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I. COMUNIDAD DE MADRID

MARTES 10 DE JULIO DE N m. 163P g. 11 BOCM-20180710-1 BOLET N OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCMI. COMUNIDAD DE MADRIDB) Autoridades y PersonalVicepresidencia, Consejer a de Presidenciay Portavoc a del Gobierno1 ORDEN 290/2018, de 27 de junio, de la Vicepresidencia, Consejer a de Presi-dencia y Portavoc a del Gobierno, por la que se aprueban las bases generalespor las que se regir n las convocatorias de procesos selectivos de personalfuncionario de Administraci n y Servicios de la COMUNIDAD de art culo del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba elreglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administraci n General del Es-tado, cuya aplicaci n es supletoria en el mbito de la COMUNIDAD de MADRID , recoge la po-sibilidad de establecer bases generales, cuya regulaci n sea aplicable, como com n deno-minador.

el ingreso y acceso a los cuerpos, escalas y, en su caso, especialidades, de personal funcio-nario de administración general y especial de la Comunidad de Madrid. 1.2. Las peculiaridades de cada proceso selectivo serán objeto de regulación en las bases específicas de las respectivas convocatorias. Segunda Normativa aplicable

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1 MARTES 10 DE JULIO DE N m. 163P g. 11 BOCM-20180710-1 BOLET N OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCMI. COMUNIDAD DE MADRIDB) Autoridades y PersonalVicepresidencia, Consejer a de Presidenciay Portavoc a del Gobierno1 ORDEN 290/2018, de 27 de junio, de la Vicepresidencia, Consejer a de Presi-dencia y Portavoc a del Gobierno, por la que se aprueban las bases generalespor las que se regir n las convocatorias de procesos selectivos de personalfuncionario de Administraci n y Servicios de la COMUNIDAD de art culo del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba elreglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administraci n General del Es-tado, cuya aplicaci n es supletoria en el mbito de la COMUNIDAD de MADRID , recoge la po-sibilidad de establecer bases generales, cuya regulaci n sea aplicable, como com n deno-minador.

2 A las diferentes convocatorias reguladoras de los procesos selectivos para elacceso al empleo p bases generales aprobadas mediante la presente Orden tienen como finalidad lahomogeneizaci n de los procesos selectivos para el acceso a cuerpos, escalas y/o especia-lidades de personal funcionario de administraci n y servicios, mediante la unificaci n decriterios y el establecimiento de medidas orientadas a una mayor agilidad en su tramitaci n,donde cobra especial importancia la simplificaci n de los formularios administrativos conel objeto de facilitar las relaciones con los ciudadanos, garantizando, en todo caso, los prin-cipios de legalidad, eficacia y publicidad que han de regir, con car cter general, en todoslos procedimientos de selecci n de empleados p blicos, y velando por que dichos procesosse desarrollen conforme a los principios de igualdad, m rito y capacidad constitucional-mente virtud de lo expuesto, en el ejercicio de las facultades otorgadas por el art cu-lo del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entrelos rganos de la Administraci n de la COMUNIDAD , de sus Organismos Aut nomos, rga-nos de Gesti n y Empresas P blicas en materia de personal, en relaci n con el Decre-to 87/2018, de 12 de junio, por el que se establece la estructura org nica de la Vicepresi-dencia, Consejer a de Presidencia y Portavoc a del Gobierno.

3 DISPONGOArt culo nicoAprobaci n de las bases generalesSe aprueban las bases generales de convocatoria de procesos selectivos de personalfuncionario de administraci n y servicios de la COMUNIDAD de MADRID , cuyo texto se inser-ta como Anexo a la presente N TRANSITORIA NICAP rocesos selectivos en cursoAquellos procesos selectivos cuya convocatoria se haya efectuado con anterioridad ala entrada en vigor de la presente Orden, continuar n rigi ndose por las bases espec ficaspor las que se 10 DE JULIO DE 2018P g. N m. 163 BOCM-20180710-1 BOLET N OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCMDISPOSICI N DEROGATORIA NICAB ases anterioresLa aprobaci n de estas bases generales deja sin efecto cualesquiera bases generales deconvocatoria de procesos selectivos de personal funcionario de administraci n y serviciosde la COMUNIDAD de MADRID que hubiesen sido aprobadas con N FINAL NICAE fectosLa presente Orden producir efectos el d a siguiente al de su publicaci n en el BOLET NOFICIAL DE LACOMUNIDAD GENERALES DE CONVOCATORIA DE PROCESOS SELECTIVOSDE PERSONAL FUNCIONARIO DE ADMINISTRACI N Y SERVICIOSDE LA COMUNIDAD DE Las presentes bases regulan los aspectos comunes a los procesos selectivos parael ingreso y acceso a los cuerpos, escalas y, en su caso, especialidades.

4 De personal funcio-nario de administraci n general y especial de la COMUNIDAD de Las peculiaridades de cada proceso selectivo ser n objeto de regulaci n en lasbases espec ficas de las respectivas aplicableLos procesos selectivos se regir n por lo establecido en las presentes bases generalesy en las bases espec ficas de cada convocatoria, siendo asimismo de aplicaci n el Real De-creto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de laLey del Estatuto B sico del Empleado P blico; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidaspara la Reforma de la Funci n P blica; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por elque se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Adminis-traci n General del Estado y de Provisi n de Puestos de Trabajo y Promoci n Profesionalde los Funcionarios Civiles de la Administraci n General del Estado; la Ley 1/1986, de 10de abril, de la Funci n P blica de la COMUNIDAD de MADRID ; el Decreto 230/2001, de 11 deoctubre, por el que se regula el acceso a la Funci n P blica de la Administraci n de la Co-munidad de MADRID de los nacionales de los dem s Estados miembros de la Uni n Europea;los Decretos de aprobaci n de las Ofertas de Empleo P blico de la COMUNIDAD de Madrida las que se encuentren vinculadas las plazas convocadas.

5 El Real Decreto Legislati-vo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Generalde derechos de las personas con discapacidad y de su inclusi n social; el Decreto 54/2006,de 22 de junio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad a la Admi-nistraci n de la COMUNIDAD de MADRID ; la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Conse-jer a de Hacienda, por la que se aprueban Instrucciones relativas al funcionamiento y actua-ci n de los Tribunales de Selecci n en el mbito de la Administraci n de la COMUNIDAD deMadrid; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com n de lasAdministraciones P blicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de R gimen Jur dico del Sec-tor P blico; el Acuerdo de Condiciones de Trabajo del Personal Funcionario de Adminis-traci n y Servicios al Servicio de la Administraci n General de la COMUNIDAD de MADRID ysus Organismos Aut nomos; y dem s normativa que resulte de aplicaci la derogaci n o modificaci n de la normativa citada, supusiera una alteraci n delcontenido de las presentes bases, se proceder a a su adaptaci 10 DE JULIO DE N m.

6 163P g. 13 BOCM-20180710-1 BOLET N OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCMT erceraPrincipio de igualdad de tratoLas convocatorias cumplir n el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombresen el acceso al empleo p blico, de acuerdo con lo que establece el art culo 14 de la Consti-tuci n Espa ola, evitando cualquier discriminaci n directa o indirecta en el acceso, tal ycomo establece la Ley Org nica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de Mu-jeres y de las convocatoriasLas convocatorias de los procesos selectivos ser n publicadas en el BOLET NOFICIALDE LACOMUNIDAD DEMADRIDy ser n objeto de difusi n, a efectos informativos, median-te los medios establecidos en el Decreto 21/2002, de 24 de enero, por el que se regula laatenci n al ciudadano en la COMUNIDAD de MADRID , as como a trav s de la p gina web dela COMUNIDAD de MADRID que se indique en las bases espec ficas de cada publicaci n de todos los actos y acuerdos que se dicten en desarrollo de los proce-sos selectivos se realizar a trav s del BOLET NOFICIAL DE LACOMUNIDAD DEMADRIDo mediante su inserci n en los tablones de anuncios se alados en las bases espec ficas, se-g n proceda, sin perjuicio de la publicidad que se dar igualmente a dichos actos, a efectosinformativos, mediante los medios establecidos en el Decreto 21/2002, de 24 de enero.

7 Asi-mismo por parte de la direcci n general con competencias en materia de funci n p blica,se proceder a dar traslado a las correspondientes organizaciones sindicales, de la informa-ci n relativa al desarrollo de los procesos publicaci n en el BOLET NOFICIAL DE LACOMUNIDAD DEMADRIDo, en su caso,en los tablones de anuncios de los actos y acuerdos que se dicten en desarrollo de los pro-cesos selectivos ser vinculante a efectos de la convocatoria para la realizaci n de los ejer-cicios de la oposici n, as como para el inicio del c mputo de cualquiera de los plazos queest n establecidos en la correspondiente de acceso y cupo de discapacidadLas convocatorias correspondientes al turno libre y al turno de promoci n interna po-dr n llevarse a cabo de manera conjunta, en una misma convocatoria, o de manera separa-da, a trav s de convocatorias independientes entre s.

8 En cada una de las convocatorias de procesos selectivos se reservar el cupo estable-cido en la Oferta de Empleo P blico para aquellas personas con discapacidad, salvo que porel escaso n mero de las plazas no fuese posible aplicar el mismo, o no puedan reservarseplazas para personas con discapacidad por exigirse en la convocatoria estar en posesi n dedeterminadas aptitudes f convocatorias determinar n el n mero de plazas que se reservar n al turno de pro-moci n interna, en el caso de que fueran convocadas conjuntamente con las del turno aspirantes s lo podr n participar por el turno libre o por el turno de promoci n in-terna, sin perjuicio de que, en su caso, puedan acceder a trav s del cupo de reserva para per-sonas con discapacidad que se pueda establecer en cada uno de ellos, de conformidad conlas bases espec ficas de las soliciten participar por el cupo de reserva de personas con discapacidad, seael general o el intelectual, nicamente podr n presentarse por este cupo.

9 La contravenci nde esta norma determinar la exclusi n del aspirante que no la hubiese plazas reservadas para el cupo de discapacidad que no sean cubiertas por los aspi-rantes de dicho cupo se incorporar n a las previstas para el turno de acceso libre y/o para elde promoci n interna, seg n plazas reservadas al turno de promoci n interna que no sean cubiertas por los as-pirantes de dicho turno por no haber obtenido la puntuaci n m nima exigida para la supe-raci n de las pruebas se acumular n a las que se ofrezcan al resto de aspirantes del turno li-bre, salvo en el caso de convocatorias independientes de promoci n 10 DE JULIO DE 2018P g. N m. 163 BOCM-20180710-1 BOLET N OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCMS extaRequisitos de los Requisitos generales:Quienes aspiren a ingresar en los cuerpos, escalas y, en su caso, especialidades objetode las convocatorias deber n poseer en el d a de finalizaci n del plazo de presentaci n desolicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesi n como funcionario de ca-rrera, los siguientes requisitos generales de participaci n, as como los que se alen las co-rrespondientes bases espec ficas de las convocatorias:a) Edad.

10 Tener cumplidos los diecis is a os de edad y no exceder, en su caso, de laedad m xima de jubilaci n forzosa o, en su caso, de la edad m xima que se esta-blezca por raz n de las caracter sticas especiales del cuerpo, escala o especialidada la que se pretende ) Nacionalidad: Deber concurrir alguna de las siguientes circunstancias: Tener la nacionalidad espa ola. Tambi n podr n participar, con excepci n de aquellos empleos p blicos quedirecta o indirectamente impliquen una participaci n en el ejercicio del poderp blico o en la salvaguardia de los intereses generales de la COMUNIDAD deMadrid y dem s excepciones contempladas en el art culo 9 del Decre-to 230/2001, de 11 de octubre: Los nacionales de los Estados Miembros de la Uni n Europea. El c nyuge de los espa oles y de los nacionales de otros Estados miembrosde la Uni n Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que noest n separados de derecho.


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