Transcription of 1. OPERATORIA 1.1. SITUACIÓN DE LOS CRÉDITOS …
1 Orden de 25 de abril de 1988, de la Conseje r ade Hacienda, por la que se regula la operativa ytramitaci n a seguir en la ejecuci n del Presu -puesto de Gastos de la Comunidad Aut noma deCanarias ( 86, de ) (1)1. OPERATORIAEn las distintas operaciones contables a quepuede dar lugar el desarrollo del Presupuesto deGasto la OPERATORIA a seguir es la SITUACI N DE LOS CR Retenci n de cr ditos pendientes de uti-lizaci inicio de un expediente de gasto se podr solicitar por el respectivo Servicio Gestor que, porla Intervenci n que corresponda, se certifique laexis tencia de cr dito disponible, para lo cual seexpedir un documento contable "RC-300", que-dando retenido el cr dito para su posterior utiliza-ci n en el citado , al procederse a la autori-zaci n del gasto, el documento contable a expedirdeber distinguir si la misma se efect a sobre cr -ditos retenidos o sobre cr ditos disponibles, seg nse hubiera realizado o no la retenci n tanto, todas las referencias que en los apar-tados siguientes se hacen los documentos "A" ,"AD" y "ADOK".
2 Se entender hecha a los do cu -mentos "A-400", "AD-420" y "ADOK-440", si nose ha efectuado retenci n de cr ditos, y a los do-cumentos "A-410", "AD-430" y "ADOK-450" si seha realizado dicha retenci Retenci n de cr ditos para todo expediente de transferencia de cr di-tos, al iniciarse por la Oficina Presupuestaria dela Consejer a correspondiente, habr de cumpli-mentar el documento "RC-301", para que la Inter -ven ci n correspondiente lo contabilice, al objeto decer tificar la existencia de cr dito en el conceptopre supuestario que lo ha de transferir, as como lare tenci n de la cuant a por la cual se vaya a reali-zar la cr dito quedar as retenido hasta que secontabilice la transferencia. Una copia del docu-mento "RC-301" ha de incorporarse al expedientede transferencia de cr dito como justificante de laretenci n No disponibilidad de cr por decisi n del Gobierno a propues-ta del Consejero de Hacienda (2), en cumplimien-to del art culo 57 de la Ley General Pre su puestaria,se acuerde la no disponibilidad de todo o parte deun cr dito consignado en el Pre su puesto del Gasto,la Direcci n General de Pre su puestos (3) expedi-r el documento contable "RC-302".
3 Una vez con-tabilizado por la Inter venci n General, se remitir una copia del documento a la Oficina Presupues -taria que MODIFICACI N DE CR DITOC ualquiera que sea el nivel de competenciaspara la resoluci n de las modificaciones de cr ditos,los documentos contables "MC" se cumplimenta-r n por la Consejer a cuyos cr ditos se vayan a mo-dificar, excepto para los "MC-220", (ampliaci n decr dito) que ser n cumplimentados y contabiliza-dos por la Intervenci n que tramita la operaci el supuesto de que un expediente de modi-ficaci n de cr dito afectase a distintas Conse jer as losdocumentos contables "MC" ser an cum plimentadospor la Direcci n General de Pre su puestos (3).Todos los expedientes de modificaci n de cr -ditos deben tramitarse a trav s de la Direc ci n General 1 EJECUCI N PRESUPUESTO DE GASTOSO25/4/1988(1) La presente Orden se transcribe con las modificacionesintroducidas por Orden de 19 de abril de 1993 ( 55, ), que adem s establece lo siguiente: DISPOSICIONES ADICIONALESP rimera.
4 Los descuentos que deban practicarse por embargoso retenciones judiciales que se expidan sobre sueldos, salarios, jor-nales o retribuciones se introducir n por los centros gestores enlas propuestas de pago de las n minas A partir de la entrada en vigor de la presente Orden,las Intervenciones Delegadas en los distintos departamentos del Go -bierno de Canarias y organismos de la Co munidad Aut noma deCanarias se abstendr n de introducir descuentos en las propuestasde pago en concepto de embargos o retenciones judicia N FINALLa presente Orden entrar en vigor al d a siguiente de su pu-blicaci n en el Bolet n Oficial de Canarias. (2) Consejero/Consejer a de Hacienda (v anse Decretos183/2015, de 21 de julio, por el que se determina la estructuracentral y perif rica, as como las sedes de las Consejer as delGobierno de Canarias; y 86/2016, de 11 de julio, por el que seaprueba el Reglamento Org nico de la Consejer a de Hacienda,D183/2015 y D86/2016, respectivamente).
5 (3) Direcci n General de Planificaci n y Presupuesto (v an-se art culos 23 y 24 del Decreto 86/2016, de 11 de julio, por el quese aprueba el Reglamento Org nico de la Consejer a de Hacienda(D86/2016).PRESUPUESTOSde Presupuestos (1). Una vez aprobado el expedien-te, los documentos contables "MC" se remitir n a laIntervenci n General de la Comunidad Aut nomade Canarias para que proceda a su contabilizaci AUTORIZACIONESA probado un expediente de gasto, el servicio aque afecte formular un documento "A" por laanualidad en curso, envi ndolo a la Intervenci ncorrespondiente, para su registro COMPROMISOS DE Contratos de obra, adquisici n o la obra, adquisici n o servicio, porcualquiera de las formas que previene la Ley deContratos del Estado, se formular por el serviciopertinente el documento "D-500", que se justifi-car con copia del acuerdo o bajas obtenidas dar n lugar a un docu-mento "A/" por el importe de las mismas a fin deanular el exceso de la autorizaci n y reponer elcr dito presupuesto.)
6 Caso de que al inicio del ex-pediente se hubiese realizado una retenci n de cr -dito, dichas bajas dar n lugar tambi n a un docu-mento "RC/300" por el importe de las en alguna de las obras contratadas serescindiera el contrato, este acto dar lugar a laexpedici n de un documento "AD/" por la Subvenciones se trata de subvenciones paccionadas,tales como, contratos-programas, convenios de co-laboraci n, etc., se separar la autorizaci n delcom promiso de gasto. Por lo tanto se expedir undocumento "D-500" que se justificar con una co-pia del acuerdo de concesi ACUMULACI N DE AUTORIZACI N Y COMPROMISO DE Principio los gastos derivados de obligaciones lega-les, en los procedentes de obligaciones nacidas enejercicios anteriores, tales como los de car cterperi dicos o los plurianuales y, en general, en aque-llos supuestos en que la autorizaci n y compro-miso se acumulan en un acto nico proceder laexpedici n del documento mixto "AD".
7 Sueldos y remuneraciones fijas detalla-das en el acuerdo con el principio general de , al iniciarse el ejercicio, los servicios res-pectivos formular n un documento "AD" por elimporte anual de los efectivos Otras atenciones de por la autoridad competente las dis-tribuciones o aplicaciones de cr ditos para estasatenciones, los respectivos servicios formular nun documento "AD" justificado con una copia delreferido Material no inventariable y otros el importe de las dotaciones figuradas en elpresupuesto o en la medida que vayan acord ndo-se, cuando se trate de cr ditos globales, se formu-lar n por el servicio respectivo un documento "AD"que se justificar n, en el segundo caso, con unacopia del acuerdo de distribuci n, seg n lo esta-blecido en el importe anual de todos los contratos envigor, el servicio respectivo formular un docu-mento "AD", de acuerdo con lo indicado en el pun-to Las modificaciones, anulaciones o nuevoscontratos dar n lugar a la expedici n de nuevosdocumentos "A" "AD" o sus inversos, que se jus-tificar n con una copia de aqu el importe de las que se concedan, siem prey cuando vengan establecidas por Ley o medianteacto unilateral de la Administraci n, se formular nen documento "AD".
8 OBLIGACIONESSer utilizado el documento "O" en los casossiguientes:Para la realizaci n de pagos en el extranjeromediante situaci n de divisas sin el ingreso pre-vio de su contravalor en pesetas (documento "O-600"). Estos expedientes se tramitar n a trav s dela Intervenci n General de la las operaciones de reconocimiento deobligaciones reconocidas en presupuestos cerra-dos (documento "O-601").Para la prescripci n de las obligaciones reco-nocidas (documento "O-602").Por ltimo, y excepcionalmente, para efectuar elreconocimiento de una obligaci n en la que, por cir-cunstancias justificadas no se pueda emitir la corres-pondiente propuesta de pago (documento "O-600").O25/4/1988 2(1) Direcci n General de Planificaci n y Presupuesto (v an-se art culos 23 y 24 del Decreto 86/2016, de 11 de julio, por elque se aprueba el Reglamento Org nico de la Consejer a deHacienda (D86/2016).)
9 PROPUESTA DE Retribuciones de habilitados o pagadores de cada servicio,cen tro o dependencia redactar n los documentos"OK-610" o, en su caso, "ADOK" que pre sentar n, enla forma que se indica en el apartado , juntocon las n minas o documentos que justifiquen suexpedici n. En los citados documentos, se har cons -tar, necesariamente, y siempre en la misma for ma, ladenominaci n del servicio, centro o todos los documentos se har constar el n-tegro, los descuentos y el l quido a percibir, as como los dem s datos que figuran en el impreso n minas para hacer efectivas estas retribu -ciones se confeccionar n con arreglo a las normasvigentes (1), y acompa adas de los documentoscontables indicados en el punto , deber nobrar en la Intervenci n Delegada en el Departa -mento respectivo antes del d a 10 de cada vez intervenidas las n minas, proceder asu contabilizaci n y a remitir los datos relativos ala propuesta de pago de la Direcci n Ge neral deTributos, Tesoro y Pol tica Financiera (2).
10 Adem s de los documentos "OK-610", la n -mina ha de acompa arse con los documentos "MP"de liquidaci n de las deducciones de la n mina, yde los justificantes para liquidar las citadas de-ducciones (3). Otras el pago de las dem s atenciones, en lasque previamente hayan sido contabilizados los do-cumentos "AD", se expedir un documento "OK-610". Cuando no exista "AD" previo se expedir undocumento "ADOK". Certificaciones de obras, servicios o certificaciones o cuentas de obra ejecuta-da, servicios o adquisiciones, aprobados por losservicios centrales o provinciales facultados paraello, se cursar n a las Intervenciones Dele gadasacompa ados del correspondiente documento "OK-610". En estos documentos se har constar, en sucaso, el c digo del proyecto de inversi n, el nom-bre y c digo del acreedor, y, en su caso, del en-dosatario, y el importe que deba ser aplicado alpresupuesto de gastos, as como los dem s datosque figuran en el impreso EJERCICIOS Definici operaciones de ejercicios posteriores las re-tenciones de cr ditos, autorizaciones y compro-misos de gastos con efectos en presupuestos futu-ros, realizados al amparo de lo establecido en elart culo 37 de la Ley 7/1984, de 11 de diciembre,de la Hacienda P blica de la Comu nidadAut noma de Canarias(4).