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1 1 INFORMACION RESERVADA Y CONFIDENCIALIDAD EN LA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION P BLICA GUBERNAMENTAL Autor: Lic. ngel Gonz lez Guti rrez I. Introducci n. El derecho de acceso a la informaci n favorece la transparencia en el gobierno y la rendici n de cuentas de todos los servidores p blicos, lo cual mejorar la eficiencia de las instituciones federales y la calidad de sus servicios. La citada ley es reglamentaria del Art culo 6 de la Constituci n Pol tica de los Estados Unidos Mexicanos, y con ella, se protege y se pretende ampliar el derecho de los gobernados de acceso a la informaci n del Estado.
2 En relaci n con el derecho a la informaci n consagrado en el Art culo 6 constitucional, en el a o de 1996, la Suprema Corte de Justicia de la Naci n amplio la interpretaci n necesaria al mismo, indicando que dicho precepto que establece el derecho a la informaci n, esta estrechamente vinculado con el derecho a conocer la verdad, exige que las autoridades se abstengan de dar informaci n manipulada, incompleta o falsa, so pena de incurrir en violaciones graves a las garant as individuales.
3 Si bien es cierto que la Suprema Corte de Justicia ha generado mediante su interpretaci n, el cambio del Art culo 6 ; tambi n lo es que el Congreso de la Uni n ha dado respuesta a la evoluci n jur dica del acceso a la informaci n mediante la emisi n de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Informaci n P blica Gubernamental. No debemos olvidar que una de las caracter sticas del Estado y del derecho es su necesario dinamismo; es decir, el orden jur dico es cambiante y debe responder a las nuevas realidades sociales que se presentan.
4 Los cambios en el ordenamiento 2jur dico se generan mediante su renovaci n o mediante cambios interpretativos de la norma jur dica, realizados principalmente por el rgano de control jurisdiccional. Un aspecto medular y hasta cierto punto controversial, es el tema de la informaci n reservada y confidencial, sobre todo en la etapa de clasificaci n de la misma, puesto que las autoridades u rganos encargados de llevarla a cabo, necesariamente deben apegarse a la normatividad y lineamientos establecidos para ello; pero tambi n es cierto que la clasificaci n depende de la aplicaci n de otros ordenamientos jur dicos secundarios, seg n la materia e instituci n de que se trate.
5 De igual manera, depende en muchos casos de la interpretaci n que le de cada sujeto encargado (seg n su libre albedr o),es por esto que se considera importante y trascendente el an lisis de este tema en particular. Es por todo lo anterior, que gracias a la gran visi n e inter s demostrada por nuestros tres ordenes de gobierno, de tratar de trasparentar, de hacer m s eficaz y funcional el accionar de nuestra administraci n p blica; con la finalidad genuina de generar la cultura de la legalidad que tanta falta nos hace, para as alcanzar un pleno Estado de derecho.
6 II. Marco Conceptual. Servidores p blicos: (Art. 108 Const.) Para los efectos de las responsabilidades a que alude el Titulo Cuarto constitucional se reputaran como servidores p blicos a los representantes de elecci n popular, a los miembros del Poder Judicial Federal y del Poder Judicial del Distrito Federal, los funcionarios y empleados, y, en general, a toda persona que desempe e un empleo, cargo o comisi n de cualquier naturaleza en la Administraci n P blica Federal o en el Distrito Federal, as como a los servidores del Instituto Federal Electoral.
7 Quienes ser n responsables por los actos u omisiones en que incurran en el desempe o de sus respectivas funciones. y todas aquellas personas aquellas personas que manejen o apliquen recursos p blicos federales. 3 Dependencias y entidades: Las se aladas en la Ley Org nica de la Administraci n P blica Federal, incluidas la Presidencia de la Rep blica, los rganos administrativos desconcentrados, as como la Procuradur a General de la Rep blica; Sujetos obligados: El Poder Ejecutivo Federal, la Administraci n P blica Federal y la Procuradur a General de la Rep blica; El Poder Legislativo Federal, integrado por la C mara de Diputados, la C mara de Senadores, la Comisi n Permanente y cualquiera de sus rganos.
8 El Poder Judicial de la Federaci n y el Consejo de la Judicatura Federal; Los rganos constitucionales aut nomos; Los tribunales administrativos federales, y cualquier otro rgano federal. Unidades administrativas: Las que de acuerdo con la normatividad de cada uno de los sujetos obligados tengan la informaci n de conformidad con las facultades que les correspondan. Documentos: Los expedientes, reportes, estudios, actas, resoluciones oficios, correspondencia, acuerdos, directivas, directrices, circulares, contratos, convenios, instructivos, notas, memorandos, estad sticas o bien, cualquier otro registro que documente el ejercicio de las facultades o la actividad de los sujetos obligados y sus servidores p blicos, sin importar su fuente o fecha de elaboraci n.
9 Datos personales: La informaci n concerniente a una persona f sica, identificada o identificable entre otra u otras, la relativa a su origen tnico o racial, o que est referida a las caracter sticas f sicas, morales o emocionales, a su vida afectiva y familiar, domicilio, n mero telef nico, patrimonio, ideolog a y opiniones pol ticas, 4creencias religiosas o filos ficas, los estados de salud f sicos o mentales, las preferencias sexuales, u otras an logas1 que afecten su intimidad. Sistema de datos personales: El conjunto ordenado de datos personales que est n en posesi n de un sujeto obligado Seguridad nacional: Acciones destinadas a proteger la integridad, estabilidad y permanencia del Estado Mexicano, la gobernabilidad democr tica, la defensa exterior y la seguridad interior de la Federaci n, orientadas al bienestar general de la sociedad que permitan el cumplimiento de los fines del Estado constitucional.
10 Informaci n: La contenida en los documentos que los sujetos obligados generen, obtengan, adquieran, transformen o conserven por cualquier t tulo Clasificaci n: El acto por el cual se determina que la informaci n que posee una dependencia o entidad es reservada o confidencial Informaci n reservada: Aquella informaci n que se encuentra temporalmente sujeta a alguna de las excepciones previstas en los Art culos 13 y 14 de la Ley en comento. (LFTAIPG) Instituto: El Instituto Federal de Acceso a la Informaci n. Con base en la Ley, fue creado el Instituto Federal de Acceso a la Informaci n P blica (IFAI),un organismo aut nomo encargado de garantizar a todas las personas el acceso a la informaci n p blica y la protecci n de sus datos personales que posee el gobierno federal.