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LOS DERECHOS FEDERATIVOS Y ECONOMICOS

LOS DERECHOS FEDERATIVOS EN EL FUTBOL PROFESIONAL ACTUAL VIGENCIA O NO DE SU CONTENIDO PATRIMONIALDr. Alvaro Galeano Gubitosi Dr. Horacio Gonz lez MullinI. Introducci que el f tbol como deporte se profesionaliz y que los servicios de los futbolistas profesionales pasaron a ser objeto de importantes transacciones econ micas entre clubes, y entre stos y agentes, empresarios o inversores, surgi el concepto de DERECHOS FEDERATIVOS y DERECHOS econ micos derivados de aqu transferencias de jugadores profesionales de un club a otro se materializaban y se materializan en la actualidad, mediante contratos de cesi n de DERECHOS FEDERATIVOS y econ micos, por los cuales se paga un importante Adem s los clubes, necesitados de recibir fondos para su propio financiamiento, ceden a favor de agentes, empresarios o inversores los DERECHOS econ micos derivados de los DERECHOS FEDERATIVOS a cambio tambi n de importantes sumas de objeto del presente art culo ser analizar si en el f tbol profesional actual los DERECHOS FEDERATIVOS contin an teniendo un valor econ mico por s merecedores de transacciones dinerarias o, si en cambio, por la fuerza de las reglamentaciones, se han conv

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1 LOS DERECHOS FEDERATIVOS EN EL FUTBOL PROFESIONAL ACTUAL VIGENCIA O NO DE SU CONTENIDO PATRIMONIALDr. Alvaro Galeano Gubitosi Dr. Horacio Gonz lez MullinI. Introducci que el f tbol como deporte se profesionaliz y que los servicios de los futbolistas profesionales pasaron a ser objeto de importantes transacciones econ micas entre clubes, y entre stos y agentes, empresarios o inversores, surgi el concepto de DERECHOS FEDERATIVOS y DERECHOS econ micos derivados de aqu transferencias de jugadores profesionales de un club a otro se materializaban y se materializan en la actualidad, mediante contratos de cesi n de DERECHOS FEDERATIVOS y econ micos, por los cuales se paga un importante Adem s los clubes, necesitados de recibir fondos para su propio financiamiento, ceden a favor de agentes, empresarios o inversores los DERECHOS econ micos derivados de los DERECHOS FEDERATIVOS a cambio tambi n de importantes sumas de objeto del presente art culo ser analizar si en el f tbol profesional actual los DERECHOS FEDERATIVOS contin an teniendo un valor econ mico por s merecedores de transacciones dinerarias o, si en cambio, por la fuerza de las reglamentaciones, se han convertido en DERECHOS carentes de contenido patrimonial.

2 Para ello, analizaremos en primer lugar, el concepto que la doctrina le ha dado a los DERECHOS FEDERATIVOS y a los DERECHOS econ micos derivados de Concepto de DERECHOS Distintos son los conceptos con que la doctrina ha definido los DERECHOS FEDERATIVOS , aunque en su gran mayor a giran en torno a los DERECHOS que surgen de la inscripci n del jugador de f tbol profesional en una federaci n Argentina, el Trevis n explica que a temprana edad, generalmente a partir de los 12 a os del deportista, se genera una relaci n contractual inicial con el club, a la cual denomina Contrato de Afiliaci n Deportiva , por el cual de com n acuerdo resuelven registrar al jugador ante la asociaci n deportiva correspondiente presentando la ficha .- Seg n el n, a partir de tal registraci n nace el derecho federativo, el cual puede ser definido como el derecho de titularidad registral condicional y especial que posee una entidad deportiva (club de f tbol) frente a una asociaci n 1(AFA) respecto de un deportista, para que ste participe en determinada competencia oficial en nombre y representaci n de la entidad deportiva.

3 - 1 Por su parte, Vicente Montes Flores establece que el concepto de derecho federativo m s aceptado tanto por la Doctrina como por la pr ctica jur dica es el derecho de una entidad a inscribir a un determinado deportista en una determinada competici n oficial para que participe en nombre y representaci n de la misma. 2En Uruguay, el Dr. Hern n Navascu s expresa que el derecho federativo es el que surge de la circunstancia de iniciar un jugador su vinculaci n con un club y con una asociaci n determinados. Se trata de una potestad que se inicia con la solicitud del jugador para inscribirse en una Asociaci n nacional que est afiliada a la Federaci n Internacional (es decir FIFA) y que en el momento de afiliarse por un club, cede a ste, mientras est ligado ya sea contractualmente o estatutariamente.

4 Equivale a lo que se puede denominar el fichaje del jugador o lo que le otorga al club la prerrogativa de cederlo a otro. De acuerdo a esta descripci n, Navascu s define al derecho federativo como la potestad, ya sea del club o del jugador, o de ambos, de disponer del fichaje del jugador para actuar en ese club o transferirlo a otro. 3A nuestro entender, y de acuerdo a las opiniones doctrinarias referidas, podr amos definir al derecho Federativo como el derecho o potestad que tiene un club de inscribir a un jugador en una determinada competencia oficial organizada por una federaci n o asociaci n, para que el jugador lo represente en la misma; tal derecho nace a favor del club, desde el momento en que el jugador es inscripto o registrado (inscripci n registral) en la citada federaci n o asociaci n.

5 Debemos decir tambi n, que debe distinguirse el acto de inscripci n en una federaci n o asociaci n que hace nacer el derecho federativo (seg n Rafael Trevisan tiene origen en un Contrato de Afiliaci n Deportiva), con el contrato de trabajo entre el Club y el Si bien se encuentran intimamente vinculados entre s , son dos actos distintos y generan DERECHOS DERECHOS FEDERATIVOS nacen en la cabeza del Club Deportivo, con la inscripci n del jugador en la federaci n o asociaci n correspondiente, y no con la celebraci n del contrato de trabajo de jugador de f tbol profesional, que puede ser anterior o, incluso, en el caso de menores no profesionales, puede no solo v a de ejemplo: 1) en el caso de jugadores menores no profesionales, inscriptos en una federaci n, existe el derecho federativo a favor del club para el cual est 1 Rafael Trevisan, El Contrato de cesi n de beneficios econ micos provenientes de la transferencia de un jugador de f tbol publicado en Biblioteca Jur dica Vicente Morales Flores, Los DERECHOS FEDERATIVOS y Su Contenido Profesional , p gina 5, publicado en la p gina de Internet Sport Doc.

6 3 Hern n Navascues, Futbol Profesional. Trabajo y derecho , p gina pero no existe a n contrato de trabajo alguno; 2) en caso de jugadores profesionales que suscriben un nuevo contrato de trabajo con una entidad deportiva, los DERECHOS FEDERATIVOS pertenecen a la antigua instituci n, hasta tanto sta remita el TRANSFER o certificado de transferencia internacional (CTI) a favor del nuevo club, ya sea en car cter de definitivo o de pr Reci n remitido el CTI, el jugador estar inscripto en la nueva federaci n y reci n en ese momento, el nuevo club ser el titular de los DERECHOS FEDERATIVOS del jugador, titularidad que puede ser en forma definitiva o en car cter de pr stamo, por un per odo determinado. Pero hasta tanto no se remita el CTI, el jugador no podr competir en partidos oficiales por el nuevo club, aunque sin embargo, el club deber cumplir con lo estipulado en el contrato laboral, entre otros el pago de los salarios ejemplos son, a nuestro entender, claros para demostrar que son dos momentos distintos.

7 Los DERECHOS FEDERATIVOS surgen y nacen a favor de una instituci n deportiva a partir del momento en que el jugador es inscripto a nombre de sta en una Federaci n o Asociaci n determinada, y no nacen con la firma del contrato de tambi n es la opini n de Vicente Montes En este sentido afirma: Considero que debe ser aceptado que el derecho federativo y la existencia de un contenido patrimonial en el mismo no tiene por qu estar vinculada a la existencia de un determinado contrato de deportista tal sentido, adquirir los servicios profesionales de un jugador es firmar un contrato laboral con el mismo, conforme lo establecido en la normativa laboral vigente. Pero es lo mismo adquirir los servicios profesionales del jugador que adquirir SUS DERECHOS FEDERATIVOS ? La respuesta, en nuestra opini n es que pesar de que est n intimamente relacionados, no son lo mismo.

8 4 Tal cual lo afirma Vicente Morales Flores, inscripci n registral y contrato de trabajo est n intimamente vinculados entre s .- En el caso de jugadores profesionales ambos actos son necesarios para que el jugador pueda competir en forma oficial por una instituci n Podr existir un contrato de trabajo de futbolista profesional, pero no podr competir en forma oficial si no est registrado por dicho club en la asociaci n o federaci n correspondiente; lo mismo sucede a la inversa; un jugador podr estar inscripto a nombre de un club en una asociaci n o federaci n, (lo que le confiere al club la titularidad de los DERECHOS FEDERATIVOS ) pero salvo excepciones,5 no podr utilizarse los servicios profesionales en competiciones oficiales hasta tanto se celebre un contrato de 4 Vicente Morales Flores, Los DERECHOS FEDERATIVOS y Su Contenido Profesional , p gina 5, publicado en la p gina de Internet Sport Doc.

9 5 El actual Estatuto del Jugador de F tbol Uruguayo establece que los menores podr n jugar hasta 5 partidos en Primera Divisi n sin tener contrato de ambos son institutos que se encuentran ligados en forma indisoluble en caso de jugadores profesionales cuyos servicios pretendan ser utilizados por las instituciones deportivas, en competencias III. Concepto de DERECHOS Econ micos derivados de los DERECHOS n gran parte de la doctrina, los DERECHOS FEDERATIVOS de un determinado deportista (en nuestro caso un jugador de f tbol), poseen un contenido patrimonial, el cual es denominado DERECHOS econ micos derivados de los DERECHOS FEDERATIVOS y que se traduce generalmente en el beneficio econ mico que percibir el club por la transferencia del jugador a otro Esta distinci n es, a nuestro entender, totalmente v lida y efecto; los DERECHOS FEDERATIVOS implican una serie de DERECHOS que no pueden dividirse o compartirse con otras instituciones deportivas, por ejemplo, el derecho del club a que el jugador lo represente en competencias oficiales; es lo que muchos doctrinos denominan el ejercicio del derecho federativo.

10 - No ser a posible ceder a otra instituci n deportiva un porcentaje de los DERECHOS FEDERATIVOS de un jugador, ya que la instituci n cesionaria o adquirente no podr a ejercer los DERECHOS adquiridos, en su cuota parte, pues el jugador solo puede competir en forma oficial para un solo club De esta forma la adquisici n de un porcentaje de los DERECHOS FEDERATIVOS , estar a vac a de contenido, pues el ejercicio del mismo ser a reglamentariamente embargo, existen otros DERECHOS que resultan a su vez de los DERECHOS FEDERATIVOS , que s podr an dividirse o compartirse, como ser los beneficios econ micos que en el futuro pudiera percibir el club como consecuencia de una Estos beneficios econ micos son los llamados DERECHOS Econ micos derivados de los DERECHOS FEDERATIVOS , siendo v lidas las transacciones que se realicen, total o parcialmente de tales DERECHOS , entres instituciones deportivas obstante, en nuestra opini n, no podr a utilizarse esta distinci n entre DERECHOS FEDERATIVOS y DERECHOS econ micos, como DERECHOS independientes para eludir las prohibiciones legales que existen respecto a la titularidad de los DERECHOS sobre la prestaci n de la actividad de un deportista o sobre su Efectivamente; en muchos pa ses existen leyes, convenios colectivos, reglamentos que proh ben expresamente que personas f sicas o jur dicas que no tengan la calidad de instituciones deportivas afiliadas a la federaci n, sean titulares de los DERECHOS FEDERATIVOS del jugador.


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