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I. Disposiciones Generales - Portada de TodoFP

Csv: BOA2016082600126/08/2016 Bolet n Oficial de Arag nN m. 16522174I. Disposiciones GeneralesDEPARTAMENTO DE EDUCACI N, CULTURA Y DEPORTEORDEN ECD/945/2016, de 15 de julio, por la que se aprueba el perfil profesional del t tulo Profesional B sico en Mantenimiento de Viviendas para la Comunidad Aut noma de Arag Estatuto de Autonom a de Arag n, aprobado mediante la Ley Org nica 5/2007, de 20 de abril, establece, en su art culo 73, que corresponde a la Comunidad Aut noma la competencia compartida en ense anza en toda su extensi n, niveles y grados, modalidades y especiali-dades, que.

csv: BOA20160826001 Núm. 165 Boletín Oficial de Aragón 26/08/2016 22176 d) Montar pequeñas instalaciones de riego automático y, en su caso, elaborar previa-

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1 Csv: BOA2016082600126/08/2016 Bolet n Oficial de Arag nN m. 16522174I. Disposiciones GeneralesDEPARTAMENTO DE EDUCACI N, CULTURA Y DEPORTEORDEN ECD/945/2016, de 15 de julio, por la que se aprueba el perfil profesional del t tulo Profesional B sico en Mantenimiento de Viviendas para la Comunidad Aut noma de Arag Estatuto de Autonom a de Arag n, aprobado mediante la Ley Org nica 5/2007, de 20 de abril, establece, en su art culo 73, que corresponde a la Comunidad Aut noma la competencia compartida en ense anza en toda su extensi n, niveles y grados, modalidades y especiali-dades, que.

2 En todo caso incluye la ordenaci n del sector de la ense anza y de la actividad docente y educativa, su programaci n, inspecci n y evaluaci n, de acuerdo con lo dispuesto en el art culo 27 de la Constituci n y leyes org nicas que lo Ley Org nica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formaci n Profe-sional, tiene por objeto la ordenaci n de un sistema integral de formaci n profesional, cualifi-caciones y acreditaci n, que responda con eficacia y transparencia a las demandas sociales y econ micas a trav s de las diversas modalidades Ley Org nica 2/2006, de 3 de mayo, de Educaci n, en su redacci n dada por la Ley Org nica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, establece en su cap tulo V del Titulo I, la regulaci n de la formaci n profesional en el sistema educativo.

3 Te-niendo por finalidad preparar al alumnado para la actividad en un campo profesional y facilitar su adaptaci n a las modificaciones laborales que pueden producirse a lo largo de su vida, contribuir a su desarrollo personal y al ejercicio de una ciudadan a democr tica, y permitir su progresi n en el sistema educativo y en el sistema de formaci n profesional para el empleo, as como el aprendizaje a lo largo de la Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, establece la ordenaci n general de la formaci n profesional del sistema educativo. En su art culo 8 se establece que las Administraciones educativas definir n los curr culos correspondientes respetando lo dispuesto en el citado Real Decreto y en las normas que regulen los t tulos respectivos y que podr n ampliar los conte-nidos de los correspondientes t tulos de formaci n profesional.

4 Esta ampliaci n y contextuali-zaci n de los contenidos se referir a las cualificaciones y unidades de competencia del Ca-t logo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el t tulo, as como a la formaci n no asociada a dicho Cat logo, respetando el perfil profesional del Orden de 29 de mayo de 2008, de la Consejera de Educaci n, Cultura y Deporte, por la que se establece la estructura b sica de los curr culos de los ciclos formativos de formaci n profesional y su aplicaci n en la Comunidad Aut noma de Arag n, determina la estructura b sica de los curr culos de los ciclos formativos de formaci n profesional y su aplicaci n en la Comunidad Aut noma de Arag el Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, se regulan aspectos espec ficos de la Formaci n Profesional B sica de las ense anzas de formaci n profesional del sistema edu-cativo, se aprueban catorce t tulos profesionales b sicos, se fijan sus curr culos b sicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre.

5 Sobre expedici n de t tulos acad -micos y profesionales correspondientes a las ense anzas establecidas en la Ley Org nica 2/2006, de 3 de mayo, de Educaci objetivo de las ense anzas de Formaci n Profesional B sica es que el alumnado con-siga los resultados de aprendizaje a los que se refiere el art culo de la Ley Org nica 2/2006, de 3 de mayo, adem s de las competencias del aprendizaje Real Decreto 774/2015, de 28 de agosto ( Bolet n Oficial del Estado , n mero 207, de 29 de agosto de 2015) establece el t tulo profesional b sico en Mantenimiento de Viviendas y fija sus ense anzas m art culo de la Orden ECD/701/2016, de 30 de junio de 2016, por la que se regulan los ciclos formativos de Formaci n Profesional B sica en la Comunidad Aut noma de Arag n, determina que el perfil profesional de cada t tulo de Formaci n Profesional B sica ser esta-blecido por el Departamento de Educaci n, Cultura y Deporte.

6 A propuesta de la Direcci n General competente en materia de formaci n profesional e indica los apartados que debe Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Arag n, por el que se aprueba la estructura org nica del Departamento de Educaci n, Cultura y Deporte, atribuye al mismo el ejercicio de las funciones y servicios que corresponden a la Comunidad Aut noma en ma-teria de ense anza no universitaria y, en particular, en su art culo ), la aprobaci n, en el csv: BOA2016082600126/08/2016 Bolet n Oficial de Arag nN m. 16522175 mbito de su competencias, del curr culo de los distintos niveles, etapas, ciclos, grados y modalidades del sistema la tramitaci n de esta orden se ha cumplido la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presi-dente y del Gobierno de Arag n, que establece en su art culo 49 la audiencia p blica, y ha sido informada por el Consejo Aragon s de Formaci n todo lo expuesto, en el uso de las competencias conferidas por la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Arag n, as como por el Decreto 314/2015, de 15 de diciembre.

7 Del Gobierno de Arag n, y a propuesta de la Direcci n General de Planificaci n y Formaci n Profesional, dispongo:CAP TULO IDisposici n GeneralArt culo 1. Objeto y mbito de aplicaci Esta orden tiene por objeto aprobar el perfil profesional del t tulo profesional b sico en mantenimiento de viviendas para la Comunidad Aut noma de Arag Este curr culo se aplicar en los centros educativos que desarrollen este t tulo profe-sional b sico en Arag n a partir del curso TULO IIIdentificaci n del t tulo, perfil profesional, entorno profesional y prospectiva del t tulo en el sector o sectoresArt culo 2.

8 Identificaci n del t t tulo profesional b sico en mantenimiento de viviendas queda identificado por los si-guientes elementos:- Denominaci n: Mantenimiento de Nivel formativo: Formaci n Profesional B Familia Profesional: Instalaci n y Duraci n: 2000 C digo: Referente europeo: (Clasificaci n Internacional Normalizada de la Educa-ci n).Art culo 3. Perfil profesional del t perfil profesional del t tulo profesional b sico en mantenimiento de viviendas queda determinado por su competencia general, sus competencias profesionales, personales y so-ciales, por la relaci n de cualificaciones profesionales y, en su caso, unidades de compe-tencia del Cat logo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el t culo 4.

9 Competencia competencia general de este perfil profesional consiste en realizar operaciones b sicas de montaje y mantenimiento de elementos de fontaner a, calefacci n y climatizaci n; pe-que as reparaciones y sustituci n de elementos sencillos en instalaciones electrot cnicas, en revestimientos continuos, alicatado y pintura, as como montaje y colocaci n de mobiliario prefabricado y complementos mobiliarios de la vivienda, con la calidad indicada, aplicando las normas de prevenci n de riesgos laborales y protecci n medioambiental correspondientes y comunic ndose de forma oral y escrita en lengua castellana as como en alguna lengua culo 5.

10 Competencias profesionales, personales y competencias profesionales, personales y sociales del perfil profesional son las que se relacionan a continuaci n:a) Seleccionar materiales, herramientas y m quinas herramientas para la sustituci n, montaje o colocaci n de elementos o reparaciones en las instalaciones, superficies o elementos de mobiliario de la vivienda a partir de rdenes de trabajo o ) Abrir rozas y zanjas para el tendido de canalizaciones el ctricas, tuber as de evacua-ci n y suministro de agua, circuitos de calefacci n y climatizaci n b ) Ensamblar elementos de tuber as de evacuaci n y suministro de agua e instalaciones de calefacci.


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