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XI. RECETA MÉDICA - farmacopea.org.mx

+52 55 5207 8187 +52 55 5207 6887 CONSULTA A USUARIOS DE LA FEUM 2017-1 RECETA M DICA 1 R o Rhin 57 col. Cuauht moc 06500, del. Cuauht moc Ciudad de M xico, M xico. EL TEXTO EN COLOR ROJO HA SIDO MODIFICADO Con fundamento en el numeral de la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SSA1-2010, se publica el presente proyecto a efecto de que los interesados, a partir del 1 de febrero y hasta el 31 de marzo de 2017, lo analicen, eval en y env en sus observaciones o comentarios en idioma espa ol y con el sustento t cnico suficiente ante la CPFEUM, sito en R o Rhin n mero 57, colonia Cuauht moc, c digo postal 06500, Ciudad de M xico. Fax: 5207 6890 Correo electr nico: XI. RECETA M DICA La RECETA es una orden escrita emitida por el m dico (prescripci n) para que se surta o dispense uno o varios medicamentos y otros insumos para la salud, destinados al tratamiento del paciente.

+52 55 5207 8187 +52 55 5207 6887 www.farmacopea.org.mx [email protected].mx CONSULTA A USUARIOS DE LA FEUM 2017-1 RECETA MÉDICA 2 Río Rhin 57

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1 +52 55 5207 8187 +52 55 5207 6887 CONSULTA A USUARIOS DE LA FEUM 2017-1 RECETA M DICA 1 R o Rhin 57 col. Cuauht moc 06500, del. Cuauht moc Ciudad de M xico, M xico. EL TEXTO EN COLOR ROJO HA SIDO MODIFICADO Con fundamento en el numeral de la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SSA1-2010, se publica el presente proyecto a efecto de que los interesados, a partir del 1 de febrero y hasta el 31 de marzo de 2017, lo analicen, eval en y env en sus observaciones o comentarios en idioma espa ol y con el sustento t cnico suficiente ante la CPFEUM, sito en R o Rhin n mero 57, colonia Cuauht moc, c digo postal 06500, Ciudad de M xico. Fax: 5207 6890 Correo electr nico: XI. RECETA M DICA La RECETA es una orden escrita emitida por el m dico (prescripci n) para que se surta o dispense uno o varios medicamentos y otros insumos para la salud, destinados al tratamiento del paciente.

2 La RECETA m dica representa la decisi n del profesional de la salud autorizado basada en un diagn stico y derivada de la eficiencia terap utica, la cual establece la relaci n formal con el paciente, indica el tratamiento para aliviar o curar los s ntomas y signos con el objetivo de restablecer la salud del paciente. A. ELEMENTOS QUE CONSTITUYEN UNA RECETA Datos del m dico. La RECETA debe llevar impreso el nombre del m dico, n mero de la c dula profesional, emitida por la Direcci n General de Profesiones y si cuenta con una especialidad, la c dula respectiva, nombre de la instituci n que emiti su t tulo; domicilio completo y n mero telef nico. La RECETA se completa con su firma aut grafa.

3 En los recetarios de las instituciones p blicas, estos datos podr n ser manuscritos o imprimirse con sello con tinta indeleble, cuando incluyan datos de varios m dicos impresos, deber n se alarse claramente los correspondientes al m dico prescriptor y debe incluir su firma. a) Fecha. Es un requisito para determinar la vigencia de la RECETA . b) Nombre y edad del paciente. Estos datos son tiles para evitar una posible confusi n con medicaciones destinadas a otra persona. c) Denominaci n gen rica y, en su caso, la denominaci n distintiva. Que especifique el m dico prescriptor; en el caso de medicamentos magistrales contendr la formulaci n y en su caso indicaciones para su preparaci n. Debe contener la presentaci n, dosis y v a de administraci n del medicamento.

4 D) Frecuencia y duraci n del tratamiento. Se deben evitar las abreviaturas, para prevenir errores de interpretaci n, en caso de que el prescriptor las utilice, al dispensar el medicamento deber explicarse el significado de las mismas al paciente, efectuando las aclaraciones necesarias con el m dico emisor cuando sea necesario. En el caso de tratamientos cr nicos, superiores a seis meses, el m dico podr indicarlo en la RECETA . e) Instrucciones para el paciente. Consideraciones de uso, dosificaci n, frecuencia y duraci n del tratamiento, y cuando el m dico as lo considere, podr incluir recomendaciones tales como ser administrado antes o despu s de los alimentos o de acostarse, la diluci n en caso de requerirse, consumo o restricci n de algunos alimentos, ejercicios y otras instrucciones.

5 B. RECOMENDACIONES EN UNA RECETA Cuando se emplee alg n dispositivo m dico para la administraci n del medicamento, el m dico o el Profesional Farmac utico orientar al paciente sobre c mo usarlo y explicar las indicaciones que acompa an al producto. Se debe tomar en cuenta las necesidades especiales de los pacientes: ni os, ancianos, +52 55 5207 8187 +52 55 5207 6887 CONSULTA A USUARIOS DE LA FEUM 2017-1 RECETA M DICA 2 R o Rhin 57 col. Cuauht moc 06500, del. Cuauht moc Ciudad de M xico, M xico. personas con capacidades diferentes, embarazadas, enfermos cr nicos y personas que no puedan leer. En estos casos, el Profesional Farmac utico podr describir con m s detalle las indicaciones, en una hoja aparte, para que el paciente conserve como referencia.

6 C. RECETAS DE INSTITUCIONES P BLICAS En las instituciones p blicas, la prescripci n se ajustar a lo que se se ale en cada una, utilizando nicamente las denominaciones gen ricas de los medicamentos incluidos en el Cuadro B sico y Cat logo de Medicamentos. Por excepci n y con la autorizaci n correspondiente, podr n prescribirse otros medicamentos. De acuerdo con los lineamientos de cada instituci n, podr n contener otros datos como los siguientes: Clave del Cuadro B sico Clave del m dico D. REVISI N, SURTIDO Y DISPENSACI N DE LA RECETA M DICA Las farmacias que vendan, suministren o dispensen (esto ltimo lo realiza el Profesional Farmac utico) medicamentos y dem s insumos para la salud, s lo podr n surtir las recetas m dicas que cumplan con las condiciones reglamentarias establecidas en los apartados A y B de este cap tulo.

7 No se deben resurtir recetas sin tener la seguridad de que el m dico lo indica, para lo cual se recomienda que haya comunicaci n con el emisor para consultar la conveniencia de surtir los medicamentos. Funciones del Profesional Farmac utico en el proceso de dispensaci n: Dispensar el medicamento prescrito. En caso de considerarlo necesario, debe pedir aclaraciones al prescriptor y anotar al reverso de la RECETA el resultado de la aclaraci n, nombre del medicamento que dispensa, fecha y firma, e informar al paciente. Estar alerta para identificar sobredosificaci n o subdosificaci n de medicamentos en las prescripciones por la seguridad del paciente. Si el paciente requiere un medicamento en concentraci n mayor que la habitual, es conveniente comunicarse con el m dico para confirmar la dosis.

8 Se act a de igual modo en situaciones de dosis menores a las usuales. Si el emisor de la RECETA prescribe medicamentos con su denominaci n gen rica, la venta o suministro debe ajustarse precisamente a esta denominaci n. Cuando en la RECETA se indique la denominaci n distintiva del medicamento, s lo podr sustituirse si lo autoriza expresamente quien lo prescribe. Confirmar con el paciente si son claras las indicaciones de prescripci n del m dico y lo orientar sobre las consideraciones de uso, dosis, v a de administraci n, frecuencia, duraci n del tratamiento, almacenamiento y qu hacer si se presenta alguna manifestaci n cl nica no deseada. Ver cap tulos Atenci n farmac utica y Farmacovigilancia y tecnovigilancia.

9 E. TIPOS DE RECETAS Hay dos tipos de recetas: 1. RECETA m dica ordinaria. Es la RECETA que se utiliza para los medicamentos de las fracciones II, III y IV (figura 1), y opcionalmente de las fracciones V y VI, que son de libre venta. Si en la misma RECETA se incluyen dos o m s medicamentos clasificados en la fracci n IV, el nombre y la cantidad de cada uno se escriben por separado. +52 55 5207 8187 +52 55 5207 6887 CONSULTA A USUARIOS DE LA FEUM 2017-1 RECETA M DICA 3 R o Rhin 57 col. Cuauht moc 06500, del. Cuauht moc Ciudad de M xico, M xico. Para los medicamentos clasificados en las fracciones II y III, se elabora una RECETA ordinaria por separado para cada medicamento. Los requisitos para las recetas que contienen medicamentos magistrales se encuentran en el cap tulo Medicamentos magistrales y oficinales.

10 Figura 1. Ejemplo de RECETA m dica ordinaria. 2. RECETA m dica especial con c digo de barras autorizado por la secretaria de Salud. Se elimin este apartado. F. FORMATO DEL RECETARIO ESPECIAL Caracter sticas de los recetarios especiales con c digo de barras para prescribir estupefacientes que el m dico debe imprimir (figura 3). Las recetas deben imprimirse en original y dos copias, incluyendo la leyenda original para la farmacia, copia para el paciente y copia para el m dico y presentarse a la autoridad sanitaria, en blocks de 50 recetas, tipo de papel sin restricci n, tama o 18 x 13,6 cm y color sin restricci n. Los m dicos pueden obtener la autorizaci n para prescribir estupefacientes, as como los recetarios autorizados de manera electr nica a trav s del portal para m dicos disponible en , en la cual se encuentran las instrucciones para su tr mite.


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