Transcription of CIRCULAR 03.04/07, DE 17 DE MAYO, SOBRE …
1 SECRETAR A DE ESTADO DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS SECRETAR A GENERAL DE HACIENDA DIRECCI N GENERAL DEL CATASTRO 1 CIRCULAR , de 17 de mayo , SOBRE PROCEDIMIENTO DE VALORACI N DE CONSTRUCCIONES EN SUELO RUSTICO. De acuerdo con lo establecido en la Disposici n Transitoria Primera del Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario (TRLCI), al realizarse con posterioridad al 1 de enero de 2006 un procedimiento de valoraci n colectiva de car cter general (PVCCG), se determinar simult neamente un nuevo valor catastral para todos aquellos inmuebles que cuenten con una construcci n en suelo de naturaleza r stica.
2 Estos valores, en tanto no se aprueben las nuevas normas reglamentarias de valoraci n de inmuebles r sticos, se obtendr n por aplicaci n de los m dulos espec ficos aprobados por la Orden EHA 3188/2006, de 11 de octubre (en adelante OM) a la superficie ocupada por las construcciones, en lo referente al suelo, y por lo que respecta a la construcci n, por aplicaci n de id nticas reglas a las que se determinen para la obtenci n del valor de las construcciones de los bienes inmuebles urbanos en la ponencia de valores de la que trae causa el procedimiento de valoraci n colectiva. Esta disposici n modifica la t cnica de valoraci n de las explotaciones agrarias, pues a ade una nueva componente (suelo m s construcci n) al valor calculado por capitalizaci n de las rentas de las explotaciones agr colas.
3 Por otra parte la implantaci n del modelo unificado de Catastro ha supuesto importantes modificaciones que han supuesto englobar bajo un mismo modelo de datos bienes urbanos, r sticos y de caracter sticas especiales. Si bien ya se han proporcionado a las unidades gestoras orientaciones SOBRE las particularidades y novedades referentes a este nuevo procedimiento de valoraci n de construcciones en suelo r stico (PVCR), mediante el manual de construcciones agrarias , resulta conveniente recoger todo ello en la forma de CIRCULAR de instrucciones para asegurar su plena observancia y general conocimiento.
4 Del mismo modo, se dictan Instrucciones para el tratamiento de las construcciones en suelo r stico en aquellos municipios en los que no se est n tramitando procedimientos PVCCG y PVCR. SECRETAR A DE ESTADO DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS SECRETAR A GENERAL DE HACIENDA DIRECCI N GENERAL DEL CATASTRO 2 INSTRUCCI N MUNICIPIOS EN LOS QUE SE TRAMITE UN PVCR. A) DATOS DE UNIDAD CONSTRUCTIVA: En l neas generales el concepto de unidad constructiva coincide con el de edificio. No obstante, podr n admitirse configuraciones distintas pudiendo existir en el mismo edificio distintas unidades constructivas si en el mismo coexisten distintas fechas de construcci n, estados de conservaci n o zonas de valor-tramos de ponencia.
5 Superficie ocupada por construcciones: De acuerdo con lo establecido en la OM, el suelo ocupado por las construcciones situadas en suelo r stico se valorar por aplicaci n del valor unitario correspondiente a la superficie ocupada por dichas construcciones, seg n su tipolog a. En caso de coexistencia de varias tipolog as en la misma construcci n, el valor unitario se calcular seg n la proporci n de las superficies de cada una de las tipolog as. La superficie ocupada por dichas construcciones se reflejar en el campo superficie de huella creado al efecto.
6 En el caso de construcciones situadas en suelo r stico, este campo ser de obligada cumplimentaci n en al menos una de las unidades constructivas de cada edificio. Clase: La clase asignada ser R a todas las construcciones situadas SOBRE suelo r stico. Coeficientes correctores conjuntos: La Disposici n Transitoria Primera del TRLCI, establece que el suelo ocupado por este tipo de construcciones se valorar por aplicaci n de los m dulos aprobados por Orden, mientras que las construcciones se valorar n por aplicaci n de las mismas reglas que se aplican a los inmuebles urbanos construidos.
7 Por ello, los coeficientes correctores conjuntos no se utilizar n con car cter general, si bien ser posible aplicar el coeficiente L de fincas afectadas por cargas singulares de car cter hist rico-art stico previsto en el Real Decreto 1020/1993, aunque nicamente SOBRE el valor propio de las construcciones y nunca SOBRE el del suelo, cultivos o aprovechamientos. B) DATOS DE CONSTRUCCI N: Tipolog a, uso y destino: En el caso de construcciones no agrarias se aplicar a cada local el uso y destino que le corresponda de los establecidos para las construcciones en suelo de naturaleza urbana.
8 Se aplicar el uso Y (otros usos) a los silos, dep sitos o tanques ligados a industrias no agrarias. SECRETAR A DE ESTADO DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS SECRETAR A GENERAL DE HACIENDA DIRECCI N GENERAL DEL CATASTRO 3En el caso de existir porches en la planta baja, se catastrar n como porches al 100% (destino YPO) y no vivienda al 50% ya que de otro modo la suma de superficies de los locales de la planta baja no coincidir con la superficie de la huella. Para las construcciones agrarias los usos aplicables ser n B,J,Z, quedando asignados de la siguiente manera: B: Almac n uso agrario J : Industria agraria Z : Otros usos agrarios Tanto en un tipo de construcciones como en el otro, el uso har referencia al predominante de cada edificaci n independiente, por tanto, en caso de existir en el mismo edificio locales con distintos usos, se deber asignar a todos ellos el predominante.
9 Del mismo modo que lo expuesto para el uso, se crean nuevos destinos para las construcciones agrarias. En el siguiente cuadro se establece el uso y destino correspondiente a cada una de tipolog as constructivas de las construcciones agrarias. La combinaci n de ambas claves, tipolog a y destino, permitir a la aplicaci n inform tica SIGECA la asignaci n autom tica del valor del suelo ocupado por la construcci n, seg n lo establecido en la OM. TIPOLOG A CONSTRUCCIONES AGRARIAS MODA-LIDAD CATEGO-R A O EXTENSIVAS USO DESTINO ALMAZARAS QUE INCLUYAN BALSA PARA LA DEPURACI N DE ALPECHINES JAM CHAMPI ONERAS JCH GRANJAS JGR INVERNADEROS JIN ASERRADEROS JAS 5-9 BODEGAS SUBTERRANEAS J JBD CASETA PARA INSTALACI N DE RIEGO BCR 5-9 CASETA PARA TRANSFORMADORES BCT 8-9 EDIFICACIONES E INSTALACIONES GANADERAS DE CAR CTER EXTENSIVO B BIG 5-9 MUELLES Y EMBARCADEROS ZME 5-9 DEPURADORAS AGUAS RESIDUALES ZDE 5-9 PISCIFACTOR AS Y CET REAS ZPC 8-9 BALSAS Y ESTANQUES ZBE CANTERAS ZCT GRAVERAS ZGV MINAS A CIELO ABIERTO
10 ZMA 5-9 VERTEDEROS Z ZVR DEPOSITOS Y TANQUES LIGADOS A INDUSTRIA NO AGRARIA 1-9 SILOS Y DEP SITOS DE S LIDOS YSL 1-9 DEP SITOS DE L QU DOS Y TANQUES YDL 1-9 DEP SITOS DE GASES Y YDG SECRETAR A DE ESTADO DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS SECRETAR A GENERAL DE HACIENDA DIRECCI N GENERAL DEL CATASTRO 4 TIPOLOG A CONSTRUCCIONES AGRARIAS MODA-LIDAD CATEGO-R A O EXTENSIVAS USO DESTINO DEPOSITOS Y TANQUES LIGADOS A INDUSTRIA AGRICOLA, GANADERA, FORESTAL 5-9 SILOS Y DEP SITOS DE S LIDOS ZSL 5-9 DEP SITOS DE L QU DOS Y TANQUES ZDL 5-9 DEP SITOS DE GASES Z ZDG El cuadro que resume los criterios de asignaci n de valor a cada combinaci n de tipolog a y destino es el siguiente: TIPOLOGIAS CATEGORIASTIPOLOGIA DE LA CONSTRUCCION COEF SOBRE MBR COEF SOBRE MBR7 USO (N20 RD1020) De Hasta DEST RESIDENCIAL CAT 1,2 0,400 1 2 Cualquiera** RESIDENCIAL RESTO CAT.