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Decreto 160/2006, de 8 de noviembre, por el que …

Decreto 160/2006, de 8 de noviembre, por el quese aprueba el Reglamento del Sistema de gesti ndocumental y organizaci n de los archivos de-pendientes de la Administraci n P blica de laComunidad Aut noma de Canarias ( 223,de )La Ley 3/1990, de 22 de febrero, de PatrimonioDocumental y Archivos de Canarias (1) desarrollala competencia que en materia de archivos atribuye a la Comunidad Aut noma el Estatuto de Auto -no m a de virtud de lo establecido en la Disposici nFi nal de la citada Ley, el Gobierno de Canariasdict el Decreto 76/2003, de 12 de mayo, por elque se aprueba el Reglamento del Sistema de ges-ti n documental y organizaci n de los archivosde la Administraci n P blica de la ComunidadAut noma de Canarias (2).

GESTIÓN DOCUMENTAL y ejecución de la política fijada por el Gobierno de Canarias.” 2. Se modifica el artículo 33, que queda re-dactado del siguiente modo:

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1 Decreto 160/2006, de 8 de noviembre, por el quese aprueba el Reglamento del Sistema de gesti ndocumental y organizaci n de los archivos de-pendientes de la Administraci n P blica de laComunidad Aut noma de Canarias ( 223,de )La Ley 3/1990, de 22 de febrero, de PatrimonioDocumental y Archivos de Canarias (1) desarrollala competencia que en materia de archivos atribuye a la Comunidad Aut noma el Estatuto de Auto -no m a de virtud de lo establecido en la Disposici nFi nal de la citada Ley, el Gobierno de Canariasdict el Decreto 76/2003, de 12 de mayo, por elque se aprueba el Reglamento del Sistema de ges-ti n documental y organizaci n de los archivosde la Administraci n P blica de la ComunidadAut noma de Canarias (2).

2 No obstante, la acumulaci n de una gran can-tidad de documentos en los centros de archivodepen dientes de la Administraci n P blica de laCo mu nidad Aut noma de Canarias requiere la regu -laci n de un procedimiento que permita su eli mina -ci n. En el art culo 33 del citado Regla mento, apro-bado por Decreto 76/2003, de 12 de mayo, ya sepreve a el establecimiento de un procedimiento re-glamentario destinado a la destrucci n de docu-mentos. Con el objeto de unificar la regulaci n enmateria de archivos, se ha considerado oportunoincluir el procedimiento de identificaci n, valora-ci n, expurgo y eliminaci n en el Re gla mento delSistema de gesti n documental y organizaci n delos archivos dependientes de la Administraci nP blica de la Comunidad Aut no ma de Canariasy no regularlo en otra norma re glamentaria (3).

3 La regulaci n de este procedimiento de identi-ficaci n, valoraci n, expurgo y eliminaci n exige laintroducci n de nuevas definiciones, tales como:series documentales comunes y espec ficas, ex-purgo y eliminaci n; as como proceder a redefinirel concepto de tabla de valoraci n Decreto que ahora se deroga configurabael Archivo General como centro directivo, sinembargo , la aplicaci n efectiva del Sistema degesti n documental y organizaci n de los archivos dependientes de la Administraci n P blica de laComunidad Aut noma de Canarias ha demostradoque resulta m s operativa su configuraci n comounidad administrativa adscrita a la Consejer a com-petente en materia de la inclusi n de este procedimiento deiden tificaci n, valoraci n, expurgo y eliminaci n,como la configuraci n del Archivo General comounidad administrativa.

4 Exigen una redistribuci nde funciones entre los rganos directivos del Siste -ma de gesti n documental y organizaci n de losarchivos dependientes de la Administraci n P blicade la Comunidad Aut noma de la aprobaci n de este nuevo Reglamentose pretende plasmar en un nico texto la regula-ci n en materia de archivos al objeto de que stasea sistem tica y ordenada. En virtud de lo expuesto, a propuesta del Con -sejero de Presidencia y Justicia, de acuerdo con eldictamen del Consejo Consultivo de Cana rias yprevia deliberaci n del Gobierno en su reuni n deld a 8 de noviembre de 2006,DISPONGO:Art culo aprueba el Reglamento delSistema de gesti n documental y organizaci n delos archivos dependientes de la Administraci nP blica de la Comunidad Aut noma de Canarias,en los t rminos del n de Archivos Centrales.

5 Las Consejer as establecer n y dotar n de losmedios necesarios para su funcionamiento a losArchivos Centrales, que, en virtud de lo dispuestoen el art culo 13 del Reglamento anexo al presen-te Decreto , se encuadren en su estructura org n del Reglamento Org -nico de la Consejer a de Presidencia y modifica el Reglamento Org nico de laConsejer a de Presidencia y Justicia, aprobado porDecreto 40/2004, de 30 de marzo, en los siguien-tes t rminos:1. Se modifica el art culo 14, que queda re-dactado del siguiente modo: Art culo 14.

6 Funciones del Consejero en ma-teria de archivos dependientes de la Administraci nP blica de la Comunidad Aut noma de materia de archivos dependientes de la Ad -ministraci n P blica de la Comunidad Aut nomade Canarias, corresponde al Consejero la propuesta 1 GESTI N DOCUMENTAL Y ORGANIZACI N DE ARCHIVOSD160/2006 (1) La Ley 3/1990 figura como L3/1990.(2) El Decreto 76/2003 ha sido derogado por el presenteDecreto.(3) V ase Resoluci n de 20 de noviembre de 2007, por la quese publica el Protocolo para la coordinaci n del procedimientode identificaci n, valoraci n, expurgo y eliminaci n de seriesdocumentales espec ficas (R20/11/2007).

7 GESTI N DOCUMENTALy ejecuci n de la pol tica fijada por el Gobiernode Canarias. 2. Se modifica el art culo 33, que queda re-dactado del siguiente modo: Art culo 33. Funciones del Viceconsejero deAdministraci n P blica en materia de archivos de-pendientes de la Administraci n P blica de la Co -munidad Aut noma de materia de archivos dependientes de laAdministraci n P blica de la Comunidad Aut -no ma de Canarias, corresponde al Viceconsejero deAdministraci n P blica:a) El desarrollo general, la coordinaci n y la su-pervisi n de este sector ) El impulso, establecimiento y seguimientode la metodolog a nica de organizaci n y fun-cionamiento de los archivos dependientes de laAdministraci n P blica de la Comunidad Aut no -ma de Canarias, desde su configuraci n en las uni-dades administrativas hasta el general en su fase dearchivo intermedio e hist rico, en coordinaci ncon la Direcci n General competente en materia detelecomunicaciones.

8 3. Se a ade un art culo 61 bis, con la siguien-te redacci n: Art culo 61 bis. Funciones de la Inspecci nGe neral de Servicios en materia de archivos depen -dientes de la Administraci n P blica de la Co mu -nidad Aut noma de materia de archivos dependientes de laAdministraci n P blica de la Comunidad Aut no -ma de Canarias, corresponden a la Inspecci n Ge -ne ral de Servicios la competencia en relaci n conel Archivo General de la Administraci n P blica dela Comunidad Aut noma de Canarias con, las si-guientes funciones.

9 A) Velar por el cumplimiento de las obligacio -nes impuestas en la normativa en vigor a los titu-lares, conservadores y usuarios de los archivos ydocumentos constitutivos del patrimonio documen -tal de la Administraci n P blica de la ComunidadAut noma de ) Establecer los sistemas peri dicos de controlde fondos y los procedimientos de tratamiento ygesti n de los documentos, con objeto de lograrla necesaria normalizaci n de estos procesos enlos archivos del Sistema, as como las normas deinspecci n de los mismos.

10 C) Obligar a depositar los documentos, cuyaconservaci n, seguridad o servicio se encuentren ensituaci n de peligro, en el archivo que se determi-ne hasta que desaparezcan las causas que motiva-ron dicha situaci ) La recepci n y difusi n de la informaci nsobre centros de archivo, fuentes documentales ybibliograf a de archivos, a trav s del Archivo Ge -ne ral de la Administraci n P blica de la Comu -nidad Aut noma de ) Elaborar la Propuesta Anual de Formaci nen materia de archivos dependientes de la Admi -nistraci n P blica de la Comunidad Aut noma deCanarias.


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