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CDI - CLAVE DE IDENTIFICACIÓN

Requisitos 1 CDI CLAVE DE identificaci N Representaciones diplom ticas y otras entidades: Formulario de declaraci n jurada N 420/J y acuse de recibo. Para ello utiliz el aplicativo denominado MODULO INSCRIPCION DE PERSONAS JURIDICAS - F. 420/J - Versi n " y present la declaraci n jurada generada, mediante el servicio con CLAVE fiscal "Presentaci n de DDJJ y Pagos". Impresi n de la "aceptaci n del tr mite". Ingres (previa adhesi n) al servicio con CLAVE fiscal ventanilla electr nica . Una vez aceptada la solicitud, imprim la constancia de "aceptaci n del tr mite".

Copia autenticada de los estatutos, cuando corresponda, conforme a las normas que rijan la creación de dichas instituciones. Formulario 206 con carácter de declaración jurada, conteniendo la enumeración de las normas que regulan la constitución, funcionamiento y eventual disolución de

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  Estatuto, Clave, 211 n, Identificaci, Cdi clave de identificaci

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1 Requisitos 1 CDI CLAVE DE identificaci N Representaciones diplom ticas y otras entidades: Formulario de declaraci n jurada N 420/J y acuse de recibo. Para ello utiliz el aplicativo denominado MODULO INSCRIPCION DE PERSONAS JURIDICAS - F. 420/J - Versi n " y present la declaraci n jurada generada, mediante el servicio con CLAVE fiscal "Presentaci n de DDJJ y Pagos". Impresi n de la "aceptaci n del tr mite". Ingres (previa adhesi n) al servicio con CLAVE fiscal ventanilla electr nica . Una vez aceptada la solicitud, imprim la constancia de "aceptaci n del tr mite".

2 De ser presentado por personas autorizadas, apoderados o representantes legales, corresponder acompa ar la documentaci n que acredite el car cter invocado. Adem s, deber s adjuntar la siguiente documentaci n seg n el cada caso: Representaciones diplom ticas Certificado que acredite la representaci n diplom tica, extendido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. IMPORTANTE! El aporte de la documentaci n y dem s elementos requeridos para la inscripci n de representaciones diplom ticas y otras entidades, deber s realizarla dentro de los TREINTA (30) d as corridos contados desde la fecha de la aceptaci n.

3 A los efectos de la modificaci n de datos, los sujetos o las entidades domiciliadas en el pa s que efect en el cambio del domicilio declarado al solicitar la CLAVE de identificaci n ( ), deber n comunicar tal circunstancia mediante la presentaci n del formulario N 663 -Nuevo Modelo-, acompa ando la documentaci n que acredite dicho cambio, dentro del plazo de DIEZ (10) d as h biles administrativos de producido. De tratarse de personas f sicas no residentes en el pa s y de entidades constituidas fuera del territorio nacional, dicho plazo se extender a TREINTA (30) d as h biles administrativos. En los casos en que se deba aportar copia simple de la documentaci n, deber n exhibirse los originales correspondientes, a los efectos de su constataci n.

4 Requisitos 2 Otras entidades Copia autenticada de las normas que regulan su funcionamiento -estatutos, y que acrediten el domicilio de la entidad. Entidades constituidas en el exterior Documentaci n que acredite la personer a jur dica, de corresponder. Copia autenticada de los estatutos, cuando corresponda, conforme a las normas que rijan la creaci n de dichas instituciones. Formulario 206 con car cter de declaraci n jurada, conteniendo la enumeraci n de las normas que regulan la constituci n, funcionamiento y eventual disoluci n de las mismas. La documentaci n que acredite la personer a (mandato, acta de asamblea en el que se lo designe como representante de la entidad respectiva, etc.)

5 Del apoderado o mandatario que act e en representaci n de la entidad respectiva. Formulario 206 con car cter de declaraci n jurada, con la enumeraci n de las normas que los regulan en el pa s en que hubieren sido suscriptos, cuando los actos hubieran sido otorgados en el pa s de constituci n de la entidad. La documentaci n mencionada precedentemente, con la pertinente legalizaci n efectuada conforme se indica: o De tratarse de actos que no fueron celebrados en pa ses signatarios de la Convenci n de La Haya (que suprime la exigencia de legalizaci n de documentos p blicos extranjeros aprobada mediante la Ley N ): la legalizaci n deber ser practicada por autoridad consular argentina.

6 O Cuando se trate de actos celebrados en pa ses signatarios de la Convenci n mencionada en el punto anterior: la documentaci n deber contar con la pertinente "apostilla" que dispone el primer p rrafo del Art culo 3 del referido tratado, en tanto se tratare de: Documentos emitidos por una autoridad o un funcionario perteneciente a un tribunal del estado signatario, inclusive los extendidos por un fiscal de justicia, un secretario o un oficial de justicia. Documentos administrativos. Actas notariales. Certificaciones oficiales en documentos firmados por personas privadas (tal como la certificaci n del registro de un documento o de una fecha determinada) y la autenticaci n de firmas en documentos de car cter privado.

7 Cuando se trate de documentos no comprendidos en los anteriores, la legalizaci n deber ser practicada por autoridad consular argentina. Requisitos 3 La traducci n certificada por traductor p blico nacional matriculado en la Rep blica Argentina -la que deber comprender inclusive, el texto de la apostilla mencionada precedentemente-, cuando la documentaci n aportada est redactada en idioma extranjero. Personas de existencia visible y sucesiones indivisas: Formulario de declaraci n jurada N 663 -Nuevo Modelo- De ser presentado por personas autorizadas, apoderados o representantes legales, corresponder acompa ar la documentaci n que acredite el car cter invocado.

8 Personas de existencia visible Los argentinos nativos o naturalizados: o Documento Nacional de Identidad (DNI) o Libreta C vica (LC) o o Libreta de Enrolamiento (LE). Los extranjeros, seg n la condici n de que se trate: o Residentes en el pa s: Documento Nacional de Identidad (DNI), o, de no poseerlo, C dula de identidad, argentinos, o Certificado o comprobante con el n mero de expediente asignado por la Direcci n Nacional de Migraciones, donde conste el car cter de su residencia. o No residentes en el pa s: pasaporte. o No residentes de pa ses lim trofes: c dula de identidad de sus pa ses de origen.

9 O No residentes que no hayan ingresado al territorio nacional y operen desde el exterior: fotocopia del pasaporte o documento del pa s de origen, en caso de no poseer pasaporte. o La presentaci n la efectuar el representante legal, apoderado o, en su caso, mandatario, quien deber poseer CLAVE Unica de identificaci n Tributaria ( ), C digo Unico de identificaci n Laboral ( ) o CLAVE de identificaci n ( ) y domicilio en el pa s. Sucesiones indivisas Documentaci n que acredite la condici n de administrador de la sucesi n. Copia del certificado de defunci n del causante.

10 Requisitos 4 Copia de la car tula del juicio sucesorio, donde conste el n mero de expediente, juzgado y secretar a de radicaci n. Marco normativo: Resoluci n General DGI N 3995/1995


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