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Ley Nacional de Ejecución Penal

LEY Nacional DE EJECUCI N Penal C MARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNI N Secretar a General Secretar a de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 16-06-2016 1 de 61 LEY Nacional DE EJECUCI N Penal TEXTO VIGENTE Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federaci n el 16 de junio de 2016 Notas de vigencia: 1. Las fracciones III y X y el p rrafo s ptimo del art culo 10; los art culos 26 y 27; fracci n II del art culo 28; fracci n VII del art culo 108; los art culos 146, 147, 148, 149, 150 y 151 de esta Ley, publicados en el DOF 16-06-2016, entrar n en vigor de conformidad con lo que establece el p rrafo primero del Art culo Segundo Transitorio de la misma Ley Nacional de Ejecuci n Penal .

LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 16-06-2016 1 de 61

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1 LEY Nacional DE EJECUCI N Penal C MARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNI N Secretar a General Secretar a de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 16-06-2016 1 de 61 LEY Nacional DE EJECUCI N Penal TEXTO VIGENTE Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federaci n el 16 de junio de 2016 Notas de vigencia: 1. Las fracciones III y X y el p rrafo s ptimo del art culo 10; los art culos 26 y 27; fracci n II del art culo 28; fracci n VII del art culo 108; los art culos 146, 147, 148, 149, 150 y 151 de esta Ley, publicados en el DOF 16-06-2016, entrar n en vigor de conformidad con lo que establece el p rrafo primero del Art culo Segundo Transitorio de la misma Ley Nacional de Ejecuci n Penal .

2 2. Los art culos 31, 32, 33, 34, 35, 36, 59, 60, 61, 75, 77, 78, 80, 82, 83, 86, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 128, 136, 145, 153, 165, 166, 169, 170, 171, 172, 173, 174, 175, 176, 177, 178, 179, 180, 181, 182, 183, 184, 185, 186, 187, 188, 189, 192, 193, 194, 195, 200, 201, 202, 203, 204, 205, 206 y 207 de esta Ley, publicados en el DOF 16-06-2016, entrar n en vigor de conformidad con lo que establece el p rrafo segundo del Art culo Segundo Transitorio de la misma Ley Nacional de Ejecuci n Penal . Al margen un sello con el Escudo Nacional , que dice: Estados Unidos Presidencia de la Rep blica.

3 ENRIQUE PE A NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed: Que el Honorable Congreso de la Uni n, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A : SE EXPIDE LA LEY Nacional DE EJECUCI N Penal ; SE ADICIONAN LAS FRACCIONES XXXV, XXXVI Y XXXVII Y UN QUINTO P RRAFO, Y SE REFORMA EL TERCER P RRAFO DEL ART CULO 225 DEL C DIGO Penal FEDERAL Art culo Primero. Se expide la Ley Nacional de Ejecuci n Penal . LEY Nacional DE EJECUCI N Penal T TULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Cap tulo I Objeto, mbito de Aplicaci n y Supletoriedad de la Ley Art culo 1.

4 Objeto de la Ley La presente Ley tiene por objeto: I. Establecer las normas que deben de observarse durante el internamiento por prisi n preventiva, en la ejecuci n de penas y en las medidas de seguridad impuestas como consecuencia de una resoluci n judicial; II. Establecer los procedimientos para resolver las controversias que surjan con motivo de la ejecuci n Penal , y III. Regular los medios para lograr la reinserci n social. Lo anterior, sobre la base de los principios, garant as y derechos consagrados en la Constituci n, Tratados Internacionales de los que el Estado mexicano sea parte y en esta Ley.

5 Art culo 2. mbito de aplicaci n Las disposiciones de esta Ley son de orden p blico y de observancia general en la Federaci n y las entidades federativas, respecto del internamiento por prisi n preventiva, as como en la ejecuci n de penas y medidas de seguridad por delitos que sean competencia de los tribunales de fuero federal y local, seg n corresponda, sobre la base de los principios, garant as y derechos consagrados en la Constituci n, en los Tratados Internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, y en esta Ley. LEY Nacional DE EJECUCI N Penal C MARA DE DIPUTADOS DEL H.

6 CONGRESO DE LA UNI N Secretar a General Secretar a de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 16-06-2016 2 de 61 Trat ndose de personas sujetas a prisi n preventiva o sentenciadas por delincuencia organizada, debe estarse adem s a las excepciones previstas en la Constituci n y en la ley de la materia. En lo conducente y para la aplicaci n de esta Ley deben atenderse tambi n los est ndares internacionales. Art culo 3. Glosario Para los efectos de esta Ley, seg n corresponda, debe entenderse por: I. Autoridad Penitenciaria: A la autoridad administrativa que depende del Poder Ejecutivo Federal o de los poderes ejecutivos de las entidades federativas encargada de operar el Sistema Penitenciario; II.

7 Autoridades Corresponsables: A las Secretar as de Gobernaci n, de Desarrollo Social, de Econom a, de Educaci n P blica, de Salud, del Trabajo y Previsi n Social, de Cultura, la Comisi n Nacional de Cultura F sica y Deporte, el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y la Secretar a Ejecutiva del Sistema Nacional de Protecci n Integral de Ni as, Ni os y Adolescentes y sus equivalentes en las entidades federativas, as como aquellas que por su naturaleza deben intervenir en el cumplimiento de la Ley, en el mbito de sus atribuciones.

8 III. Centro o Centro Penitenciario: Al espacio f sico destinado para el cumplimiento de la prisi n preventiva, as como para la ejecuci n de penas; IV. C digo: Al C digo Nacional de Procedimientos Penales; V. Comit T cnico: Al rgano Colegiado Consultivo y de autoridad en aquellos asuntos que le corresponda resolver del Centro Penitenciario, de conformidad con las disposiciones aplicables; VI. Conferencia: A la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario; VII. Constituci n: A la Constituci n Pol tica de los Estados Unidos Mexicanos; VIII.

9 Defensor: Al defensor p blico federal, defensor p blico o de oficio de las entidades federativas, o defensor particular que intervienen en los procesos penales o de ejecuci n; IX. Espacio: A las reas ubicadas al interior de los Centros Penitenciarios, destinadas para los fines establecidos en esta Ley; X. Juez de Control: Al rgano Jurisdiccional del fuero federal o del fuero com n que interviene desde el principio del procedimiento y hasta el dictado del auto de apertura a juicio, ya sea federal o local; XI. Juez de Ejecuci n: A la autoridad judicial especializada del fuero federal o local, competente para resolver las controversias en materia de ejecuci n Penal , as como aquellas atribuciones que prev la presente Ley; XII.

10 Ley: A la Ley Nacional de Ejecuci n Penal ; XIII. Ley Org nica: A la Ley Org nica del Poder Judicial de la Federaci n o la ley org nica del poder judicial de cada entidad federativa; XIV. Leyes Penales: Al C digo Penal Federal, los c digos penales o leyes que prev n tipos penales y sanciones, de la Federaci n o de las entidades federativas; XV. Observador: A la persona que ingresa al Centro Penitenciario con los fines de coadyuvar en el respeto de los derechos humanos de las personas privadas de la libertad en los t rminos establecidos en esta Ley; XVI.


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