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UNIDAD 5. ESTRUCTURAS. T tulo 1-B. Reglamento para el An lisis y Dise o S smico de Estructuras Ministerio de Obras P blicas y Comunicaciones (MOPC). Santo Domingo, Rep blica Dominicana 2011. PROHIBIDA LA venta MOPC de la Rep blica Dominicana TABLA DE CONTENIDO. T TULO I CONSIDERACIONES GENERALES ..1. CAP TULO I OBJETIVO, CAMPO DE APLICACI N Y DEFINICIONES ..1. T TULO II ZONIFICACI N S CAP TULO I ZONAS S T TULO III CLASIFICACI N DE LAS EDIFICACIONES ..14. CAP TULO I POR SU FUNCI N O USO ..14. CAP TULO II CLASIFICACI N DE EDIFICACIONES SEG N SISTEMA T TULO IV AN LISIS S SMICO DE ESTRUCTURAS ..18. CAP TULO I CRITERIOS CAP TULO II SELECCI N DEL TIPO DE AN LISIS ..19. CAP TULO III SOLICITACIONES S CAP TULO IV COEFICIENTE DE CORTE CAP TULO V DESCRIPCI N DE LOS M TODOS DE AN CAP TULO VI DESPLAZAMIENTO TOTAL ..30. CAP TULO VII DESPLAZAMIENTO M XIMO PERMITIDO ..31. CAP TULO VIII SEPARACI N ENTRE EDIFICIOS T TULO V ESTRUCTURACI CAP TULO I CONFIGURACI N ESTRUCTURAL.

R E G L A M E N T O P A R A E L A N Á L I S I S Y D I S E Ñ O S Í S M I C O D E E S T R U C T U R A S PROHIBIDA LA VENTA MOPC de la República Dominicana

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1 UNIDAD 5. ESTRUCTURAS. T tulo 1-B. Reglamento para el An lisis y Dise o S smico de Estructuras Ministerio de Obras P blicas y Comunicaciones (MOPC). Santo Domingo, Rep blica Dominicana 2011. PROHIBIDA LA venta MOPC de la Rep blica Dominicana TABLA DE CONTENIDO. T TULO I CONSIDERACIONES GENERALES ..1. CAP TULO I OBJETIVO, CAMPO DE APLICACI N Y DEFINICIONES ..1. T TULO II ZONIFICACI N S CAP TULO I ZONAS S T TULO III CLASIFICACI N DE LAS EDIFICACIONES ..14. CAP TULO I POR SU FUNCI N O USO ..14. CAP TULO II CLASIFICACI N DE EDIFICACIONES SEG N SISTEMA T TULO IV AN LISIS S SMICO DE ESTRUCTURAS ..18. CAP TULO I CRITERIOS CAP TULO II SELECCI N DEL TIPO DE AN LISIS ..19. CAP TULO III SOLICITACIONES S CAP TULO IV COEFICIENTE DE CORTE CAP TULO V DESCRIPCI N DE LOS M TODOS DE AN CAP TULO VI DESPLAZAMIENTO TOTAL ..30. CAP TULO VII DESPLAZAMIENTO M XIMO PERMITIDO ..31. CAP TULO VIII SEPARACI N ENTRE EDIFICIOS T TULO V ESTRUCTURACI CAP TULO I CONFIGURACI N ESTRUCTURAL.

2 31. CAP TULO II CRITERIOS GENERALES DE APLICACI N ..32. CAP TULO III CASOS ESPEC FICOS ..33. T TULO VI FUNDACIONES ..35. T TULO VII CRITERIOS GENERALES PARA EL DISE O S SMICO POR DESEMPE O ..37. T TULO VIII SANCIONES ..38. CAP TULO I DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS ..38. PROHIBIDA LA venta MOPC de la Rep blica Dominicana R E G L A M E N T O P A R A E L A N L I S I S Y D I S E O S S M I C O D E E S T R U C T U R A S. DECRETO No. 201-11. CONSIDERANDO: Que es deber del Estado dominicano garantizar la seguridad ciudadana, mediante el establecimiento de requisitos m nimos para el dise o y la construcci n de obras, acordes con nuestra realidad y con los avances tecnol gico;. CONSIDERANDO: La importancia de establecer medidas que garanticen el an lisis y el dise o de las estructuras, de acuerdo a lineamientos que respondan a criterios propios de nuestras condiciones geol gicas y s smicas;. CONSIDERANDO: Que es deber ciudadano acatar las disposiciones emanadas de los poderes p blicos de la Naci n.

3 CONSIDERANDO: Que de acuerdo a la Ley , del 27 de julio del 1982, la Comisi n Nacional de Reglamentos T cnicos de la Ingenier a, la Arquitectura y Ramas Afines es la nica autoridad estatal encargada de definir la pol tica de reglamentaci n t cnica de la Ingenier a, la Arquitectura y Ramas Afines, mediante el sistema establecido en dicha ley;. VISTA: La Ley No. 687, del 27 de julio del 1982, que crea un sistema de reglamentaci n para la preparaci n y la ejecuci n de proyectos y obras relativas a la ingenier a, la arquitectura y ramas afines;. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Art culo 128, de la Constituci n de la Rep blica, dicto el siguiente: REGLAMENTO PARA EL AN LISIS Y DISE O S SMICO DE ESTRUCTURAS. PROHIBIDA LA venta MOPC de la Rep blica Dominicana R E G L A M E N T O P A R A E L A N L I S I S Y D I S E O S S M I C O D E E S T R U C T U R A S. T TULO I. CONSIDERACIONES GENERALES.

4 CAP TULO I. OBJETIVO, CAMPO DE APLICACI N Y DEFINICIONES. Art culo 1. OBJETIVO. El presente Reglamento establece los requerimientos m nimos que se deber n cumplir en el an lisis y dise o s smico de todas las estructuras que se erijan en el territorio nacional, para resistir los efectos de movimientos s smicos, de tal forma que su estructura se mantenga estable, garantizando principalmente la seguridad humana. Art culo 2. CAMPO DE APLICACI N. La Aplicaci n de este Reglamento es para todas las estructuras, con nfasis en los tipos estructurales incluidos en el T tulo 5. Art culo 3. Para estructuras diferentes a las especificadas en el Cap tulo II, del T tulo III, de este Reglamento, se establecen los criterios m nimos para determinar las fuerzas s smicas, a partir de los mapas de isoaceleraciones n meros 8, 9 y 10, del Ap ndice A, seg n el nivel de amenaza correspondiente para cada caso. Los coeficientes de dise o y dem s factores deber n ser determinados en base a las caracter sticas din micas del sistema.

5 P RRAFO: Las estructuras a que se refiere este art culo incluyen, sin ser limitativo: presas y obras afines, plantas nucleares, oleoductos, puentes, tanques de almacenamiento de agua, muros de contenci n, silos, estructuras de sistemas de tuber as, estructuras en base a elementos de paredes delgadas, estructuras tridimensionales techadas para acoger multitudes, torres de comunicaci n y de transmisi n el ctrica, estructuras para generaci n de energ a renovable, estructuras mar timas fuera de la costa, t neles y estructuras afines, estructuras para muelles y puertos y cualesquiera otras similares. Art culo 4. CAMBIO DE USO DE LA EDIFICACI N Y EVALUACI N DE LA VULNERABILIDAD. El presente Reglamento ser aplicado para aquellas edificaciones existentes, cuyo sistema estructural requiera ser modificado, ampliado, intervenido o rehabilitado para un nuevo uso; as como, para la evaluaci n de la vulnerabilidad s smica, en atenci n a la clasificaci n establecida en el Cap tulo I, del T tulo III.

6 Art culo 5. UNIDADES Y T TULOS DEL REGLAMENTO GENERAL DE EDIFICACIONES. El Reglamento General de Edificaciones lo conforman las siguientes unidades y t tulos, incluido este T tulo 1- B, correspondiente a la UNIDAD 5, las cuales ser n de aplicaci n obligatoria para la debida concepci n de los proyectos; as como, para la ejecuci n, inspecci n y supervisi n de las obras en cuesti n; de igual modo, le ser n aplicables los dem s reglamentos vigentes necesarios para estos fines: UNIDAD 1. REQUERIMIENTOS GENERALES DE APLICACI N Y TRAMITACI N DE PLANOS. UNIDAD 2. DISPOSICIONES ARQUITECT NICAS. UNIDAD 3. SISTEMAS DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS. UNIDAD 4. ESTUDIOS GEOT CNICOS. UNIDAD 5. ESTRUCTURAS. o T TULO 1:CARGAS M NIMAS. -T TULO 1-A: CARGAS Y COMBINACIONES DE CARGAS. -TITULO 1-B: AN LISIS Y DISE O S SMICO DE ESTRUCTURAS. -T TULO 1-C: AN LISIS Y DISE O POR VIENTO DE ESTRUCTURAS. o T TULO 2: HORMIG N ARMADO. o T TULO 3: MAMPOSTER A.

7 PROHIBIDA LA venta 1 MOPC de la Rep blica Dominicana R E G L A M E N T O P A R A E L A N L I S I S Y D I S E O S S M I C O D E E S T R U C T U R A S. o T TULO 4: MADERA. o T TULO 5: ACERO. o T TULO 6: AN LISIS Y DISE O B SICO DE ESTRUCTURAS PREFABRICADAS. o T TULO 7:METODOLOG A PARA EVALUACI N DE VULNERABILIDAD Y REDISE O DE. REFUERZO EN EDIFICACIONES. UNIDAD 6. SISTEMAS EL CTRICOS EN EDIFICACIONES. o T TULO 1: INSTALACIONES EL CTRICAS EN EDIFICACIONES. UNIDAD 7. SISTEMAS SANITARIOS. o T TULO 1: INSTALACIONES SANITARIAS EN EDIFICACIONES Y PROYECTOS DE. URBANIZACI N. UNIDAD 8. SISTEMAS MEC NICOS. o T TULO 1: VENTILACI N Y AIRE ACONDICIONADO. o T TULO 2: SISTEMAS DE REFRIGERACI N. o T TULO 3: SISTEMAS DE SUMINISTRO Y DISTRIBUCI N DE GAS. UNIDAD 9. ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCI N. Art culo 6. DEFINICIONES. Para los fines del presente Reglamento, ser n definidos los siguientes t rminos: 1) CAMPO CERCANO.

8 Efectos s smicos causados a estructuras localizadas a una distancia menor o igual a 5 kil metros a ambos lados de la falla. (ver Mapa # 11, en el ap ndice A). 2) CENTRO DE MASAS DE UN PISO. Es el punto donde se considera aplicada la fuerza horizontal Fi , que incide sobre ese piso. El centro de masas coincide con el centro de gravedad de las cargas verticales del piso (cargas muertas + proporci n de cargas vivas). Si las cargas verticales est n distribuidas uniformemente, el centro de masas coincide con el centroide geom trico de la planta del piso. 3) CENTRO DE CORTANTES DE UN PISO. Es el punto donde se considera aplicada la fuerza cortante Vi , de ese piso. Si la distribuci n de cargas y la geometr a del piso considerado se repite en todos los pisos superiores a l, el centro de cortantes coincide con el centro de masas. 4) CENTRO DE RIGIDEZ DE UN PISO. Es el punto por el que debe pasar la l nea de acci n de la fuerza cortante Vi , para que el desplazamiento sea s lo de traslaci n.

9 5) COEFICIENTE DE CORTE BASAL. Cociente que resulta de dividir la fuerza lateral s smica a nivel de base entre el peso total del edificio considerado en el an lisis. 6) CUANT A MURO- REA. rea total de los muros de carga en la direcci n analizada, dividida entre el rea total de cada piso. 7) DESPLAZAMIENTO HORIZONTAL RELATIVO. Diferencia entre los desplazamientos laterales entre dos pisos consecutivos. 8) DIAFRAGMA FLEXIBLE. Todo sistema de losas que no cumpla con la definici n de Diafragma R gido. PROHIBIDA LA venta 2 MOPC de la Rep blica Dominicana R E G L A M E N T O P A R A E L A N L I S I S Y D I S E O S S M I C O D E E S T R U C T U R A S. 9) DIAFRAGMA R GIDO. Todo sistema de losa plana de hormig n armado con espesor mayor o igual que 5 cms, y una relaci n largo-ancho menor o igual que 4. 10) PISOS SIN VIGAS. Estructuras compuestas por losas planas o nervadas apoyadas directamente sobre columnas. 11) EXCENTRICIDAD ACCIDENTAL.

10 Parte de la excentricidad reglamentaria que cubre entre otras cosas, las incertidumbres de la distribuci n de las sobrecargas en las plantas en el instante del sismo. 12) EXCENTRICIDAD GEOM TRICA. Es la distancia entre el centro de masas y el centro de rigidez del piso considerado, perpendicular a la direcci n del an lisis. 13) EXCENTRICIDAD REGLAMENTARIA. Es la excentricidad geom trica amplificada por el factor din mico incluido en este Reglamento, m s los efectos producidos por la excentricidad accidental. 14) FUNDACIONES. Son los elementos estructurales que transmiten las cargas de las edificaciones al suelo subyacente. Incluir n las cargas gravitacionales aplicadas al sistema estructural y a las fuerzas s smicas de dise o. 15) LOSAS NERVADAS. Losas apoyadas sobre vigas y/o muros monol ticamente vaciados con nervaduras espaciadas en formas regulares y colocadas en una o dos direcciones perpendiculares.


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