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PRESTACIONES POR IT. PAGO DELEGADO Y PAGO DIRECTO

PRESTACIONES POR DELEGADO Y PAGO DIRECTOC uando se realiza las cotizaciones de los trabajadores en situaciones de IT (Incapacidad Temporal), se pueden realizar por las modalidades de prestaci n por Pago DELEGADO o por Pago EL PAGO DELEGADO . CONCEPTOEl Pago DELEGADO se da cuando las empresas asumen los pagos de las PRESTACIONES econ micas derivadas de lasIT, dichas PRESTACIONES que, dependiendo del tipo de IT y periodo de dicha situaci n, las empresas pueden aplicarcompensaciones en los Seguros Sociales, en lo que se diferencia de la situaci n por pago directoLa situaci n de prestaci n de pago DELEGADO se regula en el art culo de la LGSS y en resumen se puede definirel pago DELEGADO cuando lo asumen las empresas que luego aplican deducciones en los Seguros Sociales por dichasrazones, y evidentemente tambi n pueden perder este derecho si no cumplen con las obligaciones de la es cierto que durante todo el proceso de IT es la empresa la que asume el pago, lo cierto es que.

pago directo A diferencia del Pago Delegado, la encargada de realizar el abono de la prestación por IT por contingencias comunes o profesionales es el INSS o la Mutua colaboradora, lo que significa que la empresa no abona nada en dichos

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  Pagos, Credito, Prestaciones, Pago directo, Prestaciones por it, Pago delegado y pago directo, Delegado

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1 PRESTACIONES POR DELEGADO Y PAGO DIRECTOC uando se realiza las cotizaciones de los trabajadores en situaciones de IT (Incapacidad Temporal), se pueden realizar por las modalidades de prestaci n por Pago DELEGADO o por Pago EL PAGO DELEGADO . CONCEPTOEl Pago DELEGADO se da cuando las empresas asumen los pagos de las PRESTACIONES econ micas derivadas de lasIT, dichas PRESTACIONES que, dependiendo del tipo de IT y periodo de dicha situaci n, las empresas pueden aplicarcompensaciones en los Seguros Sociales, en lo que se diferencia de la situaci n por pago directoLa situaci n de prestaci n de pago DELEGADO se regula en el art culo de la LGSS y en resumen se puede definirel pago DELEGADO cuando lo asumen las empresas que luego aplican deducciones en los Seguros Sociales por dichasrazones, y evidentemente tambi n pueden perder este derecho si no cumplen con las obligaciones de la es cierto que durante todo el proceso de IT es la empresa la que asume el pago, lo cierto es que.

2 A partir decierto momento, es el INNS o Mutua la encargada de cubrir dicha situaci n, y lo que sucede en estos casos es que laempresa asume y luego lo compensa en las liquidaciones. Por regla general, se denomina r gimen de pago delegadocuando es la empresa que adelanta los pagos de las PRESTACIONES por incapacidad temporal en todo momento, pero seg n el caso, la empresa se aplica compensaciones de la parte que le corresponde al INSS o Mutua PARA APLICAR EL PAGO DELEGADOE xisten ciertos requisitos que es necesario para poder aplicar el pago DELEGADO a las liquidaciones, a nivel del trabajador y a nivel de trabajador Estar afiliado o asimilado al alta Tener cubierto un periodo de cotizaci n de 180 d as en los ltimos 5 a os. En caso contrario se conoce esta situaci n como situaci n de no carencia.

3 Que la situaci n de IT sea derivados de enfermedad com n o enfermedad profesionalRequisitos del empresario Obligaci n de disponer al trabajador afiliado a la Seguridad ya sea en situaci n de alta o asimilado al alta. Disponer de m s de 10 trabajadores: Existe una excepci n para las empresas de menos de 10 trabajadores y lleven m s de seis meses consecutivos pagando a alguno de ellos una prestaci n econ mica por incapacidad laboral transitoria, cualquiera que sea su causa, podr n trasladar en cualquier momento la obligaci n del pago DIRECTO al INSS o la Mutua DELEGADO , CUANT A ABONADA POR LA EMPRESAPara determinar las cuant as que asume la empresa, primero se ha de determinar dos posibles situaciones de IT quepueden dar pie a un pago enfermedad com n o accidente no laboral Del 1 d a hasta el 3.

4 La empresa ni la Mutua se hacen cargo, es decir, el trabajador no cobra nada, peroesto tambi n depende del convenio colectivo que aplique pues incluso la empresa puede hacerse cargo enesta parte. A partir del 4 d a hasta el 20 d a: Una parte lo cubre la empresa y otra el INNS o la Mutua: Del 4 al 15 d a: Se hace cargo la empresa aportando el 60% de la Base Reguladora. Del 16 d a hasta el 20 : Corresponder a al INNS o Mutua el abono, pero lo sigue haciendo laempresa, por tanto, aqu la empresa abonar a el 60% de la Base Reguladora y se aplicar a esa mismacompensaci n. A partir del 21 en adelante: Corresponde a la Mutua o el INNS de cubrir dichos d as al 75% de la BaseReguladora, pero es la empresa la que abona y luego se compensa el mismo porcentaje en las accidente de trabajo o enfermedad profesionalPara este caso, a partir del d a siguiente de dicha situaci n ser el INNS o Mutua la encargada de cubrir lasprestaciones, y como ha pasado anteriormente, es la empresa la que realiza dicho aporte y posteriormente sededuce en las liquidaciones.

5 La situaci n de pago DELEGADO por enfermedad profesional o accidente de trabajoquedar a de la siguiente manera: D a del accidente: Corresponde a la empresa cubrir ntegramente ese d a completo como una situaci nlaboral normal. A partir del d a siguiente a la baja: Corresponder al INNS o Mutua cubrir el 75% de la BaseReguladora, donde la empresa en un primer momento cubre ese coste y posteriormente se aplica lacompensaci n de dicho valor RDIDA Y EXTINCI N DE LA SITUACI N DE PAGO DELEGADOSon causas de p rdida de la prestaci n en modalidad pago DELEGADO cuando se incurra las siguientes acciones: Actuaci n fraudulenta del beneficiario para obtener o conservar el subsidio. Trabajar por cuenta propia o ajena. Rechazar o abandonar el tratamiento sin causa razonable.

6 La incomparecencia del beneficiario a cualquiera de las convocatorias realizadas por los m dicosadscritos al Instituto Nacional de la Seguridad Social y a las Mutuas Colaboradoras con la SeguridadSocial para examen y reconocimiento m dico producir la suspensi n cautelar del derecho, al objetode comprobar si aquella fue o no causas de extinci n del pago DELEGADO : Por el transcurso del plazo m ximo de 365 d as naturales o 545 d as naturales en caso de pr rrogadesde la baja m dica. Por alta m dica por curaci n o mejor a que permita al trabajador realizar su trabajo habitual. Por ser dado de alta el trabajador, con o sin declaraci n de incapacidad permanente. Por el reconocimiento de la pensi n de jubilaci n. Por la incomparecencia injustificada del beneficiario a cualquiera de las convocatorias para losex menes y reconocimientos establecidos por los m dicos adscritos al Instituto Nacional de laSeguridad Social o a la Mutua Colaboradora con la Seguridad Social.

7 Por el trabajador ha agotado los 365 d as naturales desde la baja m dica y no exista pr rroga, el empresario podr causar la baja del trabajador, dado que no se encuentra en la obligaci n de cotizar por DIRECTOA diferencia del Pago DELEGADO , la encargada de realizar el abono de la prestaci n por IT por contingencias comuneso profesionales es el INSS o la Mutua colaboradora, lo que significa que la empresa no abona nada en dichosperiodos. En este caso, ser el trabajador el responsable de solicitar dicha situaci dar la situaci n de pago DIRECTO cuando se den algunas de las siguientes situaciones: Por incumplimiento de la obligaci n de la empresa del pago DELEGADO Para las empresas de menos de diez trabajadores con un empleado en situaci n de IT, con unaduraci n de la baja m dica superior a 6 meses consecutivos, que lo soliciten reglamentariamente.

8 Laempresa cotizar la cuota empresarial y la Mutua descontar al trabajador la cuota obrera. Por extinci n o suspensi n de la relaci n laboral estando el trabajador en situaci n de IT Por disponer de alta m dica por informe propuesta de perceptores de la prestaci n por desempleo Continuaci n de la situaci n de IT, extinguiendo el periodo de desempleo. En los supuestos de agotamiento de la IT por el transcurso del plazo m ximo, durante la pr rroga de efectosde la prestaci n hasta la calificaci n de la IP, a partir del d a 1 del mes siguiente al de la fecha de laresoluci n, as como tras el agotamiento del plazo m ximo de 545 d as (18 meses) durante la pr rroga deefectos de la prestaci n hasta la calificaci n de la incapacidad permanente. Por trabajar para organismos que no tengan que colaborar con la Seguridad Social pagando la incapacidadtemporal a los trabajadores.

9 Cuando se trata de representantes de comercio, profesionales taurinos y artistas. Para el R gimen de Especial de Trabajadores Aut nomos. Fin de campa a, trabajadores fijos discontinuos. Empleados del hogar. Por jubilaci n parcial. Trabajadores por cuenta ajena del Sistema Especial Agrario.


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