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CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO 2017-2019 - …

CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO 2017-2019 Calzada de los Reyes n m. 24, colonia Tetela del Monte, 62130, Cuernavaca, Morelos. Tels: (777) 3 29 21 00 - (55) 52 00 20 00 1 CONTRATO COLECTIVO de TRABAJO que celebran, por una parte Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos Organismo descentralizado del Gobierno Federal o como en lo futuro se denomine quien tiene su domicilio legal en Calzada de los Reyes No. 24, Col. Tetela del Monte, Cuernavaca, Mor., y por la otra, en representaci n del inter s profesional de todos y cada uno de sus miembros, el Sindicato Nacional de Trabajadores de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, o como en lo venidero se le denomine, quien tiene su domicilio en Privada de Aldama n m.

CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO 2017-2019 Calzada de los Reyes núm. 24, colonia Tetela del Monte, C.P. 62130, Cuernavaca, Morelos. Tels: (777) 3 29 21 00 - …

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  Trabajo, De trabajo, Contrato

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1 CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO 2017-2019 Calzada de los Reyes n m. 24, colonia Tetela del Monte, 62130, Cuernavaca, Morelos. Tels: (777) 3 29 21 00 - (55) 52 00 20 00 1 CONTRATO COLECTIVO de TRABAJO que celebran, por una parte Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos Organismo descentralizado del Gobierno Federal o como en lo futuro se denomine quien tiene su domicilio legal en Calzada de los Reyes No. 24, Col. Tetela del Monte, Cuernavaca, Mor., y por la otra, en representaci n del inter s profesional de todos y cada uno de sus miembros, el Sindicato Nacional de Trabajadores de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, o como en lo venidero se le denomine, quien tiene su domicilio en Privada de Aldama n m.

2 2, Col. Chamilpa, Cuernavaca, Mor., organizaci n legalmente constituida ante la Direcci n General de Registro de Asociaciones dependiente de la Secretar a del TRABAJO y Previsi n Social y a quienes en el curso de este CONTRATO ser n denominados como el Organismo y el Sindicato respectivamente, al tenor de las siguientes cl usulas: CAP TULO I Disposiciones Generales CL USULA Son objeto de este CONTRATO todos los trabajos o actividades de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos realice en la Rep blica Mexicana para la operaci n, mantenimiento, conservaci n y labores administrativas que se relacionen con el sistema carretero nacional y que lo lleve a cabo con sus propios medios y trabajadores, incluyendo los de distribuci n y transporte y el de fijar las bases, derechos, obligaciones y condiciones de TRABAJO , bajo las cuales deber n de regirse las relaciones entre las partes contratantes, en t rminos de lo establecido en los art culos 8.

3 10 y 16 de la Ley Federal del TRABAJO , en los domicilios propiedad del mismo que se se alan en el ANEXO NICO que se acompa a como parte integrante al presente CONTRATO , adem s que en los domicilios donde se establezcan las plazas de cobro, campamentos y dem s servicios complementarios que se construyan o llegaren a construirse en el centro de TRABAJO denominado tramo carretero Mazatl n-Durango , con efectos al inicio de sus operaciones. Este CONTRATO es aplicable a los trabajadores que presten sus servicios en el Organismo Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, con exclusi n del personal que se relaciona en el p rrafo segundo de la fracci n I de la cl usula 14, en el presente CONTRATO .

4 CL USULA Para los efectos de este ordenamiento, se entender por: I. EL Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos; II. EL El Director General de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos; CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO 2017-2019 Calzada de los Reyes n m. 24, colonia Tetela del Monte, 62130, Cuernavaca, Morelos. Tels: (777) 3 29 21 00 - (55) 52 00 20 00 2 III. EL El Sindicato Nacional de Trabajadores de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos; IV. EL Es la persona f sica sindicalizada, que presta un servicio personal subordinado al patr n en forma material, t cnica o profesional de acuerdo con este CONTRATO ; V. LA La Ley Federal de TRABAJO (LFT); VI.

5 LA LEY DEL La Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; VII. EL El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; VIII. LA La Junta Federal de Conciliaci n y Arbitraje; IX. EL El presente CONTRATO COLECTIVO de TRABAJO de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos. X. SALARIO El Salario M nimo General diario vigente en el Distrito Federal (SMGDF). XI. A Entendi ndose como a o calendario de 12 meses de acuerdo a lo que establece el art culo 736 de la LFT. XII. SUELDO MENSUAL Es la percepci n establecida, de acuerdo al nivel de responsabilidad, contenido en el Cat logo General de Puestos y Tabuladores de Sueldos del Organismo, a que se refiere la Cl usula 27 de este CONTRATO .

6 N Se entender por percepci n ordinaria la percepci n total mensual establecida en el tabulador de sueldos y salarios de personal operativo de base y de confianza autorizado al Organismo. Las dem s disposiciones legales que se invoquen, ser n mencionadas con su propio nombre. CL USULA Para efecto de la aplicaci n del presente CONTRATO el Organismo estar representado por el Director General y por los servidores p blicos a quienes expresamente y por escrito les delegue u otorgue dicha atribuci n, con excepci n de los casos que impliquen el ejercicio de atribuciones no delegables. CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO 2017-2019 Calzada de los Reyes n m. 24, colonia Tetela del Monte, 62130, Cuernavaca, Morelos. Tels: (777) 3 29 21 00 - (55) 52 00 20 00 3 CL USULA El Sindicato representar los intereses comunes de los trabajadores, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Federal del TRABAJO , as como los individuales a petici n del interesado.

7 El Comit Ejecutivo Nacional del Sindicato, acreditar su personalidad, ante el Organismo, con la copia certificada de la Toma de Nota expedida por la Direcci n General de Registro de Asociaciones, dependiente de la Secretar a del TRABAJO y Previsi n Social. El Secretario General de cada una de las Secciones Sindicales que conforman el Sindicato y los representantes de cada centro de TRABAJO acreditar n su personalidad mediante oficio emitido por el Comit Ejecutivo Nacional del Sindicato. CL USULA El Organismo y el Sindicato convendr n las normas y procedimientos por rama de actividad, en los cuales se establecer n las disposiciones y obligaciones para ambas partes en el desarrollo de los trabajos encomendados, los cuales no podr n contravenir lo dispuesto por el presente CONTRATO , en el entendido que ser n aplicables las medidas disciplinarias a los trabajadores infractores, las que se prev n en el cap tulo respectivo del presente CONTRATO , la normatividad aplicable y las previstas por la Ley Federal del TRABAJO .

8 CL USULA La relaci n Jur dico-Laboral entre el Organismo y sus Trabajadores se regir por: I. La Constituci n Pol tica de los Estados Unidos Mexicanos, Art culo 123, Apartado A ; II. La Ley Federal del TRABAJO ; y III. El CONTRATO COLECTIVO de TRABAJO y los Reglamentos que de ellos se deriven. En lo no previsto por las disposiciones mencionadas se aplicar n supletoriamente, la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, el C digo Federal de Procedimiento Civiles, las Leyes del Orden Com n, las Costumbres, el Uso, los Principios Generales de Derecho y la Equidad. CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO 2017-2019 Calzada de los Reyes n m. 24, colonia Tetela del Monte, 62130, Cuernavaca, Morelos. Tels: (777) 3 29 21 00 - (55) 52 00 20 00 4 CAPITULO II La Relaci n Jur dico-Laboral CL USULA El CONTRATO individual de TRABAJO es el instrumento jur dico que formaliza la relaci n laboral entre el Organismo y el Trabajador por tiempo indeterminado, determinado o eventual respectivamente.

9 El CONTRATO individual de TRABAJO ser expedido por el Director o por el Servidor P blico en quien delegue dicha atribuci n. CL USULA Los contratos individuales de TRABAJO deber n contener los siguientes datos: I. Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil y domicilio; II. Las funciones a realizar, trat ndose de TRABAJO por tiempo u obra determinados deber n ser con la mayor precisi n posible e indicando la temporalidad del CONTRATO ; III. El car cter de CONTRATO individual; si es por tiempo indeterminado o interino, por tiempo fijo o provisional o por obra determinada; IV. La duraci n de la jornada de TRABAJO ; V. El sueldo y dem s prestaciones que habr de percibir el trabajador; y VI. El lugar en que prestar sus servicios. CL USULA El car cter del CONTRATO individual de TRABAJO podr ser por tiempo indeterminado, interino, por tiempo fijo o determinado o provisional o por obra determinada o eventuales.

10 I. CONTRATO individual de TRABAJO por tiempo indeterminado, el que se expida a favor de un trabajador para ocupar una plaza definitiva de base de nueva creaci n o que haya quedado definitivamente vacante por las causas se aladas en la Ley; s lo este CONTRATO individual de TRABAJO crea derechos escalafonarios; II. CONTRATO Individual de TRABAJO interino, aquel para ocupar una plaza vacante en forma temporal por un m ximo de seis meses; el Organismo podr nombrar o remover libremente al trabajador durante este lapso; III. CONTRATO individual de TRABAJO por tiempo determinado o provisional, el que se expida a favor de un trabajador para cubrir una plaza vacante temporal por un t rmino mayor a seis meses, como resultado de una ausencia justificada.


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