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ESPECIFICACIONES PARTICULARES PARA …

MT Edici n 2A Fecha: Septiembre, 2013 MANUAL T CNICO DE DISTRIBUCI N ESPECIFICACIONES PARTICULARES PARA INSTALACIONES DE ENLACE MT Edici n 2A Fecha: Septiembre, 2013 MANUAL T CNICO DE DISTRIBUCI N ESPECIFICACIONES PARTICULARES PARA INSTALACIONES DE ENLACE NDICE P gina 0 INTRODUCCI N .. 2 1 OBJETO .. 2 2 CAMPO DE APLICACI N .. 3 3 REGLAMENTACI N Y DISPOSICIONES OFICIALES .. 3 CAPITULO I - INSTALACIONES DE ENLACE 1 CARACTER STICAS .. 4 Tensi n de suministro .. 4 2 Elementos de las instalaciones de enlace de un edificio .. 4 Acometida .. 6 Caja General de Protecci n (CGP).

mt 2.80.12 edición 2a fecha: septiembre, 2013 manual tÉcnico de distribuciÓn especificaciones particulares para instalaciones de enlace

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1 MT Edici n 2A Fecha: Septiembre, 2013 MANUAL T CNICO DE DISTRIBUCI N ESPECIFICACIONES PARTICULARES PARA INSTALACIONES DE ENLACE MT Edici n 2A Fecha: Septiembre, 2013 MANUAL T CNICO DE DISTRIBUCI N ESPECIFICACIONES PARTICULARES PARA INSTALACIONES DE ENLACE NDICE P gina 0 INTRODUCCI N .. 2 1 OBJETO .. 2 2 CAMPO DE APLICACI N .. 3 3 REGLAMENTACI N Y DISPOSICIONES OFICIALES .. 3 CAPITULO I - INSTALACIONES DE ENLACE 1 CARACTER STICAS .. 4 Tensi n de suministro .. 4 2 Elementos de las instalaciones de enlace de un edificio .. 4 Acometida .. 6 Caja General de Protecci n (CGP).

2 6 L nea general de alimentaci n (LGA) .. 14 Centralizaci n de contadores .. 16 Derivaci n Individual (DI) .. 20 Caja para el interruptor control de potencia (ICP).. 22 Cuadro de dispositivos generales e individuales de mando y protecci n .. 22 Sistema de puesta a tierra en edificios .. 23 CAP TULO II C LCULOS EL CTRICOS 1 DATOS B SICOS .. 25 2 INTENSIDAD DE CORTOCIRCUITO PREVISTA EN EL ORIGEN DE LA INSTALACI N .. 25 3 N MERO DE CAJAS GENERALES DE PROTECCI N .. 25 4 C LCULO DE LAS L NEAS GENERALES DE ALIMENTACI N Y DE LAS DERIVACIONES INDIVIDUALES .. 26 C lculo de la secci n del conductor por temperatura m 26 C lculo de la secci n del conductor por ca da de tensi n.

3 28 C lculo de la longitud m xima del conductor para su protecci n frente a cortocircuitos.. 28 5 PREVISI N DE CARGAS .. 30 Previsi n de cargas .. 30 CAP TULO III - CARACTER STICAS DE LOS MATERIALES E INSTALACI N DE LOS ELEMENTOS 1 Caracter sticas .. 33 CAP TULO IV - MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ENLACE 1 Mantenimiento .. 34 ANEXO A: RELACI N DE DOCUMENTOS DE IBERDROLA .. 35 1 Obligado cumplimiento 2 Car cter informativo 2/35 MT (13-09) 0 INTRODUCCI N La LEY 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector El ctrico en su art. 51 Normas t cnicas y de seguridad de las instalaciones", recoge, entre otras, la obligaci n de las empresas el ctricas a ajustarse a las normas t cnicas y de seguridad de conformidad a lo previsto en la Ley 21/1992, de Industria, sin perjuicio de lo previsto en la normativa auton mica correspondiente.

4 Por ltimo el Real Decreto 842/2002 del 2 de agosto de 2002, aprob el Reglamento Electrot cnico de Baja Tensi n y sus Instrucciones T cnicas Complementarias (ITC-BT). En este Reglamento se definen, regulan y describen los elementos de las redes de distribuci n y de las Instalaciones de Enlace, as como las obligaciones de las Empresas El ctricas, los solicitantes y los clientes en cuanto a estas instalaciones se refiere. En el art culo 14 del citado Reglamento se indica que: "Las Empresas suministradoras podr n proponer ESPECIFICACIONES sobre la construcci n y montaje de acometidas, l neas generales de alimentaci n, instalaciones de contadores y derivaciones individuales, se alando en ellas las condiciones t cnicas de car cter concreto que sean precisas para conseguir mayor homogeneidad en las redes de distribuci n y las instalaciones de los abonados".

5 Estas ESPECIFICACIONES deber n ajustarse, en cualquier caso, a los preceptos del Reglamento, y deber n ser aprobadas por el centro directivo competente en materia de seguridad industrial del Ministerio de Industria, Energ a y Turismo, para el caso de IBERDROLA de aplicarse en m s de una Comunidad Aut noma. Como consecuencia de todo lo anteriormente expuesto, se plantea la necesidad de regular y someter a la aprobaci n de la Administraci n las caracter sticas t cnicas a que deben ajustarse las nuevas instalaciones de Enlace a conectar a la red de distribuci n de IBERDROLA, con el fin de garantizar la calidad de estas instalaciones.

6 Esta norma ser de obligado cumplimiento en el mbito de Iberdrola pero esto no presupone que se trata de un documento cerrado y est tico sino por el contrario abierto a cualquier innovaci n y cuando la experiencia adquirida en su aplicaci n o el desarrollo tecnol gico as lo aconsejen, la presente Norma deber ser revisada o ampliada y sometida a aprobaci n por el Ministerio de Industria, Energ a y Turismo. 1 OBJETO El objeto de la presente norma es regular las caracter sticas t cnicas a que deben ajustarse las nuevas Instalaciones de enlace a conectar a la red de distribuci n de IBERDROLA.

7 En esta norma se recoge y ordena toda la normativa t cnica existente en IBERDROLA, relativa a instalaciones de enlace, de modo que su unificaci n en el mbito de IBERDROLA facilite: - Las relaciones entre Empresa y peticionarios, al especificar detalladamente los aspectos t cnicos. - La seguridad de las personas y las instalaciones. - La unificaci n y facilidad de repuesto de los materiales utilizados. - La mejora de la calidad del servicio. - La optimizaci n de las inversiones a realizar en las instalaciones el ctricas, gracias a un mayor nivel de normalizaci n. - Facilitar la labor de instaladores, t cnicos en electricidad, promotores y cuantos est n interesados en los problemas que plantea la distribuci n de energ a el ctrica en la edificaci n.

8 - Aclarar y solucionar problemas en relaci n con el proyecto y ejecuci n de las instalaciones. - Unificaci n de criterios en las diferentes zonas de Iberdrola. 3/35 MT (13-09) 2 CAMPO DE APLICACI N Este documento se aplicar a todas las Instalaciones de Enlace a conectar a la Red de Distribuci n de IBERDROLA, a partir de la publicaci n de este documento. Asimismo, se aplicar a las modificaciones o reparaciones de importancia tal y como se definen stas en el ART. 2 del REBT. No se aplicar esta norma a: - Las instalaciones interiores o receptoras propiedad del cliente, cuya conservaci n y explotaci n sean efectuadas directamente por l en los suministros baja tensi n.

9 - En general. a instalaciones de cualquier tipo, que est n sujetas a otra reglamentaci n espec fica. 3 REGLAMENTACI N Y DISPOSICIONES OFICIALES - Real Decreto 1955/2000, del 1 de diciembre de 2000, por el que se regulan las Actividades de Transporte, Distribuci n, Comercializaci n, Suministro y Procedimientos de Autorizaci n de Instalaciones de Energ a El ctrica, - Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector El ctrico. - Reglamento Electrot cnico para Baja Tensi n aprobado por Decreto 842/2002 de 2 de agosto, publicado en el BOE n 224 del 18 de setiembre de 2002. - Ley 48/1998 de 30 de diciembre sobre procedimientos de contrataci n en los sectores del agua, la energ a, los transportes y las telecomunicaciones, por la que se incorporan al ordenamiento jur dico espa ol las directivas 93/38 CEE y 92/13 CEE.

10 - Normas UNE de referencia en el Reglamento Electrot cnico de Baja Tensi n - REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el C digo T cnico de la Edificaci n. 4/35 MT (13-09) CAPITULO I INSTALACIONES DE ENLACE 1 CARACTER STICAS Son instalaciones de enlace las que unen la caja general de protecci n, o cajas generales de protecci n, incluidas estas, con las instalaciones interiores o receptoras del usuario. Se componen de: caja general de protecci n, l nea general de alimentaci n, elementos para la ubicaci n de contadores, derivaci n individual, caja para interruptor control de potencia y dispositivos generales de mando y protecci n.


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