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Parte I

Ministerio de fomento Secretar a de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda Secretar a General de Vivienda Direcci n General de Arquitectura, Vivienda y Suelo CTE Parte I Cap tulo 1 Disposiciones generales Cap tulo 2 Condiciones t cnicas y administrativas Cap tulo 3 Exigencias b sicas ANEJO I Contenido del proyecto ANEJO II Documentaci n del seguimiento de la obra ANEJO III Terminolog a 20 diciembre 2019 Modificaciones conforme al RD 732/2019, de 20 de diciembre 2 Disposiciones legislativas El articulado de este Documento B sico fue aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo (BOE 28-marzo-2006) y posteriormente ha sido modificado por las siguientes disposiciones: - Real Decreto 1371/2007 de 19 de octubre (BOE 23-octubre-2007) - Correcci n de errores y erratas del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el C digo T cnico de la Edificaci n (BOE 25-enero-2008) - Real Decreto 173/2010 de 19 de febrero (BOE 11-marzo-2010) - Real Decreto 410/2010, de 31 de marzo (BOE 22-abril-2010) - Sentencia del TS de 4/5/2010 (BOE 30/7/2010) - Real Decreto 732/2019, de 20 de diciembr

Ministerio de Fomento Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda Secretaría General de Vivienda Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo CTE Parte I Capítulo 1 Disposiciones generales Capítulo 2 Condiciones técnicas y administrativas Capítulo 3 Exigencias básicas ANEJO I Contenido del proyecto

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1 Ministerio de fomento Secretar a de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda Secretar a General de Vivienda Direcci n General de Arquitectura, Vivienda y Suelo CTE Parte I Cap tulo 1 Disposiciones generales Cap tulo 2 Condiciones t cnicas y administrativas Cap tulo 3 Exigencias b sicas ANEJO I Contenido del proyecto ANEJO II Documentaci n del seguimiento de la obra ANEJO III Terminolog a 20 diciembre 2019 Modificaciones conforme al RD 732/2019, de 20 de diciembre 2 Disposiciones legislativas El articulado de este Documento B sico fue aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo (BOE 28-marzo-2006) y posteriormente ha sido modificado por las siguientes disposiciones: - Real Decreto 1371/2007 de 19 de octubre (BOE 23-octubre-2007) - Correcci n de errores y erratas del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el C digo T cnico de la Edificaci n (BOE 25-enero-2008) - Real Decreto 173/2010 de 19 de febrero (BOE 11-marzo-2010) - Real Decreto 410/2010, de 31 de marzo (BOE 22-abril-2010) - Sentencia del TS de 4/5/2010 (BOE 30/7/2010) - Real Decreto 732/2019, de 20 de diciembre (BOE 27-diciembre-2019) Los textos subrayados o tachados y marcados con fondo tramado amarillo son las modifi-caciones introducidas por la disposici n citada en ltimo lugar.

2 C digo T cnico de la Edificaci n Parte I 3 ndice Cap tulo 1 Disposiciones Generales Art culo 1 Objeto Art culo 2 mbito de aplicaci n Art culo 3 Contenido del CTE Art culo 4 Documentos Reconocidos del CTE y Registro General del CTE Cap tulo 2 Condiciones t cnicas y administrativas Art culo 5. Condiciones generales para el cumplimiento del CTE Generalidades Conformidad con el CTE de los productos, equipos y materiales Art culo 6 Condiciones del proyecto Generalidades Control del proyecto Art culo 7 Condiciones en la ejecuci n de las obras Generalidades Control de recepci n en obra de productos, equipos y sistemas Control de ejecuci n de la obra Control de la obra terminada Art culo 8 Condiciones del edificio Documentaci n de la obra ejecutada Uso y conservaci n del edificio Cap tulo 3 Exigencias b sicas Art culo 9 Generalidades Art culo 10 Exigencias b sicas de seguridad estructural (SE) Exigencia b sica SE 1: Resistencia y estabilidad Exigencia b sica SE 2.

3 Aptitud al servicio Art culo 11 Exigencias b sicas de seguridad en caso de incendio (SI) Exigencia b sica SI 1: Propagaci n interior Exigencia b sica SI 2: Propagaci n exterior Exigencia b sica SI 3: Evacuaci n de ocupantes Exigencia b sica SI 4: Instalaciones de protecci n contra incendios Exigencia b sica SI 5: Intervenci n de bomberos Exigencia b sica SI 6: Resistencia estructural al incendio Art culo 12 Exigencias b sicas de seguridad de utilizaci n y accesibilidad (SUA) Exigencia b sica SUA 1: Seguridad frente al riesgo de ca das Exigencia b sica SUA 2: Seguridad frente al riesgo de impacto o de atrapamiento Exigencia b sica SUA 3: Seguridad frente al riesgo de aprisionamiento Exigencia b sica SUA 4: Seguridad frente al riesgo causado por iluminaci n inadecuada Exigencia b sica SUA 5: Seguridad frente al riesgo causado por situaciones con alta ocupaci n Exigencia b sica SUA 6: Seguridad frente al riesgo de ahogamiento Exigencia b sica SUA 7: Seguridad frente al riesgo causado por veh culos en movimiento Exigencia b sica SUA 8: Seguridad frente al riesgo relacionado con la acci n del rayo C digo T cnico de la Edificaci n Parte I 4 Exigencia b sica SUA 9: Accesibilidad Art culo 13 Exigencias b sicas de salubridad (HS) Exigencia b sica HS 1: Protecci n frente a la humedad Exigencia b sica HS 2: Recogida y evacuaci n de residuos Exigencia b sica HS 3: Calidad del aire interior Exigencia b sica HS 4: Suministro de agua Exigencia b sica HS 5.

4 Evacuaci n de aguas Exigencia B sica HS-6: Protecci n frente a la exposici n al rad n Art culo 14 Exigencias b sicas de protecci n frente al ruido (HR) Art culo 15 Exigencias b sicas de ahorro de energ a (HE) Exigencia b sica HE 1: Limitaci n de demanda energ tica Exigencia b sica HE 2: Rendimiento de las instalaciones t rmicas Exigencia b sica HE 3: Eficiencia energ tica de las instalaciones de iluminaci n Exigencia b sica HE 4: Contribuci n solar m nima de agua caliente sanitaria Exigencia b sica HE 5: Contribuci n fotovoltaica m nima de energ a el ctrica Exigencia b sica HE0: L mitaci n del consumo energ tico Exigencia b sica HE1: Condiciones para el control de la demanda energ tica Exigencia b sica HE2: Condiciones de las instalacione st rmicas Exigencia b sica HE3: Condiciones de las instalaciones de iluminaci n Exigencia b sica HE4: Contribuci n m nima de energ a renovable para cubrir la demanda de agua caliente sanitaria Exigencia b sica HE5: Generaci n m nima de energ a el ctrica Anejo I Contenido del proyecto Anejo II Documentaci n del seguimiento de la obre Anejo III Terminolog a C digo T cnico de la Edificaci n Parte I 5 Cap tulo 1.

5 Disposiciones Generales Art culo 1. Objeto 1. El C digo T cnico de la Edificaci n, en adelante CTE, es el marco normativo por el que se regulan las exigencias b sicas de calidad que deben cumplir los edificios, incluidas sus instalaciones, para satisfa-cer los requisitos b sicos de seguridad y habitabilidad, en desarrollo de lo previsto en la disposici n fi-nal segunda de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenaci n de la Edificaci n, en adelante LOE. 2. El CTE establece dichas exigencias b sicas para cada uno de los requisitos b sicos de seguridad estructural , seguridad en caso de incendio , seguridad de utilizaci n y accesibilidad , higiene, salud y protecci n del medio ambiente , protecci n contra el ruido y ahorro de energ a y aislamiento t rmi-co , establecidos en el art culo 3 de la LOE, y proporciona procedimientos que permiten acreditar su cumplimiento con suficientes garant as t cnicas.

6 3. Los requisitos b sicos relativos a la funcionalidad y los aspectos funcionales de los elementos cons-tructivos se regir n por su normativa espec fica, salvo los vinculados a la accesibilidad de personas con movilidad o comunicaci n reducida, que se desarrollar n en el CTE. 4. Las exigencias b sicas deben cumplirse, de la forma que reglamentariamente se establezca, en el proyecto, la construcci n, el mantenimiento, la conservaci n y el uso de los edificios y sus instalacio-nes, as como en las intervenciones en los edificios existentes. Art culo 2. mbito de aplicaci n 1. El CTE ser de aplicaci n, en los t rminos establecidos en la LOE y con las limitaciones que en el mismo se determinan, a las edificaciones p blicas y privadas cuyos proyectos precisen disponer de la correspondiente licencia o autorizaci n legalmente exigible.

7 2. El CTE se aplicar a las obras de edificaci n de nueva construcci n, excepto a aquellas construccio-nes de sencillez t cnica y de escasa entidad constructiva, que no tengan car cter residencial o p blico, ya sea de forma eventual o permanente, que se desarrollen en una sola planta y no afecten a la segu-ridad de las personas. 3 Igualmente, el C digo T cnico de la Edificaci n se aplicar tambi n a intervenciones en los edificios existentes y su cumplimiento se justificar en el proyecto o en una memoria suscrita por t cnico com-petente, junto a la solicitud de licencia o de autorizaci n administrativa para las obras. En caso de que la exigencia de licencia o autorizaci n previa sea sustituida por la de declaraci n responsable o comu-nicaci n previa, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente, se deber manifestar expl -citamente que se est en posesi n del correspondiente proyecto o memoria justificativa, seg n proce-da.

8 Cuando la aplicaci n del C digo T cnico de la Edificaci n no sea urban stica, t cnica o econ mica-mente viable o, en su caso, sea incompatible con la naturaleza de la intervenci n o con el grado de protecci n del edificio, se podr n aplicar, bajo el criterio y responsabilidad del proyectista o, en su caso, del t cnico que suscriba la memoria, aquellas soluciones que permitan el mayor grado posible de ade-cuaci n efectiva. La posible inviabilidad o incompatibilidad de aplicaci n o las limitaciones derivadas de razones t cni-cas, econ micas o urban sticas se justificar n en el proyecto o en la memoria, seg n corresponda, y bajo la responsabilidad y el criterio respectivo del proyectista o del t cnico competente que suscriba la memoria.

9 En la documentaci n final de la obra deber quedar constancia del nivel de prestaci n alcan-zado y de los condicionantes de uso y mantenimiento del edificio, si existen, que puedan ser necesa-rios como consecuencia del grado final de adecuaci n efectiva alcanzado y que deban ser tenidos en cuenta por los propietarios y usuarios. En las intervenciones en los edificios existentes no se podr n reducir las condiciones preexistentes relacionadas con las exigencias b sicas, cuando dichas condiciones sean menos exigentes que las es-tablecidas en los documentos b sicos del C digo T cnico de la Edificaci n, salvo que en stos se es-tablezca un criterio distinto. Las que sean m s exigentes, nicamente podr n reducirse hasta los nive-les de exigencia que establecen los documentos b sicos.

10 4. En las intervenciones en edificios existentes el proyectista deber indicar en la documentaci n del pro-yecto si la intervenci n incluye o no actuaciones en la estructura preexistente; entendi ndose, en caso negativo, que las obras no implican el riesgo de da o citado en el art culo ,a) de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenaci n de la Edificaci n. C digo T cnico de la Edificaci n Parte I 6 5 En todo cambio de uso caracter stico de un edificio existente se deber n cumplir las exigencias b si-cas del CTE. Cuando un cambio de uso afecte nicamente a Parte de un edificio o de un estableci-miento, se cumplir n dichas exigencias en los t rminos en que se establece en los Documentos B si-cos del CTE. Art culo 3. Contenido del CTE 1. Con el fin de facilitar su comprensi n, desarrollo, utilizaci n y actualizaci n, el CTE se ordena en dos partes: a) la primera contiene las disposiciones y condiciones generales de aplicaci n del CTE y las exigen-cias b sicas que deben cumplir los edificios; y b) la segunda est formada por los denominados Documentos B sicos, en adelante DB, para el cumplimiento de las exigencias b sicas del CTE.


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