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LEY DE COMPAÑIAS - Gob

ley de compa IASC odificaci n 0 Registro Oficial 312 de modificaci n: : ReformadoNOTA GENERAL:En todas las disposiciones de la ley de compa as y dem s normas donde conste la frase "salariosm nimos vitales" dir "salarios b sicos unificados del trabajador en general".En todas las disposiciones de la ley de compa as y dem s normas donde conste la frase"Superintendente de Compa as" dir "Superintendente de Compa as y Valores", y en todasaquellas en las que conste "Superintendencia de Compa as" dir "Superintendencia de Compa asy Valores". Dado por Disposici n d cima primera y d cima segunda del Art.

Gaceta Judicial, RESPONSABILIDAD PERSONAL DEL GERENTE, 21-mar-1969 Gaceta Judicial, MANDATARIO DE COMPAÑIA EXTRANJERA, 23-mar-1973 Gaceta Judicial, APODERADO DE COMPAÑIA EXTRANJERA, 28-mar-1985 Art. 7.- Si la compañía omitiere el deber puntualizado en el artículo anterior, las acciones

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  Campo, Gaceta, Ley de compa, 209 ias

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1 ley de compa IASC odificaci n 0 Registro Oficial 312 de modificaci n: : ReformadoNOTA GENERAL:En todas las disposiciones de la ley de compa as y dem s normas donde conste la frase "salariosm nimos vitales" dir "salarios b sicos unificados del trabajador en general".En todas las disposiciones de la ley de compa as y dem s normas donde conste la frase"Superintendente de Compa as" dir "Superintendente de Compa as y Valores", y en todasaquellas en las que conste "Superintendencia de Compa as" dir "Superintendencia de Compa asy Valores". Dado por Disposici n d cima primera y d cima segunda del Art.

2 144 de la Ley No. 0,publicada en Registro Oficial Suplemento 249 de 20 de Mayo del 2014 .En la Legislaci n Vigente, sustituir "Superintendencia de Compa as y Valores" y "Superintendentede Compa as y Valores" por "Superintendencia de Compa as, Valores y Seguros" y"Superintendente de Compa as, Valores y Seguros", respectivamente. Dado por Disposici nReformatoria Primera numeral 1 de la Ley No. 0, publicada en Registro Oficial Suplemento 332 de 12de Septiembre del 2014 .H. CONGRESO NACIONALLA COMISION DE LEGISLACION Y CODIFICACIONEn ejercicio de la facultad que le confiere el numeral 2 del art culo 139 de la Constituci n Pol tica dela Rep :EXPEDIR LA SIGUIENTE CODIFICACION DE LA ley de compa IASSECCION IDISPOSICIONES GENERALESArt.

3 Contrato de compa a es aqu l por el cual dos o m s personas unen sus capitales oindustrias, para emprender en operaciones mercantiles y participar de sus contrato se rige por las disposiciones de esta Ley, por las del C digo de Comercio, por losconvenios de las partes y por las disposiciones del C digo : Incluida Fe de Erratas, publicada en Registro Oficial No. 326 de 25 de Noviembre de 1999 .Concordancias:CODIGO CIVIL (TITULO PRELIMINAR), Arts. 4, 12, 39 CODIGO CIVIL (LIBRO I), Arts. 566 CODIGO CIVIL (LIBRO II), Arts. 656, 702, 843 CODIGO CIVIL (LIBRO IV), Arts. 1454, 1455, 1456, 1595, 1634, 1703, 1708, 1806, 1856, 1940, 1947, 1957, 2284, 2377 CODIGO DE COMERCIO, Arts.

4 5, 22, 140, 409, 601 Jurisprudencia: ley de compa IAS - P gina 1 LEXIS FINDER - Judicial, CUENTAS DE SOCIEDAD DE HECHO, 26-sep-1964 Art. Hay cinco especies de compa as de comercio, a saber:La compa a en nombre colectivo;La compa a en comandita simple y dividida por acciones;La compa a de responsabilidad limitada;La compa a an nima; y,La compa a de econom a cinco especies de compa as constituyen personas jur Ley reconoce, adem s, la compa a accidental o cuentas en participaci :CODIGO CIVIL (LIBRO I), Arts. 564, 566 CODIGO CIVIL (LIBRO IV), Arts. 1454, 1455, 1456, 1483 ley de compa IAS, Arts. 1 Jurisprudencia: gaceta Judicial, SOCIEDAD MERCANTIL DE HECHO, 19-ago-1977 Art.

5 Se proh be la formaci n y funcionamiento de compa as contrarias al orden p blico, a lasleyes mercantiles y a las buenas costumbres; de las que no tengan un objeto real y de l citanegociaci n y de las que tienden al monopolio de las subsistencias o de alg n ramo de cualquierindustria, mediante pr cticas comerciales orientadas a esa objeto social de la compa a deber comprender una sola actividad operaci n empresarial nica a que se refiere el inciso anterior podr comprender el desarrollo devarias etapas o de varias fases de una misma actividad, vinculadas entre s o complementarias aella, siempre que el giro de la compa a quede encuadrado dentro de una sola clasificaci necon mica, como.

6 Por ejemplo, la farmac utica, la naviera, la de medios de comunicaci n, laagr cola, la minera, la inmobiliaria, la de transporte a reo, la constructora, la de agencias yrepresentaciones mercantiles, la textil, la pesquera, la de comercializaci n de art culos o mercanc asde determinada rama de la producci n, la de comercializaci n o distribuci n de productos deconsumo masivo, la de tenencia de acciones, la de prestaci n de una clase determinada deservicios, entre el mejor cumplimiento de lo anteriormente dispuesto, la Superintendencia de Compa as yValores elaborar anualmente la clasificaci n actualizada de las actividades antedichas, pudiendotomar como referencia la respectiva Clasificaci n Industrial Internacional Uniforme de todas lasActividades (CIIU), u otra semejante.

7 Tal clasificaci n actualizada se publicar en el Registro Oficialdurante el primer semestre de cada a objeto de la compa a deber ser concretado en forma clara en su contrato social. Ser ineficaz laestipulaci n en cuya virtud el objeto social se extienda a una actividad enunciada en general, para la realizaci n de su objeto social nico, la compa a podr ejecutar y celebrar todoslos actos y contratos que razonablemente le fueren necesarios o apropiados. En particular, para talrealizaci n, la compa a podr ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos relacionadosLEY DE COMPA IAS - P gina 2 LEXIS FINDER - con su objeto social, as como todos los que tengan como finalidad ejercer losderechos o cumplir con las obligaciones derivadas de su existencia y de su compa a no podr ejecutar ni celebrar otros actos o contratos distintos de los se alados en elinciso anterior, salvo los que ocasional o aisladamente pudieran realizarse con fines de inversi n, deinvestigaci n o de experimentaci n.

8 O como contribuciones razonables de orden c vico o de car actos o contratos ejecutados o celebrados con violaci n a este art culo no obligar n a lacompa a, pero los administradores que los hubieren ejecutado o celebrado, o los socios oaccionistas que los hubieren autorizado, ser n personal y solidariamente responsables frente a losterceros de buena fe, por los da os y perjuicios : Art culo reformado por Ley No. 0, publicada en Registro Oficial Suplemento 249 de 20 de Mayodel 2014 .Concordancias:CODIGO CIVIL (TITULO PRELIMINAR), Arts. 4, 9 CODIGO CIVIL (LIBRO IV), Arts. 1461, 1477, 1478, 1480, 1483, 1484, 1654, 1698, 1704 CODIGO DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO SANCHEZ DE BUSTAMANTE, Arts.

9 180 Art. El domicilio de la compa a estar en el lugar que se determine en el contrato constitutivo dela las compa as tuvieren sucursales o establecimientos administrados por un factor, los lugares enque funcionen stas o stos se considerar n como domicilio de tales compa as para los efectosjudiciales o extrajudiciales derivados de los actos o contratos realizados por los :CODIGO CIVIL (LIBRO I), Arts. 45, 47, 48, 50 CODIGO CIVIL (LIBRO IV), Arts. 1454, 1603, 1604, 2252 CODIGO TRIBUTARIO, Arts. 61 Art. Toda compa a que se constituya en el Ecuador tendr su domicilio principal dentro delterritorio : ley de compa IAS, Arts.

10 6, 119 CODIGO CIVIL (TITULO PRELIMINAR), Arts. 14 CODIGO CIVIL (LIBRO I), Arts. 45, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56 CODIGO CIVIL (LIBRO II), Arts. 627 CODIGO CIVIL (LIBRO III), Arts. 1050, 1066 CODIGO TRIBUTARIO, Arts. 59, 60, 61, 62, 63 CODIGO DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO SANCHEZ DE BUSTAMANTE, Arts. 22, 23, 24, 25, 26 Art. Toda compa a nacional o extranjera que negociare o contrajere obligaciones en el Ecuadordeber tener en la Rep blica un apoderado o representante que pueda contestar las demandas ycumplir las obligaciones perjuicio de lo que se dispone en el Art. 415, si las actividades que una compa a extranjera va aejercer en el Ecuador implicaren la ejecuci n de obras p blicas, la prestaci n de servicios p blicos oLEY DE COMPA IAS - P gina 3 LEXIS FINDER - explotaci n de recursos naturales del pa s, estar obligada a establecerse en l con arreglo a lodispuesto en la Secci n XIII de la presente los casos mencionados en el inciso anterior, las compa as u otras empresas extranjerasorganizadas como personas jur dicas, deber n domiciliarse en el Ecuador antes de la celebraci n delcontrato correspondiente.


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