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LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS …

LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL para LASFUERZAS ARMADAS MEXICANASTEXTO VIGENTEN ueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federaci n el 9 de Julio de 2003Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Presidencia de la Rep FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:Que el Honorable Congreso de la Uni n, se ha servido dirigirme el siguienteDECRETO"EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA: LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL para LAS fuerzas ARMADAS MEXICANAST TULO PRIMEROD isposiciones GeneralesCap tulo nicoArt culo 1El INSTITUTO de SEGURIDAD SOCIAL para las fuerzas Armadas Mexicanas, es un organismo p blico descentralizado federal,con personalidad jur dica y patrimonio propio, con domicilio en la Ciudad de M culo 2 Las funciones del INSTITUTO son:I. Otorgar las prestaciones y administrar los servicios a su cargo que la presente Ley le encomienda;II. Administrar su patrimonio exclusivamente para el fin se alado en la presente Ley;III.

LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS TEXTO VIGENTE Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Julio de 2003 Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

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1 LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL para LASFUERZAS ARMADAS MEXICANASTEXTO VIGENTEN ueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federaci n el 9 de Julio de 2003Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Presidencia de la Rep FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:Que el Honorable Congreso de la Uni n, se ha servido dirigirme el siguienteDECRETO"EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA: LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL para LAS fuerzas ARMADAS MEXICANAST TULO PRIMEROD isposiciones GeneralesCap tulo nicoArt culo 1El INSTITUTO de SEGURIDAD SOCIAL para las fuerzas Armadas Mexicanas, es un organismo p blico descentralizado federal,con personalidad jur dica y patrimonio propio, con domicilio en la Ciudad de M culo 2 Las funciones del INSTITUTO son:I. Otorgar las prestaciones y administrar los servicios a su cargo que la presente Ley le encomienda;II. Administrar su patrimonio exclusivamente para el fin se alado en la presente Ley;III.

2 Administrar los fondos que reciba con un destino espec fico, aplic ndolos a los fines previstos;IV. Administrar los recursos del Fondo de la Vivienda para los miembros del activo del Ej rcito, Fuerza A rea yArmada, a fin de establecer y operar un sistema de financiamiento que les permita obtener cr dito barato y suficientepara:a) La adquisici n en propiedad de habitaciones c modas e higi nicas, incluyendo las sujetas al r gimen de condominio;b) La construcci n, reparaci n, ampliaci n o mejoramiento de sus habitaciones, yc) El pago de pasivos contra dos por los conceptos Coordinar y financiar con recursos del Fondo de la Vivienda programas de construcci n de habitaciones destinadas aser adquiridas en propiedad por los miembros del Ej rcito, Fuerza A rea y armada ;VI. Adquirir todos los bienes muebles e inmuebles necesarios para la realizaci n de sus cometidos;VII. Invertir sus fondos de acuerdo con las disposiciones especiales de esta Ley;VIII.

3 Realizar toda clase de actos jur dicos y celebrar los contratos que requiera el servicio;IX. Organizar sus dependencias y fijar la estructura y funcionamiento de las mismas;X. Expedir el estatuto org nico, manuales, normas y procedimientos interiores para la debida prestaci n de los serviciosy para su organizaci n interna;XI. Difundir conocimientos y orientaciones sobre pr cticas de previsi n SOCIAL , yXII. Las dem s que le confieren las leyes y culo 3El patrimonio del INSTITUTO se constituye por:I. Los bienes, derechos y obligaciones que integran sus inventarios y registros;II. Las cuotas que aporten los militares y sus familiares derechohabientes en los t rminos que para este objetoestablezcan las disposiciones legales;III. Las aportaciones del Gobierno Federal se aladas en esta Ley, para prestaciones espec ficas;IV. Una cantidad anual a cargo del Gobierno Federal, equivalente a un 11% de los haberes y haberes de retiro de losmiembros de las fuerzas Armadas para las dem s prestaciones que, conforme a esta Ley, deba otorgar el INSTITUTO ;V.

4 Los bienes que por cualquier t tulo adquiera el INSTITUTO , as como los rendimientos y remanentes que obtenga porvirtud de sus operaciones, yVI. Los fondos del seguro de vida militar, colectivo de retiro y de la vivienda culo 4 para los efectos de esta Ley, se entiende por:I. Ley, la Ley del INSTITUTO de SEGURIDAD SOCIAL para las fuerzas Armadas Mexicanas;II. INSTITUTO , el INSTITUTO de SEGURIDAD SOCIAL para las fuerzas Armadas Mexicanas;III. Junta, la Junta Directiva, rgano de Gobierno del INSTITUTO de SEGURIDAD SOCIAL para las fuerzas ArmadasMexicanas;IV. fuerzas Armadas, el Ej rcito, la Fuerza A rea y la armada mexicanos;V. Militares, a los miembros del Ej rcito, de la Fuerza A rea y de la armada de M xico; y, cuando se se alenjerarqu as, las disposiciones son aplicables a los grados equivalentes en las fuerzas Armadas;VI. Derechohabiente, familiares en l nea directa (esposa, esposo, concubina, concubinario, hijos, madre, padre y, enalgunos casos hermanos) que tienen derecho a los beneficios estipulados en la Ley;VII.

5 Beneficiario, la persona en cuyo favor se ha designado un beneficio econ mico por voluntad expresa del militar;VIII. Deudos, los parientes o familiares del militar fallecido;IX. Declaraci n de procedencia de retiro, el documento que le expide al militar la secretar a de origen, para tr mite deretiro, a fin de que la Junta Directiva determine sobre la procedencia, naturaleza y monto del beneficio;X. Haber o haberes, la percepci n base que se establece en el tabulador que expide la Secretar a de Hacienda y Cr ditoP blico;XI. Prima de perseverancia, la percepci n a que se refieren los art culos 51 de la Ley de Ascensos y Recompensas delEj rcito y Fuerza A rea Nacionales y 55 de la Ley de Recompensas de la armada de M xico;XII. Asignaci n de t cnico, la percepci n que se cubre a los militares en activo por tener estudios a nivel licenciatura yestar desempe ando funciones espec ficas de su profesi n;XIII. Asignaci n de t cnico especial, la percepci n que se cubre a los militares del activo de los grados de Coronel aGeneral de Divisi n y sus equivalentes en la armada , yXIV.

6 Asignaci n de vuelo y de salto, las remuneraciones que se cubren a los miembros del Ej rcito, Fuerza A rea yArmada, que habitualmente desempe an este tipo de culo 5El rgano de Gobierno del INSTITUTO es la Junta Directiva, la que se integra por nueve miembros: tres designados por laSecretar a de la Defensa Nacional, tres por la de Marina y tres por la de Hacienda y Cr dito P Ejecutivo Federal designar un Presidente y un Vicepresidente de los propuestos por la Secretar a de la DefensaNacional o la de el Presidente sea de los propuestos por la Secretar a de la Defensa Nacional, el Vicepresidente ser de lospropuestos por la Secretar a de Marina, o cada uno de los integrantes de la Junta Directiva, y en los t rminos del primer p rrafo de este art culo, se designar nlos suplentes respectivos, excepto para el presidente y el integrantes propietarios y suplentes de la Junta Directiva tendr n, cuando menos, un nivel jer rquico de directorgeneral dentro de la dependencia a que pertenezcan; y los miembros suplentes, como m nimo una categor a equivalentea la de director de culo 6 Los integrantes de la Junta Directiva durar n en sus funciones el tiempo que subsista su designaci n.

7 Sus nombramientospodr n ser revocados libremente por quienes los hayan culo 7El Ejecutivo Federal designar al Director General y al Subdirector General, as como a los directores de rea queestime necesario para el eficaz funcionamiento del INSTITUTO , debiendo tener el primero, de preferencia, la jerarqu a deGeneral de Divisi n o Almirante. El Subdirector General y los directores de rea podr n ser tanto de la Secretar a de laDefensa Nacional como de la de el Director General sea de los propuestos por la Secretar a de la Defensa Nacional, el Subdirector General ser de los propuestos por la Secretar a de Marina, o viceversa. En ning n caso podr n pertenecer los dos simult neamente ala misma Secretar dem s funcionarios y empleados ser n designados por la Junta Directiva, a propuesta del Director General delInstituto, procurando la proporcionalidad de acuerdo a los efectivos de cada Fuerza n considerados trabajadores de confianza los que desempe an funciones similares a las se aladas para los delInstituto de SEGURIDAD y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, mencionadas en la fracci n II del art culo la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del culo 8El INSTITUTO cuenta con un rgano de vigilancia integrado por un comisario p blico propietario y un suplente, designadospor la Secretar a de Contralor a y Desarrollo Administrativo, quienes asistir n con voz, pero sin voto.

8 A las sesionesordinarias y extraordinarias de la Junta Directiva del INSTITUTO y tendr n las atribuciones que les confieren los art culos60 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, 29 y 30 de su Reglamento y dem s disposiciones culo 9El INSTITUTO de SEGURIDAD SOCIAL para las fuerzas Armadas Mexicanas tiene una Contralor a Interna, rgano interno decontrol, al frente del cual el Contralor Interno, designado en los t rminos del art culo 37, fracci n XII, de la LeyOrg nica de la Administraci n P blica Federal, en el ejercicio de sus facultades se auxiliar de los titulares de las reasde auditor a, quejas y responsabilidades designados en los mismos t servidores p blicos a que se refiere el p rrafo anterior, en el mbito de sus respectivas competencias, ejercen lasfacultades previstas en la Ley Org nica de la Administraci n P blica Federal, la Ley Federal de las EntidadesParaestatales, la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores P blicos y en los dem sordenamientos legales y administrativos aplicables, conforme a lo previsto en el art culo 47, fracciones III y IV, delReglamento Interior de la Secretar a de Contralor a y Desarrollo ausencias del contralor interno, as como la de los titulares de las reas de responsabilidades, auditor a y quejas,ser n suplidas conforme a lo dispuesto por el art culo 54, segundo y tercer p rrafos, del Reglamento Interior de laSecretar a de Contralor a y Desarrollo culo 10La Junta Directiva del INSTITUTO actuar v lidamente con la concurrencia de seis de sus resoluciones se tomar n por mayor a de votos de los miembros culo 11 Los acuerdos de la Junta Directiva ser n ejecutados por el Director culo 12 Son atribuciones de la Junta Directiva:I.

9 Decidir las inversiones del INSTITUTO ;II. Dictar los acuerdos necesarios para satisfacer las prestaciones establecidas por esta Ley;III. Otorgar, negar, modificar, suspender y dejar insubsistentes los haberes de retiro, pensiones y compensaciones, enlos t rminos de esta Ley;IV. Conocer y resolver las propuestas para el otorgamiento de cr ditos hipotecarios con cargo al Fondo de la Viviendapara los miembros del activo de las fuerzas Armadas Mexicanas;V. Conocer y determinar los montos m ximos de los cr ditos que se otorguen, as como la protecci n de los pr stamos ylos precios m ximos de venta de las habitaciones cuya adquisici n o construcci n pueda ser objeto de los cr ditos quese otorguen con cargo al Fondo de la Vivienda para los miembros del activo de las fuerzas Armadas Mexicanas;VI. Autorizar cr ditos a plazo mayor de 10 y hasta 20 a os con cargo al Fondo de la Vivienda para los miembros delactivo del Ej rcito, Fuerza A rea y armada cuando se destinen a la adquisici n o construcci n de casas habitaci n.

10 LaJunta Directiva tendr tambi n facultad para autorizar cr ditos a plazo menor de 10 a os cuando se destinen a lareparaci n, ampliaci n o mejoramiento de las casas habitaci n o al pago de los pasivos en los t rminos del inciso c) dela fracci n II del art culo 100 de esta Ley;VII. Aprobar y poner en vigor el estatuto org nico, manuales, normas y procedimientos interiores;VIII. Establecer o suprimir delegaciones del INSTITUTO en los estados;IX. Discutir anualmente, para su aprobaci n o modificaci n, los presupuestos, la memoria y los planes de inversiones yde operaciones;X. Aprobar anualmente, previo informe de los comisarios y dictamen de los auditores externos, los estados financierosdel INSTITUTO y autorizar la publicaci n de los mismos;XI. Vigilar que las inversiones se hagan de acuerdo con las disposiciones de esta Ley y sus reglamentos;XII. Analizar y aprobar, en su caso, los informes peri dicos que rinda el Director General con la intervenci n quecorresponda a los comisarios, en los t rminos del art culo 58, fracci n XV, de la Ley Federal de las EntidadesParaestatales;XIII.


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