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UNIDAD 4 SOLICITUDES TIPO. ARANCELES. …

SOLICITUDES TIPO. ARANCELES. PERSONA. CERTIFICACIONES DE FIRMA. MANDATO. UNIDAD 4 INSTITUTO LYCEUM MANDATARIO REGISTRAL DEL automotor Y CRED. PRENDARIOS TIPO. CONYUGAL Y ASENTIMIENTO N DE FIRMAS. 1 de 31 UNIDAD 4 I. SOLICITUDES TIPO. ART. 13 del Decreto Ley 6582/58. 1114/97 Determina que los pedidos de inscripci n en el y todos los tr mites que se realicen ante ese organismo, s lo podr n efectuarse mediante utilizaci n de Solicitud Tipo ( ) Deber utilizarse una para cada automotor No se puede realizar m s de una petici n en cada una (excepci n 04 cuando se peticiona alta y baja de automotor simult neamente) ESPECIFICIDADES La EQUIVALE A UNA DDJJ: Ser reprimido con prisi n de 1 a 6 a os siempre que el hecho no constituya un delito m s severamente penado el que insertare o hiciera insertar en las declaraciones falsas, concernientes a hechos o circunstancias que tales documentos deban probar.

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1 SOLICITUDES TIPO. ARANCELES. PERSONA. CERTIFICACIONES DE FIRMA. MANDATO. UNIDAD 4 INSTITUTO LYCEUM MANDATARIO REGISTRAL DEL automotor Y CRED. PRENDARIOS TIPO. CONYUGAL Y ASENTIMIENTO N DE FIRMAS. 1 de 31 UNIDAD 4 I. SOLICITUDES TIPO. ART. 13 del Decreto Ley 6582/58. 1114/97 Determina que los pedidos de inscripci n en el y todos los tr mites que se realicen ante ese organismo, s lo podr n efectuarse mediante utilizaci n de Solicitud Tipo ( ) Deber utilizarse una para cada automotor No se puede realizar m s de una petici n en cada una (excepci n 04 cuando se peticiona alta y baja de automotor simult neamente) ESPECIFICIDADES La EQUIVALE A UNA DDJJ: Ser reprimido con prisi n de 1 a 6 a os siempre que el hecho no constituya un delito m s severamente penado el que insertare o hiciera insertar en las declaraciones falsas, concernientes a hechos o circunstancias que tales documentos deban probar.

2 LEY 22977 (art. 2). El siguiente texto se transcribe al pie de todas las excepto la 01 a)Se realizan por triplicado con papel carb nico (excepto las 01 y 08 que van por duplicado). b)A m quina o a mano con letra de imprenta legible. c)Con tinta negra o azul. d)Las enmiendas, borraduras o testados deber n estar salvados por el peticionante y nuevamente firmados en el rubro observaciones. e)No puede enmendarse la totalidad del nombre y apellido de alguna de las partes o la totalidad de identificaci n del dominio. f)Las firmas deben estar certificadas ante el Encargado del Registro o Escribano P blico, o personas autorizadas seg n corresponda. g)En caso de condominio, los dos primeros figurar n en el primer juego de la , los siguientes en otro igual y as sucesivamente.

3 H)En caso de transferencia ordenada por autoridad judicial o administrativa deber librarse testimonio u oficio, el cual ser acompa ado por la S. T. que corresponda, la que entrar como minuta, es decir no requerir certificaci n. i)Deben cerrarse los espacios no utilizados. 1. REQUISITOS: 2 de 31 UNIDAD 4 Fecha de expedici n Se considera fecha de expedici n el d a en que se certifica la firma del peticionante. Si hay m s de una firma, se considera la certificaci n de la primera. A partir de esa fecha se cuentan 90 d as h biles administrativos luego de los cuales caduca la y se debe elaborar una nueva. En el caso de que exista la firma de una parte se considerar fecha de celebraci n el d a en que se certifique la segunda.

4 Si la certificaci n no es simult nea la ltima fecha de certificaci n ser la de celebraci n del contrato. Fecha de celebraci n ST QUE INSTRUMENTAN DERECHOS: Validez de las NO Son todas las dem s. Firmadas por una parte. Caducan a los 90 d as h biles administrativos. Pierden eficacia jur dica. Son las siguientes: 01 / 03 / 08 / 15 / 20 / 24 Firmadas por ambas partes A los 90 d as h biles administrativos pagan el 1 arancel por mora por la presentaci n fuera de t rmino y el 2 arancel al a o por la misma suma. No caducan nunca. ST QUE NO INSTRUMENTAN DERECHO: 2. EXPEDICI N DE LAS SOLICITUDES TIPO Y VALIDEZ. 3 de 31 UNIDAD 4 n ser firmadas por las partes o sus representantes legales.

5 Las partes no saben o no pueden firmar, el escribano tomar la impresi n digital en el Libro de Requerimientos y un tercero firmar a ruego 3. IMPRESI N Y DISTRIBUCI N Firmas de las siempre que el certificante: a)Haga constar el motivo. b)Acredite la identidad de la otra parte. c)Explique el contenido del tr mite. d)Tome la impresi n d gito pulgar del peticionante dejando constancia que fue puesta en su presencia y en el mismo acto. 1. Son distribuidas y comercializadas por 2 Entes Cooperadores: : Asociaci n de Concesionarios de Automotores de la Rep blica Argentina. : C mara de Comercio automotor . 2. Tienen una numeraci n controlada. 4 de 31 UNIDAD 4 el ante el que se presenta el tr mite sea el de la radicaci n del automotor y firmen todos los comparecientes ante el Encargado del el tr mite se presenta en el de la futura radicaci n debe peticionarse el cambio de radicaci n.

6 Se entrega gratuitamente s lo la 04 (si es firmada ante el Encargado de ) pero se debe abonar la 08. se trata de Contratos para los cuales se requiere el concurso de dos partes contratantes. Estos deber n firmar en el mismo acto la en presencia del Encargado del , quien certificar las firmas. se ingresa efectivamente el tr mite en el gratuita la 02 E (especial) que va como minuta y se utiliza para inscribir y levantar medidas judiciales. 4. GRATUIDAD DE LA Nunca ser n gratuitas 12 / 57 / 58 59 / Los formularios de rentas. Las ser n gratuitas en las siguientes situaciones: 5 de 31 UNIDAD 4 5. LISTADO DE LAS MAS USUALES 01: Inscripci n inicial automotores.

7 01D: Inscripci n inicial motoveh culos 01D: Inscripci n inicial automotores. 02: Informes de dominio y otros tr mites. 02E: Solamente para anotaciones de medidas judiciales y pedidos de informes ordenados por autoridad competente. Es de libre impresi n. 03: Inscripci n de prenda. 04: Cambio, alta y baja de carrocer a. Denuncia de Robo y/o Hurto, Recupero. Baja del automotor . Baja y alta de motor. Cambio de radicaci n 05: Inscripciones Iniciales especiales. 08: Contrato de Transferencia de Usado. 08D: Inscripci n, transferencia de motoveh culos. 08D: Inscripci n, transferencia de automotores. 08E: Transferencia por Escribano P blico. 12: Verificaci n de automotor . 12D: Para tr mites iniciados con 01D.

8 12P: Peritaje. 13: DDJJ de rentas. (Informe de deuda) Automotores 13A: DDJJ de Rentas (Alta) Automotores 13C: DDJJ de Rentas. (Baja de Rentas) Automotores 13 ( nica). 13 ( nica) de car cter digital. 13D. 15: Cesi n de derechos de un veh culo robado o hurtado del titular registral a favor de la Compa a de Seguros. 16: Revocaci n de la cesi n de derechos. 20: Inscripci n de posesi n o tenencia. 24: Contrato de leasing. 6 de 31 UNIDAD 4 31: Informe impositivo municipal. 31A: DDJJ para Alta de patentes de veh culos municipalizados y motoveh culos 31C: DDJJ para Baja de patentes de veh culos municipalizados y motoveh culos 53: Empadronamiento peticionado por el titular registral 57: Informe registral de extra a jurisdicci n (en el Registro) 58: Informe registral de extra a jurisdicci n (en la Direcci n Nacional, APROA, AGA) 59: Solicitud del presentante.

9 59D. 99: Informe urgente (en el d a) 153: Empadronamiento peticionado por el mero poseedor LISTADO DE LAS MAS USUALES El Decreto N 434 del 1de marzo de 2016 estableci el Plan de Modernizaci n del Estado en pos de una Administraci n sin papeles. Se implement a modo de prueba el env o digital de la documentaci n respaldatoria de tr mites registrables que los Registros env an para su incorporaci n al archivo de la DN. La n mina de tr mites alcanzados se circunscribe a los que resultaren relevantes para la eventual reconstrucci n del Legajo B. Se est n incorporando otros tr mites registrables a la n mina ya aprobada. 7 de 31 UNIDAD 4 Se realiza ante el de radicaci n del automotor o el de la futura radicaci n.

10 El arancel es percibido en el se pone un cargo: N de tr mite, d a, hora, minutos y segundos de ingreso en el para determinar la prioridad registral. Las observaciones de los tr mites registrales se har n a trav s del sistema SURA: 6. PRESENTACI N Y RECEPCI N DE Cargo y normas de procesamiento 7. FORMULARIOS 59 DEL PRESENTANTE ( Y ) a)Los Mandatarios Matriculados, con su matr cula vigente, sus empleados y los deber n presentar los tr mites acompa ados de F. 59 identificado con firma y sello, sin certificar firma. De presentarse m s de un tr mite en forma simult nea y en relaci n a un mismo dominio, se acompa ar un solo formulario. Se podr utilizar indistintamente el formulario 59, o el formulario 59D de car cter digital.


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