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NORMATIVA LABORAL DE RENFE - SF-Intersindical

Red Nacional de los Ferrocarriles Espa oles direccion Juridico LABORAL NORMATIVA LABORAL DE RENFE Actualizada al XI Convenio Colectivo Complementada con los pactos mas importantes suscritos en Territorial y Personal (Art. 1). e .- Organizacion (Art. 3).2 .- Plantillas (Art. 5).3 .- Escalafones (Art. 9).4 .- Computo de antiguedades (Art. 19).5 .- Tablones de Anuncios (Art. 37).6 .- Libros de Visitas (Art.)

Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles Direccion Juridico Laboral NORMATIVA LABORAL DE RENFE Actualizada al XI Convenio …

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1 Red Nacional de los Ferrocarriles Espa oles direccion Juridico LABORAL NORMATIVA LABORAL DE RENFE Actualizada al XI Convenio Colectivo Complementada con los pactos mas importantes suscritos en Territorial y Personal (Art. 1). e .- Organizacion (Art. 3).2 .- Plantillas (Art. 5).3 .- Escalafones (Art. 9).4 .- Computo de antiguedades (Art. 19).5 .- Tablones de Anuncios (Art. 37).6 .- Libros de Visitas (Art.)

2 40). del .- Clasificacion del personal segunla permanencia (Art. 42).2 .- Clasificacion del personal segunlas funciones (Art. 46).3 .- Normas Transitorias de la vigenteClasificacion Profesional (Art. 74).4 .- Disposiciones Especiales (Art. 105).5 .- Polivalencias (Art. 106)..- Sistemas de ingreso (Art. 108).2 .- Reingreso de trabajadores con IncapacidadPermanente Total (Art. 115). ( ).1 .- Sueldos (Art. 117).2 .- Complementos (Art. 119).3 .- Pagas extraordinarias (Art. 133).4 .- Gratificaciones (Art. 134).

3 5 .- Pluses (Art. 154).36 .- Incentivos y Primas (Art. 169).7 .- Otros conceptos salariales (Art. 181). de .- Duracion de la jornada (Art. 182).2 .- Horarios (Art. 189).3 .- Viajes y esperas (Art. 201).4 .- Tiempos de toma y deje del servicio(Art. 209).5 .- Jornada del personal de Conduccion (Art. 212).6 .- Jornada del personal de Intervencionen Ruta y Trenes ( ).7 .- Jornada del personal de Alta VelocidadEspa ola (Art. 215).8 .- Normas especiales para casos extraordi-narios (Art. 217).9 .- Excesos de jornada (Art.)

4 223). 10 .- Descansos (Art. 232). 11 .- Vacaciones (Art. 243). Licencias y Suspensiones de la relacion .- Licencias (Art. 257).2 .- Excedencias (Art. 269).3 .- Servicio Militar y Prestacion SocialSustitutoria (Art. 282). Movilidad .- Traslado por concurso ( ).2 .- Traslado por permuta (Art. 315).3 .- Traslado por reunion de conyuge (Art. 318).4 .- Traslado temporal (Art. 319).5 .- Traslado forzoso (Art. 321).6 .- Traslado por causas medicas o motivos socio-familiares (Art. 325).7 .- Destacamentos, Viajes de servicio, Viajes breves y Traslaciones (Art.

5 332).8 .- Normas especiales sobre Traslados, Cambios de destino,y Demoras en el mismo municipio y en las grandes4poblaciones. (Art. 350). Movilidad .-Ascenso, Pase y Comienzo por concurso (Art. 356).2 .-Ascenso Automatico ( ).3 .-Normas para el acceso de Personal con titulacion deGrado Medio o categorias acordes con la misma ( ).4 .-Acceso a Puestos de la Estructura Funcional o de Apoyo(Art. 398).5 .-Reemplazo (Art. 405).6 .-Acoplamiento por perdida de facultades ( ). , declaracion y acoplamiento del Personal Sobrantey Excedente de plantilla (Art.

6 419). Profesional (Art. 432). Premios y Regimen .- Premios (Art. 437).2 .- Faltas y Sanciones (Art. 455). Beneficios .- Viviendas (Art. 479).2 .- Dormitorios (art. 480).3 .- Comedores (Art. 482).4 .- Titulos de Transporte (Art. 484).5 .- Anticipos (Art. 511).6 .- Proteccion Juridica (Art. 524).7 .- Seguros de Vida y de Accidentes(Art. 528).8 .- Enfermedad y Accidentes (Art. 530).9 .- Prestaciones por Defuncion (Art. 537). 10 .- Parejas de hecho (Art. 544). 11 .- Otros Beneficios Sociales (Art.

7 545). Prevencion de .- Salud LABORAL (Art. 547).2 .- Seguridad e Higiene en el Trabajo (Art. 565). Derechos Sindicales (Art. 577). Uniformes y Distintivos (Art. 586). Extincion de la relacion .- Dimisiones (Art. 597).2 .- Jubilaciones (Art. 601). Tablas Conflictos Laborales (Art. 602). Disposiciones Temporales (Art. 603). Disposicion Derogatoria. 6 TEXTO DE LA NORMATIVA LABORALT itulo IAMBITO TERRITORIAL Y PERSONAL Articulo 1. Las presentes normas, de ambito estatal, regulan las relaciones detrabajo entre la Red Nacional de los Ferrocarriles Espa oles ( RENFE ) y lostrabajadores (1) a su servicio incluidos en el ambito territorial y personal delConvenio Colectivo vigente.

8 Por tanto, afectaran a todos los trabajadores queostenten niveles salariales del 2 al 18, ambos inclusive, asi como a aquellos otrostrabajadores que sin tener nivel salarial asignado formen parte de la Estructura deApoyo. Articulo 2. Estan excluidos de estas normas:a) El personal de Estructura de direccion , excluido por condiciones especialespactadas. La Estructura de direccion conforma el equipo directivo de RENFE y sedivide en tres grupos: direccion . Superiores. direccion : con caracter general, no exclusivo, constituyeneste grupo las personas que desempe an puestos del primer nivel deresponsabilidad del organigrama general de la Red, en dependenciadirecta del Presidente, Vicepresidente o Director General y losDirectores Gerentes de Unidades de Negocio, que ejercen lasfunciones de linea o *staff+ que, en su caso, se les asigne.

9 : con caracter general, no exclusivo, constituyen estegrupo las personas que desempe en puestos del primer nivel deresponsabilidad en cada direccion General, Organo Corporativo oUnidad de Negocio y ejercen funciones de linea o *staff+. Superiores: constituyen este grupo aquellas personas queocupan puestos asi designados por la direccion y no relacionados enla Estructura de Apoyo por ser de nivel superior. Caracter de larelacion: la naturaleza juridica de la relacion del personal deEstructura de direccion , si bien es LABORAL , se halla sujeta a regulacionespecifica y particular, por lo que se encuentra excluido del ambitodel Convenio Colectivo, siendo la provision y remocion de vacantesefectuadas mediante libre designacion.

10 B) Las personas con categorias administrativas comprendidas desde la de Subjefede Division Tecnico Ferroviario Superior 2. y Titulado Superior 3. hasta la deSubjefe de Departamento, inclusive, a quienes se ha respetado el derecho deexcluidos, a titulo personal, conforme a lo estipulado en el pacto establecido confecha 5 de noviembre de 1981 entre la Empresa y las Centrales Sindicales conrepresentacion en la misma. c) El personal tecnico titulado que no le dedique, al menos, una atencionpreferente en la forma que establecen las normas relativas a jornada y elfacultativo contratado por la Red por tiempo cierto, o para obra o serviciodeterminado, sin sujecion a jornada reglamentaria, o mediante honorarioslibremente convenidos o sujetos a tarifas ajenas a esta NORMATIVA .


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