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Libros y Registros Contables - limaeste.ucv.edu.pe

Libros y Registros Contables Vinculados a Asuntos Tributarios Generalidades Los Libros de contabilidad son los documentos que soportan y reflejan los hechos con trascendencia en la realidad econ mica de la empresa a lo largo de un per odo de tiempo. La legislaci n mercantil establece cuales son los Libros Contables obligatorios para las empresas. Generalidades El art culo 33 del C digo de Comercio establece que en general todo negocio (sea una persona natural o jur dica) debe llevar necesariamente, con la finalidad de proteger los intereses que confluyen en la empresa, los siguientes Libros Contables : (i). Inventarios y Balances, Diario, Mayor ( Libros Principales) y (ii) los dem s Libros que ordenen las leyes especiales ( Libros y Registros Auxiliares obligatorios). Libros y Registros que debe llevar todo Negocio Libros y Registros Vinculados a Asuntos Tributarios Nota: Cabe referir que los Libros y Registros sombreados son aquellos incorporados a partir del Con excepci n del libro Diario de Formato Simplificado que reci n a partir del , Se considera como un libro diferente del Libro Diario, en virtud a lo dispuesto en la Resoluci n de Superintendencia N 239- 2008/SUNAT.

Libros y Registros Vinculados a Asuntos Tributarios Nota: Cabe referir que los libros y registros sombreados son aquellos incorporados a partir del 01.01.2007.

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1 Libros y Registros Contables Vinculados a Asuntos Tributarios Generalidades Los Libros de contabilidad son los documentos que soportan y reflejan los hechos con trascendencia en la realidad econ mica de la empresa a lo largo de un per odo de tiempo. La legislaci n mercantil establece cuales son los Libros Contables obligatorios para las empresas. Generalidades El art culo 33 del C digo de Comercio establece que en general todo negocio (sea una persona natural o jur dica) debe llevar necesariamente, con la finalidad de proteger los intereses que confluyen en la empresa, los siguientes Libros Contables : (i). Inventarios y Balances, Diario, Mayor ( Libros Principales) y (ii) los dem s Libros que ordenen las leyes especiales ( Libros y Registros Auxiliares obligatorios). Libros y Registros que debe llevar todo Negocio Libros y Registros Vinculados a Asuntos Tributarios Nota: Cabe referir que los Libros y Registros sombreados son aquellos incorporados a partir del Con excepci n del libro Diario de Formato Simplificado que reci n a partir del , Se considera como un libro diferente del Libro Diario, en virtud a lo dispuesto en la Resoluci n de Superintendencia N 239- 2008/SUNAT.

2 ( ). Marco Normativo Resoluci n de Tema que norma Fecha Superintendencia N 234-2006 Establece los requisitos, formas y condiciones que deben llevar los 30/12/2006. Libros y Registros vinculados a asuntos tributarios (LYRVAT) as como la informaci n m nima y formatos, lo cual entrar en vigencia a partir del 01/01/2008. N 230-2007 Posterga la informaci n m nima y formatos de los LYRVAT hasta el 15/12/2007. 01/01/2009. N 239-2008 Modificaci n de la Resoluci n de Superintendencia que estableci las 31/12/2008. normas referidas a Libros y Registros vinculados a asuntos tributarios N 017-2009 Suspende la entrada en vigencia de la informaci n m nima y formatos 24/01/2009. de los LYRVAT hasta el 31/12/2009. N 286-2010 Prorrogan la suspensi n de la informaci n m nima y formatos de los 31/12/2009. LYRVAT hasta el 30/06/2010. Resumen de las obligaciones formales vigentes GE Y PE.

3 53,000 (8%). MICRO EMPRESAS - RG. 586,000 (92%). MICRO EMPRESAS - RER 113,000. MICRO EMPRESAS - RUS 426,000. Vigencia de las obligaciones formales 2007 2008 2009 2010. ENE DIC ENE SET OCT DIC ENE 24 ENE 25 DIC ENE JUN JUL DIC. RS 234-2006/SUNAT: Aspectos formales (Art. 1 al 11 ), vigente desde el D. Leg. 1076 Formalidades: Libro Diario de Formato Simplificado Ley de Mypes: Reg. Compras y Reg. de Ventas Laboral Ingresos Anuales menores a 150 UIT. Contabilidad Completa (Art. 12 ) y formato del Libro Diario de Formato Simplificado (Art. 13 ), vigente desde el RS 017-2009: Informaci n m nima y formatos (Art. 13 ), entr en vigencia a partir del 01/01/2010 para aquellos que optaron por suspender aplicaci n. FORMALIDADES DE Libros Y. Registros . PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACI N. Legalizaci n de Libros y Registros Incautaci n, p rdida o destrucci n Ante Notarios, Jueces de Paz Cuando haya incautaci n de Libros letrados o Jueces de Paz.

4 O Registros manuales se presenta En la Provincia del domicilio fiscal, el documento que sustente la salvo Lima y Callao. diligencia por autoridad Constancia en la primera hoja y se competente. sellan en todos los folios. En devoluci n de Libros o Registros Se legalizan antes de su uso. incautados no se podr realizar En hojas sueltas o continuas se anotaciones. Procede su cierre presenta el ltimo folio legalizado inmediato. del libro o registro anterior. En caso de p rdidas o destrucci n En Libros o Registros manuales, se por siniestro, asalto u otros, se acredita conclusi n del anterior. presenta la comunicaci n que corresponda. PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACI N. Empastado de Libros y Registros Los Libros llevados en hojas Se incluyen hojas anuladas. La sueltas o continuas se anulaci n se realiza de manera empastan hasta por un visible.

5 Ejercicio gravable. Las hojas sueltas o continuas no utilizadas, se pueden emplear El empaste se realiza dentro para ejercicio siguiente. de los 4 meses del ejercicio Si el empaste comprende varios siguiente. tomos, cada uno en su primera Si las hojas utilizadas son p gina incluye una fotocopia del menor a 20 , el empaste folio con la legalizaci n del libro podr comprender 2 o m s o registro . ejercicios. FORMAS DE LLEVADO. Formas de llevado Con datos de cabecera: Se llevan en moneda nacional y en Denominaci n, periodo, RUC y castellano, salvo excepciones del apellidos y nombres o raz n social. registro de operaciones: en orden Incluir los Registros o asientos de cronol gico, correlativo, legible, sin ajuste, reclasificaci n o espacios en blanco, ni rectificaci n que correspondan. enmendaduras, Contener folios originales, no Totalizar importes en cada folio, admiti ndose la adhesi n de hojas columna o cuenta contable hasta o folios, obtener el total general del per odo o El Libro de Inventarios y Balances, ejercicio gravable, debe ser firmado al cierre de cada De no realizarse operaciones en un ejercicio por el titular o su ejercicio : poner SIN OPERACIONES representante legal ; adem s del CPC o el CM responsables de su elaboraci n.

6 FORMAS DE LLEVADO. Caso 1: Contener el registro de sus operaciones de manera legible . CUO Col 2 Col 3 Col 4 Col 5 Col 6 Col 7 Col 8 Col 9 Col 10 Col 11 Col 12 Col 13. /NC. 1 02/07/2010 01 001 000000145 07 20101010101 ABC SAC 10, 1, 11, 2 18/07/2010 01 001 000000146 07 20101010122 LA COMERCIAL SAC 20, 3, 23, 3 25/07/2010 01 001 000000147 07 20101311107 LA INDUSTRIAL SAA 30, 5, 35, 4 31/07/2010 01 001 000000148 07 20326010769 SUPERMERCADOS SAA 40, 7, 47, TOTALES 100, 19, 119, Referencia: (Diccionario de la lengua espa ola - RAE) . Legible: que se puede leer. Leer: Pasar la vista por lo escrito o impreso comprendiendo la significaci n de los caracteres empleados. FORMAS DE LLEVADO. Caso 2: Todas las columnas del Libro o registro no caben en un s lo folio. CUO/NC Col 2 Col 3 Col 4 Col 5 Col 6 Col 7. 1. 2. 3. 4. CUO/NC Col 8 Col 9 Col 10 Col 11 Col 12 Col 13.

7 1. 2. 3. 4. FORMAS DE LLEVADO. Caso 3: No hubo operaciones a registrar en el Libro o registro . No hay saldo final de la cuenta y no hubo movimientos de la cuenta durante el periodo. CUO/NC Col 2 Col 3 Col 4 Col 5 Col 6 Col 7 Col 8 Col 9 Col 10 Col 11 Col 12 Col 13. SIN OPERACIONES. FORMAS DE LLEVADO. Plan Contable Modificaci n de la raz n social No se aplica PCG, cuando est n Se deber comunicar a la SUNAT. obligados a emplear un Plan dicho cambio. Contable, Manual de Contabilidad u otro similar distinto. Pueden optar por utilizar los Los que lleven su contabilidad de Libros y Registros con la acuerdo al PCGE deber n adecuar los denominaci n o raz n social formatos y los nombres de las anterior hasta que se terminen,. cuentas divisionarias y S lo hay que habilitarlos. subdivisionarias del PCGR con las Tambi n podr n optar por abrir cuentas, subcuentas, divisonarias y nuevos Libros y Registros , para lo subdivisionarias equivalentes.

8 Cual debe acreditarse al notario haber cerrado los Libros y Registros u hojas sueltas. P RDIDA O DESTRUCCI N DE Libros . P rdida o destrucci n Plazo para rehacer Libros Se comunica a la SUNAT dentro El plazo es de 60 d as calendarios, de 15 d as h biles. para rehacer los Libros y Registros . La comunicaci n deber contener Si se requiere un plazo mayor para el detalle de los Libros o Registros , rehacerlos, la SUNAT otorgar la el per odo al que corresponden pr rroga , previa evaluaci n. stos, la fecha y n mero de la El contribuyente deber contar con legalizaci n , datos del notario o la documentaci n que acredite la el n mero del Juzgado en que se p rdida o destrucci n. realiz la legalizaci n. Los plazos se computan a partir Se debe adjuntar copia certificada del d a siguiente de ocurridos los de la denuncia policial . hechos.

9 Contabilidad Completa Libros generales Libros espec ficos seg n la LIR. Libro Caja y Bancos. Libro de Retenciones incisos Libro de Inventarios y e) y f) del Art culo 34 de la Balances. LIR. Libro Diario. registro de Activos Fijos Libro Mayor. registro de Costos registro de Compras. registro de Inventario registro de Ventas e Permanente en Unidades Ingresos. F sicas registro de Inventario Permanente Valorizado PLAZOS M XIMOS DE ATRASO. Diez (10) d as h biles Tres (03) meses registro de Ventas e Ingresos MENSUAL: registro de Compras Libro Caja y Bancos registro de Consignaciones Libro Diario registro del R gimen de Percepciones Libro Diario de Formato Simplificado registro del R gimen de Retenciones Libro Mayor registro IVAP registro de Inventario permanente registro de Ventas e Ingresos Art. en Unidades F sicas 26 RS 266-2004 registro de Inventario permanente Libro de Retenciones inciso e) y f) del Valorizado Art.

10 34 de LIR. registro de Hu spedes ANUAL: registro Auxiliar de Adquisiciones Libro de Inventarios y Balances Libro de Ingresos y Gastos (PN) registro de Activos Fijos registro de Costos PLAZOS M XIMOS DE ATRASO. Ejemplo 1: registro de Ventas Plazo de atraso: Diez (10) d as h biles, desde el primer d a h bil del mes siguiente a aqu l en que se emita el comprobante de pago respectivo. Abril 2012 Mayo 2012. CdP emitidos en el mes Diez (10) d as h biles PLAZOS M XIMOS DE ATRASO. Ejemplo 2: Libro Diario Plazo de atraso: Tres (3) meses, desde el primer d a h bil del mes siguiente de realizadas las operaciones. Enero 2012 Febrero 2012 Marzo 2012 Abril 2012 Mayo 2012. Operaciones realizadas en el mes Tres (3) meses PLAZOS M XIMOS DE ATRASO. Ejemplo 3: Libro Inventarios y Balances Plazo de atraso: Tres (3) meses, desde el d a h bil siguiente al cierre del ejercicio gravable.


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