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NORMA MEXICANA QUE ESTABLECE LOS …

NORMA MEXICANANMX-R-025-SCFI-2009 QUE ESTABLECE LOS REQUISITOS para LA CERTIFICACI N DE LAS PR CTICAS para LA igualdad LABORAL ENTRE MUJERES Y HOMBRESESTABLISHES THE REQUIREMENTS FOR THE CERTIFICATION OF PRACTICES TO OBTAIN LABOR EQUALITYBETWEEN WOMEN AND MENentre mujeres y hombresigualdad laboralPREFACIOEn la elaboraci n de la presente NORMA MEXICANA participaron las siguientes organizaciones e instituciones:Asociaci n MEXICANA de Mujeres Empresarias, , AMMJED irecci n de Comunicaci n SocialDirecci n de Desarrollo SocialCentro de Estudios de Formaci n Integral de la Mujer, , CEFIMC oordinaci n de Acci n Pol ticaComisi n Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Ind genas, CDID irecci n de Fortalecimiento de Capacidades de los Ind genasDirecci n General de Enlace con la Administraci n P blicaComit T cnico de Normalizaci n Nacional de Industrias DiversasSubcomit de Equidad de G

norma mexicana nmx-r-025-scfi-2009 que establece los requisitos para la certificaciÓn de las prÁcticas para la igualdad laboral entre mujeres y hombres

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1 NORMA MEXICANANMX-R-025-SCFI-2009 QUE ESTABLECE LOS REQUISITOS para LA CERTIFICACI N DE LAS PR CTICAS para LA igualdad LABORAL ENTRE MUJERES Y HOMBRESESTABLISHES THE REQUIREMENTS FOR THE CERTIFICATION OF PRACTICES TO OBTAIN LABOR EQUALITYBETWEEN WOMEN AND MENentre mujeres y hombresigualdad laboralPREFACIOEn la elaboraci n de la presente NORMA MEXICANA participaron las siguientes organizaciones e instituciones:Asociaci n MEXICANA de Mujeres Empresarias, , AMMJED irecci n de Comunicaci n SocialDirecci n de Desarrollo SocialCentro de Estudios de Formaci n Integral de la Mujer, , CEFIMC oordinaci n de Acci n Pol ticaComisi n Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Ind genas, CDID irecci n de Fortalecimiento de Capacidades de los Ind genasDirecci n General de Enlace con la Administraci n P blicaComit T cnico de Normalizaci n Nacional de Industrias DiversasSubcomit de Equidad de G neroConfederaci n MEXICANA de Organizaciones a Favor de las Personas conDiscapacidad Intelectual, CONFEC ongreso del Trabajo.

2 CTComisi n de MujeresConsejo Coordinador Empresarial, CCED irecci n de Administraci nConsejo Nacional para Prevenir la Discriminaci n, CONAPREDD irecci n General Adjunta de Vinculaci n, Programas Educativos y Divulgaci nInstituto Nacional de Desarrollo Social, INDESOLD irecci n General Adjunta de Equidad y G neroInstituto Nacional de las Mujeres, INMUJERESD irecci n de Desarrollo SustentableDirecci n de Institucionalizaci n de la Perspectiva de G neroInstituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, INAPAMU nidad de Planeaci n y Programaci nInternational Business Machines, IBM M xicoDirecci n de Recursos HumanosRed de Mujeres Sindicalistas, RMSS ecretar a de Econom a, SE.

3 Direcci n General de NormasSecretar a de Salud, SSCentro Nacional de Equidad de G nero y Salud ReproductivaSecretar a del Trabajo y Previsi n Social, STPSD irecci n General para la igualdad LaboralDirecci n General de Seguridad y Salud en el TrabajoUniversidad Iberoamericana, UIAP rograma de Derechos HumanosUniversidad Nacional Aut noma de M xico, UNAMF acultad de Econom aFacultad de Psicolog a NDICE DEL CONTENIDON mero del cap tulo P gina0 Introducci n 11 Objetivo 52 Campo de aplicaci n 53 Definiciones 54 Requisitos 155 Procedimiento de evaluaci n de la conformidad 426 Marca 437 Vigencia 43AP NDICE NORMATIVO A 44 Instrumento de percepciones sobre la situaci n sociolaboral AP NDICE NORMATIVO B 51M todo de calificaci n para el apartado de violencialaboral del instrumento de percepciones sobrela situaci n sociolaboral8 Bibliograf a 619 Concordancia con normas internacionales 62AP NDICE INFORMATIVO C 63C lculos Utilizando el Concepto de Valor

4 ComparableNorma MEXICANA para la igualdad laboral entre mujeres y hombres NORMA MEXICANANMX-R-025-SCFI-2009 QUE ESTABLECE LOS REQUISITOS para LA CERTIFICACI N DE LAS PR CTICAS para LA igualdad LABORAL ENTRE MUJERES Y HOMBRESESTABLISHES THE REQUIREMENTS FOR THE CERTIFICATIONOF PRACTICES TO OBTAIN LABOR EQUALITYBETWEEN WOMEN AND MEN0 INTRODUCCI NEsta NORMA MEXICANA incluye indicadores, pr cticas y acciones para fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, independientemente de su origen tnico, racial o nacional, sexo, g nero, edad, discapacidad, condici n social o econ mica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religi n, opiniones, preferencia u orientaci n sexual, estado civil o cualquier otra caracter stica o condici n an loga.

5 Asimismo, busca la igualdad y la inclusi n laborales, adem s de consolidar la previsi n social, a trav s de la creaci n de condiciones para el trabajo digno, bien remunerado, con capacitaci n, con seguridad, libre de toda discriminaci n, con corresponsabilidad entre la vida laboral y la vida familiar, que posibilite la realizaci n plena de mujeres y Direcci n General de Normas de la Secretar a de Econom a aprob la presente NORMA , cuya declaratoria de vigencia fue publicada en el Diario Oficial de la Federaci n el 9 de abril de Tambi n coadyuva al cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, que ESTABLECE como uno de los objetivos del Eje 3 igualdad de Oportunidades: eliminar cualquier discriminaci n por motivos de g nero y garantizar la igualdad de oportunidades, para que mujeres y hombres alcancen su pleno desarrollo y ejerzan sus derechos por igual.

6 para el logro de este objetivo se determinaron, entre otras, las siguientes estrategias: construir pol ticas p blicas con perspectiva de g nero de manera transversal en toda la Administraci n P blica Federal, garantizando su inclusi n en cualquier acci n que se programe, tanto en las instituciones p blicas como en las privadas, y valorando las implicaciones positivas que stas tienen para mujeres y hombres; y combatir la discriminaci n hacia las mujeres en el mbito laboral, asegurando la aplicaci n de las leyes existentes y promoviendo la actualizaci n de aquellas que lo necesiten. En este sentido, la presente NORMA MEXICANA es un medio significativo para el fortalecimiento de la igualdad como principio jur dico y como condici n de vida, teniendo su sustento en, y coadyuvando al cumplimiento de, diversos instrumentos jur dicos nacionales e internacionales en la materia, algunos de los cuales se enuncian a continuaci n.

7 Marco jur dico Constituci n Pol tica de los Estados Unidos Mexicanos, cuyo art culo 1 proh be toda discriminaci n por origen tnico o nacional, g nero, edad, discapacidad, condici n social y de salud, religi n, opiniones, preferencias, estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana o menoscabe los derechos y libertades de las personas. Asimismo, en su art culo 4 ESTABLECE la igualdad del var n y la mujer ante la ley, y en su art culo 123 determina que para trabajo igual debe corresponder salario igual, sin tener en cuenta sexo ni nacionalidad. Convenio 100 sobre igualdad de remuneraci n, OIT, 1951.

8 Hace referencia al principio de igualdad de remuneraci n entre la mano de obra masculina y femenina por un trabajo de igual 111 sobre la discriminaci n (empleo y ocupaci n), OIT, 1958. Alude al principio de que todas las personas, sin distinci n de raza, credo o sexo, tienen derecho a perseguir su bienestar material y su desarrollo espiritual en condiciones de libertad y dignidad, de seguridad econ mica y en igualdad de oportunidades. NORMA MEXICANA para la igualdad laboral entre mujeres y hombres Pacto Internacional de Derechos Econ micos, Sociales y Culturales, ONU, 1966. ESTABLECE que los Estados Parte deber n asegurar a las mujeres y a los hombres iguales derechos al goce de condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias en cuanto a: salario, seguridad e higiene, oportunidades de ascenso, descansos, vacaciones y remuneraci n de d as festivos, entre n sobre la Eliminaci n de Todas las Formas de Discriminaci n contra la Mujer, ONU, 1979.

9 Tiene por objeto eliminar la discriminaci n contra la mujer y asegurar la igualdad de hecho y de derecho entre mujeres y hombres. ESTABLECE que los Estados Parte adoptar n medidas apropiadas para eliminar la discriminaci n contra la mujer en la esfera del empleo, y para asegurar a la mujer los mismos derechos en cuanto a: oportunidades; elecci n libre de profesi n y empleo; ascensos laborales; prestaciones y seguridad social; igual remuneraci n para trabajo de igual valor; protecci n a la salud; seguridad en el trabajo, entre n Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Bel m do Par ), OEA, 1994.

10 En esta Convenci n, los Estados Parte convienen en adoptar, por todos los medios apropiados, pol ticas y medidas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar todas las formas de violencia contra las n sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ONU, 2006. ESTABLECE que los Estados Parte reconocen el derecho de las personas con discapacidad a trabajar en igualdad de condiciones que las dem s, con igualdad de oportunidades y de remuneraci n por trabajo de igual valor. Ley Federal del Trabajo. Determina en su art culo 3 que el trabajo debe prestarse y efectuarse en condiciones que aseguren la vida, la salud y un nivel econ mico decoroso para el(la) trabajador(a) y la familia, sin que se establezcan distinciones entre los(as) trabajadores(as), por motivo de raza, edad, credo religioso, doctrina pol tica o condici n social.


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