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LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DE EGRESOS DEL ESTADO …

Ley del PRESUPUESTO GENERAL de EGRESOS del ESTADO de Guanajuato, para el Ejercicio Fiscal de 2021 H. CONGRESO DEL ESTADO DE GUANAJUATO Expidi : LXIV Legislatura Secretaria GENERAL Publicada: N m. 261, Vig sima Segunda Parte, 30-12-2020 Instituto de Investigaciones Legislativas P gina 1 de 216 LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DE EGRESOS DEL ESTADO DE GUANAJUATO PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2021 DIEGO SINHUE RODR GUEZ VALLEJO, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO, A LOS HABITANTES DEL MISMO SABED: QUE EL H. CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO, HA TENIDO A BIEN DIRIGIRME EL SIGUIENTE: DECRETO N MERO 304 LA SEXAG SIMA CUARTA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO, D E C R E T A: Art culo nico.

Ley del Presupuesto General de Egresos del Estado de Guanajuato, para el Ejercicio Fiscal de 2021 H. CONGRESO DEL ESTADO DE GUANAJUATO Expidió: LXIV Legislatura Secretaria General Publicada: P.O. Núm. 261, Vigésima Segunda Parte, 30-12-2020 Instituto de Investigaciones Legislativas Página 2 de 216 IV.

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1 Ley del PRESUPUESTO GENERAL de EGRESOS del ESTADO de Guanajuato, para el Ejercicio Fiscal de 2021 H. CONGRESO DEL ESTADO DE GUANAJUATO Expidi : LXIV Legislatura Secretaria GENERAL Publicada: N m. 261, Vig sima Segunda Parte, 30-12-2020 Instituto de Investigaciones Legislativas P gina 1 de 216 LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DE EGRESOS DEL ESTADO DE GUANAJUATO PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2021 DIEGO SINHUE RODR GUEZ VALLEJO, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO, A LOS HABITANTES DEL MISMO SABED: QUE EL H. CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO, HA TENIDO A BIEN DIRIGIRME EL SIGUIENTE: DECRETO N MERO 304 LA SEXAG SIMA CUARTA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO, D E C R E T A: Art culo nico.

2 Se expide la Ley del PRESUPUESTO GENERAL de EGRESOS del ESTADO de Guanajuato, para el Ejercicio Fiscal de 2021, para quedar en los siguientes t rminos: LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DE EGRESOS DEL ESTADO DE GUANAJUATO PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2021 T tulo Primero Disposiciones Preliminares Cap tulo nico Disposiciones Generales Objeto de la Ley Art culo 1. La presente Ley tiene por objeto regular la asignaci n, ejercicio, control y seguimiento del gasto p blico estatal para el ejercicio fiscal de 2021, sin perjuicio de lo establecido por otros ordenamientos legales. En la ejecuci n del gasto p blico, las dependencias y entidades deber n considerar como nico eje articulador el Plan Estatal de Desarrollo y el Programa de Gobierno, tomando en cuenta los compromisos, los objetivos y las metas contenidos en los mismos.

3 Glosario Art culo 2. Para efectos de la presente Ley, se entender por: I. Adecuaciones presupuestarias: Las modificaciones a las estructuras funcional program tica, administrativa, y econ mica, a los calendarios de PRESUPUESTO y las ampliaciones y reducciones al PRESUPUESTO de EGRESOS o a los flujos de efectivo correspondientes, siempre que permitan un mejor cumplimiento de los objetivos de los programas a cargo de los ejecutores del gasto; II. Amortizaci n de la deuda y disminuci n de pasivos: La cancelaci n mediante pago o cualquier forma por la cual se extinga la obligaci n principal de los pasivos contra dos por el Gobierno del ESTADO ; III. Anexo: El documento que contiene apartados de informaci n presupuestal complementaria a la contenida en la presente Ley; Ley del PRESUPUESTO GENERAL de EGRESOS del ESTADO de Guanajuato, para el Ejercicio Fiscal de 2021 H.

4 CONGRESO DEL ESTADO DE GUANAJUATO Expidi : LXIV Legislatura Secretaria GENERAL Publicada: N m. 261, Vig sima Segunda Parte, 30-12-2020 Instituto de Investigaciones Legislativas P gina 2 de 216 IV. Asignaciones presupuestales: Los recursos p blicos aprobados por el Congreso del ESTADO mediante el PRESUPUESTO GENERAL de EGRESOS del ESTADO previstos en los ramos a ejercer, que realiza el Ejecutivo del ESTADO , a trav s de la Secretar a, a los poderes Legislativo y Judicial, Organismos Aut nomos, dependencias y entidades; V. Ayudas: Las asignaciones que los entes p blicos otorgan a personas, instituciones y diversos sectores de la poblaci n para prop sitos sociales; VI. Cap tulo: El mayor nivel de agregaci n que identifica el conjunto homog neo y ordenado de bienes y servicios requeridos por los entes p blicos; VII.

5 Clasificaci n administrativa: La que tiene como prop sito b sico identificar las unidades administrativas a trav s de las cuales se realiza la asignaci n, gesti n y rendici n de los recursos financieros p blicos, as como establecer las bases institucionales y sectoriales para la elaboraci n y an lisis de las estad sticas fiscales, organizadas y agregadas, mediante su integraci n y consolidaci n, tal como lo requieren las mejores pr cticas y los modelos universales establecidos en la materia. Esta clasificaci n adem s permite delimitar con precisi n el mbito de sector p blico de cada orden de gobierno y por ende los alcances de su probable responsabilidad fiscal y cuasi fiscal; VIII.

6 Clasificaci n econ mica: La que permite ordenar las transacciones de los entes p blicos de acuerdo con su naturaleza econ mica, con el prop sito GENERAL de analizar y evaluar el impacto de la pol tica y gesti n fiscal y sus componentes sobre la econom a en GENERAL ; IX. Clasificaci n funcional del gasto: La que agrupa los gastos seg n los prop sitos u objetivos socioecon micos que persiguen los diferentes entes p blicos. Presenta el gasto p blico seg n la naturaleza de los servicios gubernamentales brindados a la poblaci n. Con dicha clasificaci n se identifica el PRESUPUESTO destinado a finalidades de: gobierno, desarrollo social, desarrollo econ mico y otras no clasificadas en funciones anteriores; permitiendo determinar los objetivos generales de las pol ticas p blicas y los recursos financieros que se asignan para alcanzarlos; X.

7 Clasificaci n por objeto del gasto: La que resume, ordena y presenta los gastos programados en el PRESUPUESTO , de acuerdo con la naturaleza de los bienes, servicios, activos y pasivos financieros. Alcanza a todas las transacciones que realizan los entes p blicos, para obtener bienes y servicios que se utilizan en la prestaci n de servicios p blicos y en la realizaci n de transferencias, en el marco del PRESUPUESTO de EGRESOS . Esta clasificaci n se estructura por cap tulos, conceptos y partidas; XI. Clasificaci n por tipo del gasto: La que relaciona las transacciones p blicas que generan gastos, con los grandes agregados de la clasificaci n econ mica present ndolos en gasto corriente, de capital, amortizaci n de la deuda y disminuci n de pasivos, pensiones y jubilaciones, y participaciones; Ley del PRESUPUESTO GENERAL de EGRESOS del ESTADO de Guanajuato, para el Ejercicio Fiscal de 2021 H.

8 CONGRESO DEL ESTADO DE GUANAJUATO Expidi : LXIV Legislatura Secretaria GENERAL Publicada: N m. 261, Vig sima Segunda Parte, 30-12-2020 Instituto de Investigaciones Legislativas P gina 3 de 216 XII. Clasificaci n program tica: La que permite organizar, en forma representativa y homog nea, las asignaciones de recursos de los programas presupuestarios; XIII. Concepto: Los subconjuntos homog neos y ordenados en forma espec fica, producto de la desagregaci n de los bienes y servicios, incluidos en cada cap tulo de gasto; XIV. Dependencias: Los rganos subordinados en forma directa al titular del Poder Ejecutivo del ESTADO para el despacho de los negocios del orden administrativo que tienen encomendados; XV.

9 Ejercicio fiscal o presupuestal: El periodo comprendido del primero de enero al treinta y uno de diciembre de cada a o; XVI. Entes p blicos: Los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los organismos aut nomos, las dependencias y las entidades de la administraci n p blica paraestatal; XVII. Entidades: Los rganos que forman parte de la administraci n p blica paraestatal; XVIII. Gasto corriente: Las erogaciones que no tienen como contrapartida la creaci n de un activo, incluyendo, de manera enunciativa, el gasto en servicios personales, materiales y suministros, y los servicios generales, as como las transferencias, asignaciones, subsidios, donativos y apoyos; XIX. Gasto de inversi n o capital: Los gastos destinados a la inversi n de capital y las transferencias a los otros componentes institucionales del sistema econ mico que se efect an para financiar gastos de stos con tal prop sito; XX.

10 Gasto federalizado: Se integra por los recursos que el Gobierno Federal transfiere a los estados y municipios a trav s de las participaciones y aportaciones federales, as como por los recursos que derivan de convenios de descentralizaci n, reasignaci n, salud o derivados de otros convenios y subsidios. XXI. Gasto p blico: El conjunto de erogaciones que realizan los entes p blicos en el ejercicio de sus funciones; XXII. Indicadores: La expresi n cuantitativa o, en su caso, cualitativa que proporciona un medio sencillo y fiable para medir logros, reflejar los cambios vinculados con las acciones del programa, monitorear y evaluar resultados; XXIII. Ingresos de libre disposici n: Los ingresos locales y las participaciones federales, as como los recursos que, en su caso, reciban del Fondo de Estabilizaci n de los Ingresos de las Entidades Federativas, en los t rminos del art culo 19 de la Ley Federal de PRESUPUESTO y Responsabilidad Hacendaria y cualquier otro recurso que no est destinado a un fin espec fico; Ley del PRESUPUESTO GENERAL de EGRESOS del ESTADO de Guanajuato, para el Ejercicio Fiscal de 2021 H.


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