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Anteproyecto de dictamen de las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, Segunda por el que se expide el C digo Nacional de Procedimientos Penales. 1 HONORABLE ASAMBLEA : A las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, Segunda, de la LXII Legislatura del Senado de la Rep blica al H. Congreso de la Uni n, les fueron turnadas, para su estudio y dictamen correspondiente, las tres Iniciativas con Proyecto de Decreto por el que se expide un nuevo C digo nico de Procedimientos Penales.

Anteproyecto de Dictamen de las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, Segunda por el que se expide el Código Nacional de

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1 Anteproyecto de dictamen de las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, Segunda por el que se expide el C digo Nacional de Procedimientos Penales. 1 HONORABLE ASAMBLEA : A las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, Segunda, de la LXII Legislatura del Senado de la Rep blica al H. Congreso de la Uni n, les fueron turnadas, para su estudio y dictamen correspondiente, las tres Iniciativas con Proyecto de Decreto por el que se expide un nuevo C digo nico de Procedimientos Penales.

2 La primera presentada por las Senadoras Cristina D az Salazar, Diva Hadamira Gast lum Bajo e Hilda Esthela Flores Escalera, todas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; la segunda por el Senador Pablo Escudero Morales, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de M xico y la tercera por las Senadores y Senadores Arely G mez Gonz lez, Roberto Gil Zuarth, Manuel Camacho Sol s, Pablo Escudero Morales, Ang lica De La Pe a G mez, Omar Fayad Meneses, Luis Armando Melgar Bravo, Layda Sansores San Rom n y Dolores Padierna Luna, pertenecientes a diversos Grupos Parlamentarios.

3 Con el objetivo de dar cumplimiento a lo dispuesto en el art culo 190 del Reglamento del Senado de la Rep blica, las Comisiones Unidas de Justicia, y Estudios Legislativos, Segunda, encargadas del an lisis y dictamen de las Iniciativas con Proyecto de Decreto en comento, desarrollaron los trabajos correspondientes conforme a la siguiente: Anteproyecto de dictamen de las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, Segunda por el que se expide el C digo Nacional de Procedimientos Penales.

4 2 METODOLOG A 1. En el apartado denominado I. Fundamentos legales y reglamentarios se deja constancia de las facultades, atribuciones y mbito de competencia de la Comisiones Unidas Dictaminadoras. 2. En el apartado denominado II. Antecedentes Generales se relata la presentaci n de las Iniciativas ante el Pleno del Senado de la Rep blica y el turno con el que fueron asignadas a las Comisiones Dictaminadoras. 3. En el apartado denominado III. Objeto y descripci n de las Iniciativas se realiza una descripci n general de las Iniciativas, su exposici n de motivos y el marco normativo en que buscan expedir un nuevo C digo Procedimental Penal.

5 Asimismo, se presenta un cuadro en el que se exponen, por tema, las propuestas contenidas en las Iniciativas. 4. El apartado denominado IV. Proceso p blico de deliberaci n explica el proceso p blico de construcci n de consensos. Dicho proceso estuvo conformado por actividades como la celebraci n de Audiencias P blicas; la creaci n de un Consejo T cnico ad-hoc para asesorar en la dictaminaci n de las iniciativas; mesas de discusi n y debate, en las que se lleg a recomendaciones puntuales; la recepci n p blica y abierta de opiniones t cnicas y comentarios sobre el Anteproyecto de dictamen del C digo Nacional de Procedimientos Penales.

6 Y la realizaci n de un Simulador de audiencias en el que se representaron supuestos procesales, dicho Simulador fue acompa ado, asesorado y ejecutado por Jueces, Ministerios P blicos y Defensores procedentes de los estados de la Rep blica en los que actualmente opera el sistema de justicia acusatorio. 5. En el apartado denominado V. Valoraci n jur dica de las propuestas y consideraciones que motivan el sentido del dictamen se plasma el Anteproyecto de dictamen de las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, Segunda por el que se expide el C digo Nacional de Procedimientos Penales.

7 3 an lisis que realiz el Consejo T cnico sobre la viabilidad jur dica de las propuestas, su apego al marco constitucional y convencional, y su consistencia con el modelo de sistema de justicia acusatorio que busc el constituyente mediante la reforma constitucional de 2008. Dicho an lisis constituye la base de los argumentos que motivan y sustentan el sentido del presente dictamen . I. Fundamentos legales y reglamentarios Con fundamento en lo dispuesto por los art culos 85, numeral 2, inciso a, 86, 89, 90, 94 numeral 1, fracci n XIX y 103 de la Ley Org nica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

8 As como de lo dispuesto por los art culos 113, 114, 117, 135, numeral 1, fracci n I, 136, 150, 174, 175, numeral 1, 178, numerales 1 y 3, 182, 186, 187, 188, 190, 191 del Reglamento del Senado de la Rep blica, las Comisiones Unidas Dictaminadoras se abocaron al an lisis, discusi n y valoraci n del proyecto de Decreto que se menciona y consideraron que son competentes para conocer del asunto de que se trata, por lo que en este acto, respetuosamente someten a la consideraci n de esta HONORABLE ASAMBLEA , el siguiente: dictamen II.

9 Antecedentes generales i. Con fecha 18 junio de 2008, fue publicada en el Diario Oficial de la Federaci n la reforma mediante la cual se reformaron art culos 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22; Anteproyecto de dictamen de las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, Segunda por el que se expide el C digo Nacional de Procedimientos Penales. 4 las fracciones XXI y XXIII del art culo 73; la fracci n VII del art culo 115 y la fracci n XIII del apartado B del art culo 123, todos de la Constituci n Pol tica de los Estados Unidos Mexicanos.

10 Con esta reforma, el constituyente busc transitar hacia un sistema de justicia de corte acusatorio-adversarial. Para ello, estableci un plazo de ocho a os para que todas las instituciones involucradas realizaran las adecuaciones necesarias dentro del mbito de sus respectivas competencias. ii. A tres a os de que el plazo constitucional expire, la Federaci n a n no cuenta con un C digo de Procedimientos Penales que cumpla con el mandato constitucional. El escenario local resulta igualmente desalentador, s lo tres entidades han logrado dejar atr s el sistema tradicional, sustituy ndolo por un nuevo sistema de justicia.


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