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1 2 3 Contenido Introducci n Reglamento para las presentaciones y las notificaciones por medios electr nicos. (Acuerdo N 4013 y modificatorios). Cap tulo I. De las presentaciones electr nicas. Cap tulo II. De las notificaciones por medios electr nicos. Cap tulo III. Disposiciones complementarias. Anexo II. Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires. Notificaci n electr nica. Anexo III. Notificaci n por c dula. Reglamento para las presentaciones y las notificaciones por medios electr nicos en los fueros Penal y de la Responsabilidad Penal Juvenil (Acuerdo N 4040).

sistema de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas. En caso de discrepancia entre el texto del documento digitalizado y el texto de la presentación, prevalecerá el primero. El ingreso en dicho sistema de una presentación de estas características implica la …

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1 1 2 3 Contenido Introducci n Reglamento para las presentaciones y las notificaciones por medios electr nicos. (Acuerdo N 4013 y modificatorios). Cap tulo I. De las presentaciones electr nicas. Cap tulo II. De las notificaciones por medios electr nicos. Cap tulo III. Disposiciones complementarias. Anexo II. Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires. Notificaci n electr nica. Anexo III. Notificaci n por c dula. Reglamento para las presentaciones y las notificaciones por medios electr nicos en los fueros Penal y de la Responsabilidad Penal Juvenil (Acuerdo N 4040).

2 Cap tulo I. Presentaciones. Cap tulo II. notificaciones . Cap tulo III. Normativa com n a las presentaciones y notificaciones electr nicas. 4 Introducci n A trav s del Acuerdo N 4013 y modificatorios la Suprema Corte de Justicia aprob el nuevo Reglamento para las presentaciones y las notificaciones por medios electr nicos , el cual entr en vigor el 1 de noviembre de 2021. Su ltima versi n incorpor los aportes, sugerencias y observaciones orientadas al perfeccionamiento de la normativa aprobada, provenientes de la instancia de consulta p blica llevada adelante entre los meses de abril y mayo del a o 2021.

3 Dicha acci n evidenci un elevado nivel de conformidad por parte del conjunto de los operadores de justicia con el r gimen y las herramientas introducidas, destac ndose positivamente la condici n de medio para profundizar el proceso de implementaci n de tecnolog as de la informaci n y la comunicaci n al servicio judicial. En torno a ello, el nivel de aceptaci n con cada uno de los bloques tem ticos abiertos a consulta fue superior al 87 %, siendo la participaci n mayoritaria de abogados de la matr cula.

4 A su vez, las observaciones y sugerencias realizadas han sido, salvo excepciones puntuales, laudatorias del proceso instrumentado y propositivas para su perfeccionamiento. En definitiva, se alcanz un alto consenso sobre la necesidad y 5 utilidad de los cambios realizados para una mejor prestaci n del servicio de justicia. ** Corresponde indicar que a trav s de Resoluci n SC N 1968/21, se efectuaron una serie de aclaraciones en torno a la realizaci n de la prueba piloto dispuesta por Acuerdo N 4039, modificatorio del Acuerdo N 4013.

5 En orden a ello se se al : 1. La instrumentaci n de la prueba piloto a la que se refieren los p rrafos primero, tercero y cuarto del art culo 14 del Acuerdo N 4039 no posterga la entrada en vigencia de las reglas del Anexo III del Acuerdo N 4013 (Texto ordenado dispuesto por Ac. 4039), las cuales resultan plenamente operativas para todos los rganos judiciales y procesos comprendidos en el art. 1 del Acuerdo 4013. 2. Lo normado en el segundo p rrafo del art culo 14 del Acuerdo 4039, regir en todos los procesos alcanzados por el Anexo III del Acuerdo 4013 (texto seg n Ac.)

6 4039). El documento que instrumente el acto procesal de comunicaci n contemplado en el Anexo III del Acuerdo 4013 (texto seg n Ac. 4039), contendr una breve explicaci n, en lenguaje claro, acerca del Contenido , alcances y consecuencias del acto anoticiado. 6 3. Se dispone que la prueba piloto que se instrumente en los t rminos del art culo 14 p rrafo primero del Acuerdo N 4039, comprenda -adem s de lo dispuesto en el citado art culo- una exhaustiva evaluaci n acerca del funcionamiento y resultados de los canales de consulta y asesoramiento que se implementen en cumplimiento a lo dispuesto en el art culo 7 del Acuerdo N 4013.

7 4. Dicha resoluci n entra en vigencia a partir del d a siguiente de su publicaci n en el Bolet n Oficial, el 10 de noviembre de 2021. ** Por su parte, con el objetivo de contribuir a la inclusi n del proceso penal en el camino emprendido hacia el expediente digital, por medio del Acuerdo N 4040, la Suprema Corte de Justicia aprob el "Reglamento para las presentaciones y las notificaciones por medios electr nicos para los fueros Penal y de la Responsabilidad Penal Juvenil", que se aplica en forma obligatoria en los mbitos mencionados.

8 El reglamento se adopta por los beneficios que reporta, ya que el uso de los medios electr nicos -al igual que lo ocurrido en los restantes fueros-, no solo simplifican, agilizan y potencian la seguridad de la tramitaci n de las presentaciones y notificaciones , sino que tambi n implican una reducci n de los costos de diligenciamiento. 7 Con el objetivo de facilitar la consulta del nuevo r gimen normativo sobre Presentaciones y notificaciones por medios electr nicos, y en base a ello la labor de sus usuarios, a continuaci n, se presenta el Texto Ordenado del Acuerdo N 4013 y modificatorios y el texto completo del Acuerdo 4040.

9 Ambas normas se orientan a afianzar la actualizaci n y mejora del proceso de transformaci n del sistema jurisdiccional con la contribuci n de las nuevas tecnolog as de la informaci n y la comunicaci n. Reglamento para las presentaciones y las notificaciones por medios electr nicos 8 Reglamento para las presentaciones y las notificaciones por medios electr nicos (Acuerdo N 4013 y modificatorios). Cap tulo I. De las presentaciones electr nicas. Art culo 1 . Obligaci n de efectuar presentaciones electr nicas.

10 Todas las presentaciones que deban realizarse en un proceso judicial alcanzado por el art culo 1o del Acuerdo que aprueba este Reglamento, ser n generadas y efectuadas en soporte digital, as como rubricadas con tecnolog a de firma electr nica/digital. A tales efectos se requerir la utilizaci n de certificados digitales emitidos por la Autoridad Certificante AC-ONTI (Autoridad Certificante de Firma Digital), los cuales ser n aportados por los interesados o emitidos por la Suprema Corte en los casos en que sta lo disponga.


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