Example: stock market

GUÍA TÉCNICA DE APLICACIÓN: REGLAMENTO DE …

MINISTERIO DE GU A T CNICA DE APLICACI N: INDUSTRIA, REGLAMENTO DE seguridad CONTRA Edici n: Oct 07. TURISMO Y INCENDIOS EN LOS Revisi n: 0. COMERCIO ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES. GU A T CNICA DE APLICACI N: REGLAMENTO DE seguridad . CONTRA INCENDIOS EN LOS. ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES. (REAL DECRETO 2267/2004, de 3 de diciembre). 1. MINISTERIO DE GU A T CNICA DE APLICACI N: INDUSTRIA, REGLAMENTO DE seguridad CONTRA Edici n: Oct 07. TURISMO Y INCENDIOS EN LOS Revisi n: 0. COMERCIO ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES. REAL DECRETO 2267/2004, de 3 de diciembre por el que se aprueba el REGLAMENTO de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales.. 5. Art culo nico. Aprobaci n del REGLAMENTO .. 6. Disposici n adicional primera. Gu a t cnica.. 6. Disposici n adicional segunda. Sistemas de autoprotecci n y de gesti n de seguridad .. 6. Disposici n transitoria nica. R gimen de aplicaci n.. 7.

ministerio de industria, turismo y comercio guÍa tÉcnica de aplicaciÓn: reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales

Tags:

  Reglamento, Reglamento de, Seguridad, Reglamento de seguridad

Information

Domain:

Source:

Link to this page:

Please notify us if you found a problem with this document:

Other abuse

Transcription of GUÍA TÉCNICA DE APLICACIÓN: REGLAMENTO DE …

1 MINISTERIO DE GU A T CNICA DE APLICACI N: INDUSTRIA, REGLAMENTO DE seguridad CONTRA Edici n: Oct 07. TURISMO Y INCENDIOS EN LOS Revisi n: 0. COMERCIO ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES. GU A T CNICA DE APLICACI N: REGLAMENTO DE seguridad . CONTRA INCENDIOS EN LOS. ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES. (REAL DECRETO 2267/2004, de 3 de diciembre). 1. MINISTERIO DE GU A T CNICA DE APLICACI N: INDUSTRIA, REGLAMENTO DE seguridad CONTRA Edici n: Oct 07. TURISMO Y INCENDIOS EN LOS Revisi n: 0. COMERCIO ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES. REAL DECRETO 2267/2004, de 3 de diciembre por el que se aprueba el REGLAMENTO de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales.. 5. Art culo nico. Aprobaci n del REGLAMENTO .. 6. Disposici n adicional primera. Gu a t cnica.. 6. Disposici n adicional segunda. Sistemas de autoprotecci n y de gesti n de seguridad .. 6. Disposici n transitoria nica. R gimen de aplicaci n.. 7.

2 Disposici n final primera. Titulo competencial.. 8. Disposici n final segunda. Facultad de 8. Disposici n final tercera. Entrada en 8. CAP TULO I. Objeto y mbito de aplicaci 9. Art culo 1. Objeto.. 9. Art culo 2. mbito de aplicaci 12. Art culo 3. Compatibilidad reglamentaria.. 16. CAP TULO II. R gimen de implantaci n, construcci n y puesta en servicio .. 17. Art culo 4. Proyectos de construcci n e implantaci 17. Art culo 5. Puesta en marcha del establecimiento 19. CAP TULO III. Inspecciones peri dicas .. 19. Art culo 6. Inspecciones.. 19. Art culo 7. Periodicidad.. 21. Art culo 8. Programas especiales de inspecci n.. 22. Art culo 9. Medidas correctoras.. 22. CAP TULO IV. Actuaci n en caso de 23. Art culo 10. Comunicaci n de incendios.. 23. Art culo 11. Investigaci n de 24. CAP TULO V. Condiciones y requisitos que deben satisfacer los establecimientos industriales en relaci n con su seguridad contra incendios.

3 24. Art culo 12. Caracterizaci n.. 24. Art culo 13. Condiciones de la construcci n.. 24. Art culo 14. Requisitos de las 25. Art culo 15. Normalizaci n.. 25. Art culo 16. Gu a t 26. CAP TULO VI. Responsabilidad y sanciones .. 26. Art culo 17. 26. ANEXO I. CARACTERIZACI N DE LOS ESTABLECIMIENTOS. INDUSTRIALES EN RELACI N CON LA seguridad CONTRA INCENDIOS.. 32. 1. 32. 2. Caracter sticas de los establecimientos industriales por su configuraci n y ubicaci n con relaci n a su 32. 2. MINISTERIO DE GU A T CNICA DE APLICACI N: INDUSTRIA, REGLAMENTO DE seguridad CONTRA Edici n: Oct 07. TURISMO Y INCENDIOS EN LOS Revisi n: 0. COMERCIO ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES. 3. Caracterizaci n de los establecimientos industriales por su nivel de riesgo intr nseco.. 36. ANEXO II. REQUISITOS CONSTRUCTIVOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS. INDUSTRIALES SEG N SU CONFIGURACI N, UBICACI N Y NIVEL DE. RIESGO INTR NSECO .. 61. Definiciones.

4 61. A. Fachadas accesibles .. 61. A. 1. Condiciones del entorno de los edificios.. 62. Condiciones de aproximaci n de 63. B. Estructura portante.. 63. C. Estructura principal de cubierta y sus 63. D. Cubierta ligera.. 64. E. Carga 64. 1. Ubicaciones no permitidas de sectores de incendio con actividad 64. 2. Sectorizaci n de los establecimientos industriales.. 65. 3. Materiales.. 67. 4. Estabilidad al fuego de los elementos constructivos 70. 5. Resistencia al fuego de elementos constructivos de cerramiento.. 78. 6. Evacuaci n de los establecimientos industriales.. 88. 7. Ventilaci n y eliminaci n de humos y gases de la combusti n en los edificios industriales.. 102. 8. 104. 9. Instalaciones t cnicas de servicios de los establecimientos industriales.. 106. 10. Riesgo de fuego forestal.. 107. ANEXO III. REQUISITOS DE LAS INSTALACIONES DE PROTECCI N. CONTRA INCENDIOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES.

5 108. 3. Sistemas autom ticos de detecci n de incendio.. 108. 4. Sistemas manuales de alarma de incendio.. 110. 5. Sistemas de comunicaci n de alarma.. 110. 6. Sistemas de abastecimiento de agua contra incendios.. 111. 7. Sistemas de hidrantes 114. 8. Extintores de 116. 9. Sistemas de bocas de incendio 119. 10. Sistemas de columna seca.. 120. 11. Sistemas de rociadores autom ticos de agua.. 121. 12. Sistemas de agua pulverizada.. 122. 13. Sistemas de espuma f sica.. 122. 14. Sistemas de extinci n por polvo.. 122. 15. Sistemas de extinci n por agentes extintores gaseosos.. 122. 16. Sistemas de alumbrado de 123. 17. Se alizaci 124. ANEXO IV. RELACI N DE NORMAS UNE DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO. EN LA APLICACI N DEL REGLAMENTO DE seguridad CONTRA. INCENDIOS EN LOS ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES .. 125. 3. MINISTERIO DE GU A T CNICA DE APLICACI N: INDUSTRIA, REGLAMENTO DE seguridad CONTRA Edici n: Oct 07.

6 TURISMO Y INCENDIOS EN LOS Revisi n: 0. COMERCIO ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES. ANEXOS A LA GU 127. ANEXO A. NORMAS ARMONIZADAS CON LA DIRECTIVA 89/106/CEE DE. PRODUCTOS DE CONSTRUCCI N RELACIONADAS CON EL RIPCI .. 128. ANEXO B. NORMA (DOCUMENTO, PROTOCOLO) DE ENSAYO ESPA OLA .. 135. 4. MINISTERIO DE GU A T CNICA DE APLICACI N: INDUSTRIA, REGLAMENTO DE seguridad CONTRA Edici n: Oct 07. TURISMO Y INCENDIOS EN LOS Revisi n: 0. COMERCIO ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES. REAL DECRETO 2267/2004, de 3 de diciembre por el que se aprueba el REGLAMENTO de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales. Este REGLAMENTO tiene por objeto conseguir un grado suficiente de seguridad en caso de incendio en los establecimientos e instalaciones de uso industrial. La presencia del riesgo de incendio en los establecimientos industriales determina la probabilidad de que se desencadenen incendios, generadores de da os y p rdidas para las personas y los patrimonios, que afectan tanto a ellos como a su entorno.

7 La Norma b sica de la edificaci n, aprobada por el Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre, establece las condiciones que deben reunir los edificios, excluidos los de uso industrial, para proteger a sus ocupantes frente a los riesgos originados por un incendio y para prevenir da os a terceros. El 29 de septiembre de 2006 qued derogada la NBE/CPI96 por lo que se deber . aplicar, en sustituci n de la misma, el C digo T cnico de la Edificaci n (CTE). seguridad en caso de incendio (SI). La regulaci n de las condiciones que deben cumplir los aparatos, equipos y sistemas, as como su instalaci n y mantenimiento, adem s de la regulaci n de los instaladores y mantenedores, est prevista en el REGLAMENTO de instalaciones de protecci n contra incendios, aprobado por el Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, y en la Orden de 16 de abril de 1998. El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio trata, adem s, de regular las condiciones de protecci n contra incendios en los establecimientos industriales con car cter horizontal, es decir, que sean de aplicaci n en cualquier sector de la actividad industrial.

8 La Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la Sentencia de 27 de octubre de 2003, al estimar el recurso contencioso-administrativo n. 495/2001, declara nulo, por defecto de forma, el anterior REGLAMENTO de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales, aprobado por el Real Decreto 786/2001, de 6 de julio. El art culo 12 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, se ocupa del contenido general de los reglamentos de seguridad , y establece, adem s, los instrumentos necesarios para la ejecuci n de este REGLAMENTO con respecto a las competencias que corresponden a otras Administraciones publicas. De acuerdo con ellas, esta regulaci n se estructura de forma que el REGLAMENTO re na las prescripciones b sicas de car cter general, para desarrollar en sus ap ndices los criterios, condiciones y requisitos aplicables, de car cter m s t cnico y, por ello, sujetos a posibles modificaciones resultantes de su desarrollo.

9 5. MINISTERIO DE GU A T CNICA DE APLICACI N: INDUSTRIA, REGLAMENTO DE seguridad CONTRA Edici n: Oct 07. TURISMO Y INCENDIOS EN LOS Revisi n: 0. COMERCIO ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES. Este real decreto ha sido sometido al procedimiento de informaci n en materia de normas y reglamentaciones t cnicas y de reglamentos relativos a los servicios de la sociedad de la informaci n, regulado en el Real Decreto 1337/1999, de 31 de julio, a los efectos de cumplir lo dispuesto en la Directiva 98/34/CE del Parlamentos Europeo y del Consejo, de 22 de junio de 1998, modificada por la Directiva 98/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de julio de 1998. Este real decreto se aprueba en ejercicio de las competencias que, en relaci n con la materia de seguridad industrial, han venido a atribuir expresamente a la Administraci n General del Estado la totalidad de los Estatutos de Autonom a, conforme ha declarado reiteradamente la jurisprudencia constitucional reca da al respecto (por todas ellas, las Sentencias del Tribunal Constitucional 2003/1992, de 26 de noviembre, y 243/1994, de 21 de julio).

10 En su virtud, a propuesta del Ministro de Industria, Turismo y Comercio, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberaci n del Consejo de Ministros en su reuni n del d a. D I S P O N G O: Art culo nico. Aprobaci n del REGLAMENTO . Se aprueba el REGLAMENTO de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales que se inserta a continuaci n. Disposici n adicional primera. Gu a t cnica. El centro directivo competente en materia de seguridad industrial del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio elaborar y mantendr actualizada una gu a t cnica de car cter no vinculante para la aplicaci n pr ctica de las disposiciones del REGLAMENTO y de sus ap ndices t cnicos, la cual podr establecer aclaraciones en conceptos de car cter general. Igualmente, autorizar el uso de gu as de dise o de reconocido prestigio para la justificaci n de soluciones t cnicas diferentes que proporcionen un nivel de seguridad equivalente.


Related search queries