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Norma Internacional de Contabilidad 20 Contabilización de ...

NIC 20 IASCF 1327 Norma Internacional de Contabilidad 20 contabilizaci n de las Subvenciones del Gobierno e Informaci n a Revelar sobre Ayudas Gubernamentales* Alcance 1 Esta Norma trata sobre la contabilizaci n e informaci n a revelar acerca de las subvenciones del gobierno, as como de la informaci n a revelar sobre otras formas de ayudas gubernamentales. 2 Esta Norma no se ocupa de: (a) Los problemas especiales que aparecen en la contabilizaci n de subvenciones del gobierno dentro de estados financieros que reflejan los efectos de cambios en los precios, o en informaci n complementaria de similar naturaleza. (b) Ayudas gubernamentales que se conceden a la entidad en forma de ventajas que se materializan al calcular la ganancia imponible o p rdida fiscal, o que se determinan o limitan sobre la base de las obligaciones fiscales.

Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes. 13 Existen dos métodos para contabilizar las subvenciones del gobierno: el método del capital, en el que las subvenciones se reconocerán fuera del resultado del periodo, y el método de la renta, que reconoce las subvenciones en el resultado de uno o más periodos.

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1 NIC 20 IASCF 1327 Norma Internacional de Contabilidad 20 contabilizaci n de las Subvenciones del Gobierno e Informaci n a Revelar sobre Ayudas Gubernamentales* Alcance 1 Esta Norma trata sobre la contabilizaci n e informaci n a revelar acerca de las subvenciones del gobierno, as como de la informaci n a revelar sobre otras formas de ayudas gubernamentales. 2 Esta Norma no se ocupa de: (a) Los problemas especiales que aparecen en la contabilizaci n de subvenciones del gobierno dentro de estados financieros que reflejan los efectos de cambios en los precios, o en informaci n complementaria de similar naturaleza. (b) Ayudas gubernamentales que se conceden a la entidad en forma de ventajas que se materializan al calcular la ganancia imponible o p rdida fiscal, o que se determinan o limitan sobre la base de las obligaciones fiscales.

2 Ejemplos de estos beneficios son las exenciones fiscales, los cr ditos fiscales por inversiones, las depreciaciones aceleradas y las tasas impositivas reducidas. (c) Participaciones del gobierno en la propiedad de la entidad. (d) Las subvenciones del gobierno cubiertas por la NIC 41 Agricultura. Definiciones 3 Los t rminos siguientes se usan, en esta Norma , con los significados que a continuaci n se especifica: Con la denominaci n de gobierno se har referencia tanto a la administraci n del gobierno en s , como a las agencias gubernamentales y organismos similares, ya sean locales, regionales, nacionales o internacionales. Ayudas gubernamentales Las subvenciones del gobierno son ayuda gubernamental en forma de transferencias de recursos a una entidad a cambio del cumplimiento pasado o futuro de ciertas condiciones relacionadas con las actividades de operaci n de la entidad.

3 Se excluyen aquellas formas de ayudas gubernamentales a las que no cabe razonablemente asignar un valor, as como las transacciones con el son acciones realizadas por el sector p blico con el objeto de suministrar beneficios econ micos espec ficos a una entidad o tipo de entidades, seleccionadas bajo ciertos criterios. No son ayudas gubernamentales, para el prop sito de esta Norma , los beneficios que se producen indirectamente sobre las entidades por actuaciones sobre las condiciones generales del comercio o la industria, tales como el suministro de infraestructura en reas en desarrollo o la imposici n de restricciones comerciales a los competidores. * Como parte de Mejoras a las NIIF emitido en mayo de 2008 el Consejo modific la terminolog a utilizada en esta Norma para ser coherente con las otras NIIF de la forma siguiente: (a) "ingreso imponible se modific por ganancia imponible o p rdida fiscal , (b) reconocido como ingreso/gasto se modific como reconocido en el resultado", (c) acreditado directamente a participaciones/patrimonio se modific por reconocido fuera del resultado del periodo y (d) revisi n de una estimaci n contable se modific por cambio en una estimaci n contable.

4 NIC 20 1328 IASCF gobierno que no pueden distinguirse de las dem s operaciones normales de la entidad.* Subvenciones relacionadas con activos son subvenciones del gobierno cuya concesi n implica que la entidad beneficiaria debe comprar, construir o adquirir de cualquier otra forma activos fijos. Pueden tambi n establecerse condiciones adicionales restringiendo el tipo o emplazamiento de los activos, o bien los periodos durante los cuales han de ser adquiridos o mantenidos. Subvenciones relacionadas con los ingresos son las subvenciones del gobierno distintas de aqu llas que se relacionan con activos. Pr stamos condonables son aqu llos en los que el prestamista se compromete a renunciar al reembolso, bajo ciertas condiciones establecidas.

5 Valor razonable * V ase tambi n la Interpretaci n SIC-10 Ayudas Gubernamentales Sin Relaci n Espec fica con Actividades de Operaci n. es el importe por el cual puede ser intercambiado un activo, entre un comprador y un vendedor interesados y debidamente informados, que realizan una transacci n libre. 4 Las ayudas del gobierno revisten m ltiples formas, pudiendo variar tanto en la naturaleza de la ayuda proporcionada como en las condiciones requeridas para su concesi n. El prop sito de estas ayudas puede ser el de incentivar a la entidad para emprender una determinada acci n, que normalmente no hubiera emprendido de no contar con ellas.

6 5 Para la entidad, el hecho de recibir ayudas gubernamentales puede ser significativo, al objeto de la preparaci n de los estados financieros, por dos razones. En primer lugar, si los recursos han sido transferidos, debe encontrarse un m todo apropiado de contabilizaci n para la transferencia. En segundo lugar, es deseable proporcionar una indicaci n de la medida en la cual la entidad se ha beneficiado de las ayudas durante el periodo sobre el que se informa. Todo ello facilita la comparaci n de los estados financieros de la entidad con los de otros periodos anteriores, e incluso con los de otras entidades. 6 Las subvenciones del gobierno son, a veces, conocidas con otros nombres, tales, como subsidios, transferencias o primas.

7 Subvenciones del gobierno 7 Las subvenciones del gobierno, incluyendo las de car cter no monetario por su valor razonable, no deben ser reconocidas hasta que no exista una prudente seguridad de que: (a) la entidad cumplir con las condiciones ligadas a ellas; y (b) se recibir n las subvenciones. 8 Una subvenci n del gobierno no ser reconocida como tal hasta que exista una razonable seguridad de que la entidad cumplir las condiciones asociadas a ella, y que, por tanto, la recibir en la forma predeterminada. El mero hecho de recibir la subvenci n no constituye una evidencia concluyente de que las condiciones asociadas a la misma han sido o ser n cumplidas. 9 La forma concreta de recepci n de la subvenci n no afecta al m todo contable a adoptar en relaci n con la misma.

8 As , la subvenci n se contabiliza de igual manera ya sea recibida en efectivo o como disminuci n de una deuda mantenida con el gobierno. NIC 20 IASCF 1329 10 Un pr stamo condonable, proveniente del sector p blico, se trata como una subvenci n cuando existe razonable seguridad de que la entidad cumplir los t rminos exigidos para la condonaci n del mismo. 10A El beneficio de un pr stamo del gobierno a una tasa de inter s inferior a la del mercado se tratar como una subvenci n del gobierno. El pr stamo se reconocer y medir de acuerdo con la NIC 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medici n. El beneficio de la tasa de inter s inferior a la del mercado se medir como la diferencia entre el importe en libros inicial del pr stamo determinado conforme a la NIC 39 y el importe recibido.

9 El beneficio se contabilizar de acuerdo con esta Norma . Al identificar los costos que pretenden compensar los beneficios del pr stamo, la entidad tendr en cuenta las condiciones y obligaciones que hayan sido cumplidas, o deban cumplirse. 11 Una vez reconocida la subvenci n del gobierno, todo eventual activo contingente o pasivo contingente relacionados con ella ser a tratada de acuerdo con la NIC 37 12 Las subvenciones del gobierno se reconocer n en resultados sobre una base sistem tica a lo largo de los periodos en los que la entidad reconozca como gasto los costos relacionados que la subvenci n pretende compensar. Provisiones, pasivos contingentes y Activos contingentes .

10 13 Existen dos m todos para contabilizar las subvenciones del gobierno: el m todo del capital, en el que las subvenciones se reconocer n fuera del resultado del periodo, y el m todo de la renta, que reconoce las subvenciones en el resultado de uno o m s periodos. 14 Aqu llos que defienden el m todo del capital argumentan lo siguiente: (a) Las subvenciones del gobierno son un recurso financiero, y deben tratarse como tales en el estado de situaci n financiera, en vez de reconocerse en el resultado del periodo para compensar las partidas de gastos que financian. Puesto que no se espera su devoluci n, estas subvenciones deben reconocerse fuera del resultado del periodo.


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