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Normas Presupuestarias Chis

Normas Presupuestarias para la Administraci n P blica del Estado de Chiapas Publicado en el Peri dico Oficial No. 087, Tomo III. Publicaci n No. 0767-A-2020, de fecha 26 de febrero de 2020. ltima reforma P. O. E. No. 151 Pub. , de fecha 10 de febrero de 2021 . Cap tulo I. Disposiciones Generales Art culo Las disposiciones contenidas en el presente Acuerdo, son de car cter obligatorio y de observancia general para las Dependencias, Entidades y rganos Ejecutores que integran los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial; as como los rganos Aut nomos; quienes deben administrar sus recursos con base en los principios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, econom a, racionalidad, austeridad, transparencia, control, y rendici n de cuentas; asimismo deben adoptar e implementar las disposiciones en materia de disciplina financiera, armonizaci n presupuestaria y contable que se alan la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios y la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Operaciones Presupuestarias: Son las que se registran en el Sistema Integral de Administración Hacendaria Estatal - Presupuestario (SIAHE), a través de documentos presupuestarios, adecuaciones presupuestarias en todas sus modalidades, ministraciones, cancelaciones de ministración y documentos cualitativos. XXII.

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  Roman, Presupuestarias, Normas presupuestarias

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1 Normas Presupuestarias para la Administraci n P blica del Estado de Chiapas Publicado en el Peri dico Oficial No. 087, Tomo III. Publicaci n No. 0767-A-2020, de fecha 26 de febrero de 2020. ltima reforma P. O. E. No. 151 Pub. , de fecha 10 de febrero de 2021 . Cap tulo I. Disposiciones Generales Art culo Las disposiciones contenidas en el presente Acuerdo, son de car cter obligatorio y de observancia general para las Dependencias, Entidades y rganos Ejecutores que integran los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial; as como los rganos Aut nomos; quienes deben administrar sus recursos con base en los principios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, econom a, racionalidad, austeridad, transparencia, control, y rendici n de cuentas; asimismo deben adoptar e implementar las disposiciones en materia de disciplina financiera, armonizaci n presupuestaria y contable que se alan la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios y la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

2 Estas disposiciones establecen un marco rector que facilita el registro homog neo y coherente del Presupuesto de Egresos, a trav s de sistemas inform ticos, que otorgan mayor transparencia y fortalece la fiscalizaci n de los recursos. La descentralizaci n del gasto p blico, permite a las Dependencias, Entidades y rganos Ejecutores que integran los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial; as como los rganos Aut nomos, su administraci n, ofrece certidumbre, otorga responsabilidad y alta direcci n en el desempe o de sus atribuciones. La Secretar a de Hacienda, de acuerdo a sus facultades, podr implementar Normatividad, Lineamientos, Sistemas de Pago, Sistemas de Contrataci n y otros esquemas que agilicen tr mites, generen ahorros, permitan eficientar y transparentar el gasto p blico. Los recursos que el Estado obtenga por la celebraci n de Convenios y Acuerdos con la Federaci n, o por cualquier ingreso que se reciba de personas f sicas y/o morales, organismos nacionales e internacionales, ser n devengados en los t rminos que se alen dichos instrumentos o de sus reglas de operaci n, observando en todo momento las disposiciones establecidas en materia de disciplina financiera, armonizaci n presupuestaria y contable que se alan la Ley General de Contabilidad Gubernamental, Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, C digo de la Hacienda P blica para el Estado de Chiapas y dem s disposiciones legales aplicables.

3 Con el prop sito de no comprometer financieramente al Estado, y poner en riesgo su estabilidad econ mica, pol tica o social; previo a la celebraci n de Convenios y Acuerdos, ineludiblemente deben ser analizados y en su caso autorizados por la Secretar a de Hacienda; asimismo, la aportaci n estatal se regular por disposiciones locales. La Secretar a de Hacienda para efectos de transparencia y para dar cumplimiento a lo se alado en el art culo 339, fracci n II, inciso b) del C digo de la Hacienda P blica para el Estado de Chiapas, acredita su p gina de internet como medio oficial de difusi n. Art culo Para efectos del presente Acuerdo se entender por: I. AP: A la Adecuaci n Presupuestaria. II. Archivo maestro: A la base de datos cuantitativa del Sistema Integral de Administraci n Hacendaria Estatal Presupuestario (SIAHE) que registra y almacena informaci n por clave presupuestaria y calendario de gasto, considerando para ello las etapas del presupuesto y operaciones Presupuestarias .

4 1. Normas Presupuestarias para la Administraci n P blica del Estado de Chiapas Publicado en el Peri dico Oficial No. 087, Tomo III. Publicaci n No. 0767-A-2020, de fecha 26 de febrero de 2020. ltima reforma P. O. E. No. 151 Pub. , de fecha 10 de febrero de 2021 . III. Clasificador: Al Clasificador por Objeto del Gasto del Estado de Chiapas vigente. IV. Clasificadores Presupuestarios: A las Clasificaciones: Administrativa, Funcional del Gasto, Program tica, Tipo de Gasto, Objeto del Gasto, Fuentes de Financiamiento, entre otros, que establezca el marco legal aplicable, mediante los cuales se registra y controla el presupuesto y la contabilidad; que facilitan el an lisis social, econ mico y administrativo. V. C digo: Al C digo de la Hacienda P blica para el Estado de Chiapas. VI. CONAC: Al Consejo Nacional de Armonizaci n Contable. VII. Dependencias: A las Secretar as que se ala el art culo 28 de la Ley Org nica de la Administraci n P blica del Estado de Chiapas.

5 VIII. Direcci n de Contabilidad Gubernamental: Al rgano administrativo de la Secretar a de Hacienda. IX. Direcci n de Pol tica del Gasto: Al rgano administrativo de la Secretar a de Hacienda. X. Direcci n de Presupuesto del Gasto Institucional: Al rgano administrativo de la Secretar a de Hacienda. XI. Direcci n de Presupuesto del Gasto de Inversi n: Al rgano administrativo de la Secretar a de Hacienda. XII. Disponible Presupuestario: Al importe obtenido de la diferencia entre el modificado y el devengado. XIII. Documentos Presupuestarios: A los formatos dise ados para registrar en el Sistema Integral de Administraci n Hacendaria Estatal Presupuestario (SIAHE), las operaciones Presupuestarias que se generan durante el ejercicio fiscal y que impactan en las diversas etapas del presupuesto. XIV. Entidades: A los Organismos Descentralizados, Organismos Auxiliares, Empresas de Participaci n Estatal y los Fideicomisos P blicos que de conformidad con la Ley Org nica de la Administraci n P blica del Estado de Chiapas sean considerados Entidades Paraestatales.

6 XV. Instituto: Al Instituto de Comunicaci n Social y Relaciones P blicas del Estado de Chiapas. XVI. Modificaci n Neta: Al importe de las adecuaciones Presupuestarias en cualquiera de sus modalidades que aumentan o disminuyen al presupuesto modificado. XVII. Normas Presupuestarias : A las disposiciones administrativas Presupuestarias emitidas por la Secretar a de Hacienda, para regular y optimizar el Presupuesto de Egresos. 2. Normas Presupuestarias para la Administraci n P blica del Estado de Chiapas Publicado en el Peri dico Oficial No. 087, Tomo III. Publicaci n No. 0767-A-2020, de fecha 26 de febrero de 2020. ltima reforma P. O. E. No. 151 Pub. , de fecha 10 de febrero de 2021 . XVIII. Organismos P blicos: A las Dependencias, Entidades y rganos Ejecutores que integran los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial; as como los rganos Aut nomos, de conformidad con lo que establezca el marco legal aplicable.

7 XIX. Organismos P blicos del Ejecutivo: A las Dependencias, Entidades y rganos Ejecutores del Poder Ejecutivo, de conformidad con lo que establezca el marco legal aplicable. XX. rganos Ejecutores: A las Unidades Administrativas, rganos Desconcentrados, Unidades Responsables de Apoyo o cualquier otro organismo que integren a los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial; as como los rganos Aut nomos, de conformidad con lo que establezca el marco legal aplicable. XXI. Operaciones Presupuestarias : Son las que se registran en el Sistema Integral de Administraci n Hacendaria Estatal - Presupuestario (SIAHE), a trav s de documentos presupuestarios, adecuaciones Presupuestarias en todas sus modalidades, ministraciones, cancelaciones de ministraci n y documentos cualitativos. XXII. Presupuesto: Al instrumento de pol tica econ mica del Estado, que orienta la capacidad de recursos a programas y proyectos, obras, bienes y servicios estrat gicos de gran relevancia a la poblaci n, vinculados a los objetivos del Plan Nacional y Estatal de Desarrollo y a los programas que se deriven de ste.

8 El Presupuesto generalmente es anual, aunque existen programas y proyectos con corte plurianual. XXIII. Presupuesto Aprobado: Al presupuesto contenido en el Decreto de Presupuesto de Egresos anual aprobado por el H. Congreso del Estado, que incluyen a las Dependencias, Entidades y rganos Ejecutores que integran los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial;. as como los rganos Aut nomos. En el Sistema Integral de Administraci n Hacendaria Estatal Presupuestario (SIAHE) se registra a nivel de Clave Presupuestaria. XXIV. Presupuesto basado en Resultados (PbR): Es un componente de la GpR que consiste en un conjunto de actividades y herramientas que permiten apoyar las decisiones Presupuestarias en informaci n que sistem ticamente incorpora consideraciones sobre los resultados del ejercicio de los recursos p blicos, y que motiva a las instituciones p blicas a elaborarlos, con el objeto de mejorar la calidad del gasto p blico y promover una adecuada rendici n de cuentas.

9 XXV. Presupuesto Comprometido: Al importe con cargo al presupuesto liberado, que representa la aprobaci n por autoridad competente de un acto administrativo u otro instrumento jur dico que formaliza la relaci n jur dica con terceros para la adquisici n de bienes y servicios o ejecuci n de obras. En el caso de las obras a ejecutarse o de bienes y servicios a recibirse durante varios ejercicios el compromiso ser registrado por la parte que se ejecutar o recibir durante cada ejercicio. XXVI. Presupuesto Devengado: Al importe que representa el reconocimiento de una obligaci n de pago a favor de terceros por la recepci n de conformidad de bienes, servicios y obras oportunamente contratados; as como de las obligaciones que derivan de tratados, leyes, decretos, resoluciones y sentencias definitivas. 3. Normas Presupuestarias para la Administraci n P blica del Estado de Chiapas Publicado en el Peri dico Oficial No.

10 087, Tomo III. Publicaci n No. 0767-A-2020, de fecha 26 de febrero de 2020. ltima reforma P. O. E. No. 151 Pub. , de fecha 10 de febrero de 2021 . XXVII. Presupuesto de Egresos: Al Presupuesto de Egresos del Estado de Chiapas para el Ejercicio Fiscal correspondiente, incluyendo el Decreto y los Anexos. XXVIII. Presupuesto Ejercido: Al importe que representa la emisi n de un orden de pago, contra- recibo u otro similar, debidamente aprobado por la autoridad competente. XXIX. Presupuesto Liberado: Al importe del presupuesto calendarizado en los meses de enero a diciembre. XXX. Presupuesto Ministrado: Al importe que representan los recursos presupuestarios que ser n radicados con base a los calendarios autorizados. XXXI. Presupuesto Modificado: A la suma de asignaciones Presupuestarias que resulta de incorporar, en su caso, las adecuaciones Presupuestarias autorizadas al presupuesto aprobado durante el ejercicio fiscal, -aumento o disminuci n- y que se expresa a nivel de clave presupuestaria.


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