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NORMATIVA DE SEGURIDAD PRIVADA ACTUALIZADA AECRA …

Asociaci n Europea de Centrales Receptoras de Alarmas ( AECRA ). Inscrita en el Registro de Asociaciones del Ministerio de Interior con el n mero 588409. Calle Pr ncipe de Vergara 95 Bajo C 28002 Madrid. Tfno: 91 564 78 84. Fax: 91 564 78 29. En virtud de la Ley Org nica 15/1999 de 13 de Diciembre, de Protecci n de Datos de Car cter Personal, le informamos de que estos datos proceden de bases de datos propiedad de AECRA (Asociaci n Europea de Centrales Receptoras de Alarmas), adquiridas para mejor desarrollo y prestaci n profesional de sus servicios a sus asociados y clientes. Los datos ser n tratados exclusivamente para mejor desarrollo y explicaci n de los servicios y finalidades de la Asociaci n.

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  Seguridad, Privada, Seguridad privada

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1 Asociaci n Europea de Centrales Receptoras de Alarmas ( AECRA ). Inscrita en el Registro de Asociaciones del Ministerio de Interior con el n mero 588409. Calle Pr ncipe de Vergara 95 Bajo C 28002 Madrid. Tfno: 91 564 78 84. Fax: 91 564 78 29. En virtud de la Ley Org nica 15/1999 de 13 de Diciembre, de Protecci n de Datos de Car cter Personal, le informamos de que estos datos proceden de bases de datos propiedad de AECRA (Asociaci n Europea de Centrales Receptoras de Alarmas), adquiridas para mejor desarrollo y prestaci n profesional de sus servicios a sus asociados y clientes. Los datos ser n tratados exclusivamente para mejor desarrollo y explicaci n de los servicios y finalidades de la Asociaci n.

2 1 EDL 2008/189825 Comunidad Aut noma de Catalu a Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participaci n ( Catalu a) Decreto 216/2008, de 4 de noviembre, de modificaci n del Decreto 272/1995, de 28 de septiembre, de regulaci n del ejercicio de competencias en materia de SEGURIDAD PRIVADA . DOGC 5255/2008, de 11 noviembre 2008 Mediante el Decreto 272/1995, de 28 de septiembre, se regul el ejercicio de las competencias que corresponden a la Generalidad de Catalu a en materia de SEGURIDAD PRIVADA y se determinaron los rganos del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participaci n a los que corresponde ejercitarlas, de acuerdo con el Real decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de SEGURIDAD PRIVADA , en desarrollo de la Ley org nica 1/1992, de 21 de febrero, sobre protecci n de la SEGURIDAD ciudadana, y de la Ley 23/1992, de 30 de julio, de SEGURIDAD PRIVADA .

3 El art. 163 del Estatuto de autonom a de Catalu a establece que corresponde a la Generalidad la ejecuci n de la legislaci n del Estado, tanto en relaci n con la autorizaci n de las empresas de SEGURIDAD PRIVADA que tienen su domicilio social en Catalu a y cuyo mbito de actuaci n no rebasa el territorio de Catalu a, como con respecto a la inspecci n y la sanci n de las actividades de SEGURIDAD PRIVADA que se cumplen en Catalu a, la autorizaci n de los centros de formaci n del personal de SEGURIDAD PRIVADA y la coordinaci n de los servicios de SEGURIDAD e investigaci n privadas con la polic a de la Generalidad y las polic as locales de Catalu a.

4 En virtud del art. de la Ley 10/2007, de 30 de julio, del Instituto de SEGURIDAD P blica de Catalu a, corresponde a este Instituto autorizar los centros de formaci n del personal de SEGURIDAD PRIVADA , as como la realizaci n de actividades de formaci n de este personal de acuerdo con la legislaci n vigente aplicable. Mediante la disposici n final und cima del Decreto 243/2007, de 6 de noviembre, de estructura del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participaci n, y sin perjuicio de las funciones que corresponden al consejero y a los rganos de la Secretar a de SEGURIDAD , se estableci el dise o territorial del ejercicio de las competencias en materia de SEGURIDAD PRIVADA .

5 Por Acuerdo de la Junta de SEGURIDAD de Catalu a de 27 de diciembre de 2007 se aprob el Convenio entre el Ministerio del Interior y el Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participaci n en materia de SEGURIDAD PRIVADA , de la misma fecha, el cual prev , en la cl usula s ptima, que a partir de su firma la inspecci n, el control y la sanci n de las actividades de SEGURIDAD PRIVADA que se realicen en Catalu a corresponder n a la polic a de la Generalidad-mozos de escuadra y a los rganos que determine a la Generalidad de Catalu a en desarrollo de la legislaci n vigente y de acuerdo con lo que establece el Estatuto de autonom a de Catalu a.

6 Asociaci n Europea de Centrales Receptoras de Alarmas ( AECRA ). Inscrita en el Registro de Asociaciones del Ministerio de Interior con el n mero 588409. Calle Pr ncipe de Vergara 95 Bajo C 28002 Madrid. Tfno: 91 564 78 84. Fax: 91 564 78 29. En virtud de la Ley Org nica 15/1999 de 13 de Diciembre, de Protecci n de Datos de Car cter Personal, le informamos de que estos datos proceden de bases de datos propiedad de AECRA (Asociaci n Europea de Centrales Receptoras de Alarmas), adquiridas para mejor desarrollo y prestaci n profesional de sus servicios a sus asociados y clientes. Los datos ser n tratados exclusivamente para mejor desarrollo y explicaci n de los servicios y finalidades de la Asociaci n.

7 2En consecuencia, mediante el presente Decreto se asumen las competencias que han sido otorgadas a la Generalidad de Catalu a a trav s del Estatuto de autonom a en materia de SEGURIDAD PRIVADA y algunas de las cuales se materializan en los t rminos previstos en el Convenio antes mencionado, aprobado por la Junta de SEGURIDAD , lo que se concreta en la modificaci n de la regulaci n del ejercicio de estas funciones y la determinaci n de los rganos competentes previstas en el Decreto 272/1995, de 28 de septiembre, y en el Decreto 110/2006, de 25 de abril, de modificaci n del anterior. De conformidad con lo que se acaba de exponer y de acuerdo con el dictamen de la Comisi n Jur dica Asesora, a propuesta del consejero de Interior, Relaciones Institucionales y Participaci n, y con la deliberaci n previa del Gobierno, Decreto: Art culo nico.

8 Modificaci n del Decreto 272/1995, de 28 de septiembre, de regulaci n del ejercicio de competencias en materia de SEGURIDAD PRIVADA El Decreto 272/1995, de 28 de septiembre, de regulaci n del ejercicio de competencias en materia de SEGURIDAD PRIVADA , queda modificado como sigue: 1. Se a ade la letra f) al art. 2 EDL 1995/22007 : f) Los centros de formaci n del personal de SEGURIDAD PRIVADA que desarrollen su actividad en Catalu a, al efecto de su autorizaci n, la cual corresponde al director del Instituto de SEGURIDAD P blica de Catalu a. 2. Se a ade la letra g) al art. 2 EDL 1995/22007 : g) La inspecci n y la sanci n de las actividades de SEGURIDAD PRIVADA que se cumplen en Catalu a, las cuales corresponden a la Generalidad de Catalu a a trav s de los rganos y en los t rminos que se determinan en el presente Decreto.

9 3. Se modifica el art. 4 bis EDL 1995/22007 , que queda redactado de la siguiente manera: Asociaci n Europea de Centrales Receptoras de Alarmas ( AECRA ). Inscrita en el Registro de Asociaciones del Ministerio de Interior con el n mero 588409. Calle Pr ncipe de Vergara 95 Bajo C 28002 Madrid. Tfno: 91 564 78 84. Fax: 91 564 78 29. En virtud de la Ley Org nica 15/1999 de 13 de Diciembre, de Protecci n de Datos de Car cter Personal, le informamos de que estos datos proceden de bases de datos propiedad de AECRA (Asociaci n Europea de Centrales Receptoras de Alarmas), adquiridas para mejor desarrollo y prestaci n profesional de sus servicios a sus asociados y clientes.

10 Los datos ser n tratados exclusivamente para mejor desarrollo y explicaci n de los servicios y finalidades de la Asociaci n. 3 Art culo 4 bis. Atribuciones de la persona titular de la Secretar a de SEGURIDAD Corresponde a la persona titular de la Secretar a de SEGURIDAD : a) Autorizar las empresas de SEGURIDAD y acordar su cancelaci n en el Registro especial de empresas de SEGURIDAD de Catalu a. b) La coordinaci n de los servicios de SEGURIDAD e investigaci n privadas con la polic a de la Generalidad y las polic as locales de Catalu a, en los t rminos que se fijen por orden del consejero. c) Velar por la coordinaci n y transmisi n de la informaci n rec proca entre el Departamento y el Ministerio del Interior, de acuerdo con la NORMATIVA vigente.


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