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Comité Interterritorial de Estadística

Comit . Interterritorial de Estad stica Memoria anual 2014. Madrid, marzo de 2015. ndice ndice 3. Introducci n 5. 1 R gimen jur dico 7. Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Funci n Estad stica P blica 9. Real Decreto 1036/1990, de 27 de julio 10. Reglamento de organizaci n y funcionamiento del Comit . Interterritorial de Estad stica 11. R gimen aplicable al Foro de Estad stica Regional 11. Otras disposiciones legales 12. 2 Actividades desarrolladas por el Comit . Interterritorial de Estad stica durante 2014 13. Pleno del Comit Interterritorial de Estad stica 15. Grupos de trabajo INE-OCECA 16. 3 Informe del Comit Interterritorial de Estad stica sobre el Anteproyecto del Real Decreto por el que se aprueba el Programa anual 2015 del Plan Estad stico Nacional 2013-2016 17.

4 Anexos 35 Anexo 1: Reglamento vigente de organización y funcionamiento del Comité Interterritorial de Estadística 37 Anexo 2: Acuerdo de Creación del Foro de Estadística Regional 43 Anexo 3: Convenios vigentes a 31 de diciembre de 2014 suscritos por el Instituto Nacional de Estadística y las

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1 Comit . Interterritorial de Estad stica Memoria anual 2014. Madrid, marzo de 2015. ndice ndice 3. Introducci n 5. 1 R gimen jur dico 7. Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Funci n Estad stica P blica 9. Real Decreto 1036/1990, de 27 de julio 10. Reglamento de organizaci n y funcionamiento del Comit . Interterritorial de Estad stica 11. R gimen aplicable al Foro de Estad stica Regional 11. Otras disposiciones legales 12. 2 Actividades desarrolladas por el Comit . Interterritorial de Estad stica durante 2014 13. Pleno del Comit Interterritorial de Estad stica 15. Grupos de trabajo INE-OCECA 16. 3 Informe del Comit Interterritorial de Estad stica sobre el Anteproyecto del Real Decreto por el que se aprueba el Programa anual 2015 del Plan Estad stico Nacional 2013-2016 17.

2 4 Acuerdos Marco de Cooperaci n Estad stica e Intercambio de Informaci n entre el Instituto Nacional de Estad stica y las comunidades aut nomas 21. 5 Composici n del Comit Interterritorial de Estad stica en 2014 27. 3. Anexos 35. Anexo 1: Reglamento vigente de organizaci n y funcionamiento del Comit Interterritorial de Estad stica 37. Anexo 2: Acuerdo de Creaci n del Foro de Estad stica Regional 43. Anexo 3: Convenios vigentes a 31 de diciembre de 2014. suscritos por el Instituto Nacional de Estad stica y las comunidades aut nomas 45. Anexo 4: Convenios suscritos y acuerdos establecidos en materia estad stica entre los departamentos ministeriales y las comunidades aut nomas, vigentes a 31 de diciembre de 2014 49.

3 Anexo 5: Organizaci n, legislaci n y planificaci n estad stica vigente en las comunidades aut nomas a 31. de diciembre de 2014 58. 4. Introducci n La actividad estad stica p blica en Espa a, dado el modelo de organizaci n territorial del Estado implantado por la Constituci n, es llevada a cabo, b sicamente, por la Administraci n General del Estado y por las Administraciones de las Comunidades Aut nomas. Las relaciones entre ambas Administraciones se rigen, de acuerdo con la normativa vigente sobre la materia, por los principios de cooperaci n y de lealtad institucional. Espec ficamente en materia estad stica, la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Funci n Estad stica P blica regula dichas relaciones en su t tulo III y dispone en su art culo 42 la creaci n del Comit Interterritorial de Estad stica (CITE), rgano colegiado adscrito al Ministerio de Econom a y Competitividad a trav s del Instituto Nacional de Estad stica y cuya principal misi n es la de potenciar la cooperaci n entre los servicios estad sticos estatales y auton micos.

4 Entre las funciones del Comit se encuentra la elaboraci n de la Memoria anual de sus actividades y la remisi n de la misma a los rganos competentes de las Comunidades Aut nomas y al Consejo Superior de Estad stica, a efectos informativos. En cumplimiento de lo establecido, se ha elaborado la presente Memoria, relativa a las actividades desarrolladas por el Comit durante el a o 2014, entre las que se incluye un resumen de los temas tratados en la sesi n celebrada en 2014 por el Pleno del Comit Interterritorial de Estad stica. Dentro de estas actividades, destaca el informe del CITE en relaci n con el Anteproyecto del Real Decreto por el que se aprueba el Programa anual 2015 del Plan Estad stico Nacional 2013-2016, que se reproduce en el ep grafe tres.

5 Figuran en la Memoria, adem s de estas actividades, un resumen de la normativa vigente aplicable al CITE, la composici n del Comit en 2014 y se detallan, en un apartado espec fico, los Acuerdos Marco de Cooperaci n Estad stica e Intercambio de Informaci n suscritos entre el INE y las Comunidades Aut nomas. Por ltimo, la Memoria contiene cinco Anexos. En el primero de estos anexos se recoge el Reglamento vigente de organizaci n y funcionamiento del Comit . Interterritorial de Estad stica. El segundo reproduce el texto del Acuerdo de creaci n del Foro de Estad stica Regional. En los anexos tercero y cuarto se relacionan los convenios de colaboraci n vigentes suscritos por los servicios estad sticos estatales y las Comunidades Aut nomas en materia estad stica, separadamente los suscritos por el INE y los suscritos por los departamentos ministeriales.

6 Finalmente en el quinto anexo se refleja, de forma esquem tica, la organizaci n, legislaci n y planificaci n en materia estad stica vigente en las Comunidades Aut nomas a 31 de diciembre de 2014. La presente Memoria fue aprobada por el Pleno del Comit Interterritorial de Estad stica, en su sesi n 12 de marzo de 2015. 5. 1 R gimen jur dico 1 R gimen jur dico Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Funci n Estad stica P blica (LFEP). La Ley de la Funci n Estad stica P blica1, en su t tulo III, regula las relaciones entre las Administraciones P blicas en materia estad stica y, en particular, las de los Servicios Estad sticos Estatales y Auton micos, creando el Comit.

7 Interterritorial de Estad stica, rgano colegiado adscrito al Ministerio de Econom a y Hacienda, a trav s del Instituto Nacional de Estad stica, y competente para velar por la cooperaci n entre los citados servicios. La creaci n y composici n del Comit se establecen en el art culo 42: 1. Se crea el Comit Interterritorial de Estad stica, que estar integrado por un representante de los servicios estad sticos que se hayan constituido en cada una de las comunidades aut nomas y el n mero de representantes del Instituto Nacional de Estad stica y de los servicios estad sticos de los Departamentos Ministeriales que reglamentariamente se determinen.

8 Los representantes estatales tendr n un n mero de votos igual al del conjunto de representantes de las comunidades aut nomas. 2. El Comit estar presidido por el Presidente del Instituto Nacional de Estad stica. 3. El Comit aprobar su propio reglamento de organizaci n y funcionamiento. En el art culo 43 se enumeran las funciones del Comit Interterritorial de Estad stica: a. Deliberar sobre las propuestas y recomendaciones que presenten sus miembros con ocasi n de la formulaci n del anteproyecto del Plan Estad stico Nacional y los planes y programas anuales que hayan de desarrollarse en ejecuci n del mismo, con especial atenci n a la participaci n de las comunidades aut nomas en los diversos proyectos estad sticos.

9 Asimismo, deliberar sobre las propuestas y recomendaciones que sobre esta materia elabore el Consejo Superior de Estad stica. b. Impulsar la adopci n de acuerdos para homogeneizar los instrumentos estad sticos a que alude el art culo 5 de la presente Ley. c. Preparar estudios e informes, emitir opiniones y formular propuestas y proyectos de convenios para asegurar el mejor funcionamiento y el mayor rendimiento de los servicios estad sticos. d. Promover la explotaci n conjunta, por parte de la Administraci n del Estado y de las comunidades aut nomas, de los datos procedentes de las respectivas fuentes administrativas que sean susceptibles de utilizaci n en la elaboraci n de estad sticas para fines estatales o auton micos.

10 E. Propiciar los intercambios necesarios entre ambas Administraciones para completar y mejorar los directorios y registros de cualquier tipo de utilidad para 1. El texto ntegro de la LFEP puede consultarse en el siguiente enlace: 9. sus servicios estad sticos; para la coordinaci n de sus sistemas integrados de informaci n estad stica, y para la formaci n del inventario de las estad sticas disponibles. f. Potenciar el intercambio de experiencias metodol gicas en materia estad stica, incluyendo los procedimientos de recogida y tratamiento de datos. g. Llevar a cabo el seguimiento peri dico de los convenios de cooperaci n en materia estad stica que se hayan establecido.


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