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Manual de la ley Nº 20.880 sobre Probidad en la Función ...

Manual de laley N Probidaden la Funci n P blicaEncuentre m s informaci n Manual da cuenta de la ley N y su N Probidad en la Funci n P blicay Prevenci n de los Conflictos de Intereses ndiceI. Presentaci n II. Aspectos generales 1. Qu es el principio de Probidad ? 2. Qu es un conflicto de intereses? III. Declaraci n de intereses y patrimonio 1. Sujetos obligados a efectuar declaraciones de intereses y patrimonio 2. Oportunidad de la declaraci n 3. Forma de la declaraci n 4. Publicidad de la declaraci n 5. Datos personales 6. Contenido de la declaraci n de patrimonio e intereses a.

Bienes inmuebles i. Inmuebles situados en el país o en el extranjero ii. Inmuebles ubicados en el extranjero c. Derechos de aprovechamiento de aguas y concesiones d. Bienes muebles registrables e. Toda clase de derechos o acciones f. Valores g. Contratos de mandato especial de administración de cartera de valores h. Pasivo i.

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1 Manual de laley N Probidaden la Funci n P blicaEncuentre m s informaci n Manual da cuenta de la ley N y su N Probidad en la Funci n P blicay Prevenci n de los Conflictos de Intereses ndiceI. Presentaci n II. Aspectos generales 1. Qu es el principio de Probidad ? 2. Qu es un conflicto de intereses? III. Declaraci n de intereses y patrimonio 1. Sujetos obligados a efectuar declaraciones de intereses y patrimonio 2. Oportunidad de la declaraci n 3. Forma de la declaraci n 4. Publicidad de la declaraci n 5. Datos personales 6. Contenido de la declaraci n de patrimonio e intereses a.

2 Actividades determinadas en que participe el declarante b. bienes inmuebles i. inmuebles situados en el pa s o en el extranjero ii. inmuebles ubicados en el extranjero c. Derechos de aprovechamiento de aguas y concesiones d. bienes muebles registrables e. Toda clase de derechos o acciones f.

3 Valores g. Contratos de mandato especial de administraci n de cartera de valores h. Pasivo i. Las actividades y bienes del c nyuge o del conviviente civil j. Los bienes de los hijos sujetos a patria potestad y de personas sujetas a tutela o curatela del declarante k. Individualizaci n de parientes l. Declarar cualquier fuente de conflicto de inter s 7.

4 Obligaciones y atribuciones a. Obligaci n del jefe de servicio b. Rol fiscalizador de la Contralor a General de la Rep blica 7888991313141415151516161617171718181819 191919 Encuentre m s informaci n en: Mandato especial de administraci n de cartera de valores 1. Sujetos obligados 2. Circunstancias en la que debe constituirse 3. Derecho de opci n y plazo 4. Contenido del mandato 5. Constituci n del mandato 6. Quienes pueden ser mandatarios 7. Aspectos tributarios 8. Rol de la Superintendencia de Valores y Seguros y de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras 9.

5 Derechos, obligaciones y prohibiciones de mandante y de mandatario a. Prohibici n de comunicaci n b. Independencia e inhabilidades para ser mandatario c. Prohibici n de delegaci n del encargo d. Deber de proveer fondos e. Cuenta escrita anual f. Derechos del mandatario g. T rmino del mandato V. Obligaciones de enajenar 1.

6 Sujetos obligados 2. Plazo para efectuar la enajenaci nVI. Sanciones aplicables por infracciones a la Ley 1. Infracciones vinculadas a las declaraciones de intereses y patrimonio 2. Infracciones a las normas de mandato y obligaciones de enajenar a. Cat logo de sanciones aplicables b. Procedimiento sancionatorio c. Plazo de prescripci nVII. R gimen de entrada en vigencia de la Ley Anexos 1.

7 Ley N 2. Reglamento 2020202021212122222222232424242525272727 282829293031323334657El presente Manual busca facilitar la comprensi n de las normas de la ley N sobre Probidad en la Funci n P blica y Prevenci n de los Conflictos de Intereses y su reglamento, contenido en el Decreto Supremo N 2, de 2016, del Ministerio Secretar a General de la Presidencia (Minsegpres), para lograr su correcta aplicaci n en cada organismo. La ley N forma parte de la Agenda de Probidad y Transparencia impulsada por la Presidenta de la Rep blica, en el a o 2015.

8 Fortalecer la Probidad y prevenir los conflictos de intereses fue un compromiso presente en el programa de Gobierno. Tal compromiso cobr aun m s fuerza a ra z del informe del Consejo Asesor Presidencial contra Conflictos de Inter s, Tr fico de Influencias y Corrupci n, convocado por la Presidenta en marzo de ese mismo a o. La mayor parte de las recomendaciones de dicho Consejo sobre declaraciones de intereses y patrimonio, mandato especial de activos y obligaciones de enajenar bienes para prevenir conflictos de intereses, fueron hechas realidad mediante la ley N esta nueva legislaci n se elevan los est ndares de conducta aplicables a todos quienes desempe an una funci n p blica.

9 Estableciendo nuevos par metros que se ajustan a una creciente demanda de la ciudadan a por un Estado m s implementaci n de esta ley ser una eficaz herramienta para transparentar la relaci n entre la pol tica y los negocios, minimizando los riesgos de conflictos de intereses a trav s de declaraciones de intereses y patrimonio (DIP) exhaustivas y p blicas, del deber de las m s altas autoridades de constituir en determinados casos un mandato especial de administraci n de cartera de valores y de las obligaciones de enajenar ciertos bienes . Las infracciones a estas nuevas reglas ser n sancionadas con entrada en vigencia de esta norma y su reglamento releva la importancia de la imparcialidad en las decisiones que adoptan las autoridades, en las que debe prevalecer el inter s general sobre el particular, valor que contribuye al mejor ejercicio de la democracia y se apunta a satisfacer el deber del Estado de velar por el bien com nEncuentre m s informaci n en: Aspectos generales1.

10 Qu es el principio de Probidad ?De acuerdo con lo dispuesto en el art culo 52 de la ley N sobre Bases Generales de la Administraci n del Estado y el art culo 1 de la ley N , el principio de Probidad consiste en observar una conducta funcionaria intachable, un desempe o honesto y leal de la funci n o cargo, con preeminencia del inter s general sobre el particular . En este sentido, el legislador no innov respecto del concepto introducido por la ley N , en Qu es un conflicto de intereses?Seg n la normativa, existe un conflicto de intereses en el ejercicio de la funci n p blica, cuando concurren a la vez el inter s general propio del ejercicio de las funciones con un inter s particular, sea o no de car cter econ mico, de quien ejerce dichas funciones o de terceros vinculados a l determinados por la ley, o cuando concurren circunstancias que le restan imparcialidad en el ejercicio de sus competencias (art culo 1 inciso 3 de la ley N ).


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