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I. COMUNIDAD DE MADRID

MI RCOLES 12 DE MARZO DE 2008P g. N m. 61I. COMUNIDAD DE MADRIDA) Disposiciones GeneralesConsejer a de Educaci n1054 DECRETO 17/2008, de 6 de marzo, del Consejo de Go-bierno, por el que se desarrollan para la COMUNIDAD deMadrid las ense anzas de la Educaci n Ley Org nica 2/2006, de 3 de mayo, de Educaci n (LOE, enadelante), en su art culo , establece que el Gobierno fijar los as-pectos b sicos del curr culo, que constituyen las ense anzas m ni-mas, con el fin de asegurar una formaci n com n y garantizar la va-lidez de los t tulos correspondientes.

3. El primer ciclo de la Educación Infantil tendrá también por finalidad dar respuesta a las necesidades de los niños y de sus fami-lias con el fin de que estas puedan conciliar la vida familiar y la la-boral y de que sus hijos sean educados a través de experiencias que, progresivamente, les faciliten la adquisición de los hábitos y destre-

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1 MI RCOLES 12 DE MARZO DE 2008P g. N m. 61I. COMUNIDAD DE MADRIDA) Disposiciones GeneralesConsejer a de Educaci n1054 DECRETO 17/2008, de 6 de marzo, del Consejo de Go-bierno, por el que se desarrollan para la COMUNIDAD deMadrid las ense anzas de la Educaci n Ley Org nica 2/2006, de 3 de mayo, de Educaci n (LOE, enadelante), en su art culo , establece que el Gobierno fijar los as-pectos b sicos del curr culo, que constituyen las ense anzas m ni-mas, con el fin de asegurar una formaci n com n y garantizar la va-lidez de los t tulos correspondientes.

2 En desarrollo de esteimperativo legal el Ministerio de Educaci n y Ciencia ha publicadoel Real Decreto 1630/2006, de 29 de diciembre, por el que se esta-blecen las ense anzas m nimas del segundo ciclo de la Educaci otro lado, la citada LOE establece en su disposici n adicionalprimera que el Gobierno aprobar el calendario de implantaci n delos curr culos de las distintas ense anzas recogidas en la Ley. Comoconsecuencia, ha sido publicado el Real Decreto 806/2006, de 30 dejunio, por el que se establece el calendario de aplicaci n de la nue-va ordenaci n del sistema educativo.

3 En esta norma se ha dispuestoque en el a o acad mico 2008-2009 se implantar n las ense anzascorrespondientes al primer y segundo ciclo de la Educaci n , a tenor de lo establecido en los art culos y dela LOE, corresponde a las Administraciones educativas competen-tes la determinaci n de los contenidos educativos del primer ciclo yel establecimiento del curr culo del segundo ciclo de la Educaci nInfantil, del que formar n parte las ense anzas m nimas fijadas porel Ministerio de Educaci n y Ciencia en el Real Decreto 1630/2006,de 29 de diciembre, ya COMUNIDAD de MADRID , al amparo de lo previsto en el art cu-lo 29 del Estatuto de Autonom a, es competente en materia de edu-caci n no universitaria y le corresponde, por tanto, establecer lasnormas que, respetando las competencias estatales, desarrollen losaspectos que han de ser de aplicaci n en su mbito , pues, que la COMUNIDAD de MADRID apruebe la normati-va que, por un lado, integre y respete lo previsto en el Real Decre-to 1630/2006, de 29 de diciembre, y, por otro.

4 Desarrolle esos aspec-tos de acuerdo con la potestad que le ha sido atribuida, regulando lapr ctica educativa en la Educaci n Infantil dentro del mbito terri-torial de esta COMUNIDAD Aut contenidos educativos para el primer ciclo de la etapa esta-blecidos en el presente Decreto recogen los mbitos de desarrollo yexperiencia a los que, fundamentalmente, deber n atenderse en esteprimer tramo de la Educaci n su parte, el curr culo para el segundo ciclo de la etapa que seconcreta en el presente Decreto incluye una introducci n generalcon indicaciones de car cter metodol gico y, para cada una de las reas, una introducci n con orientaciones espec ficas.

5 Los objetivosque deben alcanzar los alumnos, los contenidos educativos distribui-dos en las correspondientes reas relacionadas con los diferentes mbitos de conocimiento y experiencias, y los criterios de evalua-ci n, por los que se medir el desarrollo de las capacidades y el lo-gro de los objetivos marcados en el curr ltimo, corresponder a los centros docentes, respondiendo alprincipio de autonom a pedag gica, de organizaci n y de gesti nque les otorga la LOE, desarrollar y completar tanto los contenidoseducativos para el primer ciclo como el curr culo para el segundo ci-clo establecido en esta norma, adapt ndolo a las caracter sticas delalumnado e incorpor ndolo al proyecto educativo, de modo que to-dos los alumnos puedan lograr los resultados que sus capacidadesles permitan.

6 Conviene se alar, a este respecto, que las agrupacio-nes en que se presentan los contenidos de las distintas reas en el se-gundo ciclo obedecen a criterios epistemol gicos y no han de ser in-terpretadas r gidamente como unidades did cticas que hayan de serimpartidas necesariamente en ese orden. Las decisiones relativas ala distribuci n de los contenidos y de los criterios de evaluaci n, as como su secuenciaci n y estructuraci n en unidades did cticas, se-r n adoptadas por cada centro y quedar n reflejadas en su propues-ta pedag gica contenida en el proyecto educativo del virtud de todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto enel art culo 21 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno yAdministraci n de la COMUNIDAD de MADRID , a propuesta de la Con-sejera de Educaci n.

7 Tras el preceptivo informe del Consejo Escolarde la COMUNIDAD de MADRID , de acuerdo con el Consejo de Estado yprevia deliberaci n del Consejo de Gobierno, en su reuni n del d a 6de marzo de 2008,DISPONEArt culo 1 Objeto y mbito de aplicaci n1. El presente Decreto constituye el desarrollo para la Educa-ci n Infantil de lo dispuesto en el art culo de la Ley Org ni-ca 2/2006, de 3 de mayo, de Educaci n, y en el art culo de la ci-tada Ley, que habilita a la COMUNIDAD de MADRID para determinar loscontenidos educativos del primer ciclo de la Educaci n Infantil y es-tablecer el curr culo del segundo ciclo en el que se integra lo dis-puesto en el Real Decreto 1630/2006, de 29 de diciembre.

8 Por el quese establecen las ense anzas m nimas del segundo ciclo de la Edu-caci n A los efectos de lo dispuesto en este Decreto, se entiende porcurr culo el conjunto de objetivos, contenidos, m todos pedag gi-cos y criterios de evaluaci n de esta etapa Este Decreto ser de aplicaci n en los centros docentes p bli-cos y en los centros docentes privados de la COMUNIDAD de Madridque, debidamente autorizados, impartan ense anzas de Educaci culo 2 Principios generales1. La Educaci n Infantil constituye la etapa educativa con iden-tidad propia que atiende a los ni os desde el nacimiento hasta losseis a os de edad y que se ordena en dos ciclos .

9 El primero compren-de hasta los tres a os de edad. El segundo, desde los tres a los seisa os de La Educaci n Infantil tiene car cter voluntario. La Conseje-r a de Educaci n garantizar la existencia de puestos escolares gra-tuitos en el segundo ciclo de la Educaci n Infantil en centros soste-nidos con fondos p blicos para atender la demanda de las La acci n educativa en esta etapa procurar la integraci n delas distintas experiencias y aprendizajes del alumnado y le propor-cionar est mulos que potencien su curiosidad natural y sus deseosde aprender.

10 Se pondr especial nfasis en la atenci n a la diversi-dad de los alumnos, en la atenci n individualizada, en la prevenci nde las dificultades de aprendizaje y en la puesta en marcha de meca-nismos de refuerzo tan pronto como se detecten estas RCOLES 12 DE MARZO DE N m. 61P g. 7La Consejer a de Educaci n establecer las medidas necesarias paraatender a todos los alumnos y, en particular, a los que presenten ne-cesidades espec ficas de apoyo La Consejer a de Educaci n favorecer la elaboraci n deproyectos de innovaci n, as como de modelos de programaci n do-cente y de materiales did cticos que faciliten al profesorado el desa-rrollo de los contenidos educativos del primer ciclo y del curr culodel segundo ciclo de la Educaci n culo 3 Finalidad1.


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