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Análisis a algunos factores de actualización fiscal

ASOCIACI N NACIONAL DE An lisis a los factores de actualizaci n fiscal Edgar Ulises Hern ndez Campos Egresado de la Universidad De La Salle Baj o, Director General de Hern ndez y Jim nez Contadores P blicos, Socio de la firma nacional de asesores y consultores Chamlaty, P rez y Asociados, , Socio Activo del Colegio de Contadores P blicos de Le n, Miembro del Instituto Mexicano de Contadores P blicos, Catedr tico del rea fiscal y contable en la Universidad de la Salle Baj o, en la Licenciatura en Contadur a P blica Expositor de Conferencias a nivel nacional de temas contables y fiscales en Universidades, Foros, Colegios de Empresarios, de Contadores y el Servicio de Administraci n Tributaria.

ASOCIACIÓN NACIONAL DE FISCALISTAS.NET A.C. Análisis a los factores de actualización fiscal C.P. Edgar Ulises Hernández Campos Egresado de la Universidad De La Salle Bajío, A.C.

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1 ASOCIACI N NACIONAL DE An lisis a los factores de actualizaci n fiscal Edgar Ulises Hern ndez Campos Egresado de la Universidad De La Salle Baj o, Director General de Hern ndez y Jim nez Contadores P blicos, Socio de la firma nacional de asesores y consultores Chamlaty, P rez y Asociados, , Socio Activo del Colegio de Contadores P blicos de Le n, Miembro del Instituto Mexicano de Contadores P blicos, Catedr tico del rea fiscal y contable en la Universidad de la Salle Baj o, en la Licenciatura en Contadur a P blica Expositor de Conferencias a nivel nacional de temas contables y fiscales en Universidades, Foros, Colegios de Empresarios, de Contadores y el Servicio de Administraci n Tributaria.

2 Articulista de: PaF, Nuevo Consultorio fiscal , Fiscalistas, Agenda Contable, Offix fiscal y CpWare S ndico del Contribuyente ante el SAT representando a la Universidad De La Salle Baj o, Representante de la Asociaci n Nacional de , en el Estado de Guanajuato Coordinador de la comisi n fiscal de la Asociaci n Nacional de , e-mail: e-mail: ARCHIVO MANEJABLE PARA SOCIOS. Introducci n. Durante d cadas, nuestro pa s ha padecido de un fen meno econ mico sumamente negativo que tiene por nombre, inflaci n.

3 Sin ser especialista en el fen meno antes descrito, y sin abundar en su concepto m s amplio, podemos definir la inflaci n como el cambio generalizado de precios a la alza en un pa s, fen meno que tiene muy variadas razones. En el a o de 1990, la Legislaci n fiscal , tom un rumbo distinto, ya que por primera vez, las diferentes leyes impositivas, contemplaban (Y hoy d a contemplan), diferentes m todos mediante los cuales, las cantidades que sirven de base para efectos de pagar las diversas contribuciones, tengan incorporados los efectos de la inflaci n.

4 Esto lo podemos tomar como l gico, si pensamos que el valor del dinero en el tiempo a causa de la inflaci n cambia, ya que como lo hemos se alado, si al pasar el tiempo y al existir inflaci n, los precios de los diversos productos y servicios, aumenta de forma generalizada, es obvio pensar que el valor de la moneda pierde poder adquisitivo, lo que se traduce que con la misma cantidad de dinero, alcancemos a comprar o pagar menos bienes o servicios. Para efectos de poder en t rminos cuantitativos la inflaci n, el Banco de M xico mes a mes publica (A m s tardar el d a 10 del mes siguiente al que corresponda), un indicador econ mico conocido como NDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR (INPC), mediante el cual, se puede apreciar el cambio generalizado de los precios de diferentes productos o servicios en nuestro pa s.

5 El art culo 20-Bis del C digo fiscal de la Federaci n (CFF), establece en lo general, los lineamientos que habr n de seguirse para que el citado Banco de M xico, practique las operaciones necesarias para llevar a cabo el c lculo del indicador econ mico en comento. Nota: No obstante lo anterior, existen tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Naci n, mediante las cuales se ha decretado la inconstitucionalidad del uso de los ndices Nacionales de Precios al Consumidor (INPC) en materia fiscal .

6 Aspecto fiscal . Dentro de la Legislaci n fiscal , se encuentran diversos procedimientos para incorporar el efecto de la inflaci n a las cifras que sirven de base para el c lculo y pago de impuestos; sin embargo, de acuerdo a las circunstancias, este procedimiento puede volverse complejo en virtud de la variedad de procedimientos y c lculos num ricos que habr n de llevarse a cabo para la incorporaci n de la inflaci n. Al proceso fiscal , mediante el cual se le incorpora la inflaci n a las cifras, se le denomina actualizaci n fiscal y es necesario se alar que de acuerdo a cada Ley fiscal , el procedimiento para calcular dicha actualizaci n, ser cambiante, es decir, las operaciones entre una ley y otra no son las mismas.

7 Para efectos de llevar a cabo la actualizaci n, debemos de realizar las operaciones num ricas con los INPC s, que hemos se alado con antelaci n. As pues, el objeto del presente an lisis es mostrar al lector los principales factores de actualizaci n que se alan las disposiciones legales, precisando que, se mostrar n los c lculos y la aplicaci n de los factores m s comunes y pr cticos, no debiendo omitir que, adem s de los procedimientos aqu establecidos, las leyes fiscales pueden establecer otros factores aplicables a otros casos, por lo que, lo aqu expuesto, se menciona de manera enunciativa y no limitativa.

8 Para entender mejor los conceptos, hemos de empezar con se alar que para su mejor comprensi n, haremos el an lisis de los factores de actualizaci n y de su aplicaci n partiendo del C digo fiscal de la Federaci n (CFF), Ley del impuesto sobre la Renta (LISR) y Ley del Impuesto al Activo (LIA). Principales factores de actualizaci n contenidos en el C digo fiscal de la Federaci n. El CFF, es una ley que se aplica de manera supletoria a las dem s disposiciones fiscales, es decir, en lo no previsto por una ley fiscal principal, por ejemplo, la LISR, se aplicar en lo conducente, el CFF.

9 El primer concepto que debemos de precisar, es la actualizaci n de contribuciones no pagadas en tiempo y forma, no debiendo perder de vista que, al pasar el tiempo y al haber inflaci n, el poder adquisitivo de la moneda se ve disminuido, de tal suerte que habr de incorporarse el efecto de la inflaci n. Para aclarar lo anterior, debemos precisar que cuando una contribuci n (Impuestos, Aportaciones de Seguridad Social, Contribuciones de Mejoras, Derechos, etc.)

10 No sea pagada a tiempo, el Fisco exigir que se pague la contribuci n adem s de la inflaci n del periodo en que, la contribuci n se debi de haber pagado, y hasta que la misma se pague. Si observamos, el Fisco no pierde por el efecto de la inflaci n ya que las cantidades que cobre por las contribuciones omitidas, contendr n el importe inflacionario que se origin por no haber pagado a tiempo. Para tal efecto, el art culo 17-A del CFF, establece en su primer p rrafo como habr de determinarse el primer factor de actualizaci n motivo del presente an lisis, y la disposici n en comento se ala que: Art culo El monto de las contribuciones, aprovechamientos, as como de las devoluciones a cargo del fisco federal, se actualizar por el transcurso del tiempo y con motivo de los cambios de precios en el pa s, para lo cual se aplicar el factor de actualizaci n a las cantidades que se deban actualizar.


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