Example: confidence

TÍTULO III REGLAMENTO PARA AGENCIAS DE …

AUTORIDAD DE SUPERVISI N DEL SISTEMA FINANCIERO RECOPILACI N DE NORMAS PARA EL MERCADO DE VALORES T tulo III * iT TULO III REGLAMENTO PARA AGENCIAS DE BOLSA TABLA DE CONTENIDO P g. Cap tulo I: DISPOSICIONES GENERALES Secci n 1: Lineamientos Generales 1/2 Cap tulo II: DE LA CONSTITUCI N, AUTORIZACI N DE FUNCIONAMIENTO E INSCRIPCI N EN EL REGISTRO DEL MERCADO DE VALORES Y DE LAS SUCURSALES Secci n 1: De la constituci n 1/4 Secci n 2: De la autorizaci n de funcionamiento e inscripci n en el registro del mercado de valores 1/4 Secci n 3: De las sucursales 1/2 Cap tulo III: DE LAS OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES Secci n 1: De las obligaciones 1/5 Secci n 2: De las prohibiciones 1/2 Cap tulo IV: DEL CONFLICTO DE INTERESES Y DE LA INFORMACI N Secci n 1: Del conflicto de intereses, inversiones personales y vinculaciones 1/1 Secci n 2.

AUTORIDAD DE SUPERVISIÓN DEL SISTEMA FINANCIERO RECOPILACIÓN DE NORMAS PARA EL MERCADO DE VALORES Título III * ii Capítulo VII: DE LA INTERMEDIACIÓN DE VALORES Sección 1: Operaciones autorizadas 1/4 Sección 2: Del sistema automatizado de asignación de órdenes y operaciones 1/3

Information

Domain:

Source:

Link to this page:

Please notify us if you found a problem with this document:

Other abuse

Advertisement

Transcription of TÍTULO III REGLAMENTO PARA AGENCIAS DE …

1 AUTORIDAD DE SUPERVISI N DEL SISTEMA FINANCIERO RECOPILACI N DE NORMAS PARA EL MERCADO DE VALORES T tulo III * iT TULO III REGLAMENTO PARA AGENCIAS DE BOLSA TABLA DE CONTENIDO P g. Cap tulo I: DISPOSICIONES GENERALES Secci n 1: Lineamientos Generales 1/2 Cap tulo II: DE LA CONSTITUCI N, AUTORIZACI N DE FUNCIONAMIENTO E INSCRIPCI N EN EL REGISTRO DEL MERCADO DE VALORES Y DE LAS SUCURSALES Secci n 1: De la constituci n 1/4 Secci n 2: De la autorizaci n de funcionamiento e inscripci n en el registro del mercado de valores 1/4 Secci n 3: De las sucursales 1/2 Cap tulo III: DE LAS OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES Secci n 1: De las obligaciones 1/5 Secci n 2: De las prohibiciones 1/2 Cap tulo IV: DEL CONFLICTO DE INTERESES Y DE LA INFORMACI N Secci n 1: Del conflicto de intereses, inversiones personales y vinculaciones 1/1 Secci n 2.

2 Informaci n a presentar a ASFI 1/1 Cap tulo V: DEL COMIT DE INVERSIONES Secci n 1: Del comit de inversiones 1/2 Cap tulo VI: DEL AUDITOR INTERNO Secci n 1: Lineamientos para el Auditor Interno 1/1 AUTORIDAD DE SUPERVISI N DEL SISTEMA FINANCIERO RECOPILACI N DE NORMAS PARA EL MERCADO DE VALORES T tulo III * iiCap tulo VII: DE LA INTERMEDIACI N DE VALORES Secci n 1: Operaciones autorizadas 1/4 Secci n 2: Del sistema automatizado de asignaci n de rdenes y operaciones 1/3 Secci n 3: De los operadores de bolsa 1/1 Secci n 4: De los registros e informaci n de clientes 1/3 Cap tulo VIII: DE LOS SERVICIOS DE ADMINISTRACI N DE CARTERA DE VALORES Y DE LOS ASESORES DE INVERSI N Secci n 1: De los servicios de administraci n de cartera de valores 1/5 Secci n 2: De los asesores de inversi n 1/2 Cap tulo IX: DE LAS ACTIVIDADES DE ASESORAMIENTO FINANCIERO Secci n 1: De los servicios de asesoramiento financiero y de estructuraci n de emisiones 1/1 Secci n 2: De las fusiones y adquisiciones de empresas 1/1 Secci n 3: De los servicios de informaci n e investigaci n en materia burs til 1/1 Cap tulo X: DE LAS OPERACIONES PARA CARTERA PROPIA, DE UNDERWRITING Y EN BOLSAS DE PRODUCTOS Secci n 1: Operaciones para cartera propia 1/3 Secci n 2: De las operaciones de underwriting 1/1 Secci n 3: De las operaciones en bolsa de productos 1/1 Cap tulo XI.

3 DE LAS ACTIVIDADES COMO FORMADOR DE MERCADO Secci n 1: De las actividades como formador de mercado 1/2 Cap tulo XII: DE LA GARANT A Y SU EJECUCI N Secci n 1: De la garant a de correcto y cabal cumplimiento de obligaciones 1/2 Secci n 2: De la ejecuci n de la garant a 1/1 AUTORIDAD DE SUPERVISI N DEL SISTEMA FINANCIERO RECOPILACI N DE NORMAS PARA EL MERCADO DE VALORES T tulo III * iiiCap tulo XIII: DE LA REPRESENTACI N DE AGENCIAS DE BOLSA Y PERSONAS JUR DICAS CONSTITUIDAS EN EL EXTRANJERO QUE TENGAN ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EL MERCADO DE VALORES EXTRANJERO Secci n 1: De la representaci n de AGENCIAS de bolsa extranjeras y de entidades constituidas en el extranjero 1/2 Secci n 2: De la representaci n de entidades emisoras extranjeras 1/1 Cap tulo XIV: REGLAMENTO DE UNDERWRITING Secci n 1: Regulaci n de underwriting 1/4 Cap tulo XV: REGLAMENTO DE COLOCACI N DE VALORES EN MERCADO EXTRABURSATIL CON PARTICIPACI N DE INTERMEDIARIOS AUTORIZADOS Secci n 1: Disposiciones Generales 1/2 Cap tulo XVI: REGLAMENTO PARA LA TRANSACCI N DE CUPONES DE BONOS Secci n 1: Disposiciones Generales 1/1 Secci n 2: De la operativa de cupones 1/2 Secci n 3: De las transacciones y la valoraci n 1/2 Secci n 4: Otras disposiciones 1/1 Cap tulo XVII: REGULACI N DE ACTIVIDADES DE LAS AGENCIAS DE BOLSA A TRAV S DE ENTIDADES AUTORIZADAS Secci n 1.

4 Disposiciones Generales 1/3 AUTORIDAD DE SUPERVISI N DEL SISTEMA FINANCIERO RECOPILACI N DE NORMAS PARA EL MERCADO DE VALORES Libro 4 T tulo IIICap tulo ISecci n 1P gina 1/2 CAP TULO I: DISPOSICIONES GENERALES SECCI N 1: LINEAMIENTOS GENERALES Art culo 1 - (Objeto) El presente REGLAMENTO tiene por objeto normar el procedimiento de constituci n, autorizaci n de funcionamiento e inscripci n de las AGENCIAS de Bolsa en el Registro del Mercado de Valores de la Autoridad de Supervisi n del Sistema Financiero (ASFI), as como su organizaci n, actividades, operaciones y servicios a desarrollar. Art culo 2 - ( mbito de aplicaci n) Las disposiciones contenidas en el presente REGLAMENTO son de cumplimiento obligatorio para las AGENCIAS de Bolsa, de acuerdo a lo establecido en la Ley N 1834 del Mercado de Valores.

5 Art culo 3 - (Definiciones) Para efectos del presente REGLAMENTO , se utilizan las siguientes definiciones: a. Administraci n de cartera en forma discrecional: Cuando la inversi n de los recursos del cliente, es realizada por la Agencia de Bolsa, con base en los criterios que considere m s apropiados y convenientes para los intereses del mismo, bajo cuenta y riesgo de dicho cliente. Si el inversionista establece l mites o par metros para su inversi n, la Agencia de Bolsa es responsable de cumplir con los mismos; b. Administraci n de cartera en forma no discrecional: Cuando la inversi n de los recursos del cliente est sujeta a las instrucciones de ste, con rdenes espec ficas que deben ser cumplidas por la Agencia de Bolsa; c.

6 Administraci n de Inversiones en Portafolio de Valores o Administraci n de Cartera: Toda actividad de una Agencia de Bolsa relacionada con la administraci n de recursos en efectivo o Valores de propiedad de sus clientes, por cuenta y riesgo de dichos clientes. Adicionalmente, puede comprender otros actos relacionados al ejercicio de los derechos consignados en los Valores sujetos a administraci n, siempre que la Agencia de Bolsa y los clientes as lo acuerden en forma expresa en el contrato correspondiente; d. Agencia de Bolsa: Sociedad An nima de objeto social nico y exclusivo, dedicada a realizar actividades de intermediaci n de Valores, cumplir cualquier acto relacionado a la transferencia de los mismos y desarrollar actividades permitidas por la Ley N 1834 del Mercado de Valores, el REGLAMENTO para Bolsas de Valores, el presente REGLAMENTO y dem s disposiciones aplicables; e.

7 Asesor de Inversi n: Funcionario de la Agencia de Bolsa que act a en representaci n y bajo la responsabilidad de la misma, para atender y asesorar directamente al p blico inversionista, brind ndole orientaci n para la toma de decisiones de inversi n, as como para administrar carteras de clientes de las AGENCIAS de Bolsa; f. Cartera o Portafolio: Conjunto de Valores, inversiones y efectivo en caja o bancos que forman parte del activo del cliente o de la Agencia de Bolsa en posici n propia. La Cartera del cliente es un patrimonio independiente del patrimonio de la Agencia de Bolsa; g. Cartera Propia: Cartera constituida por inversiones adquiridas con recursos propios de la Agencia de Bolsa, sean stas inversiones temporales o permanentes; AUTORIDAD DE SUPERVISI N DEL SISTEMA FINANCIERO RECOPILACI N DE NORMAS PARA EL MERCADO DE VALORES Libro 4 T tulo IIICap tulo ISecci n 1P gina 2/2h.

8 Cartera Propia Burs til: Forma parte de la Cartera Propia de la Agencia de Bolsa y est constituida por Valores adquiridos a trav s de los mecanismos centralizados de negociaci n autorizados, establecidos en los Reglamentos Internos de Registro y Operaciones de una Bolsa de Valores; i. Cliente Eventual: Aquel cliente que ordene realizar a una Agencia de Bolsa una sola transacci n durante un semestre; j. Cliente Permanente: Aquel cliente que ordene realizar a una misma Agencia de Bolsa m s de una transacci n durante un semestre; k. Colocador: Intermediario autorizado por ASFI para la venta de valores de oferta p blica, conforme a mecanismos previstos en la normativa vigente; l. Estructurador: Es la Agencia de Bolsa responsable de la estructuraci n de la Oferta P blica, comprendiendo el dise o y establecimiento de las caracter sticas de la Oferta Publica, as como la presentaci n y seguimiento de los documentos necesarios para la inscripci n en el Registro del Mercado de Valores (RMV) de ASFI, de la emisi n correspondiente; m.

9 Formador de Mercado: Agencia de Bolsa que desempe a la funci n de agente de liquidez, facilitador de liquidez, proveedor de liquidez y promotor de negocios, que se propone garantizar un nivel de liquidez m nima y entregar una referencia de precio para los Valores y activos, conforme lo establecido en el presente REGLAMENTO ; n. Horario de cierre de recepci n de rdenes u horario de cierre: Horario en el cual se dejan de registrar rdenes en el Sistema Automatizado de Asignaci n de rdenes y Operaciones, el mismo que debe ser anterior al horario de apertura de la sesi n de Bolsa; o. Informaci n confidencial: Es aquella informaci n relativa a las estrategias de inversi n para la cartera en administraci n discrecional y para cartera propia, informaci n proporcionada por sus clientes y actividades o datos relativos a la cartera de sus clientes; p.

10 Intermediaci n de Valores: Aquellas operaciones con Valores, realizadas por las AGENCIAS de Bolsa por cuenta de terceros, que se encuentran previstas por la Ley N 1834 del Mercado de Valores y su normativa reglamentaria; q. Operador de Bolsa: Funcionario de la Agencia de Bolsa que actuando por cuenta y en representaci n de sta, celebra operaciones con Valores en los Mecanismos Centralizados de Negociaci n de la Bolsa de Valores, as como otras actividades establecidas en el presente REGLAMENTO ; r. Patrimonio M nimo: Patrimonio que debe mantener la Agencia de Bolsa, de acuerdo a lo establecido en el Art culo 1 , Secci n 1, Capitulo III del presente REGLAMENTO ; s. Pr cticas inequitativas o discriminatorias: Implica una distinci n, exclusi n, restricci n o preferencia contra una persona que cumpla todos los requisitos para participar en el mercado de valores; t.


Related search queries