Example: quiz answers

CENTROS DE DÍA PARA LA ATENCIÓN …

CENTROS DE D A PARA LA ATENCI N A INFANCIA Y ADOLESCENCIA EN RIESGO DE DESPROTECCI N Y DESPROTECCI N MODERADA23El Gobierno de Cantabria y los Servicios Sociales de Atenci n Primaria (SSAP) dependientes de las entidades locales vienen colaborando en el desarrollo de actuaciones dirigidas a mejorar las condiciones de vida de los ni os, ni as y adolescentes de la comunidad aut noma, especialmente la de aquellos y aquellas que se encuentran en situaciones de desprotecci l nea de colaboraci n se ha visto potenciada, en los ltimos a os, con la elaboraci n del MANUAL CANTABRIA DE ACTUACI N EN SITUACIONES DE DESPROTECCI N INFANTIL y con la aprobaci n, en abril de 2007, del PLAN DE ACCI N PARA LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA EN DIFICULTAD SOCIAL (2007-2009).Estos dos documentos se han convertido en elementos esenciales para promover un modelo de intervenci n que prima el desarrollo de programas de implantaci n comunitaria en el que se considere esencial el desarrollo de servicios ubicados en la cercan a de las familias, integrados en la propia comunidad local, y con un modelo no solo reactivo (a demanda de los ciudadanos y ciudadanas y de los casos detectados) sino tambi n proactivo (realizando actividades de prevenci n.)

4 a evitar o reducir las causas que provocan la aparición de situaciones de desprotección infantil” el PLAN DE INFANCIA prevé la creación de una red de Centros de Día dependientes de las corporaciones locales.

Tags:

  Centros

Information

Domain:

Source:

Link to this page:

Please notify us if you found a problem with this document:

Other abuse

Transcription of CENTROS DE DÍA PARA LA ATENCIÓN …

1 CENTROS DE D A PARA LA ATENCI N A INFANCIA Y ADOLESCENCIA EN RIESGO DE DESPROTECCI N Y DESPROTECCI N MODERADA23El Gobierno de Cantabria y los Servicios Sociales de Atenci n Primaria (SSAP) dependientes de las entidades locales vienen colaborando en el desarrollo de actuaciones dirigidas a mejorar las condiciones de vida de los ni os, ni as y adolescentes de la comunidad aut noma, especialmente la de aquellos y aquellas que se encuentran en situaciones de desprotecci l nea de colaboraci n se ha visto potenciada, en los ltimos a os, con la elaboraci n del MANUAL CANTABRIA DE ACTUACI N EN SITUACIONES DE DESPROTECCI N INFANTIL y con la aprobaci n, en abril de 2007, del PLAN DE ACCI N PARA LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA EN DIFICULTAD SOCIAL (2007-2009).Estos dos documentos se han convertido en elementos esenciales para promover un modelo de intervenci n que prima el desarrollo de programas de implantaci n comunitaria en el que se considere esencial el desarrollo de servicios ubicados en la cercan a de las familias, integrados en la propia comunidad local, y con un modelo no solo reactivo (a demanda de los ciudadanos y ciudadanas y de los casos detectados) sino tambi n proactivo (realizando actividades de prevenci n, detecci n y coordinaci n).

2 De este modo, ser posible realizar un trabajo con las familias basado en el apoyo cercano, el empleo de recursos locales y con un uso m s eficiente de las a esta opci n por un modelo de implantaci n comunitaria, resulta importante se alar como deben ser prioritarias aquellas respuestas que permitan respetar el derecho que todo ni o, ni a o adolescente tiene a vivir en una familia. Este derecho comienza especialmente por tratar de abordar las situaciones de desprotecci n infantil desde una respuesta de apoyo a las familias que les permita, con el adecuado control y asesoramiento, mantener la convivencia con sus hijos e hijas y desarrollar las competencias de parentalidad necesarias para garantizar su educaci n y su bienestar, siempre que ello no ponga en peligro la seguridad de los ni os, ni as o este marco resulta esencial el desarrollo en los SSAP del PROGRAMA DE ATENCI N A LA INFANCIA Y FAMILIA previsto en el art culo 15 de la Ley de Derechos y Servicios Sociales y que tiene como objetivo la intervenci n con menores de edad y sus familias cuando stos se encuentren en situaciones de riesgo o desprotecci n moderada para asegurar su normal desarrollo.

3 Y que entre las diferentes actuaciones que se pueden incluir dentro de l est el servicio de Centro de D el fin de potenciar este nuevo recurso y de poner a disposici n de los SSAP programas que ayuden presentaci n4a evitar o reducir las causas que provocan la aparici n de situaciones de desprotecci n infantil el PLAN DE INFANCIA prev la creaci n de una red de CENTROS de D a dependientes de las corporaciones locales. Incluyendo: Elaboraci n de un proyecto de marco de funcionamiento de los CENTROS de D a. Definici n de unos requisitos m nimos para la apertura de CENTROS de D a. Elaboraci n de una cartera b sica de programas a desarrollar en los CENTROS de D a. Implantaci n y supervisi n peri dica del SERAR como instrumento de recogida de la informaci n relativa a los ni os, ni as y adolescentes atendidos en los CENTROS de D PROYECTO MARCO, elaborado por la Direcci n General de Pol ticas Sociales en colaboraci n con los SSAP de los ayuntamientos de Santo a y Cabez n de la Sal y de la Mancomunidad de Li bana y Pe arrubia y la Secci n de Recursos Comunitarios de la Direcci n General de Servicios Sociales, responde a las previsiones del Plan de Infancia y quiere convertirse en un documento til para las corporaciones locales interesadas en poner en marcha este servicio, ya que en l se desarrollan los contenidos b sicos del servicio de Centro de D a de la cartera de servicios1 de la Ley de Derechos y Servicios Art culo 27 CARTERA DE SERVICIOS SOCIALES.

4 Servicio de centro de d a y de centro de noche para menores en situaci n de riesgo o desprotecci n moderada. Estar dirigido a atender a personas menores de edad durante alg n per odo del d a o de la noche de forma complementaria a su horario escolar obligatorio, asegur ndoles la cobertura de sus necesidades b sicas, cuando existan razones que dificulten su cuidado adecuado en el n cleo familiar. Este servicio ser una prestaci n garantizada y se requerir la contribuci n de las personas que ejerzan la tutela legal en la financiaci n del mismo. 5indicePAG7siete1. MARCO NORMATIVO Y DEFINICI Normativa b Normativa Normativa Normativa auton Actuaci n de las entidades locales. Situaciones de riesgo de desprotecci Situaciones de desprotecci n Definici Objetivo Objetivos espec Objetivos en funci n del Plan de POBLACI N Criterios de inclusi Criterios de no inclusi Criterios de exclusi Equipo de los Equipo de atenci n GESTI N Y PARTICIPACI Gesti n y administraci Organizaci n de los y las Soportes Participaci n de los ni os, ni as y Tutor Participaci n de las y cinco6.

5 MODELO Principios de la actuaci n Proceso de intervenci Evaluaci n Programaci Intervenci Valoraci Atenci n a las Utilizaci n de la disciplina Promoci n de la Instrumentos b sicos para la intervenci Proyecto educativo Actividades y Tutor Promoci n del desarrollo personal y H bitos de Tiempo libre y participaci n y cinco7. SISTEMAS DE EVALUACI Evaluaci n del Memoria Plan Evaluaci n de Evaluaci n de Evaluaci n de resultados a largo y nueveANEXOS1. Plan de Caso de apoyo espec fico al menor .2. Reglamento de Escalas de Bienestar Gui n de Informe de Normativa67La consideraci n social y jur dica de la infancia y la adolescencia ha variado sustancialmente en las ltimas d cadas, produci ndose, tras las aprobaci n de la Constituci n Espa ola de 1978, una intensa actividad legislativa que ha renovado el ordenamiento jur dico para adecuarlo tanto a las previsiones de la Constituci n como a los principios recogidos en la Convenci n de los Derechos del Ni o de Constituci n Espa ola de 1978 al enumerar en el cap tulo III del T tulo I los principios rectores de la pol tica social y econ mica establece, en su art culo 39, la obligaci n de los Poderes P blicos de asegurar la protecci n social, econ mica y jur dica de la familia y dentro de sta con car cter singular la de los ni os.

6 Ni as y las transformaciones del Sistema de Atenci n Social a la Infancia cobran su m xima expresi n legislativa con la aprobaci n de la Ley Org nica 1/1996, de 15 de Enero, de Protecci n Jur dica del Menor de modificaci n parcial del C digo Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Ley recoge nuevos elementos que profundizan en la garant a de la protecci n de la infancia y la adolescencia, consider ndolos sujetos activos, participativos y creativos, con capacidad de modificar su propio medio personal y social, de participar en la b squeda y satisfacci n de sus necesidades y en la satisfacci n de las necesidades de los dem Ley reconoce, asimismo, las aportaciones del conocimiento cient fico actual sobre la relaci n existente entre las necesidades de protecci n y las necesidades relacionadas con la autonom a del sujeto, disponiendo que la mejor forma de garantizar social y jur dicamente la protecci n a menores es la de promover su autonom a como sujetos, de tal forma que stos puedan ir construyendo progresivamente una percepci n de control acerca de su situaci n personal y de su proyecto de continuaci n se recoge la normativa b sica del actual marco jur dico regulador de los derechos de la infancia y la adolescencia y de las actuaciones de las entidades p NORMATIVA B NORMATIVA INTERNACIONALLa Comunidad Internacional ha elaborado y adoptado normas sobre los derechos humanos en las que se contienen instrumentos pol tico-jur dicos destinados a la atenci n a la infancia y la adolescencia.

7 Entre los textos internacionales m s relevantes destacan:MARCO NORMATIVO Y DEFINICION18 La Convenci n sobre los Derechos del Ni o, firmada en Nueva York el 20 de noviembre de 1989 y ratificada por Espa a el 30 de noviembre de 1990, constituy el primer instrumento jur dico convencional con fuerza vinculante en el que, de una manera global y gen rica, se reconoc a el conjunto de los derechos de los ni os, ni as y adolescentes y se establec an los mecanismos de protecci n al efecto. A partir de este momento, comienza un importante desarrollo legislativo relativo al reconocimiento de los derechos de la infancia y la adolescencia y la protecci n de los mismos. La Carta Europea de Derechos del Ni o aprobada por el Parlamento Europeo en 1992, en la que, adem s de solicitar a los Estados miembros que se adhieran sin reservas a la Convenci n sobre los Derechos del Ni o de 1989, y bas ndose en sta, se enumeran una serie de principios que afectan a los ni os de la Comunidad NORMATIVA ESTATALLas funciones que desde los SSAP se vienen ejerciendo en el mbito de la acci n protectora de la infancia y la adolescencia en desprotecci n, responden a las competencias asignadas a la Administraci n Local conforme al siguiente marco legislativo: La Constituci n Espa ola de 1978, en su art culo 39 (T tulo I, Cap tulo III), establece la obligaci n de los Poderes P blicos de asegurar la protecci n social, econ mica y jur dica de la familia y dentro de sta con car cter singular la de los ni os, ni as y adolescentes.

8 La Ley 7/1985 de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de R gimen Local dispone que el Municipio ejercer , en todo caso, competencias en los t rminos de la legislaci n del Estado y de las Comunidades Aut nomas en materia de prestaci n de Servicios Sociales y de promoci n y reinserci n social. La Ley 21/1987, de 11 de noviembre, por la que se modifican determinados art culos del C digo Civil y de la ley de Enjuiciamiento Civil en materia de adopci n, modifica el tratamiento de las situaciones de desprotecci n infantil desjudicializ ndolo y deriv ndolo hacia el sistema de Servicios Sociales. La Ley Org nica 1/1996, de 15 de enero, de Protecci n Jur dica del Menor, regula los principios generales de actuaci n frente a situaciones de desprotecci n social, incluyendo la obligaci n de la entidad p blica de investigar los hechos que conozca para corregir la situaci n mediante la intervenci n de los Servicios Sociales o, en su caso, asumiendo la tutela del ni o, ni a o adolescente por ministerio de la Ley.

9 La Ley Org nica 5/2000, de 12 de enero, de Responsabilidad Penal de los Menores, de aplicaci n a las personas mayores de 14 y menores de 18 a os, por la comisi n de hechos tipificados como falta o delito en el C digo Penal y en las leyes penales especiales. Regula el procedimiento y las medidas aplicables a los y las adolescente infractores de acuerdo, entre otros, a los principios de responsabilidad juvenil, reeducaci n y oportunidad reglada, permitiendo, en muchas ocasiones, que el o la adolescente salga del mbito penal sancionador para pasar al sistema p blico de protecci NORMATIVA AUTON MICALa Constituci n Espa ola en el art. 148 faculta a las Comunidades Aut nomas a asumir en plenitud competencias en materia de asistencia social, y en virtud de ello se desarrollan normativas referentes a la protecci n de la infancia y la adolescencia: El Estatuto de Autonom a para Cantabria, en el art.

10 Recoge la competencia exclusiva en materia de atenci n y protecci n de los ni os, ni as y adolescentes residentes en el territorio de la Comunidad Aut noma. Esto comporta la constituci n y aplicaci n de los distintos instrumentos que dan lugar a la acci n protectora de la Administraci n; todo ello con el objetivo final de conseguir un mayor nivel de bienestar para la infancia y la adolescencia. La Ley 2/2007, de 27 de marzo, de Derechos y Servicios Sociales, que regula el Sistema P blico de Servicios Sociales en nuestra Comunidad, recoge en el art. 15 la obligaci n de los SSAP de contar con un programa de atenci n a la infancia y familia, dirigido a atender a ni os, ni as y adolescentes en riesgo de desprotecci n y/o desprotecci n Ley 7/1999, de 28 de abril, de Protecci n de la Infancia y Adolescencia, actualmente en revisi n, entronca con una corriente legislativa muy extendida en el momento de su aprobaci n que ha ido reconociendo la existencia de una serie de derechos de los que son titulares los ni os, ni as y adolescentes, concediendo, a su vez, a los poderes p blicos amplias potestades para que, en caso de que las personas encargadas de velar por su bienestar (titulares de la patria potestad o tutores) incumplan sus deberes, pueda intervenir la Administraci n


Related search queries