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Dirección General de CONSEJERÍA DE ... - Comunidad de Madrid

A o 2020 1/12 Este documento es orientativo y carece de validez legal. Direcci n General de Atenci n a Personas con Discapacidad CONSEJER A DE POL TICAS SOCIALES, FAMILIAS, IGUALDAD Y NATALIDAD RECONOCIMIENTO DEL GRADO DE DISCAPACIDAD: UTILIDADES Este documento se ha confeccionado para que sirva de orientaci n a aquellas personas que, teniendo reconocido un grado de discapacidad, quieran conocer algunos de los servicios, prestaciones o beneficios vinculados a dicho reconocimiento. Las utilidades de la certificaci n del grado de discapacidad pueden variar en funci n de la normativa local, auton mica o estatal correspondiente y en funci n de cada ejercicio presupuestario. Es importante tambi n tener presente que hay beneficios en los que concurren otros requisitos suplementarios.

prestaciones contributivas y asistenciales del sistema de protección del desempleo y los pensionistas. Deducciones por: - Cada ascendiente o descendiente con discapacidad. - Cónyuge no separado legalmente con discapacidad cuyas rentas no excedan determinado límite. Los contribuyentes que reúnan los requisitos pueden tramitar el

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1 A o 2020 1/12 Este documento es orientativo y carece de validez legal. Direcci n General de Atenci n a Personas con Discapacidad CONSEJER A DE POL TICAS SOCIALES, FAMILIAS, IGUALDAD Y NATALIDAD RECONOCIMIENTO DEL GRADO DE DISCAPACIDAD: UTILIDADES Este documento se ha confeccionado para que sirva de orientaci n a aquellas personas que, teniendo reconocido un grado de discapacidad, quieran conocer algunos de los servicios, prestaciones o beneficios vinculados a dicho reconocimiento. Las utilidades de la certificaci n del grado de discapacidad pueden variar en funci n de la normativa local, auton mica o estatal correspondiente y en funci n de cada ejercicio presupuestario. Es importante tambi n tener presente que hay beneficios en los que concurren otros requisitos suplementarios.

2 Se trata, por tanto, de un documento de car cter orientativo, que carece de validez jur dica y que est supeditado a la comprobaci n por parte de las personas interesadas de los requisitos y vigencia de dichos beneficios. NOTA 1: Las personas que deseen acceder a los servicios y prestaciones econ micas que forman parte del cat logo del Sistema para la Autonom a y la Atenci n de la Dependencia (SAAD) establecido en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre deben solicitar dicha valoraci n de la situaci n de Dependencia (m s informaci n) que es distinta y complementaria a la del grado de discapacidad. NOTA 2: Las necesidades de atenci n temprana de los menores de 6 a os se determinan mediante un procedimiento de valoraci n espec fico para el que existe una solicitud independiente.

3 prestaciones ECON MICAS Pensi n no Contributiva de Invalidez ( ) Para personas que no puedan acceder a las pensiones contributivas ordinarias y que no superen determinado nivel de ingresos. Incompatible con prestaci n por Hijo a Cargo. Debe tener un grado de discapacidad igual o superior al 65%. (Tanto en este mbito como a efectos del IRPF la incapacitaci n judicial civil se equipara a un 65% de discapacidad, aunque la persona no alcance dicho grado). Los pensionistas de invalidez no contributiva, cuyo grado de discapacidad sea igual o superior al 75% y que acrediten la necesidad del concurso de otra persona para realizar las actividades esenciales de la vida diaria, percibir n un complemento del 50% sobre la cuant a anualmente establecida. Existe asimismo un complemento de alquiler de vivienda para los pensionistas no contributivos de invalidez o jubilaci n que no tengan vivienda en propiedad y que residan, de forma habitual, en una vivienda alquilada.

4 Informaci n General : Tel fono: 012 Punto de Informaci n y Atenci n al Ciudadano de la Consejer a de Pol ticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad de la Comunidad de Madrid C/ O Donnell, 50 Tel fono: 91 392 56 86 (lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 h). Enlaces de inter s: M s informaci n sobre pensiones no contributivas e inclusi n social. M s informaci n sobre temas de discapacidad Centros Base de Valoraci n y Orientaci n a personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 prestaciones sociales y econ micas derivadas de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad (antigua LISMI) Destinadas a la protecci n de las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33% que por no desarrollar actividad laboral no est n comprendidas en el campo de aplicaci n de la Seguridad Social.

5 - Asistencia Sanitaria y Prestaci n Farmac utica (ASPF) - Subsidio de Movilidad y Compensaci n por Gastos de Transporte (SMGT) A o 2020 2/12 Este documento es orientativo y carece de validez legal. Direcci n General de Atenci n a Personas con Discapacidad CONSEJER A DE POL TICAS SOCIALES, FAMILIAS, IGUALDAD Y NATALIDAD prestaciones ECON MICAS prestaciones Familiares por Hijo a Cargo Asignaci n econ mica que se reconoce por cada hijo a cargo del beneficiario, as como por los menores acogidos. Reciben esta prestaci n (aunque con diferentes cuant as) aquellos cuyo hijo est en alguno de estos tres casos: - Menores de 18 a os con 33% o m s de discapacidad. - Mayores de 18 a os con 65% o m s de discapacidad. - Mayores de 18 a os con 75% o m s de discapacidad y necesidad de ayuda de otra persona.

6 Ministerio de Inclusi n, Seguridad Social y Migraciones Oficinas de la Seguridad Social Prestaci n econ mica por nacimiento o adopci n de hijo, cuando la madre acredite una discapacidad igual o superior al 65% La prestaci n se abona en un pago nico, siempre que los ingresos de la beneficiaria no rebasen el l mite establecido. Pensiones de orfandad y viudedad La discapacidad es un factor que, en determinados supuestos, puede incidir en un incremento de la protecci n derivada de las pensiones de orfandad y viudedad. La normativa prev distintas circunstancias que pueden afectar a la duraci n, la cuant a o las condiciones de mantenimiento de estas prestaciones . Subsidio de Renta Activa de Inserci n ( ) Ayuda extraordinaria para desempleados con gran dificultad de acceso al mercado laboral. Pueden beneficiarse las personas con discapacidad igual o superior al 33% que hayan agotado una prestaci n contributiva o subsidio por desempleo a lo largo de su vida laboral y que cumplan, adem s, otra serie de requisitos.

7 Oficinas del SEPE Otras entidades con ayudas a personas con discapacidad MUFACE ISFAS FUNDACI N ONCE Ayudas individuales de la Comunidad de Madrid (seg n disponibilidad de cada convocatoria): -Ayudas individuales para el fomento de la autonom a personal y la promoci n de la accesibilidad a personas con discapacidad en situaci n de dificultad o vulnerabilidad social. (Para sufragar gastos de adquisici n de determinados productos de apoyo no financiados por el sistema sanitario; el desplazamiento en taxi con fines formativos o de inserci n laboral o la adaptaci n de veh culos). -Ayudas individuales de apoyo social a personas integradas en programas de rehabilitaci n y continuidad de cuidados de los Servicios de Salud Mental (Destinadas a financiar gastos de alojamiento siempre que se cumplan distintos requisitos).

8 Requisitos y Bases reguladoras en Tel fono: 012 Punto de Informaci n y Atenci n al Ciudadano de la Consejer a de Pol ticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad. C/ O Donnell, 50 Tfno. 91 392 56 86 Servicios Sociales Municipales A o 2020 3/12 Este documento es orientativo y carece de validez legal. Direcci n General de Atenci n a Personas con Discapacidad CONSEJER A DE POL TICAS SOCIALES, FAMILIAS, IGUALDAD Y NATALIDAD BENEFICIOS FISCALES: REDUCCIONES O EXENCIONES EN IMPUESTOS Y TASAS Declaraci n de la Renta-IRPF Rentas relacionados con las situaciones de discapacidad que no tributan (consultar normativa). Disminuci n de la carga tributaria por discapacidad del contribuyente, ascendientes o descendientes (en la determinaci n del m nimo personal y familiar) e incremento de los gastos deducibles por rendimientos del trabajo para trabajadores activos con discapacidad.

9 Reducci n por aportaciones a patrimonios protegidos o planes de pensiones constituidos a favor de personas con discapacidad. En la Comunidad de Madrid deducci n por acogimiento no remunerado de personas con discapacidad igual o superior al 33%, si se cumplen otros requisitos econ micos. Deducciones anticipadas por persona con discapacidad a cargo: Para contribuyentes que realicen actividades por cuenta propia o ajena de alta en la Seguridad Social o mutualidad, los que perciban prestaciones contributivas y asistenciales del sistema de protecci n del desempleo y los pensionistas. Deducciones por: - Cada ascendiente o descendiente con discapacidad. - C nyuge no separado legalmente con discapacidad cuyas rentas no excedan determinado l mite. Los contribuyentes que re nan los requisitos pueden tramitar el abono anticipado mensual mediante transferencia bancaria de esta deducci n, previa solicitud a la Agencia Tributaria ( o tel fono 901 200 345, accesible tambi n a trav s del 91 535 68 13).

10 Agencia Tributaria Tel fono de Informaci n Tributaria B sica: 901 33 55 33 (Accesible tambi n a trav s del tel fono 91 554 87 70 ) Reducciones IVA. Tipo reducido del 4% en: - Adquisici n y adaptaci n de veh culos a motor destinados al transporte habitual de personas con discapacidad en silla de ruedas o con movilidad reducida, con independencia de qui n sea el conductor. Incluye autotaxis y autoturismos. Requiere el reconocimiento previo del derecho del adquiriente, para lo que existe un procedimiento espec fico en la Agencia Tributaria. - Adquisici n y reparaci n de sillas de ruedas para uso exclusivo de personas con discapacidad, as como de veh culos espec ficos para personas con movilidad reducida cuya masa en vac o no supere los 350 Kg (velocidad de hasta 45 K/h en llano). - Pr tesis, rtesis e implantes internos para personas con discapacidad.


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