto que los gastos de seguro son acargo del de env o y seguro hasta puerto de destino no incluye impuestos. Solamenteaplica a env os por alta mar o CIF excepto que no incluye gastos de de env o hasta el buque.

10 Solamente aplica a env os por alta mar o responsabilidad de obtener la licencia de exportaci n y aduanaje cambiara delcomprador a vendedor en el puerto de Envio al transportista en las instalaciones del comprador, siendo este elresponsable de cargar el materialii. Envio al transportista en cualquier otro punto (terminal portuarario, muelle,etcetera) siendo el transportista (de parte del comprador) el responsable paradescargar el material del veh culo enviado por el : La responsabilidad de cargar la mercancia cambia del vendedor al comprador**v Jurisprudencia: Un fallo que hace aplicaci n de las INCOTERMS(Juzgado nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 9, abril 1 de 1993)Buenos Aires, 1 de abril de 1993. Autos Vistos:I- El demandado, a fs. 370 vta. /372 vta., opone la excepci n de incompetencia porsostener que son competentes para entender en el litigio los Tribunales respecto expresa que la relaci n sustancial que vincul a las partes fue uncontrato de compraventa internacional con cl usula FOB Italian Port y que adem sde ello existe pactada una pr rroga expresa de jurisdicci n a favor de los tribunalesitalianos.


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