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MANUAL DEL CONDUCTOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS …

Direcci n Provincial de Pol tica y Seguridad Vial MANUAL DEL CONDUCTOR . DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. IF-2019-33097300-GDEBA-DPPYSVMGGP. MANUAL DEL CONDUCTOR . p gina 1 de 184. 1. Direcci n Provincial de Pol tica y Seguridad Vial INDICE GENERAL. CAP TULO 1 EL CONDUCTOR 3. CAPITULO 2 LA V A P BLICA 25. CAPITULO 3 SE ALAMIENTO VIAL 39. CAPITULO 4 CONDUCIR CON SEGURIDAD 52. CAPITULO 5 SALUD PARA CONDUCIR 77. CAPITULO 6 LAS REGLAS DE SU SEGURIDAD 89. CAPITULO 7 FUNCIONAMIENTO DEL VEH CULO 111. CAPITULO 8 FUNCIONAMIENTO DE LA MOTOCICLETA 129. CAPITULO 9 FUNCIONAMIENTO DE TRICICLOS Y CUATRICICLOS 161. CAPITULO 10 LAS INFRACCIONES DE TRANSITO 165. IF-2019-33097300-GDEBA-DPPYSVMGGP. MANUAL DEL CONDUCTOR . p gina 2 de 184.

a criterio de la autoridad de aplicación pudieran resultar peli-grosos en cuanto a la integridad física y moral de las personas transportadas . Pierde la aptitud para conducir (falta de un miembro o función: brazo o vista, por ej.) La autoridad administrativa lo suspende-rá hasta que se recupere u obtenga la licencia clase F.

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1 Direcci n Provincial de Pol tica y Seguridad Vial MANUAL DEL CONDUCTOR . DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. IF-2019-33097300-GDEBA-DPPYSVMGGP. MANUAL DEL CONDUCTOR . p gina 1 de 184. 1. Direcci n Provincial de Pol tica y Seguridad Vial INDICE GENERAL. CAP TULO 1 EL CONDUCTOR 3. CAPITULO 2 LA V A P BLICA 25. CAPITULO 3 SE ALAMIENTO VIAL 39. CAPITULO 4 CONDUCIR CON SEGURIDAD 52. CAPITULO 5 SALUD PARA CONDUCIR 77. CAPITULO 6 LAS REGLAS DE SU SEGURIDAD 89. CAPITULO 7 FUNCIONAMIENTO DEL VEH CULO 111. CAPITULO 8 FUNCIONAMIENTO DE LA MOTOCICLETA 129. CAPITULO 9 FUNCIONAMIENTO DE TRICICLOS Y CUATRICICLOS 161. CAPITULO 10 LAS INFRACCIONES DE TRANSITO 165. IF-2019-33097300-GDEBA-DPPYSVMGGP. MANUAL DEL CONDUCTOR . p gina 2 de 184.

2 2. Direcci n Provincial de Pol tica y Seguridad Vial CAPITULO 1 EL CONDUCTOR . IF-2019-33097300-GDEBA-DPPYSVMGGP. MANUAL DEL CONDUCTOR . p gina 3 de 184. 3. Direcci n Provincial de Pol tica y Seguridad Vial RESPONSABILIDAD SOCIAL DEL CONDUCTOR . El tr nsito no es sino un aspecto m s de la convivencia social, y refleja la forma en que nuestra sociedad se trata a s misma. Ser CONDUCTOR implica, al igual que el hecho de ser ciudadano, el asumir una serie de responsabilidades, como contrapartida del ejercicio responsable de nuestros derechos. Respetar las normas de tr nsito y cumplir con los requisitos para poseer la licencia y los requisitos m nimos obligatorios de seguridad de nuestro veh - culo, es la nica forma de garantizar la libertad de circulaci n y el respeto de los dem s, hacia nosotros mismos.

3 No podemos esperar que los dem s individuos nos respeten en otros mbi- tos de la vida, si no somos capaces de frenar en un sem foro, para que pasen los dem s o crucen los peatones, o cuidarnos de no generar maniobras ries- gosas para nosotros y para los dem s. LA LICENCIA HABILITANTE. Poseer la licencia de conducir implica que se re nen las aptitudes, des- trezas y conocimientos necesarios para conducir un veh culo, sin riesgos para uno ni para los dem s. Tambi n que se posee el conocimiento suficiente de las normas de circulaci n, formas de conducci n segura y que se tiene la actitud social para cumplirlas y respetarlas. Implica, adem s, el compromiso del titular de que aceptar y acatar las exigencias y rdenes de la autoridad , y de que se someter a todos los controles establecidos en la v a p blica en funci n de la seguridad vial.

4 IF-2019-33097300-GDEBA-DPPYSVMGGP. MANUAL DEL CONDUCTOR . p gina 4 de 184. 4. Direcci n Provincial de Pol tica y Seguridad Vial La Licencia para Conducir la expide nicamente la autoridad del domicilio del solicitante y habilita para conducir en todo el pa s; tambi n en aquellos pa ses que han adherido a la Convenci n de Naciones Unidas sobre Circulaci n por Carretera (Ginebra, 1949) o versi n posterior (est n adheridos casi todos los pa ses del mundo). La se alizaci n es universalmente aceptada y en nuestro pa s se adopta mediante la ley nacional La PROVINCIA de BUENOS Aires, a trav s de la ley , adhiere a la legis- laci n nacional en materia de tr nsito y por lo tanto al sistema internacional antes mencionado. El CONDUCTOR debe portar siempre su licencia habilitante y entregarla a la autoridad competente en caso de que se le solicite, quien debe devolverla luego de verificarla, salvo en los casos dispuestos por la ley (vencimiento, caducidad, falsificaci n, adulteraci n, p rdida de aptitud psicof sica o inhabilitaci n).

5 IF-2019-33097300-GDEBA-DPPYSVMGGP. MANUAL DEL CONDUCTOR . p gina 5 de 184. 5. Direcci n Provincial de Pol tica y Seguridad Vial CLASES DE LICENCIA Y EDADES M NIMAS. VALIDEZ DE LA LICENCIA. MOTOS Y CUATRICICLOS. IF-2019-33097300-GDEBA-DPPYSVMGGP. MANUAL DEL CONDUCTOR . p gina 6 de 184. 6. Direcci n Provincial de Pol tica y Seguridad Vial AUTOS, CAMIONETAS, CASAS RODANTES, TRACTORES, MAQUINARIAS, TREN AGR COLA. PROFESIONALES. IF-2019-33097300-GDEBA-DPPYSVMGGP. MANUAL DEL CONDUCTOR . p gina 7 de 184. 7. Direcci n Provincial de Pol tica y Seguridad Vial MODIFICACI N DE DATOS. Todo CONDUCTOR debe ser titular de una sola licencia que lo habilite para conducir el automotor con el que circula. Todo dato del CONDUCTOR que se en- cuentre en la Licencia debe estar actualizado en forma permanente, debiendo denunciar a la brevedad todo cambio de los datos consignados en ella a la Ju- risdicci n que corresponda.

6 Si el cambio ha sido de jurisdicci n debe solicitar el reemplazo ante la nueva autoridad jurisdiccional, la cual debe otorg rsela, previo nuevo informe de antecedentes, contra entrega de la anterior y por el per odo que le resta de vigencia. La licencia caduca a los noventa (90) d as de producido el cambio no denunciado debiendo ser secuestrada por la autoridad de aplicaci n y remitida a la autoridad expedidora. IF-2019-33097300-GDEBA-DPPYSVMGGP. MANUAL DEL CONDUCTOR . p gina 8 de 184. 8. Direcci n Provincial de Pol tica y Seguridad Vial REQUISITOS PARA OBTENER LA LICENCIA DE CONDUCIR. Para asegurarse de que usted est en condiciones de poseer una licencia de conducir, la autoridad correspondiente a subdirecci n, es decir el municipio donde usted habita, le debe solicitar una serie de requisitos, adem s de llevar adelante los ex menes que indica la legislaci n vigente.

7 INFORMACI N DE LAS EVALUACIONES PARA LA LICENCIA. 1 Saber leer y escribir en idioma nacional. 2 Encontrarse habilitado para la/s clases que solicita. 3 Tener libre deuda de infracciones de tr nsito con sentencia fir- me. Someterse a los ex menes m dicos de aptitud psicof sica que 4 practicar n profesionales especialistas en cada rea en parti- cular. Certificaci n de ex menes de cursos pr cticos de manejo y te - 5 ricos sobre legislaci n de tr nsito, modos de prevenir acciden- tes, conocimiento del instrumental e informaci n del veh culo acorde con la licencia habilitante. En el caso de conductores profesionales se requerir n adem s los conocimientos necesarios conforme a su especialidad y Cer- 6 tificado de Antecedentes Penales para todas las categor as de la licencia.

8 Para la categor a E2 la Direcci n de Vialidad desa- rrollar el programa te ricopr ctico para la evaluaci n de los aspirantes y asistir a los Municipios que no posean capacidad operativa para la evaluaci n. 7 Abonar los aranceles que correspondan. No estar inscripto en el Registro de Deudores Alimentario Moro- 8 sos (REDAM), seg n Ley Para mayor informaci n podr consultar los requisitos y pasos para obtener la licencia en la web del Ministerio de Gobierno de la PROVINCIA de BUENOS Aires IF-2019-33097300-GDEBA-DPPYSVMGGP. MANUAL DEL CONDUCTOR . p gina 9 de 184. 9. Direcci n Provincial de Pol tica y Seguridad Vial La informaci n correspondiente a las evaluaciones ser guardada hasta la siguiente renovaci n de la Licencia de Conducir de cada ciuda- dano.

9 LA LICENCIA EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. La PROVINCIA de BUENOS Aires implement el sistema de Licencia nica de Conducir en los 135 municipios. El tr mite debe realizarse en el municipio en el que reside el con- ductor, donde tambi n se rinden los ex menes. Los datos del solicitante se chequean online con la base de datos de la DPPSV, que confirmar . si est habilitado, o si posee antecedentes que le impidan tramitar su licencia. Una vez que tiene el visto bueno de la DPPSV, la impresi n de la licencia se realiza en cada Municipio o en su defecto, para aquellos Distritos que a n no cuenten con impresora, en alguno de los Centros de Impresi n habilitados por la DPPSV. El nuevo documento cuenta con m s de 40 medidas de seguridad, tie- ne c digos de barras y un fondo de seguridad en el que aparecen tramas inviolables confeccionadas con la misma t cnica utilizada para la emi- si n de Adem s, cuenta con otras medias de seguridad ocultas, que s lo pueden ser verificadas por mecanismos especiales, como por ejemplo la impresi n con tintas invisibles que s lo pueden detectarse mediante el uso de luz ultravioleta IF-2019-33097300-GDEBA-DPPYSVMGGP.

10 MANUAL DEL CONDUCTOR . p gina 10 de 184. 10. Direcci n Provincial de Pol tica y Seguridad Vial REQUISITOS PARA LA HABILITACI N PARTICULAR. INFORMACI N DE LAS EVALUACIONES PARA LA LICENCIA. Ser mayor de 18 a os o menor con autorizaci n de ambos pa- dres, tutor o quien ostente la patria potestad ante escribano p - blico o Juzgado de Paz. Presentar el DNI con ltimo domicilio asentado dentro del parti- do. Los extranjeros que no posean el DNI no podr n tramitar la licencia. Aprobar los ex menes m dico, te rico y pr ctico. Presentar constancia de grupo y factor sangu neo. Abonar las tasas provinciales y municipales correspondientes. Los primeros 6 meses se es principiante y debe llevar un cartel que as lo indique. Se debe presentar libre deuda de infracciones de transito con sentencia firme.


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