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TITULO II CAPTACIONES TABLA DE ... - …

AUTORIDAD DE SUPERVISI N DEL SISTEMA FINANCIERO RECOPILACI N DE NORMAS PARA SERVICIOS FINANCIEROS T tulo II * 1 TITULO II CAPTACIONES TABLA DE CONTENIDO Cap tulo I: Reglamento para Cuentas Corrientes Secci n 1: Aspectos generales Secci n 2: De la apertura y requisitos Secci n 3: Funcionamiento y terminaci n de la cuenta corriente Secci n 4: De la retenci n de fondos Secci n 5: De la clausura y rehabilitaci n de cuentas Secci n 6: Otras disposiciones Secci n 7: Disposiciones transitorias Cap tulo II: Reglamento para Dep sitos a Plazo Fijo Secci n 1: Aspectos generales Secci n 2: De la constituci n y requisitos Secci n 3: Normas operativas Secci n 4: Otras disposiciones Secci n 5: Disposiciones transitorias Cap tulo III: Reglamento de Clausura y Rehabilitaci n de Cuentas Corrientes Secci n 1: Aspectos generales Secci n 2: Procedimiento de clausura de cuentas corrientes Secci n 3: Procedimiento de rehabilitaci n de cuentas corrientes Secci n 4: Otras disposiciones Secci n 5: Disposiciones transitorias AUTORIDAD DE SUPERVISI N DEL SISTEMA FINANCIERO RECOPILACI N DE NORMAS PARA SERVICIOS FINANCIEROS T tulo II * 2 Cap tulo IV: Reglamento para Dep sitos de Ejecutivos y Funcionarios de las Entidades de Intermediaci n Financiera Secci n 1: Aspectos generales Secci n 2: Lineamientos generales Secci n 3: Otras disposiciones Cap tulo V: Reglamento para Cuentas de Caja de Ahorro Secci n 1: Aspectos genera

autoridad de supervisiÓn del sistema financiero recopilaciÓn de normas para servicios financieros título ii * 1 titulo ii . captaciones . t. abla de . c. ontenido

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1 AUTORIDAD DE SUPERVISI N DEL SISTEMA FINANCIERO RECOPILACI N DE NORMAS PARA SERVICIOS FINANCIEROS T tulo II * 1 TITULO II CAPTACIONES TABLA DE CONTENIDO Cap tulo I: Reglamento para Cuentas Corrientes Secci n 1: Aspectos generales Secci n 2: De la apertura y requisitos Secci n 3: Funcionamiento y terminaci n de la cuenta corriente Secci n 4: De la retenci n de fondos Secci n 5: De la clausura y rehabilitaci n de cuentas Secci n 6: Otras disposiciones Secci n 7: Disposiciones transitorias Cap tulo II: Reglamento para Dep sitos a Plazo Fijo Secci n 1: Aspectos generales Secci n 2: De la constituci n y requisitos Secci n 3: Normas operativas Secci n 4: Otras disposiciones Secci n 5: Disposiciones transitorias Cap tulo III: Reglamento de Clausura y Rehabilitaci n de Cuentas Corrientes Secci n 1: Aspectos generales Secci n 2: Procedimiento de clausura de cuentas corrientes Secci n 3: Procedimiento de rehabilitaci n de cuentas corrientes Secci n 4: Otras disposiciones Secci n 5: Disposiciones transitorias AUTORIDAD DE SUPERVISI N DEL SISTEMA FINANCIERO RECOPILACI N DE NORMAS PARA SERVICIOS FINANCIEROS T tulo II * 2 Cap tulo IV: Reglamento para Dep sitos de Ejecutivos y Funcionarios de las Entidades de Intermediaci n Financiera Secci n 1: Aspectos generales Secci n 2: Lineamientos generales Secci n 3: Otras disposiciones Cap tulo V: Reglamento para Cuentas de Caja de Ahorro Secci n 1: Aspectos generales Secci n 2: De la apertura, requisitos y funcionamiento Secci n 3: Terminaci n, inembargabilidad y clausura Secci n 4: Otras disposiciones Secci n 5: Disposici n transitoria Cap tulo VI: Reglamento para la Retenci n, Suspensi n de Retenci n y Remisi n de Fondos Secci n 1: Aspectos generales Secci n 2: De la transmisi n Secci n 3: Del cumplimiento Secci n 4: Otras disposiciones Cap tulo VII.

2 Reglamento para el Requerimiento de Informaci n en Procesos de Investigaci n de Hechos y/o Delitos de Corrupci n Secci n 1: Aspectos generales Secci n 2: Procedimiento Secci n 3: Requerimientos de informaci n a trav s del Ministerio de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupci n Secci n 4: Otras disposiciones Secci n 5: Disposiciones transitorias AUTORIDAD DE SUPERVISI N DEL SISTEMA FINANCIERO RECOPILACI N DE NORMAS PARA SERVICIOS FINANCIEROS T tulo II * 3 Cap tulo VIII: Reglamento para el Control de Encaje Legal Secci n 1: Aspectos generales Secci n 2: Pasivos sujetos a encaje legal Secci n 3: C mputo del encaje legal Secci n 4: Fondo de requerimiento de activos l quidos Secci n 5: Registros e informaci n de encaje legal Secci n 6: Prohibiciones, regularizaci n y sanciones Secci n 7: Otras disposiciones Secci n 8: Disposiciones transitorias AUTORIDAD DE SUPERVISI N DEL SISTEMA FINANCIERO RECOPILACI N DE NORMAS PARA SERVICIOS FINANCIEROS Control de versiones Circular ASFI/561/2018 ( ltima) Libro 2 T tulo IICap tulo ISecci n 1P gina 1/2 CAP TULO I: REGLAMENTO PARA CUENTAS CORRIENTES SECCI N 1: ASPECTOS GENERALES Art culo 1 - (Objeto) El presente Reglamento tiene por objeto regular las operaciones de CAPTACIONES de dep sitos en cuenta corriente, en los aspectos referidos a la apertura, requisitos, funcionamiento y terminaci n de estas cuentas.

3 Art culo 2 - ( mbito de aplicaci n) Se encuentran sujetas al mbito de aplicaci n del presente Reglamento, las Entidades de Intermediaci n Financiera con licencia de funcionamiento otorgada por la Autoridad de Supervisi n del Sistema Financiero (ASFI) y autorizadas a realizar operaciones de CAPTACIONES de dep sitos en cuenta corriente, conforme lo establecido en la Ley N 393 de Servicios Financieros, denominadas en adelante como entidad supervisada. Las Entidades Financieras de Vivienda, las Cooperativas de Ahorro y Cr dito Abiertas o Societarias y las Instituciones Financieras de Desarrollo, con licencia de funcionamiento otorgada por la Autoridad de Supervisi n del Sistema Financiero, para brindar el servicio de cuentas corrientes, deben requerir previamente la autorizaci n de ASFI. Art culo 3 - (Definiciones) Para efectos del presente Reglamento, se utilizan las siguientes definiciones: a. Administrador delegado: Entidad financiera supervisada que suscribe un contrato con el Banco Central de Bolivia para la prestaci n de servicios por administraci n delegada; b.

4 C dula de Identidad: Documento de car cter p blico, individual, nico e intransferible, de obtenci n y renovaci n obligatoria, que acredita la identificaci n de las bolivianas y los bolivianos individualiz ndolos del resto de los habitantes del Estado Plurinacional de Bolivia, oponible y v lido en la jurisdicci n territorial; c. C dula de Identidad de Extranjero: Documento de car cter p blico, individual, nico e intransferible, que acredita la identificaci n de ciudadanas y ciudadanos extranjeros residentes en el Estado Plurinacional de Bolivia, individualiz ndolos del resto de los habitantes, oponible y v lido en la jurisdicci n territorial; d. Cheque: Instrumento de Pago que representa una orden incondicional de pago a la vista girada por el pagador contra sus fondos en cuenta corriente; e. Cuenta Corriente: Es el contrato por el cual una persona natural o jur dica denominada cuentacorrentista entrega, por s o por medio de un tercero, a una entidad supervisada para el efecto, cantidades sucesivas de dinero, cheques u otros valores pagaderos a su presentaci n, quedando ste obligado a su devoluci n total o parcial, cuando se realice la solicitud por medio del giro de cheques; f.

5 Documento Especial de Identificaci n (DEI): Documento de identificaci n otorgado por el Ministerio de Relaciones Exteriores al personal extranjero acreditado en el pa s. Los tipos de Documentos Especiales de Identificaci n, conforme a las categor as dispuestas en el Decreto Supremo N 23252 del 23 de agosto de 1992, son los siguientes: 1. Carnet Diplom tico; AUTORIDAD DE SUPERVISI N DEL SISTEMA FINANCIERO RECOPILACI N DE NORMAS PARA SERVICIOS FINANCIEROS Control de versiones Circular ASFI/561/2018 ( ltima) Libro 2 T tulo IICap tulo ISecci n 1P gina 2/22. Carnet Consular; 3. Credenciales. g. Formulario de Apertura de Cuenta Corriente: Es el documento emitido por la entidad supervisada en el que se consignan m nimamente el nombre o raz n social y generalidades de rigor (N mero de documento de identificaci n, nacionalidad, profesi n, estado civil, domicilio, tel fono, nombre del representante o apoderado y otros) que permitan identificar al cuentacorrentista; h.

6 N mero de documento de identificaci n: Dato num rico o alfanum rico que identifica de forma un voca al documento de identificaci n emitido por la instancia correspondiente, acorde con el tipo de persona, de acuerdo al siguiente detalle: C dula de Identidad, C dula de Identidad de Extranjero, Documentos Especiales de Identificaci n, N mero de Identificaci n Tributaria; i. Organizaciones Econ micas Comunitarias (OECOM): Son las comunidades ind gena originario campesinas, comunidades interculturales y afrobolivianas, las cuales se encuentran organizadas en: ayllus, capitan as, comunidades campesinas, comunidades ind genas, sindicatos agrarios u otras formas propias de organizaci n social comunitaria, establecidas en base al territorio y reconocidas por su organizaci n matriz; j. Registro de Firmas: Documento emitido por la entidad supervisada o sistema, en el que se registran las firmas de los cuentacorrentistas o representantes en caso de personas jur dicas, a efectos de mantener un control de las personas habilitadas para el manejo de las cuentas corrientes; k.

7 Reglamento de Cuentas Corrientes de la Entidad Supervisada: Documento emitido por la entidad supervisada, aprobado por su Directorio u rgano equivalente y puesto a disposici n de ASFI a su requerimiento, en el cual se establecen lineamientos que rigen para la apertura, requisitos, funcionamiento y terminaci n de cuentas corrientes. AUTORIDAD DE SUPERVISI N DEL SISTEMA FINANCIERO RECOPILACI N DE NORMAS PARA SERVICIOS FINANCIEROS Control de versiones Circular ASFI/561/2018 ( ltima) Libro 2 T tulo IICap tulo ISecci n 2P gina 1/4 SECCI N 2: DE LA APERTURA Y REQUISITOS Art culo 1 - (Solicitud de apertura) La solicitud de apertura de una o varias cuentas corrientes debe ser realizada en forma personal o a trav s del apoderado debidamente acreditado, para lo cual, la entidad supervisada debe cumplir m nimamente con lo establecido en la presente Secci n. Art culo 2 - (Requisitos para la apertura) Son requisitos m nimos para la apertura de cuenta corriente, los siguientes: a.

8 Para personas naturales 1. Documento de identificaci n (C dula de Identidad, C dula de Identidad de Extranjero o Documento Especial de Identificaci n); 2. Registro de Firmas; 3. Formulario de Apertura de Cuenta Corriente; 4. Inscripci n en el Padr n Nacional de Contribuyentes Biom trico Digital, cuando corresponda; 5. No estar incluido en las listas de cuentas corrientes clausuradas emitidas por la Autoridad de Supervisi n del Sistema Financiero (ASFI); 6. Otra documentaci n adicional que exija la entidad supervisada. b. Para empresas unipersonales 1. Documento de identificaci n del propietario (C dula de Identidad, C dula de Identidad de Extranjero o Documento Especial de Identificaci n); 2. Registro de Firmas; 3. Formulario de Apertura de Cuenta Corriente; 4. Inscripci n en el Padr n Nacional de Contribuyentes Biom trico Digital; 5. Matr cula de Comercio actualizada y emitida por el Registro de Comercio de Bolivia; 6. Poder de administraci n inscrito en el Registro de Comercio de Bolivia, cuando corresponda; 7.

9 No estar incluido en las listas de cuentas corrientes clausuradas emitidas por la Autoridad de Supervisi n del Sistema Financiero (ASFI); 8. Otra documentaci n adicional que requiera la entidad supervisada. c. Para personas jur dicas 1. Escritura de constituci n social, Resoluci n u otro documento an logo que acredite la personalidad jur dica; 2. Estatutos vigentes y debidamente aprobados y con las formalidades de Ley, en los casos que corresponda; 3. Registro de Firmas; AUTORIDAD DE SUPERVISI N DEL SISTEMA FINANCIERO RECOPILACI N DE NORMAS PARA SERVICIOS FINANCIEROS Control de versiones Circular ASFI/561/2018 ( ltima) Libro 2 T tulo IICap tulo ISecci n 2P gina 2/44. Formulario de Apertura de Cuenta Corriente; 5. Poderes de administraci n inscritos en el Registro de Comercio de Bolivia, cuando corresponda o copias legalizadas de las Actas de designaci n y posesi n de sus representantes, en lo pertinente; 6. Documentos de Identificaci n de los apoderados o representantes; 7.

10 Inscripci n en el Padr n Nacional de Contribuyentes Biom trico Digital, cuando corresponda; 8. Matr cula de Comercio actualizada y emitida por el Registro de Comercio de Bolivia, cuando corresponda; 9. No estar incluido en las listas de cuentas corrientes clausuradas emitidas por la Autoridad de Supervisi n del Sistema Financiero (ASFI); 10. Para cuentas corrientes fiscales, stas deben cumplir con los requisitos dispuestos en la Gu a de Procedimientos Operativos de Cuentas Corrientes Fiscales emitida por el Ministerio de Econom a y Finanzas P blicas; 11. Otra documentaci n adicional que requiera la entidad supervisada. d. Para sociedades en formaci n (Art culo 221 C digo de Comercio) 1. Documentaci n que acredite que el tr mite de inscripci n se encuentra en proceso de perfeccionamiento en el Registro de Comercio de Bolivia; 2. Registro de Firmas; 3. Formulario de Apertura de Cuenta Corriente; 4. Poderes de administraci n inscritos en el Registro de Comercio de Bolivia o copias legalizadas de las Actas de designaci n y posesi n de sus representantes, en lo pertinente; 5.


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