Example: biology

RESOLUCIÓN No. RE- SERCOP-2016-0000072 EL DIRECTOR …

RESOLUCI N No. RE- SERCOP-2016-0000072 EL DIRECTOR GENERAL DEL servicio nacional DE contrataci N P BLICA En ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias, RESUELVE: EXPEDIR LA CODIFICACI N Y ACTUALIZACI N DE LAS RESOLUCIONES EMITIDAS POR EL servicio nacional DE contrataci N P BLICA [..] CAP TULO II ADQUISICI N DE medicamentos A TRAV S DEL REPERTORIO DE medicamentos Secci n I Uso obligatorio del Repertorio de medicamentos Art. Obligatoriedad de compra por Cat Todas las entidades previstas en el art culo 1 de la Ley Org nica del Sistema nacional de contrataci n que requieran adquirir medicamentos que consten catalogados en el Repertorio de medicamentos que administra el servicio nacional de contrataci n P blica, deber n realizar dicha adquisici n empleando de manera obligatoria el Cat logo Electr nico.

Pública, o su delegado, del listado de medicamentos que no hayan sido adjudicados, a fin de que se tomen las acciones respectivas conforme a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento General y las disposiciones que para el efecto dicte el Servicio Nacional de Contratación Pública; ...

Tags:

  Servicio, Nacional, Medicamentos, Listado, Balic, 250 blica, 243 n p, Contrataci, Listado de medicamentos, Servicio nacional de contrataci

Information

Domain:

Source:

Link to this page:

Please notify us if you found a problem with this document:

Other abuse

Transcription of RESOLUCIÓN No. RE- SERCOP-2016-0000072 EL DIRECTOR …

1 RESOLUCI N No. RE- SERCOP-2016-0000072 EL DIRECTOR GENERAL DEL servicio nacional DE contrataci N P BLICA En ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias, RESUELVE: EXPEDIR LA CODIFICACI N Y ACTUALIZACI N DE LAS RESOLUCIONES EMITIDAS POR EL servicio nacional DE contrataci N P BLICA [..] CAP TULO II ADQUISICI N DE medicamentos A TRAV S DEL REPERTORIO DE medicamentos Secci n I Uso obligatorio del Repertorio de medicamentos Art. Obligatoriedad de compra por Cat Todas las entidades previstas en el art culo 1 de la Ley Org nica del Sistema nacional de contrataci n que requieran adquirir medicamentos que consten catalogados en el Repertorio de medicamentos que administra el servicio nacional de contrataci n P blica, deber n realizar dicha adquisici n empleando de manera obligatoria el Cat logo Electr nico.

2 Secci n II Disposiciones para Regular el Procedimiento de Subasta Inversa Corporativa de medicamentos Art. Adquisici n de f rmacos a trav s del Repertorio de La presente Secci n tiene por objeto regular el procedimiento de Subasta Inversa Corporativa de medicamentos , que llevar a cabo el servicio nacional de contrataci n P blica, y los miembros de la Red P blica Integral de Salud -RPIS- conformada por: Ministerio de Salud P blica -MSP-, Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas -ISSFA-, Instituto de Seguridad Social de la Polic a nacional -ISSPOL-; e, Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social -IESS-; para la adquisici n de medicamentos de uso y consumo humano, publicado a trav s del Portal Institucional del servicio nacional de contrataci n P blica en la herramienta Repertorio de medicamentos , Art.

3 Actualizaci n de informaci n en el Registro nico de Proveedores Los oferentes interesados, para la participaci n en el procedimiento de Subasta Inversa Corporativa de medicamentos , deber n actualizar los datos que mantienen registrados en el Registro nico de Proveedores, mismos que ser n utilizados para la presentaci n de la oferta. Dicha actualizaci n podr realizarse hasta cuarenta y ocho (48) horas antes de finalizar la etapa de entrega ofertas (formulario electr nico de adhesi n). Las personas naturales o jur dicas extranjeras que no se hayan registrado previamente deber n hacerlo en l nea a trav s del Portal Institucional del servicio nacional de contrataci n P blica hasta cuarenta y ocho (48) horas antes de finalizar la etapa de entrega ofertas (formulario electr nico de adhesi n).

4 Art. Verificaci n para El servicio nacional de contrataci n P blica en cualquier etapa del procedimiento de la Subasta Inversa Corporativa de medicamentos SICM, realizar la verificaci n correspondiente respecto de la documentaci n e informaci n que han ingresado los proveedores al momento de registrarse en el Registro nico de Proveedores. En caso que el servicio nacional de contrataci n P blica identifique que la informaci n o documentaci n ingresada al Portal Institucional del servicio nacional de contrataci n P blica es err nea, falsa o que no corresponda aplicar las sanciones legales respectivas a dicho proveedor. Art. Las diferentes reas del servicio nacional de contrataci n P blica, los miembros de la Red P blica Integral de Salud o sus delegados tendr n las siguientes responsabilidades: 1.

5 La Coordinaci n General de Planificaci n y Gesti n Estrat gica, Coordinaci n General de Asesor a Jur dica, la Coordinaci n T cnica de Operaciones, la Coordinaci n T cnica de Innovaci n Tecnol gica, la Coordinaci n T cnica de Controversias, el L der del Proyecto, con el apoyo de las Direcciones dependientes de cada una de ellas, y en coordinaci n con los miembros de la Red P blica Integral de Salud o sus delegados ser n los responsables de que se viabilice el procedimiento de Subasta Inversa Corporativa de medicamentos , en cada una de sus fases preparatoria, precontractual hasta su adjudicaci n. 2. El Subdirector General, la Direcci n de Estudios de contrataci n P blica, la Direcci n de Riesgos y la Direcci n de Cat logo Electr nico, coordinar n y determinar n, en relaci n a la informaci n proporcionada por los organismos que conforman la Red P blica Integral de Salud - RPIS, el presupuesto referencial unitario que ser utilizado para la Subasta Inversa Corporativa de medicamentos , tomando como par metros, entre otros, los precios hist ricos de adquisiciones de medicamentos por parte de la RPIS, los establecidos por el Consejo nacional de Fijaci n y Revisi n de Precios de medicamentos de Uso y Consumo Humano, evidencia de precios internacionales y otros par metros que se estimen convenientes, previa autorizaci n del DIRECTOR General del servicio nacional de contrataci n P blica.

6 3. La Subdirecci n General de Control, en conjunto con la Coordinaci n General de Asesor a Jur dica, elaborar el pliego, el mismo que se pondr en conocimiento de las entidades que forman la RPIS y a consideraci n del DIRECTOR General del servicio nacional de contrataci n P blica, para su aprobaci n. 4. La Coordinaci n T cnica de Innovaci n Tecnol gica y sus correspondientes Direcciones, publicar en el Portal Institucional del servicio nacional de contrataci n P blica, la fecha, hora y usuario del responsable de la publicaci n de documentos, en los links de "resultados y archivos" y de toda informaci n relacionada con los procesos que se tramiten, a fin de que el sistema permita establecer a los responsables autom ticamente; as como, la fecha y hora real de los diferentes estados del proveedor y no a la fecha de consulta.

7 5. La Subdirecci n General, con asistencia y colaboraci n de las Direcciones de Estudios, Riesgos y Cat logo Electr nico, en caso de que en los procedimientos de SICM se estableciere o precisare la existencia de menores precios a los fijados en los procedimientos que se tramiten, informar n inmediatamente de tal hecho al DIRECTOR General del servicio nacional de contrataci n P blica, con la finalidad de que tome las decisiones respectivas orientadas a evitar perjuicios al Estado, y en caso de suspensi n por revisi n de precios y hasta tanto se resuelva el ajuste que resultare en beneficio del inter s p blico informar a la Coordinaci n T cnica de Innovaci n Tecnol gica para la deshabilitaci n temporal en el repertorio de medicamentos . 6. La Coordinaci n de Planificaci n y Gesti n Estrat gica en conjunto con el L der del Proyecto, informar n en forma inmediata y por escrito al DIRECTOR General de servicio nacional de contrataci n P blica respecto de la planificaci n, las acciones de seguimiento, evaluaciones peri dicas del procedimiento, implementadas con la finalidad de alcanzar las metas y objetivos de la SICM, y de aplicar las decisiones tomadas por la Comisi n T cnica designada dentro de la Subasta Inversa Corporativa de medicamentos .

8 7. La Direcci n de Asesor a Jur dica del servicio nacional de contrataci n P blica asesorar en el mbito legal a la Comisi n T cnica durante la ejecuci n del procedimiento de la Subasta Inversa Corporativa de medicamentos ; y, a solicitud de la misma emitir informes jur dicos no vinculantes. 8. En los casos que exista criterios diversos entre los miembros de la Comisi n T cnica para la habilitaci n o deshabilitaci n de una o varias ofertas, la Direcci n de Asesor a Jur dica emitir un pronunciamiento jur dico no vinculante, el mismo que ser sometido a consideraci n de la Comisi n T cnica para los fines pertinentes y el cual se har constar en el informe de recomendaci n de adjudicaci n o declaratoria de desierto, para demostrar la legalidad, trato justo e igualitario a los oferentes. 9.

9 La Coordinaci n T cnica de Innovaci n Tecnol gica, implementar la pol tica de seguimiento, validaci n y comprobaci n de la aplicaci n del sistema inform tico que respalde el Portal Institucional del servicio nacional de contrataci n P blica, acci n de la cual se preparar n reportes sobre la funcionalidad del sistema, para que el DIRECTOR General del servicio nacional de contrataci n P blica, tome las decisiones que correspondan. 10. Los miembros de la RPIS analizar n los precios unitarios de los medicamentos adjudicados en la Subasta Inversa Corporativa y comparar n con los precios de sus adquisiciones a nivel nacional , a fin de establecer la existencia de menores precios contratados e informar n al DIRECTOR General del servicio nacional de contrataci n P blica, para que se adopten las medidas necesarias que permitan extender tales precios, mediante la celebraci n de Convenios Marco, al resto de entidades contratantes.

10 11. Los miembros de la RPIS informar n oficialmente al DIRECTOR General del servicio nacional de contrataci n P blica el listado consolidado y las cantidades referenciales de medicamentos para un per odo de 24 meses, el cual ser objeto de la Subasta Inversa Corporativa de medicamentos . La Autoridad Sanitaria nacional remitir la ficha t cnica de cada medicamento. 12. Los miembros de la RPIS informar n oficialmente al DIRECTOR General del servicio nacional de contrataci n P blica la distribuci n de los medicamentos objeto de la Subasta Inversa Corporativa de medicamentos por cada establecimiento de salud que forme parte de la RPIS. 13. Los miembros de la RPIS informar n al DIRECTOR General del servicio nacional de contrataci n P blica los criterios f rmaco-terap uticos y dem s condiciones t cnicas que deber n estar incorporados en el pliego de la Subasta Inversa Corporativa de medicamentos .


Related search queries